SECCIîN PRIMERA Nœm. 840 MINISTERIO PARA LA TRANSICIîN ECOLîGICA Y EL RETO DEMOGRçFICO DIRECCIîN GENERAL DE POLêTICA ENERGƒTICA Y MINAS ANUNCIO relativo a resoluci—n de la Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas por la que se otorga a Energ’a Inagotable de Robigus, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Robigus, de 14 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuaci—n en el tŽrmino municipal de Tauste, en la provincia de Zaragoza. Energ’a Inagotable de Robigus, S.L., en adelante, el promotor, con fecha 27 de julio de 2021, solicit— autorizaci—n administrativa previa, para el parque e—lico Robigus, de 24 MW y sus infraestructuras de evacuaci—n asociadas, en el tŽrmino municipal de Tauste, en la provincia de Zaragoza. La Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas, con fecha 16 de agosto de 2021, dict— acuerdo de acumulaci—n para la tramitaci—n conjunta relativa a los expedientes de autorizaci—n administrativa previa de los parques e—licos Robigus, Quirite, Providentia, Promitor, Recarano, Priamo, Pietas y Othar, y sus infraestructuras de evacuaci—n. En dicho acuerdo se pon’a de manifiesto que resultaba razonable acordar la tramitaci—n conjunta y acumulada de estos expedientes hasta el momento de la resoluci—n de cada una de las solicitudes presentadas. El expediente acumulado fue tramitado en las respectivas çreas de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n, de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava y de la Subdelegaci—n del Gobierno en Burgos, tramit‡ndose de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, habiŽndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio pœblico o de servicios de interŽs general en la parte que la instalaci—n pueda afectar a bienes y derechos a su cargo. Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposici—n de la Direcci—n General de Energ’a y Minas del Gobierno de Arag—n, de Telef—nica de Espa–a, S.A.U., y del Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza del Gobierno de Arag—n. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, que expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido contestaciones del Servicio Territorial de Fomento en Burgos de la Junta de Castilla y Le—n de la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, de la Direcci—n General de Carreteras del Gobierno de Arag—n, del Consejo de Ordenaci—n del Territorio en Arag—n (COTA), de Red ElŽctrica de Espa–a y del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), en las que se establecen condicionados tŽcnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorizaci—n ante dichos organismos por la ocupaci—n o el cruzamiento de la instalaci—n con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se ha recibido contestaci—n del Ayuntamiento de Tauste, en la que indica que el proyecto se instalar‡ en terrenos clasificados como Suelo no urbanizable, bien de especial nuevos regad’os y en suelos no urbanizables, y por tanto deber‡n cumplir con la normativa espec’fica en cada uno de los casos. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n, el cual indica que el proyecto es compatible urban’sticamente con la normativa de planeamiento. No se ha recibido respuesta del Ayuntamiento a esta contestaci—n del promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Preguntados la Direcci—n General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo de la Junta de Castilla y Le—n, la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio y Planificaci—n de la Junta de Castilla y Le—n, la Demarcaci—n de Carreteras del Estado en Arag—n del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Agencia Estatal de Seguridad AŽrea (AESA), el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), Endesa, el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, V’as y Obras de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza y la Comarca de las Cinco Villas, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Con posterioridad, el promotor aport— resoluci—n favorable de la Agencia Estatal de Seguridad AŽrea. Asimismo, la petici—n fue sometida a informaci—n pœblica, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicaci—n en el Bolet’n Oficial del Estado nœm. 131, del 12 de noviembre de 2021, y en el BOPZ nœm. 260, del 12 de noviembre de 2021. Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor. Se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto ambiental acompa–adas de solicitudes de informe en relaci—n con lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, al Instituto AragonŽs de Gesti—n Ambiental (INAGA) del Gobierno de Arag—n, a la Direcci—n General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Arag—n, a la Direcci—n General de Salud Pœblica del Gobierno de Arag—n, a la Direcci—n General de Interior y Protecci—n Civil del Gobierno de Arag—n, a la Sociedad Espa–ola de Ornitolog’a (S.E.O./BirdLife), a Ecologistas en Acci—n, a la Sociedad Espa–ola para la Conservaci—n y el Estudio de los MurciŽlagos (Secemu-Batlife), a la Comunidad de Regantes del Canal de las B‡rdenas, al Consejo de Ordenaci—n del Territorio en Arag—n (COTA) del Gobierno de Arag—n, a la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Gobierno de Arag—n, al Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza del Gobierno de Arag—n, a la Diputaci—n Provincial de Burgos, a la Delegaci—n de Burgos del Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y Le—n, a la Direcci—n General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y Le—n, a la Direcci—n General de Patrimonio Natural y Pol’tica Forestal de la Junta de Castilla y Le—n, a la Delegaci—n de Burgos del Servicio Territorial de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y Le—n, a la Direcci—n General de Patrimonio Cultural de la Junta de Castilla y Le—n, a la Agencia de Protecci—n Civil de la Junta de Castilla y Le—n, a la Direcci—n General de la Salud Pœblica de la Junta de Castilla y Le—n, a la Delegaci—n de Burgos del Servicio Territorial de Fomento, Secci—n de Urbanismo y Ordenaci—n del Territorio de la Junta de Castilla y Le—n, a la Direcci—n General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo de la Junta de Castilla y Le—n, a la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio y Planificaci—n de la Junta de Castilla y Le—n, a la Direcci—n General de Desarrollo Rural de la Junta de Castilla y Le—n, a la Subdelegaci—n del Gobierno en Burgos, a Ecologista en Acci—n de Burgos, a la Plataforma para Defensa de la Cordillera Cant‡brica, a la Asociaci—n Mesa E—lica Merindades de Burgos, a la Fundaci—n Ox’geno, a la Direcci—n de Patrimonio Natural del Gobierno Vasco, a la Direcci—n de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco, a la Direcci—n de Salud Pœblica y Adicciones del Gobierno Vasco, a la Direcci—n de Atenci—n de Emergencias del Gobierno Vasco, a la Direcci—n de Administraci—n Ambiental del Gobierno Vasco, a la Direcci—n de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputaci—n Foral de çlava, a la Direcci—n de Planificaci—n Territorial, Urbanismo y Regeneraci—n Urbana del Gobierno Vasco, a la Direcci—n de Cultura de la Diputaci—n Foral de çlava, a Protecci—n Civil de la Diputaci—n Foral de çlava, a la Agencia Vasca del Agua (URA), a las asociaciones ecologistas Arabako Mendiak Aske, Lautadako Naturzale Elkarteala y Ekologistak Martxan Araba y a la Direcci—n de Agricultura de la Diputaci—n Foral de çlava. Las consideraciones en materia de medio ambiente han sido objeto del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental del proyecto del cual resulta la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deban ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n, emiti— informe en fecha 25 de abril de 2022. Considerando que en virtud del art’culo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el —rgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorizaci—n del proyecto, la evaluaci—n de impacto ambiental efectuada. El anteproyecto de la instalaci—n y su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han sido sometidos al procedimiento de evaluaci—n de impacto ambiental, habiendo sido formulada declaraci—n de impacto ambiental (en adelante, DIA), concretada mediante resoluci—n de fecha 19 de septiembre de 2023, de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental del Ministerio para la Transici—n Ecol—gica y el Reto Demogr‡fico, en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluaci—n ambiental practicada, publicada el 11 de octubre de 2023 en el Bolet’n Oficial del Estado (BOE nœm. 243). De acuerdo con lo establecido en la citada DIA, ser‡n de aplicaci—n al proyecto las condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las aceptadas tras la informaci—n pœblica y consultas y las propuestas en su informaci—n adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA. Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al art’culo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que puede desarrollarse el proyecto durante su ejecuci—n y su explotaci—n, para la definici—n del proyecto se atender‡, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y medidas dispuestas en la DIA, aport‡ndose, en su caso, la documentaci—n necesaria a tal efecto: ¥ Parques e—licos Robigus, Quirite, Providentia, Recarano y Promitor: Los aerogeneradores ROB-04, QTE-05, PVD-01, PVD-02, PDV-07, RCN-07, PMO-06 y PMO-07 presentan altas tasas de mortalidad para el buitre leonado (Gyps fulvus). A la vista de lo anterior, se debe descartar la posici—n de los mismos (apartado e). ¥ Parque e—lico Robigus: El aerogenerador ROB-02 presenta altas tasas de mortalidad para la grulla (Grus gus). A la vista de lo anterior, se debe descartar la posici—n del mismo (apartado e). ¥ Parque e—lico Pietas: Teniendo en cuenta los datos de nidificaci—n proporcionados por el Departamento de Agricultura, Ganader’a y Medioambiente del Gobierno de Arag—n, se ha identificado la posible presencia de nidos de alimoche y cern’calo primilla a menos de 1,5 km de los aerogeneradores PIE-02, PIE-03, PIE-04 y PIE-05. A la vista de lo anterior, se debe descartar la posici—n de los mismos (apartado e). ¥ El dise–o definitivo del proyecto constructivo de los parques e—licos deber‡ ajustarse a las prescripciones establecidas en la valoraci—n del —rgano ambiental del apartado e. ÇValoraci—n del —rgano ambientalÈ sobre la propuesta definitiva del promotor, tal y como se establece en el punto 4 de las condiciones generales. ¥ De forma previa a la autorizaci—n administrativa de construcci—n el promotor deber‡ presentar el proyecto constructivo para su conocimiento e informe a los —rganos competentes en medio ambiente de las comunidades aut—nomas afectadas, tal y como se establece en el punto 5 de las condiciones generales. ¥ El proyecto deber‡ ser acorde con la planificaci—n urban’stica y la ordenaci—n territorial que le sea de aplicaci—n, tal y como se establece en el punto 10 de las condiciones generales. ¥ El proyecto constructivo contendr‡ un Estudio de Gesti—n de Residuos de Construcci—n y Demolici—n, que deber‡ considerar la Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre normas generales de valorizaci—n de materiales naturales excavados para su utilizaci—n en operaciones de relleno y obras distintas a aquŽllas en las que se generaron, en los tŽrminos establecidos en el punto 7 de las condiciones relativas a geolog’a, suelo y residuos. ¥ Se respetar‡n las servidumbres legales establecidas en el Reglamento de Dominio Pœblico Hidr‡ulico (DPH). A tal efecto, no podr‡ ocuparse el DPH de ningœn cauce ni su zona de servidumbre de 5 metros de anchura con instalaciones definitivas o provisionales (incluyendo acopios, ‡reas auxiliares de obra, etc.). Toda actuaci—n que afecte a la zona de polic’a de cualquier cauce pœblico requerir‡ autorizaci—n previa por parte de la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, tal y como se establece en el punto 1 de las condiciones relativas a agua. ¥ El proyecto definitivo prever‡, una vez determinadas con exactitud las ‡reas sobre las que ser’a necesario actuar, mediante poda o corta de vegetaci—n arb—rea en la calle de seguridad, el recrecimiento de los apoyos a fin de minimizar las afecciones sobre el arbolado, tal y como se establece en el punto 9 de las condiciones relativas a Flora, vegetaci—n y h‡bitat de interŽs comunitario. ¥ La distancia m’nima a las granjas debe venir fijada en funci—n de la aplicaci—n de las legislaciones sectoriales de bienestar animal y ruido, estableciŽndose, en todo caso, un m’nimo de 300 metros de distancia entre las posiciones de los aerogeneradores y las granjas animales, distancia que deber‡ incrementarse si as’ lo exigieran los resultados. Adem‡s, con el fin de minimizar la presencia de avifauna carro–era y oportunista en las proximidades de las granjas animales por la presencia de cad‡veres y carro–as, se considera necesaria la implicaci—n del promotor, para lo cual deber‡ comunicar a la propiedad de la granja la pr—xima ubicaci—n de la infraestructura e—lica en las proximidades de la instalaci—n, para advertirle de ese riesgo, tal y como se establece en el punto 1 de las condiciones relativas a fauna. ¥ Se deber‡ cumplir con el objetivo 13.6. Compatibilidad de infraestructuras energŽticas y paisaje (Estrategia 13.6. E1. Integraci—n ambiental y paisaj’stica y norma 13.6. N1. Integraci—n ambiental de las infraestructuras energŽticas) de la Estrategia de Ordenaci—n del Territorio de Arag—n (EOTA). De igual manera, se tendr‡ en cuenta la Estrategia 5.2. E3. Integraci—n paisaj’stica de proyectos, que persigue ÇPromover medidas espec’ficas, compatibles con la legislaci—n en materia de seguridad para la integraci—n paisaj’stica de proyectos: a) Tendidos elŽctricos y otros tendidos aŽreos y b) Aerogeneradores y antenas de telecomunicacionesÈ. Se recomienda cumplir con lo definido en la estrategia 14.1. E.1. Criterios para la implantaci—n de infraestructuras en el territorio; con el objetivo 5.3 Medidas compensatorias de la pŽrdida de calidad del paisaje; as’ como con el objetivo 5.5 Promoci—n del paisaje aragonŽs, tal y como se establece en el punto 1 de las condiciones relativas a paisaje. ¥ Se deber‡ tener en cuenta el trazado final del proyecto de duplicaci—n de la carretera A-127, tal y como indica la Direcci—n General de Carreteras del Gobierno de Arag—n, como se establece en el punto 5 de las condiciones relativas a Patrimonio cultural, montes de utilidad pœblica, v’as pecuarias, dominio pœblico. ¥ Aportar un estudio geol—gico, geotŽcnico, hidrol—gico, de inundabilidad y otros riesgos naturales espec’fico, firmado por tŽcnico competente, que acrediten suficientemente la idoneidad de los terrenos en los que est‡ prevista la realizaci—n de la obra. A este respecto, para el PE Robigus, teniendo en cuenta lo indicado en su informe por la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Gobierno de Arag—n donde indica el alto riesgo de inundaci—n en el entorno de este parque, se deber‡ acreditar suficientemente que su ejecuci—n no incrementa este riesgo por inundabilidad, tal y como se establece en el punto 3 de las condiciones relativas a Vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves y cat‡strofes. ¥ El Programa de Vigilancia Ambiental deber‡ ser completado y modificado tras las condiciones establecidas en la DIA. Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deber‡n estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la citada DIA, previamente a su aprobaci—n. Considerando que en la formulaci—n de la DIA se–alada anteriormente el —rgano ambiental ha tenido en consideraci—n la adenda presentada por el promotor a la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental con fecha 28 de junio de 2022, as’ como las modificaciones del proyecto que se han producido atendiendo a los requerimientos expuestos en informes y alegaciones recibidos durante la tramitaci—n del proyecto e incluidas en la actualizaci—n del EsIA aportada a la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental tras requerimiento de fecha 14 de marzo de 2023, se introducen modificaciones en el proyecto que no han sido presentadas ante la Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas. Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en la meritada DIA, en el curso de las autorizaciones preceptivas previstas en el art’culo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, podr’a resultar necesaria la tramitaci—n de las mismas en funci—n de lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, ser‡ de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Considerando que, en virtud del art’culo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, la autorizaci—n administrativa previa de instalaciones de generaci—n no podr‡ ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y conexi—n a las redes de transporte o distribuci—n correspondientes. El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la emisi—n del informe de viabilidad de acceso a la red (IVA), as’ como del informe de cumplimiento de condiciones tŽcnicas de conexi—n (ICCTC) y del informe de verificaci—n de las condiciones tŽcnicas de conexi—n (IVCTC) en la subestaci—n Miranda 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U. Por tanto, la infraestructura de evacuaci—n de energ’a elŽctrica conectar‡ el parque e—lico con la red de transporte, en la subestaci—n de Miranda 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U. A los efectos del art’culo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con fecha 30 de junio de 2021, Energ’a Inagotable de Robigus, S.L., Energ’a Inagotable de Quirite, S.L., Energ’a Inagotable de Promitor, S.L., Energ’a Inagotable de Recarano, S.L., Energ’a Inagotable de Priamo, S.L., Energ’a Inagotable de Pietas, S.L., y Energ’a Inagotable de Othar, S.L., firmaron un acuerdo para el desarrollo, construcci—n, uso compartido y posterior explotaci—n y mantenimiento de las infraestructuras comunes de evacuaci—n de los parques e—licos Robigus, Quirite, Providentia, Promitor, Recarano, Priamo, Pietas y Othar. Adicionalmente y a los efectos del art’culo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con fecha 30 de junio de 2021, Energ’a Inagotable de Providentia, S.L., Energ’a Inagotable de Robigus, S.L., Energ’a Inagotable de Quirite, S.L., Energ’a Inagotable de Promitor, S.L., Energ’a Inagotable de Recarano, S.L., Energ’a Inagotable de Priamo, S.L., Energ’a Inagotable de Pietas, S.L., Energ’a Inagotable de Othar, S.L., Sidartoca Renovables, S.L., 2 Meet Expectations, S.L., Mode On, S.L., y Leader Attitude, S.L., firmaron un acuerdo para la evacuaci—n conjunta y coordinada de las plantas de su titularidad en la subestaci—n Miranda 220 kV. Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la presente resoluci—n, la declaraci—n de impacto ambiental y los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n, la infraestructura de evacuaci—n dentro del alcance de esta resoluci—n contempla las siguientes actuaciones: ¥ Red subterr‡nea de media tensi—n que transporta la energ’a generada desde cada uno de los aerogeneradores hasta la subestaci—n elŽctrica SET Abarca 30/400 kV. El resto de la infraestructura de evacuaci—n hasta la conexi—n con la red de transporte en la subestaci—n Miranda 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., queda fuera del alcance de la presente resoluci—n. Esta infraestructura, compartida con otros expedientes, est‡ formada por: ¥ L’nea de evacuaci—n aŽrea a 400 kV, desde el nudo Abarca hasta el Nudo Miranda (expediente SGEE/PEol-712). ¥ L’nea de evacuaci—n aŽrea a 400 kV, dividida en dos tramos (un primer tramo desde la SET Abarca hasta el Nudo Abarca y un segundo tramo desde el Nudo Miranda hasta la subestaci—n Forestalia Miranda) (expediente SGEE/PEol-712). ¥ Subestaci—n SET Forestalia Miranda 400/220 kV (expediente SGEE/PEol-712). ¥ L’nea de evacuaci—n subterr‡nea a 220 kV desde la SET Forestalia Miranda hasta la subestaci—n ÇSET Promotores MirandaÈ (expediente SGEE/PEol-712). ¥ Subestaci—n SET Promotores Miranda 220 kV (expediente SGEE/PEol-712). ¥ L’nea de evacuaci—n subterr‡nea a 220 kV, que une la SET Promotores Miranda 220 kV con la SET Miranda 220 kV (REE) (expediente SGEE/PEol-712). La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, reconocen la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energ’a elŽctrica. Si bien, en virtud del art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deber‡ acreditar su capacidad legal, tŽcnica y econ—mico-financiera para la realizaci—n del proyecto. A tal fin, se remite propuesta de resoluci—n a la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto por el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, modificado en su art’culo 127.6 por el art’culo 2.3 del Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ‡mbito de la energ’a, en la aplicaci—n del rŽgimen retributivo a las instalaciones de cogeneraci—n y se reduce temporalmente el tipo del impuesto sobre el valor a–adido aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles. Se otorg— al promotor el tr‡mite de audiencia previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, con la propuesta de resoluci—n de la Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas respecto de la autorizaci—n administrativa previa solicitada. Las respuestas aportadas por el promotor han sido consideradas para la redacci—n de la presente resoluci—n. Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las obligaciones de los productores de energ’a elŽctrica, el desarrollo de todas aquellas actividades necesarias para producir energ’a elŽctrica en los tŽrminos previstos en su autorizaci—n y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones medioambientales exigibles. La Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas, con fecha 25 de octubre de 2023, dict— acuerdo de desacumulaci—n para la tramitaci—n separada relativa a los expedientes de autorizaci—n administrativa previa de los parques e—licos Robigus, Quirite, Providentia, Promitor, Recarano, Priamo, Pietas y Othar y sus infraestructuras de evacuaci—n, en las provincias de çlava, Burgos y Zaragoza. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas Resuelve ònico. Ñ Otorgar a Energ’a Inagotable de Robigus, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Robigus, de 14 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuaci—n, que seguidamente se detallan, con las particularidades recogidas en la presente resoluci—n. El objeto del proyecto es la construcci—n de un parque e—lico para la generaci—n de energ’a elŽctrica y la evacuaci—n de dicha energ’a a la red. Las caracter’sticas principales del parque e—lico son las siguientes: ¥ Tipo de tecnolog’a: E—lica. ¥ Aerogeneradores: dos. De conformidad con la DIA, no se autorizan las posiciones ROB-02 y ROB-04. En este sentido, el promotor ha planteado, de conformidad con el art’culo 115.2 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el cambio al modelo NORDEX N163/6.X, de 7 MW. Los aerogeneradores propuestos tienen un di‡metro de rotor de 170 metros y una altura total de 220 metros. ¥ Potencia instalada, segœn art’culo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 14 MW. ¥ Capacidad de acceso, segœn lo estipulado en los permisos de acceso y conexi—n, otorgados por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.: 24 MW. ¥ TŽrmino municipal afectado: Tauste, provincia de Zaragoza. Las infraestructuras de evacuaci—n est‡n recogidas en el documento ÇProyecto autorizaci—n administrativa previa parque E—lico RobigusÈ, fechado en julio de 2021, se componen de: ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV que conectar‡n cada uno de los aerogeneradores con la subestaci—n SET Abarca 30/400 kV, que discurren por el tŽrmino municipal de Tauste, provincia de Zaragoza. El resto de la infraestructura de evacuaci—n, hasta la conexi—n con la red de transporte, queda fuera del alcance de la presente resoluci—n, siendo objeto de otros expedientes (SGEE/PEol-712). Como consecuencia de lo dispuesto en el art’culo 21.5 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, no se otorgar‡ autorizaci—n administrativa de construcci—n hasta que dichos expedientes obtengan, a su vez, la autorizaci—n administrativa de construcci—n de la infraestructura de evacuaci—n pertinente. No obstante lo anterior, la instalaci—n de producci—n deber‡ adaptarse al contenido de la citada declaraci—n de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n de la presente autorizaci—n. En particular, deber‡ atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaraci—n de impacto ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de evacuaci—n, siendo de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Ser‡ necesario obtener autorizaci—n administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y derivadas del cumplimiento de la declaraci—n de impacto ambiental si no se cumplen los supuestos del citado art’culo 115.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Por tanto, la autorizaci—n administrativa de construcci—n no podr‡ ser otorgada, ni se podr‡n iniciar las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de las instalaciones previstas en el art’culo 131.9 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en ninguna de las partes de la instalaci—n, es decir, ni en el parque de producci—n ni en las infraestructuras de evacuaci—n incluidas la conexi—n con la red de transporte o de distribuci—n, si su titular no ha cumplido previamente la totalidad de las siguientes condiciones: a) Se otorgue al titular autorizaci—n administrativa que recoja las modificaciones derivadas de la meritada declaraci—n de impacto ambiental. b) Se hayan autorizado la totalidad de las autorizaciones de las distintas actuaciones que componen la totalidad de la infraestructura de evacuaci—n, desde el parque generador hasta el nudo de la red de transporte. En el caso de que estas deben de ser otorgadas por otra administraci—n, el promotor deber‡ remitir a esta Direcci—n General copia de las mismas o indicaci—n del bolet’n oficial donde se hayan publicado. c) Se haya emitido el informe que valore las capacidades legal, tŽcnica y econ—mica de la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia a que se hace referencia en el art’culo 127.6 Real Decreto 1955/2000, en su redacci—n dada por el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre. El promotor deber‡ cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitaci—n, as’ como las condiciones impuestas en la citada declaraci—n de impacto ambiental de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental. Asimismo, se deber‡n cumplir las normas tŽcnicas y procedimientos de operaci—n que establezca el operador del sistema. Esta autorizaci—n se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, en especial, las relativas a ordenaci—n del territorio y medio ambiente, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. A efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n del proyecto, antes de transcurridos tres meses, el promotor deber‡ justificar si los condicionados impuestos en la DIA y en la presente resoluci—n suponen o no una reducci—n de la potencia instalada autorizada en la presente autorizaci—n administrativa previa, y deber‡ incorporar, en su caso, las medidas adoptadas para el mantenimiento de la potencia estipulada en la solicitud presentada, as’ como aportar cualquier otro elemento de juicio necesario. Asimismo, al proyecto de ejecuci—n presentado, elaborado conforme a los reglamentos tŽcnicos en la materia y junto con la declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de la normativa que le sea de aplicaci—n, se incorporar‡ igualmente la documentaci—n necesaria junto con una declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de las condiciones establecidas en la DIA, conforme a lo se–alado en la presente resoluci—n y en cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. Si, transcurrido dicho plazo, no hubiera solicitado la autorizaci—n administrativa de construcci—n o no hubiera proporcionado lo anteriormente citado a los efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n de dicho proyecto de ejecuci—n, la presente autorizaci—n caducar‡. No obstante, el promotor por razones justificadas podr‡ solicitar pr—rrogas del plazo establecido, siempre teniendo en cuenta los plazos establecidos en el art’culo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energ’a y en otros ‡mbitos para la reactivaci—n econ—mica. De acuerdo con lo dispuesto en los art’culos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas y en el art’culo 62.2 i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico, contra la presente resoluci—n, que no pone fin a la v’a administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretar’a de Estado de Energ’a en el plazo de un mes a partir del d’a siguiente al de la notificaci—n de la presente resoluci—n. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resoluci—n ser‡ firme a todos los efectos. Para el c—mputo de los plazos por meses habr‡ de estarse a lo dispuesto en el art’culo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Madrid, 18 de diciembre de 2023. Ñ El director general, Manuel Garc’a Hern‡ndez. SECCIîN PRIMERA Nœm. 841 MINISTERIO PARA LA TRANSICIîN ECOLîGICA Y EL RETO DEMOGRçFICO DIRECCIîN GENERAL DE POLêTICA ENERGƒTICA Y MINAS ANUNCIO relativo a resoluci—n de la Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas por la que se otorga a Energ’a Inagotable de Cadmo, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Cadmo, de 52,8 MW de potencia, y su infraestructura de evacuaci—n, en el tŽrmino municipal de S‡daba, en la provincia de Zaragoza. Con fecha 29 de marzo de 2021, subsanada en fecha 10 de mayo de 2021, tuvo entrada en el Registro de este Ministerio escrito de Energ’a Inagotable de Cadmo, S.L., en adelante el promotor, por el que presenta solicitud de autorizaci—n administrativa previa, del parque e—lico Cadmo, de 49,5 MW, en los tŽrminos municipales de S‡bada, en la provincia de Zaragoza. Esta Direcci—n General, con fecha 18 de junio de 2021, dict— acuerdo de acumulaci—n para la tramitaci—n conjunta relativa a los expedientes de autorizaci—n administrativa previa de los parques e—licos Luna, de 49,5 MW; Kaede, de 40,6 MW; Kodama, de 49,5 MW; Makami, de 49,5 MW; Kaminari, de 49,5 MW; Kairi, de 49,5 MW; Amikiri, de 16,5 MW; Delfino, de 49,5 MW; Fukei, de 49,5 MW; Cadmo, de 49,5 MW; Belerofonte, de 49,5 MW, y Kyoko, de 49,5 MW, en la provincia de Zaragoza, y su infraestructura de evacuaci—n comœn ubicada en las provincias de Zaragoza, Navarra y çlava, con c—digo de expediente asociado PEol-522 AC. El expediente acumulado fue incoado en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n, en el çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava, y en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra, y se tramit— de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, habiŽndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio pœblico o de servicios de interŽs general en la parte que la instalaci—n pueda afectar a bienes y derechos a su cargo. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Energ’a y Minas del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Arag—n, en el que no se muestra oposici—n, pero se indica que podr’a haber superposici—n entre algœn parque e—lico del proyecto con otras instalaciones competencia de la AGE. El promotor responde, respecto a la compatibilidad con otras instalaciones tramitadas por la AGE, que las sociedades afectadas del Grupo Forestalia presentaron alegaciones a dichos proyectos ante este organismo, por ser de su competencia. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, en el que se especifica que, si el proyecto afecta a dominio pœblico hidr‡ulico o zona de polic’a de cauces, requerir‡ autorizaci—n previa de este organismo que habr‡ de ser solicitada por el promotor. Asimismo, se muestran condicionantes a la ejecuci—n de las actuaciones a llevar a cabo. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n el cual manifiesta su conformidad con la misma. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Infraestructuras del Transporte del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes de la Viceconsejer’a de Infraestructuras y Transportes del Gobierno Vasco en el que no se muestra oposici—n. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido informes con consideraciones tŽcnicas y ambientales tanto del Consejo de Ordenaci—n del Territorio en Arag—n (COTA) del Gobierno de Arag—n, como de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n. El promotor da respuesta a cada una de ellas. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente son objeto, en su caso, del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se han recibido contestaciones de la Direcci—n General de Carreteras del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n, de Telef—nica, S.A.U., del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), del Servicio de V’as y Obras de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, de la Direcci—n de Infraestructuras Viarias del Departamento de Infraestructuras Viarias y Movilidad de la Diputaci—n Foral de çlava, en las que se establecen condicionados tŽcnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorizaci—n ante dichos organismos por la ocupaci—n o el cruzamiento de la instalaci—n con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido contestaci—n de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., en adelante, REE, en la que informa de lo siguiente en relaci—n con el proyecto ÇClœster Vitoria 220_PEol-522 ACÈ: ÇRespecto del parque e—lico Kyoko, l’nea subterr‡nea a 30 kV, SET Promotores Vitoria 220/400 kV y l’nea de alta tensi—n 220 kV SET Promotores Vitoria-SET Vitoria 220 kV, con la documentaci—n aportada no es posible identificar las afecciones de dicho proyecto a instalaciones propiedad de REEÈ. El promotor responde que enviar‡ la documentaci—n solicitada. Con respecto a los Parques E—licos Luna, Kaede, Kodama, Makami, Kaminari, Kairi, Amikiri, Delfino, Fukei, Cadmo y Belerofonte y a las subestaciones Malpica 30/220 kV y Bayo 30/220/400 kV, informa de que, segœn la documentaci—n recibida, no resulta afectada ninguna instalaci—n propiedad de REE. El promotor manifiesta su conformidad. En cuanto a la L’nea AŽrea a 220 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Bayo 30/220/400 kV, pueden resultar afectadas instalaciones en servicio de su propiedad, entre ellas, la l’nea L/E 440 kV D/C Castej—n-Muruarte 1 y 2 y la futura l’nea aŽrea a 400 kV D/C Itxaso-Castej—n-Muruarte, que se encuentra en fase de tramitaci—n de DIA y AAP ante el çrea de Industria de la Delegaci—n del Gobierno de Navarra por lo que, REE informa de que ser‡n necesarias comunicaciones posteriores para coordinar ambos servicios. El promotor contesta que, respecto a las l’neas en servicio que puedan verse afectadas, ya se ha tenido en cuenta en el anteproyecto de la l’nea aŽrea de alta tensi—n 400 kV conexi—n SET Malpica 30/220 kV a SET Vitoria 220 kV (REE) y se realizar‡n los cruzamientos y paralelismos segœn el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones tŽcnicas y garant’as de seguridad en l’neas elŽctricas de alta tensi—n y sus instrucciones tŽcnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. Respecto a las l’neas que est‡n actualmente en tramitaci—n, el promotor indica que se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos, para llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras. Se ha recibido informe del Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza del Gobierno de Arag—n, el cual alega incompatibilidad urban’stica de: ÑLas partes de los parques e—licos Kaede, Kairi, Kodama, Kyoko, Luna y Makami que se encuentran en el tŽrmino municipal de Biota, en suelo no urbanizable de car‡cter especial, protecciones sectoriales y complementarias en sus categor’as de cauces, riberas fluviales y carreteras. ÑLa parte del parque e—lico Belerofonte que se encuentra en el tŽrmino municipal de S‡daba y que se sitœan en suelo no urbanizable especial de protecci—n forestal. ÑLa parte del parque e—lico Makami que se encuentra en el tŽrmino municipal de As’n, en suelo no urbanizable de especial protecci—n del ecosistema natural en sus categor’as de Montes de Utilidad Pœblica y H‡bitats. El promotor muestra conformidad con las actuaciones compatibles urban’sticamente y alega punto por punto sobre las otras. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Agricultura de la Diputaci—n Foral de çlava, desde el Servicio de Montes, en el que informan de que se deber‡ analizar la posible reubicaci—n de los apoyos y otras medidas para reducir afecci—n a la masa forestal y analizar en detalle la afecci—n paisaj’stica de la l’nea de evacuaci—n a su paso por los Montes de Utilidad Pœblica n.¼ 615, n.¼ 304, n.¼ 309 y n.¼ 514. El promotor responde que la elecci—n del emplazamiento, la ubicaci—n y el nœmero de apoyos corresponde a un proceso de estudio de viabilidad tŽcnica, econ—mica y ambiental, remitiŽndose al estudio de impacto ambiental. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe del Servicio de Ordenaci—n Industrial, Infraestructuras EnergŽticas y Minas del Departamento de Desarrollo Econ—mico y Empresarial del Gobierno de Navarra, en el que informa de que, a la vista de la documentaci—n aportada, se trata de una l’nea elŽctrica de 179 km que discurre entre las Comunidades Aut—nomas de Arag—n, Navarra y Pa’s Vasco que, independientemente de las consideraciones que se puedan realizar desde la Direcci—n General de Medio Ambiente de Gobierno de Navarra, se recuerda que: ÇEn estos momentos se encuentra en tr‡mite la autorizaci—n administrativa previa, declaraci—n, en concreto, de utilidad pœblica, autorizaci—n administrativa de construcci—n, y declaraci—n de impacto ambiental de la l’nea aŽrea de transporte de energ’a elŽctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castej—n/Muruarte, y la autorizaci—n administrativa previa de desmontaje para las l’neas aŽreas de transporte de energ’a elŽctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.È, y que dicha actuaci—n se encuentra incluida en ese momento, en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de energ’a elŽctrica 2015-2020, as’ como en el borrador del Plan 2021-2026. Trasladado al promotor, este responde a cada punto y pone de manifiesto que, respecto de la l’nea ‡rea de transporte, el promotor se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos y llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras, reduciendo con ello las afecciones medioambientales y sociales que se podr’an derivar, que garanticen en todo momento el cumplimiento de los objetivos tanto de la l’nea de transporte como de la de evacuaci—n. El promotor defiende a su vez que la tramitaci—n del expediente PEol-522 AC no deber’a verse obstaculizada ni limitada en modo alguno en su tramitaci—n y puesta en servicio en su conjunto a consecuencia de la tramitaci—n del Expediente de la l’nea Itxaso-Castej—n/Muruarte. Trasladada dicha respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Ordenaci—n del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos EstratŽgicos del Gobierno de NavarraÈ, con reparos tanto ambientales, por afecciones tanto al Camino de Santiago, como al parque fluvial de la Comarca de Pamplona, como urban’sticos. Trasladada la respuesta al promotor, Žste responde a cada punto. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se reciben informes del Ayuntamiento de Biota, S‡daba y Castiliscar, que se remiten al informe urban’stico previo que debe existir sobre compatibilidad urban’stica, se–alando que mientras se dŽ cumplimiento a lo especificado en el mismo se muestra la conformidad. El promotor responde a los Ayuntamientos de Biota, S‡daba y Castiliscar, asegurando que el proyecto ubicado en dichos tŽrminos municipales ser‡ compatible urban’sticamente, segœn establece la normativa urban’stica de aplicaci—n. Trasladada la respuesta al Ayuntamiento de Biota, muestra conformidad. Trasladada la respuesta del promotor a los Ayuntamiento de S‡daba y Castiliscar, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Arratzua-Ubarrundia, que comunica que no ha podido descargar la documentaci—n relativa al proyecto diversos errores emergentes. Solicita que se facilite la documentaci—n en soporte inform‡tico y/o papel para poder ser estudiada e informada, y que dicha documentaci—n se ci–a œnicamente a lo que afecta al municipio. El promotor responde que tiene constancia de que la separata de afecci—n al municipio se ha enviado al Ayuntamiento de Arratzua por parte de la administraci—n. Trasladada la respuesta del promotor al Ayuntamiento, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe desfavorable de los Ayuntamientos de Elburgo, Barrundia, Agurain, Iruraiz-Gauna, Asparrena y San Mill‡n, analizando el proyecto desde el punto de vista urban’stico y ambiental. El promotor responde a cada punto. Los Ayuntamientos de Asparrena, Agurain, Barrundia, Iruraiz-Gauna y Elburgo ratifican sus posturas en segunda respuesta. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, del Servicio de Zona Rural del Departamento de Territorio y Acci—n por el Clima, en el que se indica que se prevŽ una afecci—n sobre el sector agrario, impacto que deber‡ valorarse adecuadamente. El Promotor contesta argumentando que el an‡lisis de afecci—n sobre la actividad agroforestal se encuentra analizado. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de organismos afectados de ‡mbito infra y supramunicipal, como son las Juntas Administrativas de Andoin, Egilatz, Egino y San Rom‡n de San Mill‡n, Arrieta, Biku–a, Munain, Urabain, Langarika, Etxabarri-Urtupi–a, Gazeo, Ari–ez, Jungitu, Ullibarri Arrazua y la Asociaci—n de Concejos del municipio de Vitoria (ACOVI). El promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe desfavorable de la Cuadrilla de la Llanada Alavesa, en la que analiza las distintas afecciones del proyecto y el contenido del estudio de impacto ambiental al respecto, en los municipios de la Llanada Alavesa (Asparrena, San Mill‡n, Agurain, Iruraiz-Gauna, Barrundia, y Elburgo), concluyendo que la opci—n m‡s adecuada es no ejecutar el trazado lo largo de la comarca o, en su defecto, trasladarlo a una zona en la que se genere menor impacto. El Promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Artajona, en el que pone de manifiesto que la implantaci—n de la l’nea elŽctrica de Alta Tensi—n de 220 kV a travŽs del trazado proyectado en el tŽrmino municipal de Artajona no est‡ en consonancia con las determinaciones generales del Planeamiento Municipal, por lo que deber’a analizarse otras soluciones. En su informe tambiŽn pone de manifiesto que el trazado propuesto comparte espacio con otras l’neas elŽctricas preexistentes, as’ como con la nueva l’nea de 400 kV proyectada por REE. Consideran que el trazado propuesto para la l’nea elŽctrica aŽrea deber’a ser objeto de un adecuado estudio de alternativas, tanto en cuanto al trazado cuanto en lo relativo a la configuraci—n de la l’nea, con el fin de evitar, por un lado, proliferaci—n de l’neas elŽctricas paralelas y, por otro, afecciones paisaj’sticas. En este sentido, el propio documento presentado explica que, en determinados tramos correspondientes a otras zonas del trazado proyectado, la nueva l’nea compartir‡ apoyos con l’neas existentes. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de los Ayuntamientos de Arruazu, Uharte Arakil, Etxarri Aranatz, Lakuntza, Adi—s, Legarda, Muruzabal, Uterga, A–orbe, Urdiain, EnŽriz, Iza, Arbizu, Cendea de Olza e Ira–eta, Ziorda y Arakil. Adem‡s de diversas consideraciones de ’ndole urban’stica y ambiental, se–alan que los efectos acumulativos y sinŽrgicos de otras infraestructuras pr—ximas a la l’nea proyectada no se encuentran analizados. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe desfavorable del Ayuntamiento de Bakaiku, Cendea de Olza e Iza, que manifiesta que se ha remitido al Ayuntamiento, coincidiendo en el tiempo, notificaci—n referente a informaci—n pœblica de solicitud de declaraci—n de impacto ambiental y autorizaci—n administrativa previa y autorizaci—n administrativa de construcci—n de la l’nea aŽrea de transporte de energ’a elŽctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castej—n/Muruarte, as’ como el desmontaje para las l’neas aŽreas de transporte de energ’a elŽctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.È. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Iza: Aguinaga, Atondo, Erice, Gulina, Ochovi, Sarasa, Sarasate, Larunbe, Lete y Zia, en los que se ratifican y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Iza suscrito por su Alcald’a. Ochovi solicita se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Cizur: Astrain, Larraya y Undiano. Astrain y Larraya solicitan la pr—rroga del periodo de alegaciones, deficiencias sustanciales en el estudio de impacto ambiental sometido a informaci—n pœblica y la ampliaci—n de informaci—n en referencia a la planificaci—n energŽtica. Undiano solicita que se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Olza: Arazuri, Artazcoz, Asiain, Ibero, Izcue, Izu, Lizasoain, Olza y Ororbia, en los que se ratifican en todos sus tŽrminos y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Cendea de Olza suscrito por la Alcald’a en fecha 28 de octubre de 2021. El promotor responde. Preguntadas la Demarcaci—n de Carreteras del Estado en Arag—n del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Endesa, S.A., Iberdrola Distribuci—n ElŽctrica, S.A.U., los Ayuntamientos de Uncastillo, Luesia, As’n, Ejea de los Caballeros, Comarca de las Cinco Villas, la Direcci—n de Energ’a, Minas y Administraci—n Industrial del de la Viceconsejer’a de Industria del Gobierno Vasco, la Direcci—n General de Obras Pœblicas e Infraestructuras del Gobierno de Navarra, las Juntas Administrativas de Arbulu, Argomaniz, Ezkerekotxa, Ibarguren y Zurbano, as’ como los Ayuntamientos de Olazti-Olozagutia, Alsasua, Iturmendi, Tafalla, Olite, Beire, Pitillas, UjuŽ, Murillo El Fruto, Gallipienzo, C‡seda, Carcastillo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Asimismo, la petici—n fue sometida a informaci—n pœblica, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicaci—n el 28 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Estado, el 27 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Territorio Hist—rico de çlava, el 7 de octubre de 2021 en el BOPZ y el 8 de octubre de 2021 en el Bolet’n Oficial de la Provincia de Navarra. Se recibieron numerosas alegaciones, tanto de particulares, como de empresas y asociaciones ambientales, las cuales fueron contestadas por el promotor. Entre dichas alegaciones, cabe mencionar las de diversos promotores por superposiciones en las poligonales de los proyectos, solicitando los alegantes el cambio de ubicaci—n de los parques e—licos del proyecto y se–alando la prioridad de los suyos en orden de prelaci—n. El promotor responde oponiŽndose a modificaci—n alguna e indicando, segœn los casos, que lo solicitado no se sustenta en ninguna base jur’dica o tŽcnica, que no se entra en conflicto o que se ha personado con alegaciones a determinados proyectos por la dudosa continuidad administrativa de algunos. Las respuestas del promotor a cada uno de los alegantes fueron remitidas a los mismos. Se destaca tambiŽn la de Desarrollos del Bat‡n, S.L., la cual est‡ desarrollando la central HidroelŽctrica del Bat‡n, sociedad que destaca diversas afecciones entre los proyectos. El promotor responde que, manteniendo la alineaci—n de los apoyos proyectados, modificar‡ en el proyecto constructivo la posici—n de los apoyos 223 y 226 de la LAAT 400 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Vitoria 220 kV de manera que ambos proyectos sean compatibles. Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto ambiental acompa–adas de solicitudes de informe en relaci—n a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, al Instituto AragonŽs de Gesti—n Ambiental (INAGA) del Gobierno de Arag—n; a la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro; a la Direcci—n General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educaci—n, Cultura y Deporte del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Salud Pœblica del Dpto. de Sanidad del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Interior y Protecci—n Civil del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Arag—n; a la Sociedad Espa–ola de Ornitologia (SEO-BIRDLIFE); a la Asociaci—n Espa–ola para la Conservaci—n y el Estudio de los MurciŽlagos (SECEMU-BATLIFE); a Ecologistas en Acci—n; a la Direcci—n de Patrimonio Natural y Cambio Clim‡tico del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Patrimonio Cultural de la Viceconsejer’a de Cultura del Gobierno Vasco, a la Direcci—n de Salud Pœblica y Adicciones del Departamento de Salud del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Atenci—n de Emergencias del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Administraci—n Ambiental del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputaci—n Foral de çlava; a la Direcci—n de Planificaci—n Territorial, Urbanismo y Regeneraci—n Urbana del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Cultura de la Diputaci—n Foral de çlava; a Protecci—n Civil de la Diputaci—n Foral de çlava; a URA-Agencia Vasca del Agua; a las asociaciones ecologistas Arabako Mendiak Aske, Lautadako Naturzale Elkartea, Plataforma en Defensa de la Cordillera Cant‡brica, Ekologistak Martxan Araba; a la Direcci—n General de Salud del Departamento de Salud del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Medio Ambiente del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Cultura del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra; a Direcci—n General del Interior (Protecci—n Civil) del Departamento de Interior, Funci—n Pœblica y Justicia del Gobierno de Navarra y a Ecologistas en Acci—n Navarra. El çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava emiti— informe en fecha 11 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n emiti— informe en fecha 25 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra emiti— informe en fecha 12 de abril de 2022. Considerando que, en virtud del art’culo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el —rgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorizaci—n del proyecto, la evaluaci—n de impacto ambiental efectuada. El anteproyecto de la instalaci—n y de su infraestructura de evacuaci—n asociada, junto a su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han sido sometidos al procedimiento de evaluaci—n de impacto ambiental, habiendo sido formulada declaraci—n de impacto ambiental favorable, concretada mediante resoluci—n de 18 de septiembre de 2023 de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental del Ministerio para la Transici—n Ecol—gica y el Reto Demogr‡fico (en adelante, DIA), en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluaci—n ambiental practicada, y que ha sido debidamente publicada en el Bolet’n Oficial del Estado. De acuerdo con lo establecido en la DIA, ser‡n de aplicaci—n al proyecto las condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las aceptadas tras la informaci—n pœblica y consultas y las propuestas en su informaci—n adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA. Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al art’culo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que puede desarrollarse el proyecto durante su ejecuci—n y su explotaci—n, para la definici—n del proyecto se atender‡, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y medidas dispuestas en la DIA, aport‡ndose, en su caso, la documentaci—n necesaria a tal efecto: ¥ El promotor deber‡ dar cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 3.e) Valoraci—n del —rgano ambiental y a las condiciones generales recogidas en el apartado i.2), destacando los siguientes aspectos: ÑRespecto a los parques e—licos Belerofonte, Cadmo, Delfino y Fukei, se deber‡n establecer protocolos de vigilancia que incluyan, al menos: -Instalaci—n de sistemas autom‡ticos de detecci—n y parada autom‡tica de los aerogeneradores. -Dise–o de un protocolo de vigilancia presencial llevada a cabo por tŽcnicos cualificados especialistas en avifauna, que puedan lanzar orden de detecci—n a los aerogeneradores en situaciones de riesgo de colisi—n. -Protocolo de actuaci—n de detenci—n de aerogeneradores bajo determinadas condiciones, sean climatol—gicas, horarias u otras. ÑRespecto al parque e—lico Cadmo, se considera necesario que se descarte el aerogenerador CAD-02. ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a minimizar el efecto barrera de los parques e—licos. Para ello se deber‡n mantener las distancias entre puntos de pala de dos aerogeneradores contiguos de, al menos dos di‡metros de rotor, segœn condiciones fauna ii. 3). ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a que, en caso de cruce aŽreo, la altura m’nima en metros de la l’nea sobre el cauce no deber‡ ser inferior a lo establecido en el art’culo 127 del Reglamento del Dominio Pœblico Hidr‡ulico. En el caso de cruce subterr‡neo de cauce pœblico, se debe realizar con una profundidad m’nima de un metro de distancia de la conducci—n de protecci—n del conductor al lecho del cauce, segœn condiciones agua ii.23). ¥ Previo a la elaboraci—n del proyecto constructivo, se realizar‡ un estudio de modelizaci—n acœstica del ruido generado por la SET Promotores Vitoria 220 kV, segœn condiciones medio atmosfŽrico ii.2). ¥ Se deber‡n cumplir los condicionados expuestos en el anexo ÇCriterios tŽcnicos para la autorizaci—n de actuaciones en Dominio Pœblico Hidr‡ulicoÈ presentado por la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, segœn condiciones agua ii.5). ¥ Las variaciones y ampliaciones de las zonas afectadas respecto al proyecto inicial deber‡n ser objeto de prospecci—n arqueol—gica con antelaci—n a la fase de obra, segœn condiciones bienes y patrimonio cultural ii.4). ¥ Se llevar‡ a cabo un estudio bot‡nico de campo que abarque al menos las etapas de floraci—n y fructificaci—n, para garantizar la identificaci—n de las comunidades y especies vegetales afectables m‡s notable, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.1.c). ¥ Con car‡cter previo a otorgarse la autorizaci—n administrativa de construcci—n, se redactar‡ un plan de compensaci—n para h‡bitats de interŽs comunitario, siguiendo las directrices recogidas en el estudio de impacto ambiental, y ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes en medio ambiente de las comunidades aut—nomas, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.7). ¥ Se deber‡n elaborar los protocolos de vigilancia presencial y de actuaci—n para detener los aerogeneradores bajo las condiciones que se determinen y estos deber‡n contar con la aprobaci—n de la autoridad competente en la materia, segœn condiciones fauna ii. 6). ¥ El dise–o del proyecto deber‡ tener en cuenta que los apoyos cuenten con patas de longitud variable para adaptarlas al terreno sin necesidad de generar superficies planas para su ubicaci—n, segœn condiciones geolog’a y suelo ii.9). ¥ El promotor deber‡ tener en consideraci—n el informe de la Direcci—n de Medioambiente y Urbanismo de çlava, donde relaciona los apoyos m‡s problem‡ticos por su impacto sobre la vegetaci—n y cuyo emplazamiento deber’a revisarse y evitar as’ la afecci—n a los HIC, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.1.a). ¥ Se replantear‡n los trazados de los accesos por zonas de cultivo o mediante un mayor aprovechamiento de los accesos existentes, as’ como mediante la eliminaci—n de los accesos que supongan afecciones significativas sobre HIC o en zonas ocupadas por masa forestal en el ‡mbito de montes de utilidad pœblica, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii. 1. b). ¥ Se deber‡ dar cumplimiento al condicionado del Programa de vigilancia ambiental, conforme a la condici—n iii). Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deber‡n estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la citada DIA, previamente a su aprobaci—n. Finalmente, la DIA establece los condicionantes espec’ficos que se tendr‡n en cuenta en las sucesivas fases de autorizaci—n del proyecto en su caso, y en todo caso antes de otorgar una autorizaci—n de explotaci—n. Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en la meritada DIA, en el curso de las autorizaciones preceptivas previstas en el art’culo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, podr’a resultar necesaria la tramitaci—n de las mismas en funci—n de lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, ser‡ de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Considerando que, en virtud del art’culo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, la autorizaci—n administrativa previa de instalaciones de generaci—n no podr‡ ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y conexi—n a las redes de transporte o distribuci—n correspondientes. El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la emisi—n del informe de viabilidad de acceso a la red (IVA), as’ como del informe de cumplimiento de condiciones tŽcnicas de conexi—n (ICCTC) y del informe de verificaci—n de las condiciones tŽcnicas de conexi—n (IVCTC) en la subestaci—n de Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U. Por tanto, la infraestructura de evacuaci—n de energ’a elŽctrica conectar‡ el parque e—lico con la red de transporte, en la subestaci—n de Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., a travŽs de una nueva posici—n de la red de transporte en dicha subestaci—n. Con fecha 9 de marzo de 2021 Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L., firm— con otros promotores acuerdo de colaboraci—n para la evacuaci—n de la energ’a producida por sus instalaciones mediante el desarrollo, construcci—n, uso compartido y posterior explotaci—n y mantenimiento de las siguientes infraestructuras de evacuaci—n compartidas, identific‡ndose como el promotor y titular de las mismas: ÑSET Malpica 30/220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Bayo 30/220/400 kV. ÑSET Bayo 30/220/400 kV. ÑLAAT 400 kV SET Bayo 30/220/400 kV-Nudo Olite. ÑLAAT 400 kV Nudo Olite-Nudo Alsasua. ÑLAAT 400 kV Nudo Alsasua-SET Promotores Vitoria 220 kV. ÑSET Promotores Vitoria 220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Promotores Vitoria 220 kV-SE Vitoria 220 kV. Con fecha 13 de agosto de 2021, Energ’a Inagotable de Amikiri, S.L., Energ’a Inagotable de Belerofonte, S.L., Energ’a Inagotable de Cadmo, S.L., Energ’a Inagotable de Delfino, S.L., Energ’a Inagotable de Fukei, S.L., Energ’a Inagotable de Kaede, S.L., Energ’a Inagotable de Kairi, S.L., Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., Energ’a Inagotable de Kodama, S.L., Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L., Energ’a Inagotable de Luna, S.L., y Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., firmaron con Solaria Promoci—n y Desarrollo Fotovoltaico, S.L., promotor de las plantas fotovoltaicas Vitoria Solar 1 y Vitoria Solar 2, acuerdo de tramitaci—n de la infraestructura de evacuaci—n comœn Subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV, a la que evacœan las precitadas plantas fotovoltaicas a travŽs de la l’nea de alta tensi—n 220 kV proveniente de la SET Vitoria Generaci—n 220 kV. Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la presente resoluci—n, la declaraci—n de impacto ambiental y los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n, la infraestructura de evacuaci—n dentro del alcance de esta resoluci—n contempla las siguientes actuaciones: ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV hasta la subestaci—n Bayo 30/220/400 kV. No forman parte de la presente resoluci—n, tramit‡ndose dentro del expediente SGEE/PEol-255 Kyoko: ¥ La subestaci—n Malpica 30/220 kV. ¥ La subestaci—n Bayo 30/220/400 kV. ¥ La subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV. ¥ La L’nea de evacuaci—n desde la subestaci—n Malpica 30/220 kV hasta la SE Vitoria 220 kV, perteneciente a Red ElŽctrica. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energ’a elŽctrica. Si bien, en virtud del art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deber‡ acreditar su capacidad legal, tŽcnica y econ—mico-financiera para la realizaci—n del proyecto. A tal fin, se remiti— propuesta de resoluci—n a la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el art’culo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, la propuesta de resoluci—n de esta Direcci—n General ha sido sometida a tr‡mite de audiencia del promotor. El promotor ha aportado, con fecha 13 de diciembre de 2023, acuerdo de la Agencia Estatal de Seguridad AŽrea en materia de servidumbres aeron‡uticas, de fecha 2 de junio de 2021, de autorizaci—n a la instalaci—n del parque e—lico Cadmo y el uso de una grœa m—vil en el tŽrmino municipal de S‡daba, provincia de Zaragoza (expediente P21-0097). Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las obligaciones de los productores de energ’a elŽctrica, el desarrollo de todas aquellas actividades necesarias para producir energ’a elŽctrica en los tŽrminos previstos en su autorizaci—n y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones medioambientales exigibles. La citada autorizaci—n se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenaci—n del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas Resuelve ònico. Ñ Otorgar a Energ’a Inagotable de Cadmo, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Cadmo, de 52,8 MW de potencia, y su infraestructura de evacuaci—n que seguidamente se detalla, con las caracter’sticas definidas en el anteproyecto ÇAnteproyecto de Cadmo CAD-210305-DT-PYÈ, fechado en mayo de 2021, y con las particularidades recogidas en la presente resoluci—n. El objeto del proyecto es la construcci—n de un parque e—lico para la generaci—n de energ’a elŽctrica y la evacuaci—n de dicha energ’a a la red. Sus caracter’sticas principales, a ra’z de la evaluaci—n de impacto ambiental practicada, son las siguientes: ¥ Tipo de tecnolog’a: E—lica. ¥ Potencia instalada, segœn art’culo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 52,8 MW. ¥ Modelo de aerogenerador: SGRE155. ¥ Nœmero de aerogeneradores: 8 aerogeneradores de 6,6 MW de potencia unitaria, rotor tripala de 155 metros de di‡metro y altura de buje de 122,5 metros. ¥ Tipo de torre: tubular, de acero. ¥ Capacidad de acceso, segœn lo estipulado en los permisos de acceso y conexi—n otorgados por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.: 49,5 MW. ¥ TŽrminos municipales afectados: S‡daba, en la provincia de Zaragoza. La infraestructura de evacuaci—n se compone de: Las l’neas subterr‡neas a 30 kV que conectar‡n cada uno de los centros de transformaci—n de los aerogeneradores con la subestaci—n Bayo 30/220/400 kV. No obstante lo anterior, la instalaci—n de producci—n deber‡ adaptarse al contenido de la citada declaraci—n de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n de la presente autorizaci—n. En particular, deber‡ atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaraci—n de impacto ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de evacuaci—n, siendo de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Ser‡ necesario obtener autorizaci—n administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y derivadas del cumplimiento de la declaraci—n de impacto ambiental si no se cumplen los supuestos del citado art’culo 115.2 del mencionado real decreto. Por tanto, la autorizaci—n administrativa de construcci—n no podr‡ ser otorgada, ni se podr‡n iniciar las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de las instalaciones previstas en el art’culo 131.9 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en ninguna de las partes de la instalaci—n, es decir, ni en el parque de producci—n ni en las infraestructuras de evacuaci—n objeto de la presente resoluci—n, incluidas en su caso la conexi—n con la red de transporte, si su titular no ha cumplido previamente la totalidad de las siguientes condiciones: a) Se otorgue al titular autorizaci—n administrativa que recoja las modificaciones derivadas de la meritada declaraci—n de impacto ambiental y del tr‡mite de informaci—n pœblica y consultas que requieran de modificaci—n de la presente autorizaci—n administrativa previa de acuerdo con lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. b) Se haya emitido el informe que valore las capacidades legal, tŽcnica y econ—mica del promotor por parte de la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia conforme al art’culo 127.6 Real Decreto 1955/2000, en su redacci—n dada por el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre. c) Se haya emitido informe por parte de la autoridad nacional respecto a servidumbres aeron‡uticas y condiciones generales de protecci—n de la navegaci—n aŽrea actualizado segœn los tŽrminos municipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. d) Se hayan actualizado los permisos de acceso y conexi—n del proyecto, incluyendo los tŽrminos municipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. El promotor deber‡ cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitaci—n, as’ como las condiciones impuestas en la citada declaraci—n de impacto ambiental de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental. Asimismo, se deber‡n cumplir las normas tŽcnicas y procedimientos de operaci—n que establezca el operador del sistema. Esta autorizaci—n se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, en especial, las relativas a ordenaci—n del territorio y medio ambiente, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. A efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n antes de transcurridos tres meses, el promotor deber‡ justificar si los condicionados impuestos en la DIA y en la presente resoluci—n suponen o no una reducci—n de la potencia instalada autorizada en la presente autorizaci—n administrativa previa, y deber‡ incorporar, en su caso, las medidas adoptadas para el mantenimiento de la potencia estipulada en la solicitud presentada, as’ como aportar cualquier otro elemento de juicio necesario. Asimismo, al proyecto de ejecuci—n presentado, elaborado conforme a los reglamentos tŽcnicos en la materia y junto con la declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de la normativa que le sea de aplicaci—n, se incorporar‡ igualmente la documentaci—n necesaria junto con una declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de las condiciones establecidas en la DIA, conforme a lo se–alado en la presente resoluci—n y en cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. Si, transcurrido dicho plazo, no hubiera solicitado la autorizaci—n administrativa de construcci—n o no hubiera proporcionado lo anteriormente citado a los efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n de dicho proyecto de ejecuci—n, la presente autorizaci—n caducar‡. No obstante, el promotor por razones justificadas podr‡ solicitar pr—rrogas del plazo establecido, siempre teniendo en cuenta los plazos establecidos en el art’culo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energ’a y en otros ‡mbitos para la reactivaci—n econ—mica. De acuerdo con lo dispuesto en los art’culos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas y en el art’culo 62.2 i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico, contra la presente resoluci—n, que no pone fin a la v’a administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretar’a de Estado de Energ’a en el plazo de un mes a partir del d’a siguiente al de la notificaci—n o publicaci—n de la presente resoluci—n, el œltimo que se produzca. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resoluci—n ser‡ firme a todos los efectos. Para el c—mputo de los plazos por meses habr‡ de estarse a lo dispuesto en el art’culo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Madrid, 18 de diciembre de 2023. Ñ El director general, Manuel Garc’a Hern‡ndez. SECCIîN PRIMERA Nœm. 843 MINISTERIO PARA LA TRANSICIîN ECOLîGICA Y EL RETO DEMOGRçFICO DIRECCIîN GENERAL DE POLêTICA ENERGƒTICA Y MINAS ANUNCIO relativo a resoluci—n de la Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas por la que se otorga a Energ’a Inagotable de Belerofonte, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Belerofonte, de 19,8 MW de potencia, y su infraestructura de evacuaci—n, en el tŽrmino municipal de S‡daba, en la provincia de Zaragoza. Con fecha 29 de marzo de 2021, subsanada en fecha 10 de mayo de 2021, tuvo entrada en el Registro de este Ministerio escrito de Energ’a Inagotable de Belerofonte, S.L., en adelante el promotor, por el que presenta solicitud de autorizaci—n administrativa previa, del parque e—lico Belerofonte, de 49,5 MW, en los tŽrminos municipales de S‡daba, en la provincia de Zaragoza. Esta Direcci—n General, con fecha 18 de junio de 2021, dict— acuerdo de acumulaci—n para la tramitaci—n conjunta relativa a los expedientes de autorizaci—n administrativa previa de los parques e—licos Luna, de 49,5 MW, Kaede, de 40,6 MW, Kodama, de 49,5 MW, Makami, de 49,5 MW, Kaminari, de 49,5 MW, Kairi, de 49,5 MW, Amikiri, de 16,5 MW, Delfino, de 49,5 MW, Fukei, de 49,5 MW, Cadmo, de 49,5 MW, Belerofonte, de 49,5 MW, y Kyoko, de 49,5 MW; en la provincia de Zaragoza, y su infraestructura de evacuaci—n comœn ubicada en las provincias de Zaragoza, Navarra y çlava, con c—digo de expediente asociado PEol-522 AC. El expediente acumulado fue incoado en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n, en el çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava, y en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra, y se tramit— de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, habiŽndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio pœblico o de servicios de interŽs general en la parte que la instalaci—n pueda afectar a bienes y derechos a su cargo. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Energ’a y Minas del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Arag—n, en el que no se muestra oposici—n, pero se indica que podr’a haber superposici—n entre algœn parque e—lico del proyecto con otras instalaciones competencia de la AGE. El promotor responde, respecto a la compatibilidad con otras instalaciones tramitadas por la AGE, que las sociedades afectadas del Grupo Forestalia presentaron alegaciones a dichos proyectos ante este organismo, por ser de su competencia. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, en el que se especifica que, si el proyecto afecta a dominio pœblico hidr‡ulico o zona de polic’a de cauces, requerir‡ autorizaci—n previa de este Organismo que habr‡ de ser solicitada por el promotor. Asimismo, se muestran condicionantes a la ejecuci—n de las actuaciones a llevar a cabo. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n el cual manifiesta su conformidad con la misma. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Infraestructuras del Transporte del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes de la Viceconsejer’a de Infraestructuras y Transportes del Gobierno Vasco en el que no se muestra oposici—n. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido informes con consideraciones tŽcnicas y ambientales tanto del Consejo de Ordenaci—n del Territorio en Arag—n (COTA) del Gobierno de Arag—n, como de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n. El promotor da respuesta a cada una de ellas. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente son objeto, en su caso, del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se han recibido contestaciones de la Direcci—n General de Carreteras del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n, de Telef—nica, S.A.U., del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), del Servicio de V’as y Obras de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, de la Direcci—n de Infraestructuras Viarias del Departamento de Infraestructuras Viarias y Movilidad de la Diputaci—n Foral de çlava, en las que se establecen condicionados tŽcnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorizaci—n ante dichos organismos por la ocupaci—n o el cruzamiento de la instalaci—n con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido contestaci—n de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., en adelante, REE, en la que informa de lo siguiente en relaci—n con el proyecto ÇClœster Vitoria 220_PEol-522 ACÈ: ÇRespecto del Parque E—lico Kyoko, L’nea Subterr‡nea a 30 kV, SET Promotores Vitoria 220/400 kV y L’nea de Alta Tensi—n 220 kV SET Promotores Vitoria-SET Vitoria 220 kV, con la documentaci—n aportada no es posible identificar las afecciones de dicho proyecto a instalaciones propiedad de REEÈ. El promotor responde que enviar‡ la documentaci—n solicitada. Con respecto a los parques e—licos Luna, Kaede, Kodama, Makami, Kaminari, Kairi, Amikiri, Delfino, Fukei, Cadmo y Belerofonte y a las subestaciones Malpica 30/220 kV y Bayo 30/220/400 kV, informa de que, segœn la documentaci—n recibida, no resulta afectada ninguna instalaci—n propiedad de REE. El promotor manifiesta su conformidad. En cuanto a la l’nea aŽrea a 220 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Bayo 30/220/400 kV, pueden resultar afectadas instalaciones en servicio de su propiedad, entre ellas, la l’nea L/E 440 kV D/C Castej—n-Muruarte 1 y 2 y la futura l’nea aŽrea a 400 kV D/C Itxaso-Castej—n-Muruarte, que se encuentra en fase de tramitaci—n de DIA y AAP ante el çrea de Industria de la Delegaci—n del Gobierno de Navarra por lo que, REE informa de que ser‡n necesarias comunicaciones posteriores para coordinar ambos servicios. El promotor contesta que, respecto a las l’neas en servicio que puedan verse afectadas, ya se ha tenido en cuenta en el anteproyecto de la l’nea aŽrea de alta tensi—n 400 kV conexi—n SET Malpica 30/220 kV a SET Vitoria 220 kV (REE) y se realizar‡n los cruzamientos y paralelismos segœn el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones tŽcnicas y garant’as de seguridad en l’neas elŽctricas de alta tensi—n y sus instrucciones tŽcnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. Respecto a las l’neas que est‡n actualmente en tramitaci—n, el promotor indica que se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos, para llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras. Se ha recibido informe del Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza del Gobierno de Arag—n, el cual alega incompatibilidad urban’stica de: ÑLas partes de los parques e—licos Kaede, Kairi, Kodama, Kyoko, Luna y Makami que se encuentran en el tŽrmino municipal de Biota, en suelo no urbanizable de car‡cter especial, protecciones sectoriales y complementarias en sus categor’as de cauces, riberas fluviales y carreteras. ÑLa parte del parque e—lico Belerofonte que se encuentra en el tŽrmino municipal de S‡daba y que se sitœan en suelo no urbanizable especial de protecci—n forestal. ÑLa parte del parque e—lico Makami que se encuentra en el tŽrmino municipal de As’n, en suelo no urbanizable de especial protecci—n del ecosistema natural en sus categor’as de Montes de Utilidad Pœblica y H‡bitats. El promotor muestra conformidad con las actuaciones compatibles urban’sticamente y alega punto por punto sobre las otras. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Agricultura de la Diputaci—n Foral de çlava, desde el Servicio de Montes, en el que informan de que se deber‡ analizar la posible reubicaci—n de los apoyos y otras medidas para reducir afecci—n a la masa forestal y analizar en detalle la afecci—n paisaj’stica de la l’nea de evacuaci—n a su paso por los montes de utilidad pœblica n¼ 615, n¼ 304, n¼ 309 y n¼ 514. El promotor responde que la elecci—n del emplazamiento, la ubicaci—n y el nœmero de apoyos corresponde a un proceso de estudio de viabilidad tŽcnica, econ—mica y ambiental, remitiŽndose al estudio de impacto ambiental. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe del Servicio de Ordenaci—n Industrial, Infraestructuras EnergŽticas y Minas del Departamento de Desarrollo Econ—mico y Empresarial del Gobierno de Navarra, en el que informa de que, a la vista de la documentaci—n aportada, se trata de una l’nea elŽctrica de 179 km que discurre entre las Comunidades Aut—nomas de Arag—n, Navarra y Pa’s Vasco que, independientemente de las consideraciones que se puedan realizar desde la Direcci—n General de Medio Ambiente de Gobierno de Navarra, se recuerda que: ÇEn estos momentos se encuentra en tr‡mite la autorizaci—n administrativa previa, declaraci—n, en concreto, de utilidad pœblica, autorizaci—n administrativa de construcci—n, y declaraci—n de impacto ambiental de la l’nea aŽrea de transporte de energ’a elŽctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castej—n/Muruarte, y la autorizaci—n administrativa previa de desmontaje para las l’neas aŽreas de transporte de energ’a elŽctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.È, y que dicha actuaci—n se encuentra incluida en ese momento, en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de energ’a elŽctrica 2015-2020, as’ como en el borrador del Plan 2021-2026. Trasladado al promotor, este responde a cada punto y pone de manifiesto que, respecto de la l’nea ‡rea de transporte, el promotor se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos y llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras, reduciendo con ello las afecciones medioambientales y sociales que se podr’an derivar, que garanticen en todo momento el cumplimiento de los objetivos tanto de la l’nea de transporte como de la de evacuaci—n. El promotor defiende a su vez que la tramitaci—n del expediente PEol-522 AC no deber’a verse obstaculizada ni limitada en modo alguno en su tramitaci—n y puesta en servicio en su conjunto a consecuencia de la tramitaci—n del Expediente de la l’nea Itxaso-Castej—n/Muruarte. Trasladada dicha respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Ordenaci—n del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos EstratŽgicos del Gobierno de NavarraÈ, con reparos tanto ambientales, por afecciones tanto al Camino de Santiago, como al parque fluvial de la Comarca de Pamplona, como urban’sticos. Trasladada la respuesta al promotor, este responde a cada punto. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se reciben informes del Ayuntamiento de Biota, S‡daba y Castiliscar, que se remiten al informe urban’stico previo que debe existir sobre compatibilidad urban’stica, se–alando que mientras se dŽ cumplimiento a lo especificado en el mismo se muestra la conformidad. El promotor responde a los Ayuntamientos de Biota, S‡daba y Castiliscar, asegurando que el proyecto ubicado en dichos tŽrminos municipales ser‡ compatible urban’sticamente, segœn establece la normativa urban’stica de aplicaci—n. Trasladada la respuesta al Ayuntamiento de Biota, muestra conformidad. Trasladada la respuesta del promotor a los Ayuntamiento de S‡daba y Castiliscar, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Arratzua-Ubarrundia, que comunica que no ha podido descargar la documentaci—n relativa al proyecto diversos errores emergentes. Solicita que se facilite la documentaci—n en soporte inform‡tico y/o papel para poder ser estudiada e informada, y que dicha documentaci—n se ci–a œnicamente a lo que afecta al municipio. El promotor responde que tiene constancia de que la separata de afecci—n al municipio se ha enviado al Ayuntamiento de Arratzua por parte de la administraci—n. Trasladada la respuesta del promotor al Ayuntamiento, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe desfavorable de los Ayuntamientos de Elburgo, Barrundia, Agurain, Iruraiz-Gauna, Asparrena y San Mill‡n, analizando el proyecto desde el punto de vista urban’stico y ambiental. El promotor responde a cada punto. Los Ayuntamientos de Asparrena, Agurain, Barrundia, Iruraiz-Gauna y Elburgo ratifican sus posturas en segunda respuesta. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, del Servicio de Zona Rural del Departamento de Territorio y Acci—n por el Clima, en el que se indica que se prevŽ una afecci—n sobre el sector agrario, impacto que deber‡ valorarse adecuadamente. El Promotor contesta argumentando que el an‡lisis de afecci—n sobre la actividad agroforestal se encuentra analizado. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de organismos afectados de ‡mbito infra y supramunicipal, como son las Juntas Administrativas de Andoin, Egilatz, Egino y San Rom‡n de San Mill‡n, Arrieta, Biku–a, Munain, Urabain, Langarika, Etxabarri-Urtupi–a, Gazeo, Ari–ez, Jungitu, Ullibarri Arrazua y la Asociaci—n de Concejos del municipio de Vitoria (ACOVI). El promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe desfavorable de la Cuadrilla de la Llanada Alavesa, en la que analiza las distintas afecciones del proyecto y el contenido del estudio de impacto ambiental al respecto, en los municipios de la Llanada Alavesa (Asparrena, San Mill‡n, Agurain, Iruraiz-Gauna, Barrundia, y Elburgo), concluyendo que la opci—n m‡s adecuada es no ejecutar el trazado lo largo de la comarca o, en su defecto, trasladarlo a una zona en la que se genere menor impacto. El Promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Artajona, en el que pone de manifiesto que la implantaci—n de la l’nea elŽctrica de alta tensi—n de 220 kV a travŽs del trazado proyectado en el tŽrmino municipal de Artajona no est‡ en consonancia con las determinaciones generales del Planeamiento Municipal, por lo que deber’a analizarse otras soluciones. En su informe tambiŽn pone de manifiesto que el trazado propuesto comparte espacio con otras l’neas elŽctricas preexistentes, as’ como con la nueva l’nea de 400 kV proyectada por REE. Consideran que el trazado propuesto para la l’nea elŽctrica aŽrea deber’a ser objeto de un adecuado estudio de alternativas, tanto en cuanto al trazado cuanto en lo relativo a la configuraci—n de la l’nea, con el fin de evitar, por un lado, proliferaci—n de l’neas elŽctricas paralelas y, por otro, afecciones paisaj’sticas. En este sentido, el propio documento presentado explica que, en determinados tramos correspondientes a otras zonas del trazado proyectado, la nueva l’nea compartir‡ apoyos con l’neas existentes. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de los Ayuntamientos de Arruazu, Uharte Arakil, Etxarri Aranatz, Lakuntza, Adi—s, Legarda, Muruzabal, Uterga, A–orbe, Urdiain, EnŽriz, Iza, Arbizu, Cendea de Olza e Ira–eta, Ziorda y Arakil. Adem‡s de diversas consideraciones de ’ndole urban’stica y ambiental, se–alan que los efectos acumulativos y sinŽrgicos de otras infraestructuras pr—ximas a la l’nea proyectada no se encuentran analizados. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe desfavorable del Ayuntamiento de Bakaiku, Cendea de Olza e Iza, que manifiesta que se ha remitido al Ayuntamiento, coincidiendo en el tiempo, notificaci—n referente a informaci—n pœblica de solicitud de declaraci—n de impacto ambiental y autorizaci—n administrativa previa y autorizaci—n administrativa de construcci—n de la l’nea aŽrea de transporte de energ’a elŽctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castej—n/Muruarte, as’ como el desmontaje para las l’neas aŽreas de transporte de energ’a elŽctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.È. Trasladada la respuesta al promotor, este contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Iza: Aguinaga, Atondo, Erice, Gulina, Ochovi, Sarasa, Sarasate, Larunbe, Lete y Zia, en los que se ratifican y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Iza suscrito por su Alcald’a. Ochovi solicita se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Cizur: Astrain, Larraya y Undiano. Astrain y Larraya solicitan la pr—rroga del periodo de alegaciones, deficiencias sustanciales en el estudio de impacto ambiental sometido a informaci—n pœblica y la ampliaci—n de informaci—n en referencia a la planificaci—n energŽtica. Undiano solicita que se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Olza: Arazuri, Artazcoz, Asiain, Ibero, Izcue, Izu, Lizasoain, Olza y Ororbia, en los que se ratifican en todos sus tŽrminos y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Cendea de Olza suscrito por la Alcald’a en fecha 28 de octubre de 2021. El promotor responde. Preguntadas la Demarcaci—n de Carreteras del Estado en Arag—n del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Endesa, S.A., Iberdrola Distribuci—n ElŽctrica, S.A.U., los Ayuntamientos de Uncastillo, Luesia, As’n, Ejea de los Caballeros, Comarca de las Cinco Villas, la Direcci—n de Energ’a, Minas y Administraci—n Industrial del de la Viceconsejer’a de Industria del Gobierno Vasco, la Direcci—n General de Obras Pœblicas e Infraestructuras del Gobierno de Navarra, las Juntas Administrativas de Arbulu, Argomaniz, Ezkerekotxa, Ibarguren y Zurbano, as’ como los Ayuntamientos de Olazti-Olozagutia, Alsasua, Iturmendi, Tafalla, Olite, Beire, Pitillas, UjuŽ, Murillo El Fruto, Gallipienzo, C‡seda, Carcastillo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Asimismo, la petici—n fue sometida a informaci—n pœblica, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicaci—n el 28 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Estado, el 27 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Territorio Hist—rico de çlava, el 7 de octubre de 2021 en el BOPZ y el 8 de octubre de 2021 en el Bolet’n Oficial de la Provincia de Navarra. Se recibieron numerosas alegaciones, tanto de particulares, como de empresas y asociaciones ambientales, las cuales fueron contestadas por el promotor. Entre dichas alegaciones, cabe mencionar las de diversos promotores por superposiciones en las poligonales de los proyectos, solicitando los alegantes el cambio de ubicaci—n de los parques e—licos del proyecto y se–alando la prioridad de los suyos en orden de prelaci—n. El promotor responde oponiŽndose a modificaci—n alguna e indicando, segœn los casos, que lo solicitado no se sustenta en ninguna base jur’dica o tŽcnica, que no se entra en conflicto o que se ha personado con alegaciones a determinados proyectos por la dudosa continuidad administrativa de algunos. Las respuestas del promotor a cada uno de los alegantes fueron remitidas a los mismos. Se destaca tambiŽn la de Desarrollos del Bat‡n, S.L., la cual est‡ desarrollando la central HidroelŽctrica del Bat‡n, sociedad que destaca diversas afecciones entre los proyectos. El promotor responde que, manteniendo la alineaci—n de los apoyos proyectados, modificar‡ en el proyecto constructivo la posici—n de los apoyos 223 y 226 de la LAAT 400 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Vitoria 220 kV de manera que ambos proyectos sean compatibles. Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto ambiental acompa–adas de solicitudes de informe en relaci—n a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, al Instituto AragonŽs de Gesti—n Ambiental (INAGA) del Gobierno de Arag—n; a la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro; a la Direcci—n General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educaci—n, Cultura y Deporte del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Salud Pœblica del Dpto. de Sanidad del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Interior y Protecci—n Civil del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Arag—n; a la Sociedad Espa–ola de Ornitologia (SEO-BIRDLIFE); a la Asociaci—n Espa–ola para la Conservaci—n y el Estudio de los MurciŽlagos (SECEMU-BATLIFE); a Ecologistas en Acci—n; a la Direcci—n de Patrimonio Natural y Cambio Clim‡tico del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Patrimonio Cultural de la Viceconsejer’a de Cultura del Gobierno Vasco, a la Direcci—n de Salud Pœblica y Adicciones del Departamento de Salud del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Atenci—n de Emergencias del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Administraci—n Ambiental del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputaci—n Foral de çlava; a la Direcci—n de Planificaci—n Territorial, Urbanismo y Regeneraci—n Urbana del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Cultura de la Diputaci—n Foral de çlava; a Protecci—n Civil de la Diputaci—n Foral de çlava; a URA-Agencia Vasca del Agua; a las asociaciones ecologistas Arabako Mendiak Aske, Lautadako Naturzale Elkartea, Plataforma en Defensa de la Cordillera Cant‡brica, Ekologistak Martxan Araba; a la Direcci—n General de Salud del Departamento de Salud del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Medio Ambiente del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Cultura del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra; a Direcci—n General del Interior (Protecci—n Civil) del Departamento de Interior, Funci—n Pœblica y Justicia del Gobierno de Navarra y a Ecologistas en Acci—n Navarra. El çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava emiti— informe en fecha 11 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n emiti— informe en fecha 25 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra emiti— informe en fecha 12 de abril de 2022. Considerando que, en virtud del art’culo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el —rgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorizaci—n del proyecto, la evaluaci—n de impacto ambiental efectuada. El anteproyecto de la instalaci—n y de su infraestructura de evacuaci—n asociada, junto a su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han sido sometidos al procedimiento de evaluaci—n de impacto ambiental, habiendo sido formulada declaraci—n de impacto ambiental favorable, concretada mediante resoluci—n de 18 de septiembre de 2023 de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental del Ministerio para la Transici—n Ecol—gica y el Reto Demogr‡fico (en adelante, DIA), en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluaci—n ambiental practicada, y que ha sido debidamente publicada en el Bolet’n Oficial del Estado. De acuerdo con lo establecido en la DIA, ser‡n de aplicaci—n al proyecto las condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las aceptadas tras la informaci—n pœblica y consultas y las propuestas en su informaci—n adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA. Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al art’culo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que puede desarrollarse el proyecto durante su ejecuci—n y su explotaci—n, para la definici—n del proyecto se atender‡, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y medidas dispuestas en la DIA, aport‡ndose, en su caso, la documentaci—n necesaria a tal efecto: ¥ El promotor deber‡ dar cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 3.e) Valoraci—n del —rgano ambiental y a las condiciones generales recogidas en el apartado i.2), destacando los siguientes aspectos: ÑRespecto a los parques e—licos Belerofonte, Cadmo, Delfino y Fukei, se deber‡n establecer protocolos de vigilancia que incluyan, al menos: -Instalaci—n de sistemas autom‡ticos de detecci—n y parada autom‡tica de los aerogeneradores. -Dise–o de un protocolo de vigilancia presencial llevada a cabo por tŽcnicos cualificados especialistas en avifauna, que puedan lanzar orden de detecci—n a los aerogeneradores en situaciones de riesgo de colisi—n. -Protocolo de actuaci—n de detenci—n de aerogeneradores bajo determinadas condiciones, sean climatol—gicas, horarias u otras. ÑRespecto al parque e—lico Belerofonte, se considera necesario que se descarten los aerogeneradores BEL-04, BEL-05, BEL-06, BEL-07, BEL-08, BEL-09, ya que existe de un refugio de quir—pteros en su poligonal. ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a minimizar el efecto barrera de los parques e—licos. Para ello se deber‡n mantener las distancias entre puntos de pala de dos aerogeneradores contiguos de, al menos dos di‡metros de rotor, segœn condiciones fauna ii. 3). ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a que, en caso de cruce aŽreo, la altura m’nima en metros de la l’nea sobre el cauce no deber‡ ser inferior a lo establecido en el art’culo 127 del Reglamento del Dominio Pœblico Hidr‡ulico. En el caso de cruce subterr‡neo de cauce pœblico, se debe realizar con una profundidad m’nima de un metro de distancia de la conducci—n de protecci—n del conductor al lecho del cauce, segœn condiciones agua ii. 23). ¥ Previo a la elaboraci—n del proyecto constructivo, se realizar‡ un estudio de modelizaci—n acœstica del ruido generado por la SET Promotores Vitoria 220 kV, segœn condiciones medio atmosfŽrico ii.2). ¥ Se deber‡n cumplir los condicionados expuestos en el anexo ÇCriterios tŽcnicos para la autorizaci—n de actuaciones en Dominio Pœblico Hidr‡ulicoÈ presentado por la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, segœn condiciones agua ii.5). ¥ Las variaciones y ampliaciones de las zonas afectadas respecto al proyecto inicial deber‡n ser objeto de prospecci—n arqueol—gica con antelaci—n a la fase de obra, segœn condiciones bienes y patrimonio cultural ii.4). ¥ Se llevar‡ a cabo un estudio bot‡nico de campo que abarque al menos las etapas de floraci—n y fructificaci—n, para garantizar la identificaci—n de las comunidades y especies vegetales afectables m‡s notable, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii. 1. c). ¥ Con car‡cter previo a otorgarse la autorizaci—n administrativa de construcci—n, se redactar‡ un plan de compensaci—n para h‡bitats de interŽs comunitario, siguiendo las directrices recogidas en el estudio de impacto ambiental, y ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes en medio ambiente de las comunidades aut—nomas, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.7). ¥ Se deber‡n elaborar los protocolos de vigilancia presencial y de actuaci—n para detener los aerogeneradores bajo las condiciones que se determinen y estos deber‡n contar con la aprobaci—n de la autoridad competente en la materia, segœn condiciones fauna ii. 6). ¥ El dise–o del proyecto deber‡ tener en cuenta que los apoyos cuenten con patas de longitud variable para adaptarlas al terreno sin necesidad de generar superficies planas para su ubicaci—n, segœn condiciones geolog’a y suelo ii.9). ¥ El promotor deber‡ tener en consideraci—n el informe de la Direcci—n de Medioambiente y Urbanismo de çlava, donde relaciona los apoyos m‡s problem‡ticos por su impacto sobre la vegetaci—n y cuyo emplazamiento deber’a revisarse y evitar as’ la afecci—n a los HIC, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii. 1. a). ¥ Se replantear‡n los trazados de los accesos por zonas de cultivo o mediante un mayor aprovechamiento de los accesos existentes, as’ como mediante la eliminaci—n de los accesos que supongan afecciones significativas sobre HIC o en zonas ocupadas por masa forestal en el ‡mbito de montes de utilidad pœblica, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii. 1. b). ¥ Se deber‡ dar cumplimiento al condicionado del Programa de vigilancia ambiental, conforme a la condici—n iii). Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deber‡n estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la citada DIA, previamente a su aprobaci—n. Finalmente, la DIA establece los condicionantes espec’ficos que se tendr‡n en cuenta en las sucesivas fases de autorizaci—n del proyecto en su caso, y en todo caso antes de otorgar una autorizaci—n de explotaci—n. Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en la meritada DIA, en el curso de las autorizaciones preceptivas previstas en el art’culo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, podr’a resultar necesaria la tramitaci—n de las mismas en funci—n de lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, ser‡ de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Considerando que, en virtud del art’culo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, la autorizaci—n administrativa previa de instalaciones de generaci—n no podr‡ ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y conexi—n a las redes de transporte o distribuci—n correspondientes. El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la emisi—n del informe de viabilidad de acceso a la red (IVA), as’ como del informe de cumplimiento de condiciones tŽcnicas de conexi—n (ICCTC) y del informe de verificaci—n de las condiciones tŽcnicas de conexi—n (IVCTC) en la subestaci—n de Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U. Por tanto, la infraestructura de evacuaci—n de energ’a elŽctrica conectar‡ el parque e—lico con la red de transporte en la subestaci—n de Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., a travŽs de una nueva posici—n de la red de transporte en dicha subestaci—n. Con fecha 9 de marzo de 2021 Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L., firm— con otros promotores acuerdo de colaboraci—n para la evacuaci—n de la energ’a producida por sus instalaciones mediante el desarrollo, construcci—n, uso compartido y posterior explotaci—n y mantenimiento de las siguientes infraestructuras de evacuaci—n compartidas, identific‡ndose como el promotor y titular de las mismas: ÑSET Malpica 30/220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Bayo 30/220/400 kV. ÑSET Bayo 30/220/400 kV. ÑLAAT 400 kV SET Bayo 30/220/400 kV-Nudo Olite. ÑLAAT 400 kV Nudo Olite-Nudo Alsasua. ÑLAAT 400 kV Nudo Alsasua-SET Promotores Vitoria 220 kV. ÑSET Promotores Vitoria 220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Promotores Vitoria 220 kV-SE Vitoria 220 kV. Con fecha 13 de agosto de 2021, Energ’a Inagotable de Amikiri, S.L., Energ’a Inagotable de Belerofonte, S.L., Energ’a Inagotable de Cadmo, S.L., Energ’a Inagotable de Delfino, S.L., Energ’a Inagotable de Fukei, S.L., Energ’a Inagotable de Kaede, S.L., Energ’a Inagotable de Kairi, S.L., Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., Energ’a Inagotable de Kodama, S.L., Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L., Energ’a Inagotable de Luna, S.L., y Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., firmaron con Solaria Promoci—n y Desarrollo Fotovoltaico, S.L., promotor de las plantas fotovoltaicas Vitoria Solar 1 y Vitoria Solar 2, acuerdo de tramitaci—n de la infraestructura de evacuaci—n comœn Subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV, a la que evacœan las precitadas plantas fotovoltaicas a travŽs de la l’nea de alta tensi—n 220 kV proveniente de la SET Vitoria Generaci—n 220 kV. Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la presente resoluci—n, la declaraci—n de impacto ambiental y los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n, la infraestructura de evacuaci—n dentro del alcance de esta resoluci—n contempla las siguientes actuaciones: Las l’neas subterr‡neas a 30 kV hasta la subestaci—n Bayo 30/220/400 kV. No forman parte de la presente resoluci—n, tramit‡ndose dentro del expediente SGEE/PEol-255 Kyoko: La subestaci—n Malpica 30/220 kV. La subestaci—n Bayo 30/220/400 kV. La subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV. La L’nea de evacuaci—n desde la subestaci—n Malpica 30/220 kV hasta la SE Vitoria 220 kV, perteneciente a Red ElŽctrica. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energ’a elŽctrica. Si bien, en virtud del art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deber‡ acreditar su capacidad legal, tŽcnica y econ—mico-financiera para la realizaci—n del proyecto. A tal fin, se remiti— propuesta de resoluci—n a la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el art’culo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, la propuesta de resoluci—n de esta Direcci—n General ha sido sometida a tr‡mite de audiencia del promotor. El promotor ha aportado, con fecha 13 de diciembre de 2023, acuerdo de la Agencia Estatal de Seguridad AŽrea en materia de servidumbres aeron‡uticas, de fecha 25 de mayo de 2021, de autorizaci—n a la instalaci—n del parque e—lico Belerofonte y el uso de una grœa m—vil en el tŽrmino municipal de S‡daba, provincia de Zaragoza (expediente P21-0092). Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las obligaciones de los productores de energ’a elŽctrica, el desarrollo de todas aquellas actividades necesarias para producir energ’a elŽctrica en los tŽrminos previstos en su autorizaci—n y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones medioambientales exigibles. La citada autorizaci—n se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenaci—n del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas Resuelve ònico. Ñ Otorgar a Energ’a Inagotable de Belerofonte, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Belerofonte, de 19,8 MW de potencia y su infraestructura de evacuaci—n, que seguidamente se detalla, con las caracter’sticas definidas en el anteproyecto ÇAnteproyecto de Belerofonte BEL-210305-DT-PYÈ, fechado en mayo de 2021, y con las particularidades recogidas en la presente resoluci—n. El objeto del proyecto es la construcci—n de un parque e—lico para la generaci—n de energ’a elŽctrica y la evacuaci—n de dicha energ’a a la red. Sus caracter’sticas principales, a ra’z de la evaluaci—n de impacto ambiental practicada, son las siguientes: Tipo de tecnolog’a: E—lica. Potencia instalada, segœn art’culo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 19,8 MW. Modelo de aerogenerador: SGRE155. Nœmero de aerogeneradores: 3 aerogeneradores de 6,6 MW de potencia unitaria, rotor tripala de 155 metros de di‡metro y altura de buje de 122,5 metros. Tipo de torre: tubular, de acero. Capacidad de acceso, segœn lo estipulado en los permisos de acceso y conexi—n otorgados por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.: 49,5 MW. TŽrminos municipales afectados: S‡daba, en la provincia de Zaragoza. La infraestructura de evacuaci—n se compone de: ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV que conectar‡n cada uno de los centros de transformaci—n de los aerogeneradores con la subestaci—n Bayo 30/220/400 kV. No obstante lo anterior, la instalaci—n de producci—n deber‡ adaptarse al contenido de la citada declaraci—n de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n de la presente autorizaci—n. En particular, deber‡ atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaraci—n de impacto ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de evacuaci—n, siendo de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Ser‡ necesario obtener autorizaci—n administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y derivadas del cumplimiento de la declaraci—n de impacto ambiental si no se cumplen los supuestos del citado art’culo 115.2 del mencionado real decreto. Por tanto, la autorizaci—n administrativa de construcci—n no podr‡ ser otorgada, ni se podr‡n iniciar las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de las instalaciones previstas en el art’culo 131.9 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en ninguna de las partes de la instalaci—n, es decir, ni en el parque de producci—n ni en las infraestructuras de evacuaci—n objeto de la presente resoluci—n, incluidas en su caso la conexi—n con la red de transporte, si su titular no ha cumplido previamente la totalidad de las siguientes condiciones: a) Se otorgue al titular autorizaci—n administrativa que recoja las modificaciones derivadas de la meritada declaraci—n de impacto ambiental y del tr‡mite de informaci—n pœblica y consultas que requieran de modificaci—n de la presente autorizaci—n administrativa previa de acuerdo con lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. b) Se haya emitido el informe que valore las capacidades legal, tŽcnica y econ—mica del promotor por parte de la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia conforme al art’culo 127.6 Real Decreto 1955/2000, en su redacci—n dada por el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre. c) Se haya emitido informe por parte de la autoridad nacional respecto a servidumbres aeron‡uticas y condiciones generales de protecci—n de la navegaci—n aŽrea actualizado segœn los tŽrminos municipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. d) Se hayan actualizado los permisos de acceso y conexi—n del proyecto, incluyendo los tŽrminos municipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. El promotor deber‡ cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitaci—n, as’ como las condiciones impuestas en la citada declaraci—n de impacto ambiental de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental. Asimismo, se deber‡n cumplir las normas tŽcnicas y procedimientos de operaci—n que establezca el operador del sistema. Esta autorizaci—n se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, en especial, las relativas a ordenaci—n del territorio y medio ambiente, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. A efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n antes de transcurridos tres meses, el promotor deber‡ justificar si los condicionados impuestos en la DIA y en la presente resoluci—n suponen o no una reducci—n de la potencia instalada autorizada en la presente autorizaci—n administrativa previa, y deber‡ incorporar, en su caso, las medidas adoptadas para el mantenimiento de la potencia estipulada en la solicitud presentada, as’ como aportar cualquier otro elemento de juicio necesario. Asimismo, al proyecto de ejecuci—n presentado, elaborado conforme a los reglamentos tŽcnicos en la materia y junto con la declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de la normativa que le sea de aplicaci—n, se incorporar‡ igualmente la documentaci—n necesaria junto con una declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de las condiciones establecidas en la DIA, conforme a lo se–alado en la presente resoluci—n y en cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. Si, transcurrido dicho plazo, no hubiera solicitado la autorizaci—n administrativa de construcci—n o no hubiera proporcionado lo anteriormente citado a los efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n de dicho proyecto de ejecuci—n, la presente autorizaci—n caducar‡. No obstante, el promotor por razones justificadas podr‡ solicitar pr—rrogas del plazo establecido, siempre teniendo en cuenta los plazos establecidos en el art’culo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energ’a y en otros ‡mbitos para la reactivaci—n econ—mica. De acuerdo con lo dispuesto en los art’culos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas y en el art’culo 62.2 i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico, contra la presente resoluci—n, que no pone fin a la v’a administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretar’a de Estado de Energ’a en el plazo de un mes a partir del d’a siguiente al de la notificaci—n o publicaci—n de la presente resoluci—n, el œltimo que se produzca. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resoluci—n ser‡ firme a todos los efectos. Para el c—mputo de los plazos por meses habr‡ de estarse a lo dispuesto en el art’culo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Madrid, 18 de diciembre de 2023. Ñ El director General, Manuel Garc’a Hern‡ndez. SECCIîN PRIMERA Nœm. 844 MINISTERIO PARA LA TRANSICIîN ECOLîGICA Y EL RETO DEMOGRçFICO DIRECCIîN GENERAL DE POLêTICA ENERGƒTICA Y MINAS ANUNCIO relativo a resoluci—n de la Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas por la que se otorga a Energ’a Inagotable de Fukei, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Fukei, de 46,2 MW de potencia, y su infraestructura de evacuaci—n, en el tŽrmino municipal de S‡daba, en la provincia de Zaragoza. Con fecha 29 de marzo de 2021, subsanada en fecha 10 de mayo de 2021, tuvo entrada en el Registro de este Ministerio escrito de Energ’a Inagotable de Fukei, S.L., en adelante el promotor, por el que presenta solicitud de autorizaci—n administrativa previa, del parque e—lico Fukei, de 49,5 MW, en el tŽrmino municipal de S‡bada, en la provincia de Zaragoza. Esta Direcci—n General, con fecha 18 de junio de 2021, dict— acuerdo de acumulaci—n para la tramitaci—n conjunta relativa a los expedientes de autorizaci—n administrativa previa de los parques e—licos Luna, de 49,5 MW, Kaede, de 40,6 MW, Kodama, de 49,5 MW, Makami, de 49,5 MW, Kaminari, de 49,5 MW, Kairi, de 49,5 MW, Amikiri, de 16,5 MW, Delfino, de 49,5 MW, Fukei, de 49,5 MW, Cadmo, de 49,5 MW, Belerofonte, de 49,5 MW, y Kyoko, de 49,5 MW; en la provincia de Zaragoza, y su infraestructura de evacuaci—n comœn ubicada en las provincias de Zaragoza, Navarra y çlava, con c—digo de expediente asociado PEol-522 AC. El expediente acumulado fue incoado en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n, en el çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava, y en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra, y se tramit— de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, habiŽndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio pœblico o de servicios de interŽs general en la parte que la instalaci—n pueda afectar a bienes y derechos a su cargo. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Energ’a y Minas del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Arag—n, en el que no se muestra oposici—n, pero se indica que podr’a haber superposici—n entre algœn parque e—lico del proyecto con otras instalaciones competencia de la AGE. El promotor responde, respecto a la compatibilidad con otras instalaciones tramitadas por la AGE, que las sociedades afectadas del Grupo Forestalia presentaron alegaciones a dichos proyectos ante este organismo, por ser de su competencia. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, en el que se especifica que, si el proyecto afecta a dominio pœblico hidr‡ulico o zona de polic’a de cauces, requerir‡ autorizaci—n previa de este Organismo que habr‡ de ser solicitada por el promotor. Asimismo, se muestran condicionantes a la ejecuci—n de las actuaciones a llevar a cabo. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n el cual manifiesta su conformidad con la misma. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Infraestructuras del Transporte del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes de la Viceconsejer’a de Infraestructuras y Transportes del Gobierno Vasco en el que no se muestra oposici—n. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido informes con consideraciones tŽcnicas y ambientales tanto del Consejo de Ordenaci—n del Territorio en Arag—n (COTA) del Gobierno de Arag—n, como de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n. El promotor da respuesta a cada una de ellas. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente son objeto, en su caso, del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se han recibido contestaciones de la Direcci—n General de Carreteras del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n, de Telef—nica, S.A.U., del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), del Servicio de V’as y Obras de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, de la Direcci—n de Infraestructuras Viarias del Departamento de Infraestructuras Viarias y Movilidad de la Diputaci—n Foral de çlava, en las que se establecen condicionados tŽcnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorizaci—n ante dichos organismos por la ocupaci—n o el cruzamiento de la instalaci—n con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido contestaci—n de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., en adelante, REE, en la que informa de lo siguiente en relaci—n con el proyecto ÇClœster Vitoria 220_PEol-522 ACÈ: ÇRespecto del Parque E—lico Kyoko, L’nea Subterr‡nea a 30 kV, SET Promotores Vitoria 220/400 kV y L’nea de Alta Tensi—n 220 kV SET Promotores Vitoria-SET Vitoria 220 kV, con la documentaci—n aportada no es posible identificar las afecciones de dicho proyecto a instalaciones propiedad de REEÈ. El promotor responde que enviar‡ la documentaci—n solicitada. Con respecto a los Parques E—licos Luna, Kaede, Kodama, Makami, Kaminari, Kairi, Amikiri, Delfino, Fukei, Cadmo y Belerofonte y a las Subestaciones Malpica 30/220 kV y Bayo 30/220/400 kV, informa de que, segœn la documentaci—n recibida, no resulta afectada ninguna instalaci—n propiedad de REE. El promotor manifiesta su conformidad. En cuanto a la L’nea AŽrea a 220 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Bayo 30/220/400 kV, pueden resultar afectadas instalaciones en servicio de su propiedad, entre ellas, la l’nea L/E 440 kV D/C Castej—n-Muruarte 1 y 2 y la futura l’nea aŽrea a 400 kV D/C Itxaso-Castej—n-Muruarte, que se encuentra en fase de tramitaci—n de DIA y AAP ante el çrea de Industria de la Delegaci—n del Gobierno de Navarra por lo que, REE informa de que ser‡n necesarias comunicaciones posteriores para coordinar ambos servicios. El promotor contesta que, respecto a las l’neas en servicio que puedan verse afectadas, ya se ha tenido en cuenta en el anteproyecto de la l’nea aŽrea de alta tensi—n 400 kV conexi—n SET Malpica 30/220 kV a SET Vitoria 220 kV (REE) y se realizar‡n los cruzamientos y paralelismos segœn el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones tŽcnicas y garant’as de seguridad en l’neas elŽctricas de alta tensi—n y sus instrucciones tŽcnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. Respecto a las l’neas que est‡n actualmente en tramitaci—n, el promotor indica que se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos, para llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras. Se ha recibido informe del Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza del Gobierno de Arag—n, el cual alega incompatibilidad urban’stica de: ÑLas partes de los parques e—licos Kaede, Kairi, Kodama, Kyoko, Luna y Makami que se encuentran en el tŽrmino municipal de Biota, en suelo no urbanizable de car‡cter especial, protecciones sectoriales y complementarias en sus categor’as de cauces, riberas fluviales y carreteras. ÑLa parte del parque e—lico Belerofonte que se encuentra en el tŽrmino municipal de S‡daba y que se sitœan en suelo no urbanizable especial de protecci—n forestal. ÑLa parte del parque e—lico Makami que se encuentra en el tŽrmino municipal de As’n, en suelo no urbanizable de especial protecci—n del ecosistema natural en sus categor’as de Montes de Utilidad Pœblica y H‡bitats. El promotor muestra conformidad con las actuaciones compatibles urban’sticamente y alega punto por punto sobre las otras. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Agricultura de la Diputaci—n Foral de çlava, desde el Servicio de Montes, en el que informan de que se deber‡ analizar la posible reubicaci—n de los apoyos y otras medidas para reducir afecci—n a la masa forestal y analizar en detalle la afecci—n paisaj’stica de la l’nea de evacuaci—n a su paso por los Montes de Utilidad Pœblica n¼ 615, n¼ 304, n¼ 309 y n¼ 514. El promotor responde que la elecci—n del emplazamiento, la ubicaci—n y el nœmero de apoyos corresponde a un proceso de estudio de viabilidad tŽcnica, econ—mica y ambiental, remitiŽndose al estudio de impacto ambiental. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe del Servicio de Ordenaci—n Industrial, Infraestructuras EnergŽticas y Minas del Departamento de Desarrollo Econ—mico y Empresarial del Gobierno de Navarra, en el que informa de que, a la vista de la documentaci—n aportada, se trata de una l’nea elŽctrica de 179 km que discurre entre las Comunidades Aut—nomas de Arag—n, Navarra y Pa’s Vasco que, independientemente de las consideraciones que se puedan realizar desde la Direcci—n General de Medio Ambiente de Gobierno de Navarra, se recuerda que: ÇEn estos momentos se encuentra en tr‡mite la autorizaci—n administrativa previa, declaraci—n, en concreto, de utilidad pœblica, autorizaci—n administrativa de construcci—n, y declaraci—n de impacto ambiental de la l’nea aŽrea de transporte de energ’a elŽctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castej—n/Muruarte, y la autorizaci—n administrativa previa de desmontaje para las l’neas aŽreas de transporte de energ’a elŽctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.È, y que dicha actuaci—n se encuentra incluida en ese momento, en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de energ’a elŽctrica 2015-2020, as’ como en el borrador del Plan 2021-2026. Trasladado al promotor, este responde a cada punto y pone de manifiesto que, respecto de la l’nea ‡rea de transporte, el promotor se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos y llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras, reduciendo con ello las afecciones medioambientales y sociales que se podr’an derivar, que garanticen en todo momento el cumplimiento de los objetivos tanto de la l’nea de transporte como de la de evacuaci—n. El promotor defiende a su vez que la tramitaci—n del expediente PEol-522 AC no deber’a verse obstaculizada ni limitada en modo alguno en su tramitaci—n y puesta en servicio en su conjunto a consecuencia de la tramitaci—n del Expediente de la l’nea Itxaso-Castej—n/Muruarte. Trasladada dicha respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Ordenaci—n del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos EstratŽgicos del Gobierno de NavarraÈ, con reparos tanto ambientales, por afecciones tanto al Camino de Santiago, como al parque fluvial de la Comarca de Pamplona, como urban’sticos. Trasladada la respuesta al promotor, Žste responde a cada punto. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se reciben informes del Ayuntamiento de Biota, S‡daba y Castiliscar, que se remiten al informe urban’stico previo que debe existir sobre compatibilidad urban’stica, se–alando que mientras se dŽ cumplimiento a lo especificado en el mismo se muestra la conformidad. El promotor responde a los Ayuntamientos de Biota, S‡daba y Castiliscar, asegurando que el proyecto ubicado en dichos tŽrminos municipales ser‡ compatible urban’sticamente, segœn establece la normativa urban’stica de aplicaci—n. Trasladada la respuesta al Ayuntamiento de Biota, muestra conformidad. Trasladada la respuesta del promotor a los Ayuntamiento de S‡daba y Castiliscar, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Arratzua-Ubarrundia, que comunica que no ha podido descargar la documentaci—n relativa al proyecto diversos errores emergentes. Solicita que se facilite la documentaci—n en soporte inform‡tico y/o papel para poder ser estudiada e informada, y que dicha documentaci—n se ci–a œnicamente a lo que afecta al municipio. El promotor responde que tiene constancia de que la separata de afecci—n al municipio se ha enviado al Ayuntamiento de Arratzua por parte de la administraci—n. Trasladada la respuesta del promotor al Ayuntamiento, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe desfavorable de los Ayuntamientos de Elburgo, Barrundia, Agurain, Iruraiz-Gauna, Asparrena y San Mill‡n, analizando el proyecto desde el punto de vista urban’stico y ambiental. El promotor responde a cada punto. Los Ayuntamientos de Asparrena, Agurain, Barrundia, Iruraiz-Gauna y Elburgo ratifican sus posturas en segunda respuesta. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, del Servicio de Zona Rural del Departamento de Territorio y Acci—n por el Clima, en el que se indica que se prevŽ una afecci—n sobre el sector agrario, impacto que deber‡ valorarse adecuadamente. El promotor contesta argumentando que el an‡lisis de afecci—n sobre la actividad agroforestal se encuentra analizado. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de organismos afectados de ‡mbito infra y supramunicipal, como son las Juntas Administrativas de Andoin, Egilatz, Egino y San Rom‡n de San Mill‡n, Arrieta, Biku–a, Munain, Urabain, Langarika, Etxabarri-Urtupi–a, Gazeo, Ari–ez, Jungitu, Ullibarri Arrazua y la Asociaci—n de Concejos del municipio de Vitoria (ACOVI). El promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe desfavorable de la Cuadrilla de la Llanada Alavesa, en la que analiza las distintas afecciones del proyecto y el contenido del estudio de impacto ambiental al respecto, en los municipios de la Llanada Alavesa (Asparrena, San Mill‡n, Agurain, Iruraiz-Gauna, Barrundia, y Elburgo), concluyendo que la opci—n m‡s adecuada es no ejecutar el trazado lo largo de la comarca o, en su defecto, trasladarlo a una zona en la que se genere menor impacto. El Promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Artajona, en el que pone de manifiesto que la implantaci—n de la l’nea elŽctrica de Alta Tensi—n de 220 kV a travŽs del trazado proyectado en el tŽrmino municipal de Artajona no est‡ en consonancia con las determinaciones generales del Planeamiento Municipal, por lo que deber’a analizarse otras soluciones. En su informe tambiŽn pone de manifiesto que el trazado propuesto comparte espacio con otras l’neas elŽctricas preexistentes, as’ como con la nueva l’nea de 400 kV proyectada por REE. Consideran que el trazado propuesto para la l’nea elŽctrica aŽrea deber’a ser objeto de un adecuado estudio de alternativas, tanto en cuanto al trazado cuanto en lo relativo a la configuraci—n de la l’nea, con el fin de evitar, por un lado, proliferaci—n de l’neas elŽctricas paralelas y, por otro, afecciones paisaj’sticas. En este sentido, el propio documento presentado explica que, en determinados tramos correspondientes a otras zonas del trazado proyectado, la nueva l’nea compartir‡ apoyos con l’neas existentes. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de los Ayuntamientos de Arruazu, Uharte Arakil, Etxarri Aranatz, Lakuntza, Adi—s, Legarda, Muruzabal, Uterga, A–orbe, Urdiain, EnŽriz, Iza, Arbizu, Cendea de Olza e Ira–eta, Ziorda y Arakil. Adem‡s de diversas consideraciones de ’ndole urban’stica y ambiental, se–alan que los efectos acumulativos y sinŽrgicos de otras infraestructuras pr—ximas a la l’nea proyectada no se encuentran analizados. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe desfavorable del Ayuntamiento de Bakaiku, Cendea de Olza e Iza, que manifiesta que se ha remitido al Ayuntamiento, coincidiendo en el tiempo, notificaci—n referente a informaci—n pœblica de solicitud de Declaraci—n de Impacto Ambiental y Autorizaci—n Administrativa Previa y Autorizaci—n Administrativa de Construcci—n de la l’nea aŽrea de transporte de energ’a elŽctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castej—n/Muruarte, as’ como el desmontaje para las l’neas aŽreas de transporte de energ’a elŽctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.È. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Iza: Aguinaga, Atondo, Erice, Gulina, Ochovi, Sarasa, Sarasate, Larunbe, Lete y Zia, en los que se ratifican y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Iza suscrito por su Alcald’a. Ochovi solicita se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Cizur: Astrain, Larraya y Undiano. Astrain y Larraya solicitan la pr—rroga del periodo de alegaciones, deficiencias sustanciales en el estudio de impacto ambiental sometido a informaci—n pœblica y la ampliaci—n de informaci—n en referencia a la planificaci—n energŽtica. Undiano solicita que se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Olza: Arazuri, Artazcoz, Asiain, Ibero, Izcue, Izu, Lizasoain, Olza y Ororbia, en los que se ratifican en todos sus tŽrminos y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Cendea de Olza suscrito por la Alcald’a en fecha 28 de octubre de 2021. El promotor responde. Preguntadas la Demarcaci—n de Carreteras del Estado en Arag—n del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Endesa, S.A., Iberdrola Distribuci—n ElŽctrica, S.A.U., los Ayuntamientos de Uncastillo, Luesia, As’n, Ejea de los Caballeros, Comarca de las Cinco Villas, la Direcci—n de Energ’a, Minas y Administraci—n Industrial del de la Viceconsejer’a de Industria del Gobierno Vasco, la Direcci—n General de Obras Pœblicas e Infraestructuras del Gobierno de Navarra, las Juntas Administrativas de Arbulu, Argomaniz, Ezkerekotxa, Ibarguren y Zurbano, as’ como los Ayuntamientos de Olazti-Olozagutia, Alsasua, Iturmendi, Tafalla, Olite, Beire, Pitillas, UjuŽ, Murillo El Fruto, Gallipienzo, C‡seda, Carcastillo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Asimismo, la petici—n fue sometida a informaci—n pœblica, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicaci—n el 28 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Estado, el 27 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Territorio Hist—rico de çlava, el 7 de octubre de 2021 en el BOPZ y el 8 de octubre de 2021 en el Bolet’n Oficial de la Provincia de Navarra. Se recibieron numerosas alegaciones, tanto de particulares, como de empresas y asociaciones ambientales, las cuales fueron contestadas por el promotor. Entre dichas alegaciones, cabe mencionar las de diversos promotores por superposiciones en las poligonales de los proyectos, solicitando los alegantes el cambio de ubicaci—n de los parques e—licos del proyecto y se–alando la prioridad de los suyos en orden de prelaci—n. El promotor responde oponiŽndose a modificaci—n alguna e indicando, segœn los casos, que lo solicitado no se sustenta en ninguna base jur’dica o tŽcnica, que no se entra en conflicto o que se ha personado con alegaciones a determinados proyectos por la dudosa continuidad administrativa de algunos. Las respuestas del promotor a cada uno de los alegantes fueron remitidas a los mismos. Se destaca tambiŽn la de Desarrollos del Bat‡n, S.L., la cual est‡ desarrollando la central HidroelŽctrica del Bat‡n, sociedad que destaca diversas afecciones entre los proyectos. El promotor responde que, manteniendo la alineaci—n de los apoyos proyectados, modificar‡ en el proyecto constructivo la posici—n de los apoyos 223 y 226 de la LAAT 400 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Vitoria 220 kV de manera que ambos proyectos sean compatibles. Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto ambiental acompa–adas de solicitudes de informe en relaci—n a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, al Instituto AragonŽs de Gesti—n Ambiental (INAGA) del Gobierno de Arag—n; a la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro; a la Direcci—n General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educaci—n, Cultura y Deporte del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Salud Pœblica del Dpto. de Sanidad del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Interior y Protecci—n Civil del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Arag—n; a la Sociedad Espa–ola de Ornitologia (SEO-BIRDLIFE); a la Asociaci—n Espa–ola para la Conservaci—n y el Estudio de los MurciŽlagos (SECEMU-BATLIFE); a Ecologistas en Acci—n; a la Direcci—n de Patrimonio Natural y Cambio Clim‡tico del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Patrimonio Cultural de la Viceconsejer’a de Cultura del Gobierno Vasco, a la Direcci—n de Salud Pœblica y Adicciones del Departamento de Salud del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Atenci—n de Emergencias del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Administraci—n Ambiental del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputaci—n Foral de çlava; a la Direcci—n de Planificaci—n Territorial, Urbanismo y Regeneraci—n Urbana del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Cultura de la Diputaci—n Foral de çlava; a Protecci—n Civil de la Diputaci—n Foral de çlava; a URA-Agencia Vasca del Agua; a las asociaciones ecologistas Arabako Mendiak Aske, Lautadako Naturzale Elkartea, Plataforma en Defensa de la Cordillera Cant‡brica, Ekologistak Martxan Araba; a la Direcci—n General de Salud del Departamento de Salud del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Medio Ambiente del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Cultura del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra; a Direcci—n General del Interior (Protecci—n Civil) del Departamento de Interior, Funci—n Pœblica y Justicia del Gobierno de Navarra y a Ecologistas en Acci—n Navarra. El çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava emiti— informe en fecha 11 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n emiti— informe en fecha 25 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra emiti— informe en fecha 12 de abril de 2022. Considerando que, en virtud del art’culo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el —rgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorizaci—n del proyecto, la evaluaci—n de impacto ambiental efectuada. El anteproyecto de la instalaci—n y de su infraestructura de evacuaci—n asociada, junto a su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han sido sometidos al procedimiento de evaluaci—n de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaraci—n de Impacto Ambiental favorable, concretada mediante resoluci—n de 18 de septiembre de 2023 de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental del Ministerio para la Transici—n Ecol—gica y el Reto Demogr‡fico (en adelante, DIA), en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluaci—n ambiental practicada, y que ha sido debidamente publicada en el Bolet’n Oficial del Estado. De acuerdo con lo establecido en la DIA, ser‡n de aplicaci—n al proyecto las condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las aceptadas tras la informaci—n pœblica y consultas y las propuestas en su informaci—n adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA. Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al art’culo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que puede desarrollarse el proyecto durante su ejecuci—n y su explotaci—n, para la definici—n del proyecto se atender‡, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y medidas dispuestas en la DIA, aport‡ndose, en su caso, la documentaci—n necesaria a tal efecto: ¥ El promotor deber‡ dar cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 3.e) Valoraci—n del —rgano ambiental y a las condiciones generales recogidas en el apartado i.2), destacando los siguientes aspectos: ÑRespecto a los parques e—licos Belerofonte, Cadmo, Delfino y Fukei, se deber‡n establecer protocolos de vigilancia que incluyan, al menos: -Instalaci—n de sistemas autom‡ticos de detecci—n y parada autom‡tica de los aerogeneradores. -Dise–o de un protocolo de vigilancia presencial llevada a cabo por tŽcnicos cualificados especialistas en avifauna, que puedan lanzar orden de detecci—n a los aerogeneradores en situaciones de riesgo de colisi—n. -Protocolo de actuaci—n de detenci—n de aerogeneradores bajo determinadas condiciones, sean climatol—gicas, horarias u otras. ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a minimizar el efecto barrera de los parques e—licos. Para ello se deber‡n mantener las distancias entre puntos de pala de dos aerogeneradores contiguos de, al menos dos di‡metros de rotor, segœn condiciones fauna ii. 3). ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a que, en caso de cruce aŽreo, la altura m’nima en metros de la l’nea sobre el cauce no deber‡ ser inferior a lo establecido en el art’culo 127 del Reglamento del Dominio Pœblico Hidr‡ulico. En el caso de cruce subterr‡neo de cauce pœblico, se debe realizar con una profundidad m’nima de un metro de distancia de la conducci—n de protecci—n del conductor al lecho del cauce, segœn condiciones agua ii. 23). ¥ Previo a la elaboraci—n del proyecto constructivo, se realizar‡ un estudio de modelizaci—n acœstica del ruido generado por la SET Promotores Vitoria 220 kV, segœn condiciones medio atmosfŽrico ii.2). ¥ Se deber‡n cumplir los condicionados expuestos en el anexo ÇCriterios tŽcnicos para la autorizaci—n de actuaciones en Dominio Pœblico Hidr‡ulicoÈ presentado por la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, segœn condiciones agua ii.5). ¥ Las variaciones y ampliaciones de las zonas afectadas respecto al proyecto inicial deber‡n ser objeto de prospecci—n arqueol—gica con antelaci—n a la fase de obra, segœn condiciones bienes y patrimonio cultural ii.4). ¥ Se llevar‡ a cabo un estudio bot‡nico de campo que abarque al menos las etapas de floraci—n y fructificaci—n, para garantizar la identificaci—n de las comunidades y especies vegetales afectables m‡s notable, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii. 1. c). ¥ Con car‡cter previo a otorgarse la autorizaci—n administrativa de construcci—n, se redactar‡ un plan de compensaci—n para h‡bitats de interŽs comunitario, siguiendo las directrices recogidas en el estudio de impacto ambiental, y ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes en medio ambiente de las comunidades aut—nomas, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.7). ¥ Se deber‡n elaborar los protocolos de vigilancia presencial y de actuaci—n para detener los aerogeneradores bajo las condiciones que se determinen y estos deber‡n contar con la aprobaci—n de la autoridad competente en la materia, segœn condiciones fauna ii. 6). ¥ El dise–o del proyecto deber‡ tener en cuenta que los apoyos cuenten con patas de longitud variable para adaptarlas al terreno sin necesidad de generar superficies planas para su ubicaci—n, segœn condiciones geolog’a y suelo ii.9). ¥ El promotor deber‡ tener en consideraci—n el informe de la Direcci—n de Medioambiente y Urbanismo de çlava, donde relaciona los apoyos m‡s problem‡ticos por su impacto sobre la vegetaci—n y cuyo emplazamiento deber’a revisarse y evitar as’ la afecci—n a los HIC, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii. 1. a). ¥ Se replantear‡n los trazados de los accesos por zonas de cultivo o mediante un mayor aprovechamiento de los accesos existentes, as’ como mediante la eliminaci—n de los accesos que supongan afecciones significativas sobre HIC o en zonas ocupadas por masa forestal en el ‡mbito de montes de utilidad pœblica, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii. 1. b). ¥ Se deber‡ dar cumplimiento al condicionado del Programa de vigilancia ambiental, conforme a la condici—n iii). Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deber‡n estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la citada DIA, previamente a su aprobaci—n. Finalmente, la DIA establece los condicionantes espec’ficos que se tendr‡n en cuenta en las sucesivas fases de autorizaci—n del proyecto en su caso, y en todo caso antes de otorgar una autorizaci—n de explotaci—n. Tal y como se pone de manifiesto en la citada DIA, durante la tramitaci—n ambiental los promotores procedieron a adaptar los proyectos hasta alcanzar la configuraci—n final, que recoge la citada DIA. Las principales modificaciones introducidas en el proyecto son las siguientes: ¥ Eliminaci—n de siete aerogeneradores por presentar una tasa de mortalidad muy elevada para diversas especies de avifauna. Entre ellos, FUK-04 y FUK-07 del Parque E—lico Fukei. Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en la meritada DIA, en el curso de las autorizaciones preceptivas previstas en el art’culo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, podr’a resultar necesaria la tramitaci—n de las mismas en funci—n de lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, ser‡ de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Considerando que, en virtud del art’culo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, la autorizaci—n administrativa previa de instalaciones de generaci—n no podr‡ ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y conexi—n a las redes de transporte o distribuci—n correspondientes. El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la emisi—n del Informe de Viabilidad de Acceso a la red (IVA), as’ como del Informe de Cumplimiento de Condiciones TŽcnicas de Conexi—n (ICCTC) y del Informe de Verificaci—n de las Condiciones TŽcnicas de Conexi—n (IVCTC) en la subestaci—n de Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U. Por tanto, la infraestructura de evacuaci—n de energ’a elŽctrica conectar‡ el parque e—lico con la red de transporte, en la subestaci—n de Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., a travŽs de una nueva posici—n de la red de transporte en dicha subestaci—n. Con fecha 9 de marzo de 2021 Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L., firm— con otros promotores acuerdo de colaboraci—n para la evacuaci—n de la energ’a producida por sus instalaciones mediante el desarrollo, construcci—n, uso compartido y posterior explotaci—n y mantenimiento de las siguientes infraestructuras de evacuaci—n compartidas, identific‡ndose como el promotor y titular de las mismas: ÑSET Malpica 30/220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Bayo 30/220/400 kV. ÑSET Bayo 30/220/400 kV. ÑLAAT 400 kV SET Bayo 30/220/400 kV-Nudo Olite. ÑLAAT 400 kV Nudo Olite-Nudo Alsasua. ÑLAAT 400 kV Nudo Alsasua-SET Promotores Vitoria 220 kV. ÑSET Promotores Vitoria 220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Promotores Vitoria 220 kV-SE Vitoria 220 kV. Con fecha 13 de agosto de 2021, Energ’a Inagotable de Amikiri, S.L., Energ’a Inagotable de Belerofonte, S.L., Energ’a Inagotable de Cadmo, S.L., Energ’a Inagotable de Delfino, S.L., Energ’a Inagotable de Fukei, S.L., Energ’a Inagotable de Kaede, S.L., Energ’a Inagotable de Kairi, S.L., Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., Energ’a Inagotable de Kodama, S.L., Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L., Energ’a Inagotable de Luna, S.L., y Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., firmaron con Solaria Promoci—n y Desarrollo Fotovoltaico, S.L., promotor de las plantas fotovoltaicas Vitoria Solar 1 y Vitoria Solar 2, acuerdo de tramitaci—n de la infraestructura de evacuaci—n comœn Subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV, a la que evacœan las precitadas plantas fotovoltaicas a travŽs de la l’nea de alta tensi—n 220 kV proveniente de la SET Vitoria Generaci—n 220 kV. Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la presente resoluci—n, la declaraci—n de impacto ambiental y los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n, la infraestructura de evacuaci—n dentro del alcance de esta resoluci—n contempla las siguientes actuaciones: ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV hasta la subestaci—n Bayo 30/220/400 kV. No forman parte de la presente resoluci—n, tramit‡ndose dentro del expediente SGEE/PEol-255 Kyoko: ¥ La subestaci—n Malpica 30/220 kV. ¥ La subestaci—n Bayo 30/220/400 kV. ¥ La subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV. ¥ La l’nea de evacuaci—n desde la subestaci—n Malpica 30/220 kV hasta la SE Vitoria 220 kV, perteneciente a Red ElŽctrica. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energ’a elŽctrica. Si bien, en virtud del art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deber‡ acreditar su capacidad legal, tŽcnica y econ—mico-financiera para la realizaci—n del proyecto. A tal fin, se remiti— propuesta de resoluci—n a la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el art’culo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, la propuesta de resoluci—n de esta Direcci—n General ha sido sometida a tr‡mite de audiencia del promotor. El promotor ha aportado, con fecha 13 de diciembre de 2023, acuerdo de la Agencia Estatal de Seguridad AŽrea en materia de servidumbres aeron‡uticas, de fecha 2 de junio de 2021, de autorizaci—n a la instalaci—n del parque e—lico Fukei y el uso de una grœa m—vil en el tŽrmino municipal de Zaragoza, provincia de Zaragoza (expediente P21-0099). Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las obligaciones de los productores de energ’a elŽctrica, el desarrollo de todas aquellas actividades necesarias para producir energ’a elŽctrica en los tŽrminos previstos en su autorizaci—n y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones medioambientales exigibles. La citada autorizaci—n se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenaci—n del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas Resuelve ònico. Ñ Otorgar a Energ’a Inagotable de Fukei, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Fukei, de 46,2 MW de potencia, y su infraestructura de evacuaci—n, que seguidamente se detallan, con las caracter’sticas definidas en el anteproyecto ÇAnteproyecto de Fukei FUK-210305-DT-PYÈ, fechado en mayo de 2021, y con las particularidades recogidas en la presente resoluci—n. El objeto del proyecto es la construcci—n de un parque e—lico para la generaci—n de energ’a elŽctrica y la evacuaci—n de dicha energ’a a la red. Sus caracter’sticas principales, a ra’z de la evaluaci—n de impacto ambiental practicada, son las siguientes: ¥ Tipo de tecnolog’a: E—lica. ¥ Potencia instalada, segœn art’culo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 46,2 MW. ¥ Modelo de aerogenerador: SGRE155. ¥ Nœmero de aerogeneradores: 7 aerogeneradores de 6,6 MW de potencia unitaria, rotor tripala de 155 metros de di‡metro y altura de buje de 122,5 metros. ¥ Tipo de torre: tubular, de acero. ¥ Capacidad de acceso, segœn lo estipulado en los permisos de acceso y conexi—n otorgados por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.: 49,5 MW. ¥ TŽrminos municipales afectados: S‡daba, en la provincia de Zaragoza. La infraestructura de evacuaci—n se compone de: ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV que conectar‡n cada uno de los centros de transformaci—n de los aerogeneradores con la subestaci—n Bayo 30/220/400 kV. No obstante lo anterior, la instalaci—n de producci—n deber‡ adaptarse al contenido de la citada declaraci—n de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n de la presente autorizaci—n. En particular, deber‡ atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaraci—n de impacto ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de evacuaci—n, siendo de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Ser‡ necesario obtener autorizaci—n administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y derivadas del cumplimiento de la declaraci—n de impacto ambiental si no se cumplen los supuestos del citado art’culo 115.2 del mencionado real decreto. Por tanto, la autorizaci—n administrativa de construcci—n no podr‡ ser otorgada, ni se podr‡n iniciar las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de las instalaciones previstas en el art’culo 131.9 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en ninguna de las partes de la instalaci—n, es decir, ni en el parque de producci—n ni en las infraestructuras de evacuaci—n objeto de la presente resoluci—n, incluidas en su caso la conexi—n con la red de transporte, si su titular no ha cumplido previamente la totalidad de las siguientes condiciones: a) Se otorgue al titular autorizaci—n administrativa que recoja las modificaciones derivadas de la meritada declaraci—n de impacto ambiental y del tr‡mite de informaci—n pœblica y consultas que requieran de modificaci—n de la presente autorizaci—n administrativa previa de acuerdo con lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. b) Se haya emitido el informe que valore las capacidades legal, tŽcnica y econ—mica del promotor por parte de la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia conforme al art’culo 127.6 Real Decreto 1955/2000, en su redacci—n dada por el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre. c) Se haya emitido informe por parte de la autoridad nacional respecto a servidumbres aeron‡uticas y condiciones generales de protecci—n de la navegaci—n aŽrea actualizado segœn los tŽrminos municipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. d) Se hayan actualizado los permisos de acceso y conexi—n del proyecto, incluyendo los tŽrminos municipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. El promotor deber‡ cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitaci—n, as’ como las condiciones impuestas en la citada declaraci—n de impacto ambiental de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental. Asimismo, se deber‡n cumplir las normas tŽcnicas y procedimientos de operaci—n que establezca el operador del sistema. Esta autorizaci—n se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, en especial, las relativas a ordenaci—n del territorio y medio ambiente, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. A efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n antes de transcurridos tres meses, el promotor deber‡ justificar si los condicionados impuestos en la DIA y en la presente resoluci—n suponen o no una reducci—n de la potencia instalada autorizada en la presente autorizaci—n administrativa previa, y deber‡ incorporar, en su caso, las medidas adoptadas para el mantenimiento de la potencia estipulada en la solicitud presentada, as’ como aportar cualquier otro elemento de juicio necesario. Asimismo, al proyecto de ejecuci—n presentado, elaborado conforme a los reglamentos tŽcnicos en la materia y junto con la declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de la normativa que le sea de aplicaci—n, se incorporar‡ igualmente la documentaci—n necesaria junto con una declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de las condiciones establecidas en la DIA, conforme a lo se–alado en la presente resoluci—n y en cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. Si, transcurrido dicho plazo, no hubiera solicitado la autorizaci—n administrativa de construcci—n o no hubiera proporcionado lo anteriormente citado a los efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n de dicho proyecto de ejecuci—n, la presente autorizaci—n caducar‡. No obstante, el promotor por razones justificadas podr‡ solicitar pr—rrogas del plazo establecido, siempre teniendo en cuenta los plazos establecidos en el art’culo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energ’a y en otros ‡mbitos para la reactivaci—n econ—mica. De acuerdo con lo dispuesto en los art’culos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas y en el art’culo 62.2 i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico, contra la presente resoluci—n, que no pone fin a la v’a administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretar’a de Estado de Energ’a en el plazo de un mes a partir del d’a siguiente al de la notificaci—n o publicaci—n de la presente resoluci—n, el œltimo que se produzca. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resoluci—n ser‡ firme a todos los efectos. Para el c—mputo de los plazos por meses habr‡ de estarse a lo dispuesto en el art’culo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Madrid, 18 de diciembre de 2023. Ñ El director General, Manuel Garc’a Hern‡ndez. SECCIîN PRIMERA Nœm. 847 MINISTERIO PARA LA TRANSICIîN ECOLîGICA Y EL RETO DEMOGRçFICO DIRECCIîN GENERAL DE POLêTICA ENERGƒTICA Y MINAS ANUNCIO relativo a resoluci—n de la Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas por la que se otorga a Energ’a Inagotable de Kaede, S.L autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Kaede, de 14 MW de potencia, y su infraestructura de evacuaci—n, en los tŽrminos municipales de Biota, Uncastillo y Ejea de los Caballeros en la provincia de Zaragoza. Con fecha 29 de marzo de 2021, subsanada en fecha 10 de mayo de 2021, tuvo entrada en el Registro de este Ministerio escrito de Energ’a Inagotable de Kaede, S.L., en adelante el promotor, por el que presenta solicitud de autorizaci—n administrativa previa, del parque e—lico Kaede, de 40,6 MW, en los tŽrminos municipales de Ejea de los Caballeros, Uncastillo y Biota en la provincia de Zaragoza. Esta Direcci—n General, con fecha 18 de junio de 2021, dict— acuerdo de acumulaci—n para la tramitaci—n conjunta relativa a los expedientes de autorizaci—n administrativa previa de los parques e—licos Luna, de 49,5 MW, Kaede, de 40,6 MW, Kodama, de 49,5 MW, Makami, de 49,5 MW, Kaminari, de 49,5 MW, Kairi, de 49,5 MW, Amikiri, de 16,5 MW, Delfino, de 49,5 MW, Fukei, de 49,5 MW, Cadmo, de 49,5 MW, Belerofonte, de 49,5 MW, y Kyoko, de 49,5 MW; en la provincia de Zaragoza, y su infraestructura de evacuaci—n comœn ubicada en las provincias de Zaragoza, Navarra y çlava, con c—digo de expediente asociado PEol-522 AC. Con fecha 16 de julio de 2021, subsanadas con fecha 23 de julio de 2021, Energ’a Inagotable de Amikiri, S.L., Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., Energ’a Inagotable de Kairi, S.L y Energ’a Inagotable de Kaede, S.L; presentan solicitud de modificaci—n de las autorizaciones administrativas previas de los parques e—licos Amikiri, Kaminari, Kairi y Kaede, respectivamente. De acuerdo con lo manifestado por los promotores, esta modificaci—n trae causa de la voluntad de maximizar el aprovechamiento de la energ’a e—lica en el territorio, para lo cual ha sido necesario desplazar los aerogeneradores de los parques mencionados, lo que significa realizar un nuevo proyecto. Esta Direcci—n General, con fecha 18 de junio de 2021, dict— acuerdo de acumulaci—n para la tramitaci—n conjunta relativa a los expedientes de autorizaci—n administrativa previa de los parques e—licos Luna, de 49,5 MW, Kaede, de 40,6 MW, Kodama, de 49,5 MW, Makami, de 49,5 MW, Kaminari, de 49,5 MW, Kairi, de 49,5 MW, Amikiri, de 16,5 MW, Delfino, de 49,5 MW, Fukei, de 49,5 MW, Cadmo, de 49,5 MW, Belerofonte, de 49,5 MW, y Kyoko, de 49,5 MW; en la provincia de Zaragoza, y su infraestructura de evacuaci—n comœn ubicada en las provincias de Zaragoza, Navarra y çlava, con c—digo de expediente asociado PEol-522 AC. El expediente acumulado fue incoado en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n, en el çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava, y en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra, y se tramit— de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, habiŽndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio pœblico o de servicios de interŽs general en la parte que la instalaci—n pueda afectar a bienes y derechos a su cargo. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Energ’a y Minas del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Arag—n, en el que no se muestra oposici—n, pero se indica que podr’a haber superposici—n entre algœn parque e—lico del proyecto con otras instalaciones competencia de la AGE. El promotor responde, respecto a la compatibilidad con otras instalaciones tramitadas por la AGE, que las sociedades afectadas del Grupo Forestalia presentaron alegaciones a dichos proyectos ante este organismo, por ser de su competencia. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, en el que se especifica que, si el proyecto afecta a dominio pœblico hidr‡ulico o zona de polic’a de cauces, requerir‡ autorizaci—n previa de este Organismo que habr‡ de ser solicitada por el promotor. Asimismo, se muestran condicionantes a la ejecuci—n de las actuaciones a llevar a cabo. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n el cual manifiesta su conformidad con la misma. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Infraestructuras del Transporte del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes de la Viceconsejer’a de Infraestructuras y Transportes del Gobierno Vasco en el que no se muestra oposici—n. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido informes con consideraciones tŽcnicas y ambientales tanto del Consejo de Ordenaci—n del Territorio en Arag—n (COTA) del Gobierno de Arag—n, como de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n. El promotor da respuesta a cada una de ellas. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente son objeto, en su caso, del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se han recibido contestaciones de la Direcci—n General de Carreteras del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n, de Telef—nica, S.A.U., del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), del Servicio de V’as y Obras de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, de la Direcci—n de Infraestructuras Viarias del Departamento de Infraestructuras Viarias y Movilidad de la Diputaci—n Foral de çlava, en las que se establecen condicionados tŽcnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorizaci—n ante dichos organismos por la ocupaci—n o el cruzamiento de la instalaci—n con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido contestaci—n de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., en adelante, REE, en la que informa de lo siguiente en relaci—n con el proyecto ÇClœster Vitoria 220_PEol-522 ACÈ: ÇRespecto del Parque E—lico Kyoko, L’nea Subterr‡nea a 30 kV, SET Promotores Vitoria 220/400 kV y L’nea de Alta Tensi—n 220 kV SET Promotores Vitoria-SET Vitoria 220 kV, con la documentaci—n aportada no es posible identificar las afecciones de dicho proyecto a instalaciones propiedad de REEÈ. El promotor responde que enviar‡ la documentaci—n solicitada. Con respecto a los Parques E—licos Luna, Kaede, Kodama, Makami, Kaminari, Kairi, Amikiri, Delfino, Fukei, Cadmo y Belerofonte y a las Subestaciones Malpica 30/220 kV y Bayo 30/220/400 kV, informa de que, segœn la documentaci—n recibida, no resulta afectada ninguna instalaci—n propiedad de REE. El promotor manifiesta su conformidad. En cuanto a la L’nea AŽrea a 220 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Bayo 30/220/400 kV, pueden resultar afectadas instalaciones en servicio de su propiedad, entre ellas, la l’nea L/E 440 kV D/C Castej—n-Muruarte 1 y 2 y la futura l’nea aŽrea a 400 kV D/C Itxaso-Castej—n-Muruarte, que se encuentra en fase de tramitaci—n de DIA y AAP ante el çrea de Industria de la Delegaci—n del Gobierno de Navarra por lo que, REE informa de que ser‡n necesarias comunicaciones posteriores para coordinar ambos servicios. El promotor contesta que, respecto a las l’neas en servicio que puedan verse afectadas, ya se ha tenido en cuenta en el anteproyecto de la l’nea aŽrea de alta tensi—n 400 kV conexi—n SET Malpica 30/220 kV a SET Vitoria 220 kV (REE) y se realizar‡n los cruzamientos y paralelismos segœn el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones tŽcnicas y garant’as de seguridad en l’neas elŽctricas de alta tensi—n y sus instrucciones tŽcnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. Respecto a las l’neas que est‡n actualmente en tramitaci—n, el promotor indica que se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos, para llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras. Se ha recibido informe del Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza del Gobierno de Arag—n, el cual alega incompatibilidad urban’stica de: ÑLas partes de los parques e—licos Kaede, Kairi, Kodama, Kyoko, Luna y Makami que se encuentran en el tŽrmino municipal de Biota, en suelo no urbanizable de car‡cter especial, protecciones sectoriales y complementarias en sus categor’as de cauces, riberas fluviales y carreteras. ÑLa parte del parque e—lico Belerofonte que se encuentra en el tŽrmino municipal de S‡daba y que se sitœan en suelo no urbanizable especial de protecci—n forestal. ÑLa parte del parque e—lico Makami que se encuentra en el tŽrmino municipal de As’n, en suelo no urbanizable de especial protecci—n del ecosistema natural en sus categor’as de Montes de Utilidad Pœblica y H‡bitats. El promotor muestra conformidad con las actuaciones compatibles urban’sticamente y alega punto por punto sobre las otras. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Agricultura de la Diputaci—n Foral de çlava, desde el Servicio de Montes, en el que informan de que se deber‡ analizar la posible reubicaci—n de los apoyos y otras medidas para reducir afecci—n a la masa forestal y analizar en detalle la afecci—n paisaj’stica de la l’nea de evacuaci—n a su paso por los Montes de Utilidad Pœblica n¼ 615, n¼ 304, n¼ 309 y n¼ 514. El promotor responde que la elecci—n del emplazamiento, la ubicaci—n y el nœmero de apoyos corresponde a un proceso de estudio de viabilidad tŽcnica, econ—mica y ambiental, remitiŽndose al estudio de impacto ambiental. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe del Servicio de Ordenaci—n Industrial, Infraestructuras EnergŽticas y Minas del Departamento de Desarrollo Econ—mico y Empresarial del Gobierno de Navarra, en el que informa de que, a la vista de la documentaci—n aportada, se trata de una l’nea elŽctrica de 179 km que discurre entre las Comunidades Aut—nomas de Arag—n, Navarra y Pa’s Vasco que, independientemente de las consideraciones que se puedan realizar desde la Direcci—n General de Medio Ambiente de Gobierno de Navarra, se recuerda que: ÇEn estos momentos se encuentra en tr‡mite la autorizaci—n administrativa previa, declaraci—n, en concreto, de utilidad pœblica, autorizaci—n administrativa de construcci—n, y declaraci—n de impacto ambiental de la l’nea aŽrea de transporte de energ’a elŽctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castej—n/Muruarte, y la autorizaci—n administrativa previa de desmontaje para las l’neas aŽreas de transporte de energ’a elŽctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.È, y que dicha actuaci—n se encuentra incluida en ese momento, en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de energ’a elŽctrica 2015-2020, as’ como en el borrador del Plan 2021-2026. Trasladado al promotor, este responde a cada punto y pone de manifiesto que, respecto de la l’nea ‡rea de transporte, el promotor se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos y llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras, reduciendo con ello las afecciones medioambientales y sociales que se podr’an derivar, que garanticen en todo momento el cumplimiento de los objetivos tanto de la l’nea de transporte como de la de evacuaci—n. El promotor defiende a su vez que la tramitaci—n del expediente PEol-522 AC no deber’a verse obstaculizada ni limitada en modo alguno en su tramitaci—n y puesta en servicio en su conjunto a consecuencia de la tramitaci—n del Expediente de la l’nea Itxaso-Castej—n/Muruarte. Trasladada dicha respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Ordenaci—n del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos EstratŽgicos del Gobierno de NavarraÈ, con reparos tanto ambientales, por afecciones tanto al Camino de Santiago, como al parque fluvial de la Comarca de Pamplona, como urban’sticos. Trasladada la respuesta al promotor, este responde a cada punto. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se reciben informes del Ayuntamiento de Biota, S‡daba y Castiliscar, que se remiten al informe urban’stico previo que debe existir sobre compatibilidad urban’stica, se–alando que mientras se dŽ cumplimiento a lo especificado en el mismo se muestra la conformidad. El promotor responde a los Ayuntamientos de Biota, S‡daba y Castiliscar, asegurando que el proyecto ubicado en dichos tŽrminos municipales ser‡ compatible urban’sticamente, segœn establece la normativa urban’stica de aplicaci—n. Trasladada la respuesta al Ayuntamiento de Biota, muestra conformidad. Trasladada la respuesta del promotor a los Ayuntamiento de S‡daba y Castiliscar, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Arratzua-Ubarrundia, que comunica que no ha podido descargar la documentaci—n relativa al proyecto diversos errores emergentes. Solicita que se facilite la documentaci—n en soporte inform‡tico y/o papel para poder ser estudiada e informada, y que dicha documentaci—n se ci–a œnicamente a lo que afecta al municipio. El promotor responde que tiene constancia de que la separata de afecci—n al municipio se ha enviado al Ayuntamiento de Arratzua por parte de la administraci—n. Trasladada la respuesta del promotor al Ayuntamiento, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe desfavorable de los Ayuntamientos de Elburgo, Barrundia, Agurain, Iruraiz-Gauna, Asparrena y San Mill‡n, analizando el proyecto desde el punto de vista urban’stico y ambiental. El promotor responde a cada punto. Los Ayuntamientos de Asparrena, Agurain, Barrundia, Iruraiz-Gauna y Elburgo ratifican sus posturas en segunda respuesta. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, del Servicio de Zona Rural del Departamento de Territorio y Acci—n por el Clima, en el que se indica que se prevŽ una afecci—n sobre el sector agrario, impacto que deber‡ valorarse adecuadamente. El Promotor contesta argumentando que el an‡lisis de afecci—n sobre la actividad agroforestal se encuentra analizado. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de organismos afectados de ‡mbito infra y supramunicipal, como son las Juntas Administrativas de Andoin, Egilatz, Egino y San Rom‡n de San Mill‡n, Arrieta, Biku–a, Munain, Urabain, Langarika, Etxabarri-Urtupi–a, Gazeo, Ari–ez, Jungitu, Ullibarri Arrazua y la Asociaci—n de Concejos del municipio de Vitoria (ACOVI). El Promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe desfavorable de la Cuadrilla de la Llanada Alavesa, en la que analiza las distintas afecciones del proyecto y el contenido del estudio de impacto ambiental al respecto, en los municipios de la Llanada Alavesa (Asparrena, San Mill‡n, Agurain, Iruraiz-Gauna, Barrundia, y Elburgo), concluyendo que la opci—n m‡s adecuada es no ejecutar el trazado lo largo de la comarca o, en su defecto, trasladarlo a una zona en la que se genere menor impacto. El Promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Artajona, en el que pone de manifiesto que la implantaci—n de la l’nea elŽctrica de Alta Tensi—n de 220 kV a travŽs del trazado proyectado en el tŽrmino municipal de Artajona no est‡ en consonancia con las determinaciones generales del Planeamiento Municipal, por lo que deber’a analizarse otras soluciones. En su informe tambiŽn pone de manifiesto que el trazado propuesto comparte espacio con otras l’neas elŽctricas preexistentes, as’ como con la nueva l’nea de 400 kV proyectada por REE. Consideran que el trazado propuesto para la l’nea elŽctrica aŽrea deber’a ser objeto de un adecuado estudio de alternativas, tanto en cuanto al trazado cuanto en lo relativo a la configuraci—n de la l’nea, con el fin de evitar, por un lado, proliferaci—n de l’neas elŽctricas paralelas y, por otro, afecciones paisaj’sticas. En este sentido, el propio documento presentado explica que, en determinados tramos correspondientes a otras zonas del trazado proyectado, la nueva l’nea compartir‡ apoyos con l’neas existentes. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de los Ayuntamientos de Arruazu, Uharte Arakil, Etxarri Aranatz, Lakuntza, Adi—s, Legarda, Muruzabal, Uterga, A–orbe, Urdiain, EnŽriz, Iza, Arbizu, Cendea de Olza e Ira–eta, Ziorda y Arakil. Adem‡s de diversas consideraciones de ’ndole urban’stica y ambiental, se–alan que los efectos acumulativos y sinŽrgicos de otras infraestructuras pr—ximas a la l’nea proyectada no se encuentran analizados. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe desfavorable del Ayuntamiento de Bakaiku, Cendea de Olza e Iza, que manifiesta que se ha remitido al Ayuntamiento, coincidiendo en el tiempo, notificaci—n referente a informaci—n pœblica de solicitud de declaraci—n de impacto ambiental y autorizaci—n administrativa previa y autorizaci—n administrativa de construcci—n de la l’nea aŽrea de transporte de energ’a elŽctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castej—n/Muruarte, as’ como el desmontaje para las l’neas aŽreas de transporte de energ’a elŽctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.È. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Iza: Aguinaga, Atondo, Erice, Gulina, Ochovi, Sarasa, Sarasate, Larunbe, Lete y Zia, en los que se ratifican y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Iza suscrito por su Alcald’a. Ochovi solicita se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Cizur: Astrain, Larraya y Undiano. Astrain y Larraya solicitan la pr—rroga del periodo de alegaciones, deficiencias sustanciales en el estudio de impacto ambiental sometido a informaci—n pœblica y la ampliaci—n de informaci—n en referencia a la planificaci—n energŽtica. Undiano solicita que se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Olza: Arazuri, Artazcoz, Asiain, Ibero, Izcue, Izu, Lizasoain, Olza y Ororbia, en los que se ratifican en todos sus tŽrminos y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Cendea de Olza suscrito por la Alcald’a en fecha 28 de octubre de 2021. El promotor responde. Preguntadas la Demarcaci—n de Carreteras del Estado en Arag—n del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Endesa, S.A., Iberdrola Distribuci—n ElŽctrica, S.A.U., los Ayuntamientos de Uncastillo, Luesia, As’n, Ejea de los Caballeros, Comarca de las Cinco Villas, la Direcci—n de Energ’a, Minas y Administraci—n Industrial del de la Viceconsejer’a de Industria del Gobierno Vasco, la Direcci—n General de Obras Pœblicas e Infraestructuras del Gobierno de Navarra, las Juntas Administrativas de Arbulu, Argomaniz, Ezkerekotxa, Ibarguren y Zurbano, as’ como los Ayuntamientos de Olazti-Olozagutia, Alsasua, Iturmendi, Tafalla, Olite, Beire, Pitillas, UjuŽ, Murillo El Fruto, Gallipienzo, C‡seda, Carcastillo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Asimismo, la petici—n fue sometida a informaci—n pœblica, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicaci—n el 28 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Estado, el 27 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Territorio Hist—rico de çlava, el 7 de octubre de 2021 en el BOPZ y el 8 de octubre de 2021 en el Bolet’n Oficial de la Provincia de Navarra. Se recibieron numerosas alegaciones, tanto de particulares, como de empresas y asociaciones ambientales, las cuales fueron contestadas por el promotor. Entre dichas alegaciones, cabe mencionar las de diversos promotores por superposiciones en las poligonales de los proyectos, solicitando los alegantes el cambio de ubicaci—n de los parques e—licos del proyecto y se–alando la prioridad de los suyos en orden de prelaci—n. El promotor responde oponiŽndose a modificaci—n alguna e indicando, segœn los casos, que lo solicitado no se sustenta en ninguna base jur’dica o tŽcnica, que no se entra en conflicto o que se ha personado con alegaciones a determinados proyectos por la dudosa continuidad administrativa de algunos. Las respuestas del promotor a cada uno de los alegantes fueron remitidas a los mismos. Se destaca tambiŽn la de Desarrollos del Bat‡n, S.L., la cual est‡ desarrollando la central HidroelŽctrica del Bat‡n, sociedad que destaca diversas afecciones entre los proyectos. El promotor responde que, manteniendo la alineaci—n de los apoyos proyectados, modificar‡ en el proyecto constructivo la posici—n de los apoyos 223 y 226 de la LAAT 400 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Vitoria 220 kV de manera que ambos proyectos sean compatibles. Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto ambiental acompa–adas de solicitudes de informe en relaci—n a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, al Instituto AragonŽs de Gesti—n Ambiental (INAGA) del Gobierno de Arag—n; a la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro; a la Direcci—n General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educaci—n, Cultura y Deporte del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Salud Pœblica del Dpto. de Sanidad del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Interior y Protecci—n Civil del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Arag—n; a la Sociedad Espa–ola de Ornitologia (SEO-BIRDLIFE); a la Asociaci—n Espa–ola para la Conservaci—n y el Estudio de los MurciŽlagos (SECEMU-BATLIFE); a Ecologistas en Acci—n; a la Direcci—n de Patrimonio Natural y Cambio Clim‡tico del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Patrimonio Cultural de la Viceconsejer’a de Cultura del Gobierno Vasco, a la Direcci—n de Salud Pœblica y Adicciones del Departamento de Salud del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Atenci—n de Emergencias del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Administraci—n Ambiental del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputaci—n Foral de çlava; a la Direcci—n de Planificaci—n Territorial, Urbanismo y Regeneraci—n Urbana del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Cultura de la Diputaci—n Foral de çlava; a Protecci—n Civil de la Diputaci—n Foral de çlava; a URA-Agencia Vasca del Agua; a las asociaciones ecologistas Arabako Mendiak Aske, Lautadako Naturzale Elkartea, Plataforma en Defensa de la Cordillera Cant‡brica, Ekologistak Martxan Araba; a la Direcci—n General de Salud del Departamento de Salud del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Medio Ambiente del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Cultura del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra; a Direcci—n General del Interior (Protecci—n Civil) del Departamento de Interior, Funci—n Pœblica y Justicia del Gobierno de Navarra y a Ecologistas en Acci—n Navarra. El çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava emiti— informe en fecha 11 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n emiti— informe en fecha 25 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra emiti— informe en fecha 12 de abril de 2022. Considerando que, en virtud del art’culo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el —rgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorizaci—n del proyecto, la evaluaci—n de impacto ambiental efectuada. El anteproyecto de la instalaci—n y de su infraestructura de evacuaci—n asociada, junto a su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han sido sometidos al procedimiento de evaluaci—n de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaraci—n de Impacto Ambiental favorable, concretada mediante resoluci—n de 18 de septiembre de 2023 de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental del Ministerio para la Transici—n Ecol—gica y el Reto Demogr‡fico (en adelante, DIA), en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluaci—n ambiental practicada, y que ha sido debidamente publicada en el Bolet’n Oficial del Estado. De acuerdo con lo establecido en la DIA, ser‡n de aplicaci—n al proyecto las condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las aceptadas tras la informaci—n pœblica y consultas y las propuestas en su informaci—n adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA. Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al art’culo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que puede desarrollarse el proyecto durante su ejecuci—n y su explotaci—n, para la definici—n del proyecto se atender‡, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y medidas dispuestas en la DIA, aport‡ndose, en su caso, la documentaci—n necesaria a tal efecto: ¥ El promotor deber‡ dar cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 3.e) Valoraci—n del —rgano ambiental y a las condiciones generales recogidas en el apartado i.2), destacando los siguientes aspectos: ÑSe considera necesario la eliminaci—n de los aerogeneradores KAE-01, KAE-02, KAE-03, KAE-04 y KAE-07 del parque e—lico Kaede. En cuanto al aerogenerador n¼5, el promotor deber‡ reubicar su posici—n alej‡ndolo del nido de alimoche registrado que afecta a los parques e—licos Kaede y Kyoko. En el resto de las posiciones, se deber‡n instalar medidas de detecci—n y parada. ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a minimizar el efecto barrera de los parques e—licos. Para ello se deber‡n mantener las distancias entre puntos de pala de dos aerogeneradores contiguos de, al menos dos di‡metros de rotor, segœn condiciones fauna ii. 3). ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a que, en caso de cruce aŽreo, la altura m’nima en metros de la l’nea sobre el cauce no deber‡ ser inferior a lo establecido en el art’culo 127 del Reglamento del Dominio Pœblico Hidr‡ulico. En el caso de cruce subterr‡neo de cauce pœblico, se debe realizar con una profundidad m’nima de un metro de distancia de la conducci—n de protecci—n del conductor al lecho del cauce, segœn condiciones agua ii. 23). ¥ Previo a la elaboraci—n del proyecto constructivo, se realizar‡ un estudio de modelizaci—n acœstica del ruido generado por la SET Promotores Vitoria 220 kV, segœn condiciones medio atmosfŽrico ii.2). ¥ Se deber‡n cumplir los condicionados expuestos en el anexo ÇCriterios tŽcnicos para la autorizaci—n de actuaciones en Dominio Pœblico Hidr‡ulicoÈ presentado por la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, segœn condiciones agua ii.5). ¥ Las variaciones y ampliaciones de las zonas afectadas respecto al proyecto inicial deber‡n ser objeto de prospecci—n arqueol—gica con antelaci—n a la fase de obra, segœn condiciones bienes y patrimonio cultural ii.4). ¥ Se llevar‡ a cabo un estudio bot‡nico de campo que abarque al menos las etapas de floraci—n y fructificaci—n, para garantizar la identificaci—n de las comunidades y especies vegetales afectables m‡s notable, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.1.c). ¥ Con car‡cter previo a otorgarse la autorizaci—n administrativa de construcci—n, se redactar‡ un plan de compensaci—n para h‡bitats de interŽs comunitario, siguiendo las directrices recogidas en el estudio de impacto ambiental, y ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes en medio ambiente de las comunidades aut—nomas, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.7). ¥ Se deber‡n elaborar los protocolos de vigilancia presencial y de actuaci—n para detener los aerogeneradores bajo las condiciones que se determinen y estos deber‡n contar con la aprobaci—n de la autoridad competente en la materia, segœn condiciones fauna ii. 6). ¥ El dise–o del proyecto deber‡ tener en cuenta que los apoyos cuenten con patas de longitud variable para adaptarlas al terreno sin necesidad de generar superficies planas para su ubicaci—n, segœn condiciones geolog’a y suelo ii.9). ¥ El promotor deber‡ tener en consideraci—n el informe de la Direcci—n de Medioambiente y Urbanismo de çlava, donde relaciona los apoyos m‡s problem‡ticos por su impacto sobre la vegetaci—n y cuyo emplazamiento deber’a revisarse y evitar as’ la afecci—n a los HIC, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii. 1. a). ¥ Se replantear‡n los trazados de los accesos por zonas de cultivo o mediante un mayor aprovechamiento de los accesos existentes, as’ como mediante la eliminaci—n de los accesos que supongan afecciones significativas sobre HIC o en zonas ocupadas por masa forestal en el ‡mbito de montes de utilidad pœblica, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii. 1. b). ¥ Se deber‡ dar cumplimiento al condicionado del Programa de vigilancia ambiental, conforme a la condici—n iii). Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deber‡n estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la citada DIA, previamente a su aprobaci—n. Finalmente, la DIA establece los condicionantes espec’ficos que se tendr‡n en cuenta en las sucesivas fases de autorizaci—n del proyecto en su caso, y en todo caso antes de otorgar una autorizaci—n de explotaci—n. Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en la meritada DIA, en el curso de las autorizaciones preceptivas previstas en el art’culo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, podr’a resultar necesaria la tramitaci—n de las mismas en funci—n de lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, ser‡ de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Considerando que, en virtud del art’culo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, la autorizaci—n administrativa previa de instalaciones de generaci—n no podr‡ ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y conexi—n a las redes de transporte o distribuci—n correspondientes. El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la emisi—n del informe de viabilidad de acceso a la red (IVA), as’ como del informe de cumplimiento de condiciones tŽcnicas de conexi—n (ICCTC) y del informe de verificaci—n de las condiciones tŽcnicas de conexi—n (IVCTC) en la subestaci—n de Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U. Por tanto, la infraestructura de evacuaci—n de energ’a elŽctrica conectar‡ el parque e—lico con la red de transporte, en la subestaci—n de Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., a travŽs de una nueva posici—n de la red de transporte en dicha subestaci—n. Con fecha 9 de marzo de 2021 Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L., firm— con otros promotores acuerdo de colaboraci—n para la evacuaci—n de la energ’a producida por sus instalaciones mediante el desarrollo, construcci—n, uso compartido y posterior explotaci—n y mantenimiento de las siguientes infraestructuras de evacuaci—n compartidas, identific‡ndose como el promotor y titular de las mismas: ÑSET Malpica 30/220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Bayo 30/220/400 kV. ÑSET Bayo 30/220/400 kV. ÑLAAT 400 kV SET Bayo 30/220/400 kV-Nudo Olite. ÑLAAT 400 kV Nudo Olite-Nudo Alsasua. ÑLAAT 400 kV Nudo Alsasua-SET Promotores Vitoria 220 kV. ÑSET Promotores Vitoria 220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Promotores Vitoria 220 kV-SE Vitoria 220 kV. Con fecha 13 de agosto de 2021, Energ’a Inagotable de Amikiri, S.L., Energ’a Inagotable de Belerofonte, S.L., Energ’a Inagotable de Cadmo, S.L., Energ’a Inagotable de Delfino, S.L., Energ’a Inagotable de Fukei, S.L., Energ’a Inagotable de Kaede, S.L., Energ’a Inagotable de Kairi, S.L., Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., Energ’a Inagotable de Kodama, S.L., Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L., Energ’a Inagotable de Luna, S.L., y Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., firmaron con Solaria Promoci—n y Desarrollo Fotovoltaico, S.L., promotor de las plantas fotovoltaicas Vitoria Solar 1 y Vitoria Solar 2, acuerdo de tramitaci—n de la infraestructura de evacuaci—n comœn Subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV, a la que evacœan las precitadas plantas fotovoltaicas a travŽs de la l’nea de alta tensi—n 220 kV proveniente de la SET Vitoria Generaci—n 220 kV. Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la presente resoluci—n, la declaraci—n de impacto ambiental y los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n, la infraestructura de evacuaci—n dentro del alcance de esta resoluci—n contempla las siguientes actuaciones: ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV hasta la subestaci—n Malpica 30/220 kV. No forman parte de la presente resoluci—n, tramit‡ndose dentro del expediente SGEE/PEol-255 Kyoko: ¥ La subestaci—n Malpica 30/220 kV. ¥ La subestaci—n Bayo 30/220/400 kV. ¥ La subestaci—n Promotores Vitoria 220kV. ¥ La L’nea de evacuaci—n desde la subestaci—n Malpica 30/220 kV hasta la SE Vitoria 220 kV, perteneciente a Red ElŽctrica. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energ’a elŽctrica. Si bien, en virtud del art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deber‡ acreditar su capacidad legal, tŽcnica y econ—mico-financiera para la realizaci—n del proyecto. A tal fin, se remiti— propuesta de resoluci—n a la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el art’culo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, la propuesta de resoluci—n de esta Direcci—n General ha sido sometida a tr‡mite de audiencia del promotor. El promotor ha aportado, con fecha 13 de diciembre de 2023, acuerdo de la Agencia Estatal de Seguridad AŽrea en materia de servidumbres aeron‡uticas, de fecha 2 de diciembre de 2021, de autorizaci—n a la instalaci—n del parque e—lico Kaede y el uso de una grœa m—vil en el tŽrmino municipal de Biota, provincia de Zaragoza (expediente P21-0365). Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las obligaciones de los productores de energ’a elŽctrica, el desarrollo de todas aquellas actividades necesarias para producir energ’a elŽctrica en los tŽrminos previstos en su autorizaci—n y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones medioambientales exigibles. La citada autorizaci—n se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenaci—n del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas Resuelve ònico. Ñ Otorgar a Energ’a Inagotable de Kaede, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Kaede, de 14 MW de potencia, y su infraestructura de evacuaci—n, que seguidamente se detalla, con las caracter’sticas definidas en el anteproyecto ÇAnteproyecto de Kaede KAE-210616-DT-PYÈ, fechado en julio de 2021, y con las particularidades recogidas en la presente resoluci—n. El objeto del proyecto es la construcci—n de un parque e—lico para la generaci—n de energ’a elŽctrica y la evacuaci—n de dicha energ’a a la red. Sus caracter’sticas principales, a ra’z de la evaluaci—n de impacto ambiental practicada, son las siguientes: ¥ Tipo de tecnolog’a: E—lica. ¥ Potencia instalada, segœn art’culo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 14 MW. ¥ Modelo de aerogenerador: N163. ¥ Nœmero de aerogeneradores: 2 aerogeneradores de 7 MW de potencia unitaria, rotor tripala de 163 metros de di‡metro y altura de buje de 118 metros. ¥ Tipo de torre: tubular, de acero. ¥ Capacidad de acceso, segœn lo estipulado en los permisos de acceso y conexi—n otorgados por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.: 40,6 MW. ¥ TŽrminos municipales afectados: Biota, en la provincia de Zaragoza. La infraestructura de evacuaci—n se compone de: ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV que conectar‡n cada uno de los centros de transformaci—n de los aerogeneradores con la subestaci—n Malpica 30/220 kV. No obstante lo anterior, la instalaci—n de producci—n deber‡ adaptarse al contenido de la citada declaraci—n de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n de la presente autorizaci—n. En particular, deber‡ atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaraci—n de impacto ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de evacuaci—n, siendo de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Ser‡ necesario obtener autorizaci—n administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y derivadas del cumplimiento de la declaraci—n de impacto ambiental si no se cumplen los supuestos del citado art’culo 115.2 del mencionado real decreto. Por tanto, la autorizaci—n administrativa de construcci—n no podr‡ ser otorgada, ni se podr‡n iniciar las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de las instalaciones previstas en el art’culo 131.9 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en ninguna de las partes de la instalaci—n, es decir, ni en el parque de producci—n ni en las infraestructuras de evacuaci—n objeto de la presente resoluci—n, incluidas en su caso la conexi—n con la red de transporte, si su titular no ha cumplido previamente la totalidad de las siguientes condiciones: a) Se otorgue al titular autorizaci—n administrativa que recoja las modificaciones derivadas de la meritada declaraci—n de impacto ambiental y del tr‡mite de informaci—n pœblica y consultas que requieran de modificaci—n de la presente autorizaci—n administrativa previa de acuerdo con lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. b) Se haya emitido el informe que valore las capacidades legal, tŽcnica y econ—mica del promotor por parte de la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia conforme al art’culo 127.6 Real Decreto 1955/2000, en su redacci—n dada por el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre. c) Se haya emitido informe por parte de la autoridad nacional respecto a servidumbres aeron‡uticas y condiciones generales de protecci—n de la navegaci—n aŽrea actualizado segœn los tŽrminos municipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. d) Se hayan actualizado los permisos de acceso y conexi—n del proyecto, incluyendo los tŽrminos municipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. El promotor deber‡ cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitaci—n, as’ como las condiciones impuestas en la citada declaraci—n de impacto ambiental de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental. Asimismo, se deber‡n cumplir las normas tŽcnicas y procedimientos de operaci—n que establezca el operador del sistema. Esta autorizaci—n se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, en especial, las relativas a ordenaci—n del territorio y medio ambiente, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. A efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n antes de transcurridos tres meses, el promotor deber‡ justificar si los condicionados impuestos en la DIA y en la presente resoluci—n suponen o no una reducci—n de la potencia instalada autorizada en la presente autorizaci—n administrativa previa, y deber‡ incorporar, en su caso, las medidas adoptadas para el mantenimiento de la potencia estipulada en la solicitud presentada, as’ como aportar cualquier otro elemento de juicio necesario. Asimismo, al proyecto de ejecuci—n presentado, elaborado conforme a los reglamentos tŽcnicos en la materia y junto con la declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de la normativa que le sea de aplicaci—n, se incorporar‡ igualmente la documentaci—n necesaria junto con una declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de las condiciones establecidas en la DIA, conforme a lo se–alado en la presente resoluci—n y en cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. Si transcurrido dicho plazo, no hubiera solicitado la autorizaci—n administrativa de construcci—n o no hubiera proporcionado lo anteriormente citado a los efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n de dicho proyecto de ejecuci—n, la presente autorizaci—n caducar‡. No obstante, el promotor por razones justificadas podr‡ solicitar pr—rrogas del plazo establecido, siempre teniendo en cuenta los plazos establecidos en el art’culo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energ’a y en otros ‡mbitos para la reactivaci—n econ—mica. De acuerdo con lo dispuesto en los art’culos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas y en el art’culo 62.2 i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico, contra la presente resoluci—n, que no pone fin a la v’a administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretar’a de Estado de Energ’a en el plazo de un mes a partir del d’a siguiente al de la notificaci—n o publicaci—n de la presente resoluci—n, el œltimo que se produzca. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resoluci—n ser‡ firme a todos los efectos. Para el c—mputo de los plazos por meses habr‡ de estarse a lo dispuesto en el art’culo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Madrid, 18 de diciembre de 2023. Ñ El director general, Manuel Garc’a Hern‡ndez. SECCIîN PRIMERA Nœm. 849 MINISTERIO PARA LA TRANSICIîN ECOLîGICA Y EL RETO DEMOGRçFICO DIRECCIîN GENERAL DE POLêTICA ENERGƒTICA Y MINAS ANUNCIO relativo a resoluci—n de la Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas por la que se otorga a Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Kaminari, de 28 MW de potencia, y su infraestructura de evacuaci—n, en los tŽrminos municipales de Biota y Uncastillo, en la provincia de Zaragoza. Con fecha 29 de marzo de 2021, subsanada en fecha 10 de mayo de 2021, tuvo entrada en el Registro de este Ministerio escrito de Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., en adelante el promotor, por el que presenta solicitud de autorizaci—n administrativa previa, del parque e—lico Kaminari, de 49,5 MW, en los tŽrminos municipales de Biota y Uncastillo, en la provincia de Zaragoza. Esta Direcci—n General, con fecha 18 de junio de 2021, dict— acuerdo de acumulaci—n para la tramitaci—n conjunta relativa a los expedientes de autorizaci—n administrativa previa de los parques e—licos Luna, de 49,5 MW, Kaede, de 40,6 MW, Kodama, de 49,5 MW, Makami, de 49,5 MW, Kaminari, de 49,5 MW, Kairi, de 49,5 MW, Amikiri, de 16,5 MW, Delfino, de 49,5 MW, Fukei, de 49,5 MW, Cadmo, de 49,5 MW, Belerofonte, de 49,5 MW, y Kyoko, de 49,5 MW; en la provincia de Zaragoza, y su infraestructura de evacuaci—n comœn ubicada en las provincias de Zaragoza, Navarra y çlava, con c—digo de expediente asociado PEol-522 AC. Con fecha 16 de julio de 2021, subsanadas con fecha 23 de julio de 2021, Energ’a Inagotable de Amikiri, S.L., Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., Energ’a Inagotable de Kairi, S.L y Energ’a Inagotable de Kaede, S.L; presentan solicitud de modificaci—n de las autorizaciones administrativas previas de los parques e—licos Amikiri, Kaminari, Kairi y Kaede, respectivamente. De acuerdo con lo manifestado por los promotores, esta modificaci—n trae causa de la voluntad de maximizar el aprovechamiento de la energ’a e—lica en el territorio, para lo cual ha sido necesario desplazar los aerogeneradores de los parques mencionados, lo que significa realizar un nuevo proyecto. El expediente acumulado fue incoado en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n, en el çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava, y en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra, y se tramit— de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, habiŽndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio pœblico o de servicios de interŽs general en la parte que la instalaci—n pueda afectar a bienes y derechos a su cargo. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Energ’a y Minas del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Arag—n, en el que no se muestra oposici—n, pero se indica que podr’a haber superposici—n entre algœn parque e—lico del proyecto con otras instalaciones competencia de la AGE. El promotor responde, respecto a la compatibilidad con otras instalaciones tramitadas por la AGE, que las sociedades afectadas del Grupo Forestalia presentaron alegaciones a dichos proyectos ante este organismo, por ser de su competencia. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, en el que se especifica que, si el proyecto afecta a dominio pœblico hidr‡ulico o zona de polic’a de cauces, requerir‡ autorizaci—n previa de este Organismo que habr‡ de ser solicitada por el promotor. Asimismo, se muestran condicionantes a la ejecuci—n de las actuaciones a llevar a cabo. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n el cual manifiesta su conformidad con la misma. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Infraestructuras del Transporte del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes de la Viceconsejer’a de Infraestructuras y Transportes del Gobierno Vasco en el que no se muestra oposici—n. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido informes con consideraciones tŽcnicas y ambientales tanto del Consejo de Ordenaci—n del Territorio en Arag—n (COTA) del Gobierno de Arag—n, como de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n. El promotor da respuesta a cada una de ellas. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente son objeto, en su caso, del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se han recibido contestaciones de la Direcci—n General de Carreteras del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n, de Telef—nica, S.A.U., del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), del Servicio de V’as y Obras de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, de la Direcci—n de Infraestructuras Viarias del Departamento de Infraestructuras Viarias y Movilidad de la Diputaci—n Foral de çlava, en las que se establecen condicionados tŽcnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorizaci—n ante dichos organismos por la ocupaci—n o el cruzamiento de la instalaci—n con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido contestaci—n de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., en adelante, REE, en la que informa de lo siguiente en relaci—n con el proyecto ÇClœster Vitoria 220_PEol-522 ACÈ: ÇRespecto del Parque E—lico Kyoko, L’nea Subterr‡nea a 30 kV, SET Promotores Vitoria 220/400 kV y L’nea de Alta Tensi—n 220 kV SET Promotores Vitoria-SET Vitoria 220 kV, con la documentaci—n aportada no es posible identificar las afecciones de dicho proyecto a instalaciones propiedad de REEÈ. El promotor responde que enviar‡ la documentaci—n solicitada. Con respecto a los Parques E—licos Luna, Kaede, Kodama, Makami, Kaminari, Kairi, Amikiri, Delfino, Fukei, Cadmo y Belerofonte y a las Subestaciones Malpica 30/220 kV y Bayo 30/220/400 kV, informa de que, segœn la documentaci—n recibida, no resulta afectada ninguna instalaci—n propiedad de REE. El promotor manifiesta su conformidad. En cuanto a la L’nea AŽrea a 220 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Bayo 30/220/400 kV, pueden resultar afectadas instalaciones en servicio de su propiedad, entre ellas, la l’nea L/E 440 kV D/C Castej—n-Muruarte 1 y 2 y la futura l’nea aŽrea a 400 kV D/C Itxaso-Castej—n-Muruarte, que se encuentra en fase de tramitaci—n de DIA y AAP ante el çrea de Industria de la Delegaci—n del Gobierno de Navarra por lo que, REE informa de que ser‡n necesarias comunicaciones posteriores para coordinar ambos servicios. El promotor contesta que, respecto a las l’neas en servicio que puedan verse afectadas, ya se ha tenido en cuenta en el anteproyecto de la l’nea aŽrea de alta tensi—n 400 kV conexi—n SET Malpica 30/220 kV a SET Vitoria 220 kV (REE) y se realizar‡n los cruzamientos y paralelismos segœn el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones tŽcnicas y garant’as de seguridad en l’neas elŽctricas de alta tensi—n y sus instrucciones tŽcnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. Respecto a las l’neas que est‡n actualmente en tramitaci—n, el promotor indica que se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos, para llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras. Se ha recibido informe del Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza del Gobierno de Arag—n, el cual alega incompatibilidad urban’stica de: ÑLas partes de los parques e—licos Kaede, Kairi, Kodama, Kyoko, Luna y Makami que se encuentran en el tŽrmino municipal de Biota, en suelo no urbanizable de car‡cter especial, protecciones sectoriales y complementarias en sus categor’as de cauces, riberas fluviales y carreteras. ÑLa parte del parque e—lico Belerofonte que se encuentra en el tŽrmino municipal de S‡daba y que se sitœan en suelo no urbanizable especial de protecci—n forestal. ÑLa parte del parque e—lico Makami que se encuentra en el tŽrmino municipal de As’n, en suelo no urbanizable de especial protecci—n del ecosistema natural en sus categor’as de Montes de Utilidad Pœblica y H‡bitats. El promotor muestra conformidad con las actuaciones compatibles urban’sticamente y alega punto por punto sobre las otras. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Agricultura de la Diputaci—n Foral de çlava, desde el Servicio de Montes, en el que informan de que se deber‡ analizar la posible reubicaci—n de los apoyos y otras medidas para reducir afecci—n a la masa forestal y analizar en detalle la afecci—n paisaj’stica de la l’nea de evacuaci—n a su paso por los Montes de Utilidad Pœblica n¼ 615, n¼ 304, n¼ 309 y n¼ 514. El promotor responde que la elecci—n del emplazamiento, la ubicaci—n y el nœmero de apoyos corresponde a un proceso de estudio de viabilidad tŽcnica, econ—mica y ambiental, remitiŽndose al estudio de impacto ambiental. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe del Servicio de Ordenaci—n Industrial, Infraestructuras EnergŽticas y Minas del Departamento de Desarrollo Econ—mico y Empresarial del Gobierno de Navarra, en el que informa de que, a la vista de la documentaci—n aportada, se trata de una l’nea elŽctrica de 179 km que discurre entre las Comunidades Aut—nomas de Arag—n, Navarra y Pa’s Vasco que, independientemente de las consideraciones que se puedan realizar desde la Direcci—n General de Medio Ambiente de Gobierno de Navarra, se recuerda que: ÇEn estos momentos se encuentra en tr‡mite la autorizaci—n administrativa previa, declaraci—n, en concreto, de utilidad pœblica, autorizaci—n administrativa de construcci—n, y declaraci—n de impacto ambiental de la l’nea aŽrea de transporte de energ’a elŽctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castej—n/Muruarte, y la autorizaci—n administrativa previa de desmontaje para las l’neas aŽreas de transporte de energ’a elŽctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.È, y que dicha actuaci—n se encuentra incluida en ese momento, en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de energ’a elŽctrica 2015-2020, as’ como en el borrador del Plan 2021-2026. Trasladado al promotor, este responde a cada punto y pone de manifiesto que, respecto de la l’nea ‡rea de transporte, el promotor se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos y llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras, reduciendo con ello las afecciones medioambientales y sociales que se podr’an derivar, que garanticen en todo momento el cumplimiento de los objetivos tanto de la l’nea de transporte como de la de evacuaci—n. El promotor defiende a su vez que la tramitaci—n del expediente PEol-522 AC no deber’a verse obstaculizada ni limitada en modo alguno en su tramitaci—n y puesta en servicio en su conjunto a consecuencia de la tramitaci—n del Expediente de la l’nea Itxaso-Castej—n/Muruarte. Trasladada dicha respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Ordenaci—n del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos EstratŽgicos del Gobierno de NavarraÈ, con reparos tanto ambientales, por afecciones tanto al Camino de Santiago, como al parque fluvial de la Comarca de Pamplona, como urban’sticos. Trasladada la respuesta al promotor, Žste responde a cada punto. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se reciben informes del Ayuntamiento de Biota, S‡daba y Castiliscar, que se remiten al informe urban’stico previo que debe existir sobre compatibilidad urban’stica, se–alando que mientras se dŽ cumplimiento a lo especificado en el mismo se muestra la conformidad. El promotor responde a los Ayuntamientos de Biota, S‡daba y Castiliscar, asegurando que el proyecto ubicado en dichos tŽrminos municipales ser‡ compatible urban’sticamente, segœn establece la normativa urban’stica de aplicaci—n. Trasladada la respuesta al Ayuntamiento de Biota, muestra conformidad. Trasladada la respuesta del promotor a los Ayuntamiento de S‡daba y Castiliscar, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Arratzua-Ubarrundia, que comunica que no ha podido descargar la documentaci—n relativa al proyecto diversos errores emergentes. Solicita que se facilite la documentaci—n en soporte inform‡tico y/o papel para poder ser estudiada e informada, y que dicha documentaci—n se ci–a œnicamente a lo que afecta al municipio. El promotor responde que tiene constancia de que la separata de afecci—n al municipio se ha enviado al Ayuntamiento de Arratzua por parte de la administraci—n. Trasladada la respuesta del promotor al Ayuntamiento, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe desfavorable de los Ayuntamientos de Elburgo, Barrundia, Agurain, Iruraiz-Gauna, Asparrena y San Mill‡n, analizando el proyecto desde el punto de vista urban’stico y ambiental. El promotor responde a cada punto. Los Ayuntamientos de Asparrena, Agurain, Barrundia, Iruraiz-Gauna y Elburgo ratifican sus posturas en segunda respuesta. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, del Servicio de Zona Rural del Departamento de Territorio y Acci—n por el Clima, en el que se indica que se prevŽ una afecci—n sobre el sector agrario, impacto que deber‡ valorarse adecuadamente. El Promotor contesta argumentando que el an‡lisis de afecci—n sobre la actividad agroforestal se encuentra analizado. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de organismos afectados de ‡mbito infra y supramunicipal, como son las Juntas Administrativas de Andoin, Egilatz, Egino y San Rom‡n de San Mill‡n, Arrieta, Biku–a, Munain, Urabain, Langarika, Etxabarri-Urtupi–a, Gazeo, Ari–ez, Jungitu, Ullibarri Arrazua y la Asociaci—n de Concejos del municipio de Vitoria (ACOVI). El promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe desfavorable de la Cuadrilla de la Llanada Alavesa, en la que analiza las distintas afecciones del proyecto y el contenido del estudio de impacto ambiental al respecto, en los municipios de la Llanada Alavesa (Asparrena, San Mill‡n, Agurain, Iruraiz-Gauna, Barrundia y Elburgo), concluyendo que la opci—n m‡s adecuada es no ejecutar el trazado lo largo de la comarca o, en su defecto, trasladarlo a una zona en la que se genere menor impacto. El Promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Artajona, en el que pone de manifiesto que la implantaci—n de la l’nea elŽctrica de Alta Tensi—n de 220 kV a travŽs del trazado proyectado en el tŽrmino municipal de Artajona no est‡ en consonancia con las determinaciones generales del Planeamiento Municipal, por lo que deber’a analizarse otras soluciones. En su informe tambiŽn pone de manifiesto que el trazado propuesto comparte espacio con otras l’neas elŽctricas preexistentes, as’ como con la nueva l’nea de 400 kV proyectada por REE. Consideran que el trazado propuesto para la l’nea elŽctrica aŽrea deber’a ser objeto de un adecuado estudio de alternativas, tanto en cuanto al trazado cuanto en lo relativo a la configuraci—n de la l’nea, con el fin de evitar, por un lado, proliferaci—n de l’neas elŽctricas paralelas y, por otro, afecciones paisaj’sticas. En este sentido, el propio documento presentado explica que, en determinados tramos correspondientes a otras zonas del trazado proyectado, la nueva l’nea compartir‡ apoyos con l’neas existentes. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de los Ayuntamientos de Arruazu, Uharte Arakil, Etxarri Aranatz, Lakuntza, Adi—s, Legarda, Muruzabal, Uterga, A–orbe, Urdiain, EnŽriz, Iza, Arbizu, Cendea de Olza e Ira–eta, Ziorda y Arakil. Adem‡s de diversas consideraciones de ’ndole urban’stica y ambiental, se–alan que los efectos acumulativos y sinŽrgicos de otras infraestructuras pr—ximas a la l’nea proyectada no se encuentran analizados. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe desfavorable del Ayuntamiento de Bakaiku, Cendea de Olza e Iza, que manifiesta que se ha remitido al Ayuntamiento, coincidiendo en el tiempo, notificaci—n referente a informaci—n pœblica de solicitud de declaraci—n de impacto ambiental y autorizaci—n administrativa previa y autorizaci—n administrativa de Construcci—n de la l’nea aŽrea de transporte de energ’a elŽctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castej—n/Muruarte, as’ como el desmontaje para las l’neas aŽreas de transporte de energ’a elŽctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.È. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Iza: Aguinaga, Atondo, Erice, Gulina, Ochovi, Sarasa, Sarasate, Larunbe, Lete y Zia, en los que se ratifican y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Iza suscrito por su Alcald’a. Ochovi solicita se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Cizur: Astrain, Larraya y Undiano. Astrain y Larraya solicitan la pr—rroga del periodo de alegaciones, deficiencias sustanciales en el estudio de impacto ambiental sometido a informaci—n pœblica y la ampliaci—n de informaci—n en referencia a la planificaci—n energŽtica. Undiano solicita que se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Olza: Arazuri, Artazcoz, Asiain, Ibero, Izcue, Izu, Lizasoain, Olza y Ororbia, en los que se ratifican en todos sus tŽrminos y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Cendea de Olza suscrito por la Alcald’a en fecha 28 de octubre de 2021. El promotor responde. Preguntadas la Demarcaci—n de Carreteras del Estado en Arag—n del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Endesa, S.A., Iberdrola Distribuci—n ElŽctrica, S.A.U., los Ayuntamientos de Uncastillo, Luesia, As’n, Ejea de los Caballeros, Comarca de las Cinco Villas, la Direcci—n de Energ’a, Minas y Administraci—n Industrial del de la Viceconsejer’a de Industria del Gobierno Vasco, la Direcci—n General de Obras Pœblicas e Infraestructuras del Gobierno de Navarra, las Juntas Administrativas de Arbulu, Argomaniz, Ezkerekotxa, Ibarguren y Zurbano, as’ como los Ayuntamientos de Olazti-Olozagutia, Alsasua, Iturmendi, Tafalla, Olite, Beire, Pitillas, UjuŽ, Murillo El Fruto, Gallipienzo, C‡seda, Carcastillo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos, en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Asimismo, la petici—n fue sometida a informaci—n pœblica, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicaci—n el 28 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Estado, el 27 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Territorio Hist—rico de çlava, el 7 de octubre de 2021 en el BOPZ y el 8 de octubre de 2021 en el Bolet’n Oficial de la Provincia de Navarra. Se recibieron numerosas alegaciones, tanto de particulares, como de empresas y asociaciones ambientales, las cuales fueron contestadas por el promotor. Entre dichas alegaciones, cabe mencionar las de diversos promotores por superposiciones en las poligonales de los proyectos, solicitando los alegantes el cambio de ubicaci—n de los parques e—licos del proyecto y se–alando la prioridad de los suyos en orden de prelaci—n. El promotor responde oponiŽndose a modificaci—n alguna e indicando, segœn los casos, que lo solicitado no se sustenta en ninguna base jur’dica o tŽcnica, que no se entra en conflicto o que se ha personado con alegaciones a determinados proyectos por la dudosa continuidad administrativa de algunos. Las respuestas del promotor a cada uno de los alegantes fueron remitidas a los mismos. Se destaca tambiŽn la de Desarrollos del Bat‡n, S.L., la cual est‡ desarrollando la central HidroelŽctrica del Bat‡n, sociedad que destaca diversas afecciones entre los proyectos. El promotor responde que, manteniendo la alineaci—n de los apoyos proyectados, modificar‡ en el proyecto constructivo la posici—n de los apoyos 223 y 226 de la LAAT 400 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Vitoria 220 kV de manera que ambos proyectos sean compatibles. Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto ambiental acompa–adas de solicitudes de informe en relaci—n a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, al Instituto AragonŽs de Gesti—n Ambiental (INAGA) del Gobierno de Arag—n; a la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro; a la Direcci—n General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educaci—n, Cultura y Deporte del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Salud Pœblica del Dpto. de Sanidad del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Interior y Protecci—n Civil del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Arag—n; a la Sociedad Espa–ola de Ornitologia (SEO-BIRDLIFE); a la Asociaci—n Espa–ola para la Conservaci—n y el Estudio de los MurciŽlagos (SECEMU-BATLIFE); a Ecologistas en Acci—n; a la Direcci—n de Patrimonio Natural y Cambio Clim‡tico del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Patrimonio Cultural de la Viceconsejer’a de Cultura del Gobierno Vasco, a la Direcci—n de Salud Pœblica y Adicciones del Departamento de Salud del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Atenci—n de Emergencias del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Administraci—n Ambiental del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputaci—n Foral de çlava; a la Direcci—n de Planificaci—n Territorial, Urbanismo y Regeneraci—n Urbana del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Cultura de la Diputaci—n Foral de çlava; a Protecci—n Civil de la Diputaci—n Foral de çlava; a URA-Agencia Vasca del Agua; a las asociaciones ecologistas Arabako Mendiak Aske, Lautadako Naturzale Elkartea, Plataforma en Defensa de la Cordillera Cant‡brica, Ekologistak Martxan Araba; a la Direcci—n General de Salud del Departamento de Salud del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Medio Ambiente del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Cultura del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra; a Direcci—n General del Interior (Protecci—n Civil) del Departamento de Interior, Funci—n Pœblica y Justicia del Gobierno de Navarra y a Ecologistas en Acci—n Navarra. El çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava emiti— informe en fecha 11 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n emiti— informe en fecha 25 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra emiti— informe en fecha 12 de abril de 2022. Considerando que, en virtud del art’culo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el —rgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorizaci—n del proyecto, la evaluaci—n de impacto ambiental efectuada. El anteproyecto de la instalaci—n y de su infraestructura de evacuaci—n asociada, junto a su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han sido sometidos al procedimiento de evaluaci—n de impacto ambiental, habiendo sido formulada declaraci—n de impacto ambiental favorable, concretada mediante resoluci—n de 18 de septiembre de 2023 de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental del Ministerio para la Transici—n Ecol—gica y el Reto Demogr‡fico (en adelante, DIA), en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluaci—n ambiental practicada, y que ha sido debidamente publicada en el Bolet’n Oficial del Estado. De acuerdo con lo establecido en la DIA, ser‡n de aplicaci—n al proyecto las condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las aceptadas tras la informaci—n pœblica y consultas y las propuestas en su informaci—n adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA. Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al art’culo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que puede desarrollarse el proyecto durante su ejecuci—n y su explotaci—n, para la definici—n del proyecto se atender‡, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y medidas dispuestas en la DIA, aport‡ndose, en su caso, la documentaci—n necesaria a tal efecto: ¥ El promotor deber‡ dar cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 3.e) Valoraci—n del —rgano ambiental y a las condiciones generales recogidas en el apartado i.2), destacando los siguientes aspectos: ÑRespecto al parque e—lico Kaminari, se considera que los siguientes aerogeneradores son incompatibles con los valores ambientales de la zona y deben ser eliminados: KAM-01, KAM-07, KAM-08 y KAM-09. En el resto de las posiciones, teniendo en cuenta la posible afecci—n sobre fauna amenazada, como el milano real y el quebrantahuesos, se deber‡n instalar medidas de detecci—n y parada. ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a minimizar el efecto barrera de los parques e—licos. Para ello se deber‡n mantener las distancias entre puntos de pala de dos aerogeneradores contiguos de, al menos dos di‡metros de rotor, segœn condiciones fauna ii. 3). ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a que, en caso de cruce aŽreo, la altura m’nima en metros de la l’nea sobre el cauce no deber‡ ser inferior a lo establecido en el art’culo 127 del Reglamento del Dominio Pœblico Hidr‡ulico. En el caso de cruce subterr‡neo de cauce pœblico, se debe realizar con una profundidad m’nima de un metro de distancia de la conducci—n de protecci—n del conductor al lecho del cauce, segœn condiciones agua ii.23). ¥ Previo a la elaboraci—n del proyecto constructivo, se realizar‡ un estudio de modelizaci—n acœstica del ruido generado por la SET Promotores Vitoria 220 kV, segœn condiciones medio atmosfŽrico ii.2). ¥ Se deber‡n cumplir los condicionados expuestos en el anexo ÇCriterios tŽcnicos para la autorizaci—n de actuaciones en Dominio Pœblico Hidr‡ulicoÈ presentado por la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, segœn condiciones agua ii.5). ¥ Las variaciones y ampliaciones de las zonas afectadas respecto al proyecto inicial deber‡n ser objeto de prospecci—n arqueol—gica con antelaci—n a la fase de obra., segœn condiciones bienes y patrimonio cultural ii.4). ¥ Se llevar‡ a cabo un estudio bot‡nico de campo que abarque al menos las etapas de floraci—n y fructificaci—n, para garantizar la identificaci—n de las comunidades y especies vegetales afectables m‡s notable, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.1.c). ¥ Con car‡cter previo a otorgarse la autorizaci—n administrativa de construcci—n, se redactar‡ un plan de compensaci—n para h‡bitats de interŽs comunitario, siguiendo las directrices recogidas en el estudio de impacto ambiental, y ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes en medio ambiente de las comunidades aut—nomas, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.7). ¥ Se deber‡n elaborar los protocolos de vigilancia presencial y de actuaci—n para detener los aerogeneradores bajo las condiciones que se determinen y estos deber‡n contar con la aprobaci—n de la autoridad competente en la materia, segœn condiciones fauna ii.6). ¥ El dise–o del proyecto deber‡ tener en cuenta que los apoyos cuenten con patas de longitud variable para adaptarlas al terreno sin necesidad de generar superficies planas para su ubicaci—n, segœn condiciones geolog’a y suelo ii.9). ¥ El promotor deber‡ tener en consideraci—n el informe de la Direcci—n de Medioambiente y Urbanismo de çlava, donde relaciona los apoyos m‡s problem‡ticos por su impacto sobre la vegetaci—n y cuyo emplazamiento deber’a revisarse y evitar as’ la afecci—n a los HIC, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.1.a). ¥ Se replantear‡n los trazados de los accesos por zonas de cultivo o mediante un mayor aprovechamiento de los accesos existentes, as’ como mediante la eliminaci—n de los accesos que supongan afecciones significativas sobre HIC o en zonas ocupadas por masa forestal en el ‡mbito de montes de utilidad pœblica, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii. 1. b). ¥ Se deber‡ dar cumplimiento al condicionado del Programa de vigilancia ambiental, conforme a la condici—n iii). Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deber‡n estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la citada DIA, previamente a su aprobaci—n. Finalmente, la DIA establece los condicionantes espec’ficos que se tendr‡n en cuenta en las sucesivas fases de autorizaci—n del proyecto en su caso, y en todo caso antes de otorgar una autorizaci—n de explotaci—n. Tal y como se pone de manifiesto en la citada DIA, durante la tramitaci—n ambiental los promotores procedieron a adaptar los proyectos hasta alcanzar la configuraci—n final, que recoge la citada DIA. Las principales modificaciones introducidas en el proyecto son las siguientes: ¥ Eliminaci—n de siete aerogeneradores por situarse muy pr—ximos a nœcleos poblacionales. Entre ellos, el aerogenerador KAM-06 del Parque E—lico Kaminari Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en la meritada DIA, en el curso de las autorizaciones preceptivas previstas en el art’culo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, podr’a resultar necesaria la tramitaci—n de las mismas en funci—n de lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, ser‡ de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Considerando que, en virtud del art’culo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, la autorizaci—n administrativa previa de instalaciones de generaci—n no podr‡ ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y conexi—n a las redes de transporte o distribuci—n correspondientes. El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la emisi—n del informe de viabilidad de acceso a la red (IVA), as’ como del informe de cumplimiento de condiciones tŽcnicas de conexi—n (ICCTC) y del informe de verificaci—n de las condiciones tŽcnicas de conexi—n (IVCTC) en la subestaci—n de Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U. Por tanto, la infraestructura de evacuaci—n de energ’a elŽctrica conectar‡ el parque e—lico con la red de transporte en la subestaci—n de Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., a travŽs de una nueva posici—n de la red de transporte en dicha subestaci—n. Con fecha 9 de marzo de 2021 Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L., firm— con otros promotores acuerdo de colaboraci—n para la evacuaci—n de la energ’a producida por sus instalaciones mediante el desarrollo, construcci—n, uso compartido y posterior explotaci—n y mantenimiento de las siguientes infraestructuras de evacuaci—n compartidas, identific‡ndose como el promotor y titular de las mismas: ÑSET Malpica 30/220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Bayo 30/220/400 kV. ÑSET Bayo 30/220/400 kV. ÑLAAT 400 kV SET Bayo 30/220/400 kV-Nudo Olite. ÑLAAT 400 kV Nudo Olite-Nudo Alsasua. ÑLAAT 400 kV Nudo Alsasua-SET Promotores Vitoria 220 kV. ÑSET Promotores Vitoria 220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Promotores Vitoria 220 kV-SE Vitoria 220 kV. Con fecha 13 de agosto de 2021, Energ’a Inagotable de Amikiri, S.L., Energ’a Inagotable de Belerofonte, S.L., Energ’a Inagotable de Cadmo, S.L., Energ’a Inagotable de Delfino, S.L., Energ’a Inagotable de Fukei, S.L., Energ’a Inagotable de Kaede, S.L., Energ’a Inagotable de Kairi, S.L., Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., Energ’a Inagotable de Kodama, S.L., Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L., Energ’a Inagotable de Luna, S.L., y Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., firmaron con Solaria Promoci—n y Desarrollo Fotovoltaico, S.L., promotor de las plantas fotovoltaicas Vitoria Solar 1 y Vitoria Solar 2, acuerdo de tramitaci—n de la infraestructura de evacuaci—n comœn Subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV, a la que evacœan las precitadas plantas fotovoltaicas a travŽs de la l’nea de alta tensi—n 220 kV proveniente de la SET Vitoria Generaci—n 220 kV. Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la presente resoluci—n, la declaraci—n de impacto ambiental y los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n, la infraestructura de evacuaci—n dentro del alcance de esta resoluci—n contempla las siguientes actuaciones: ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV hasta la subestaci—n Malpica 30/220 kV. No forman parte de la presente resoluci—n, tramit‡ndose dentro del expediente SGEE/PEol-255 Kyoko: ¥ La subestaci—n Malpica 30/220 kV. ¥ La subestaci—n Bayo 30/220/400 kV ¥ La subestaci—n Promotores Vitoria 220kV. ¥ La L’nea de evacuaci—n desde la subestaci—n Malpica 30/220 kV hasta la SE Vitoria 220 kV, perteneciente a Red ElŽctrica. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energ’a elŽctrica. Si bien, en virtud del art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deber‡ acreditar su capacidad legal, tŽcnica y econ—mico-financiera para la realizaci—n del proyecto. A tal fin, se remiti— propuesta de resoluci—n a la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el art’culo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, la propuesta de resoluci—n de esta Direcci—n General ha sido sometida a tr‡mite de audiencia del promotor. El promotor ha aportado, con fecha 13 de diciembre de 2023, acuerdo de la Agencia Estatal de Seguridad AŽrea en materia de servidumbres aeron‡uticas, de fecha 28 de julio de 2021, de autorizaci—n a la instalaci—n del parque e—lico Kaminari y el uso de una grœa m—vil en el tŽrmino municipal de Uncastillo, provincia de Zaragoza (expediente P21-0102). Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las obligaciones de los productores de energ’a elŽctrica, el desarrollo de todas aquellas actividades necesarias para producir energ’a elŽctrica en los tŽrminos previstos en su autorizaci—n y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones medioambientales exigibles. La citada autorizaci—n se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenaci—n del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas Resuelve ònico. Ñ Otorgar a Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Kaminari, de 28 MW de potencia, y su infraestructura de evacuaci—n, que seguidamente se detalla, con las caracter’sticas definidas en el anteproyecto ÇAnteproyecto de Kaminari KAM-210616-DT-PYÈ, fechado en julio de 2021, y con las particularidades recogidas en la presente resoluci—n. El objeto del proyecto es la construcci—n de un parque e—lico para la generaci—n de energ’a elŽctrica y la evacuaci—n de dicha energ’a a la red. Sus caracter’sticas principales, a ra’z de la evaluaci—n de impacto ambiental practicada, son las siguientes: ¥ Tipo de tecnolog’a: E—lica. ¥ Potencia instalada, segœn art’culo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 28 MW. ¥ Modelo de aerogenerador: N163. ¥ Nœmero de aerogeneradores: 4 aerogeneradores de 7 MW de potencia unitaria, rotor tripala de 163 metros de di‡metro y altura de buje de 118 metros. ¥ Tipo de torre: tubular, de acero. ¥ Capacidad de acceso, segœn lo estipulado en los permisos de acceso y conexi—n otorgados por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.: 49,5 MW. ¥ TŽrminos municipales afectados: Uncastillo, en la provincia de Zaragoza. La infraestructura de evacuaci—n se compone de: ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV que conectar‡n cada uno de los centros de transformaci—n de los aerogeneradores con la subestaci—n Malpica 30/220 kV. No obstante lo anterior, la instalaci—n de producci—n deber‡ adaptarse al contenido de la citada declaraci—n de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n de la presente autorizaci—n. En particular, deber‡ atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaraci—n de impacto ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de evacuaci—n, siendo de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Ser‡ necesario obtener autorizaci—n administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y derivadas del cumplimiento de la declaraci—n de impacto ambiental si no se cumplen los supuestos del citado art’culo 115.2 del mencionado real decreto. Por tanto, la autorizaci—n administrativa de construcci—n no podr‡ ser otorgada, ni se podr‡n iniciar las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de las instalaciones previstas en el art’culo 131.9 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en ninguna de las partes de la instalaci—n, es decir, ni en el parque de producci—n ni en las infraestructuras de evacuaci—n objeto de la presente resoluci—n, incluidas en su caso la conexi—n con la red de transporte, si su titular no ha cumplido previamente la totalidad de las siguientes condiciones: a) Se otorgue al titular autorizaci—n administrativa que recoja las modificaciones derivadas de la meritada declaraci—n de impacto ambiental y del tr‡mite de informaci—n pœblica y consultas que requieran de modificaci—n de la presente autorizaci—n administrativa previa de acuerdo con lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. b) Se haya emitido el informe que valore las capacidades legal, tŽcnica y econ—mica del promotor por parte de la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia conforme al art’culo 127.6 Real Decreto 1955/2000, en su redacci—n dada por el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre. c) Se haya emitido informe por parte de la autoridad nacional respecto a servidumbres aeron‡uticas y condiciones generales de protecci—n de la navegaci—n aŽrea actualizado segœn los tŽrminos municipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. d) Se hayan actualizado los permisos de acceso y conexi—n del proyecto, incluyendo los tŽrminos municipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. El promotor deber‡ cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitaci—n, as’ como las condiciones impuestas en la citada declaraci—n de impacto ambiental de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental. Asimismo, se deber‡n cumplir las normas tŽcnicas y procedimientos de operaci—n que establezca el operador del sistema. Esta autorizaci—n se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, en especial, las relativas a ordenaci—n del territorio y medio ambiente, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. A efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n antes de transcurridos tres meses, el promotor deber‡ justificar si los condicionados impuestos en la DIA y en la presente resoluci—n suponen o no una reducci—n de la potencia instalada autorizada en la presente autorizaci—n administrativa previa, y deber‡ incorporar, en su caso, las medidas adoptadas para el mantenimiento de la potencia estipulada en la solicitud presentada, as’ como aportar cualquier otro elemento de juicio necesario. Asimismo, al proyecto de ejecuci—n presentado, elaborado conforme a los reglamentos tŽcnicos en la materia y junto con la declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de la normativa que le sea de aplicaci—n, se incorporar‡ igualmente la documentaci—n necesaria junto con una declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de las condiciones establecidas en la DIA, conforme a lo se–alado en la presente resoluci—n y en cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. Si transcurrido dicho plazo, no hubiera solicitado la autorizaci—n administrativa de construcci—n o no hubiera proporcionado lo anteriormente citado a los efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n de dicho proyecto de ejecuci—n, la presente autorizaci—n caducar‡. No obstante, el promotor por razones justificadas podr‡ solicitar pr—rrogas del plazo establecido, siempre teniendo en cuenta los plazos establecidos en el art’culo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energ’a y en otros ‡mbitos para la reactivaci—n econ—mica. De acuerdo con lo dispuesto en los art’culos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas y en el art’culo 62.2 i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico, contra la presente resoluci—n, que no pone fin a la v’a administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretar’a de Estado de Energ’a en el plazo de un mes a partir del d’a siguiente al de la notificaci—n o publicaci—n de la presente resoluci—n, el œltimo que se produzca. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resoluci—n ser‡ firme a todos los efectos. Para el c—mputo de los plazos por meses habr‡ de estarse a lo dispuesto en el art’culo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Madrid, 18 de diciembre de 2023. Ñ El director general, Manuel Garc’a Hern‡ndez. SECCIîN PRIMERA Nœm. 850 MINISTERIO PARA LA TRANSICIîN ECOLîGICA Y EL RETO DEMOGRçFICO DIRECCIîN GENERAL DE POLêTICA ENERGƒTICA Y MINAS ANUNCIO relativo a resoluci—n de la Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas por la que se otorga a Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Kyoko, de 7 MW de potencia, en la provincia de Zaragoza, y su infraestructura de evacuaci—n, en las provincias de Zaragoza, Navarra y çlava. Con fecha 29 de marzo de 2021, subsanada en fecha 7 de mayo de 2021, tuvo entrada en el Registro de este Ministerio escrito de Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L, en adelante el promotor, por el que presenta solicitud de autorizaci—n administrativa previa del parque e—lico Kyoko, de 49,5 MW, en los tŽrminos municipales de Biota, Uncastillo, Luesia y Ejea de los Caballeros, en la provincia de Zaragoza, y la infraestructura de evacuaci—n correspondiente hasta la red de transporte, comœn a estos doce proyectos promovidos por el mismo grupo y que conforman el expediente de tramitaci—n asociado SGEE/PEOL-522 AC y, adicionalmente, compartida parcialmente con otros expedientes, tal y como se pone de manifiesto m‡s adelante. Dicha infraestructura de evacuaci—n transcurre a travŽs de los tŽrminos municipales de Uncastillo, S‡daba y Castiliscar, en la provincia de Zaragoza; Carcastillo, C‡seda, Gallipienzo, Murillo el Fruto, UjuŽ, Pitillas, Beire, Olite, Tafalla, Artajona, A–orbe, EnŽriz, Adi—s, Muruz‡bal, Uterga, Legarda, Cizur, Olza, Iza, Arakil, Ira–eta, Uharte Arakil, Arruazu, Lakunda, Arbizu, Etxarri Aranatz, Bakaiku, Iturmendi, Urdiain y Alsasua, en la provincia de Navarra; y Ziordia, Asparrena, San Mill‡n, Aguarain, Barrundia, Elbrugo, Arratzua y Vitoria, en la provincia de çlava. Esta Direcci—n General, con fecha 18 de junio de 2021, dict— acuerdo de acumulaci—n para la tramitaci—n conjunta relativa a los expedientes de autorizaci—n administrativa previa de los parques e—licos Luna, de 49,5 MW, Kaede, de 40,6 MW, Kodama, de 49,5 MW, Makami, de 49,5 MW, Kaminari, de 49,5 MW, Kairi, de 49,5 MW, Amikiri, de 16,5 MW, Delfino, de 49,5 MW, Fukei, de 49,5 MW, Cadmo, de 49,5 MW, Belerofonte, de 49,5 MW, y Kyoko, de 49,5 MW; en la provincia de Zaragoza, y su infraestructura de evacuaci—n comœn ubicada en las provincias de Zaragoza, Navarra y çlava, con c—digo de expediente asociado PEol-522 AC. Asimismo, con fecha 6 de agosto de 2021, Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L presenta la ÇAdenda nœm. 1, Proyecto Subestaci—n Promotores Vitoria 220kV 635 MVAÈ tambiŽn fechado a 6 de agosto de 2021, para incluir una posici—n de l’nea de evacuaci—n proveniente de la SET Vitoria Generaci—n 220 kV (la citada l’nea a 220 kV y la SET Vitoria Generaci—n son objeto de otros proyectos de generaci—n, no incluidos en el alcance de la presente resoluci—n), que evacœa a la Subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV. El expediente acumulado fue incoado en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n, en el çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava, y en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra, y se tramit— de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, habiŽndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio pœblico o de servicios de interŽs general en la parte que la instalaci—n pueda afectar a bienes y derechos a su cargo. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Energ’a y Minas del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Arag—n, en el que no se muestra oposici—n, pero se indica que podr’a haber superposici—n entre algœn parque e—lico del proyecto con otras instalaciones competencia de la AGE. El promotor responde, respecto a la compatibilidad con otras instalaciones tramitadas por la AGE, que las sociedades afectadas del Grupo Forestalia presentaron alegaciones a dichos proyectos ante este organismo, por ser de su competencia. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, en el que se especifica que, si el proyecto afecta a dominio pœblico hidr‡ulico o zona de polic’a de cauces, requerir‡ autorizaci—n previa de este Organismo que habr‡ de ser solicitada por el promotor. Asimismo, se muestran condicionantes a la ejecuci—n de las actuaciones a llevar a cabo. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n el cual manifiesta su conformidad con la misma. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Infraestructuras del Transporte del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes de la Viceconsejer’a de Infraestructuras y Transportes del Gobierno Vasco en el que no se muestra oposici—n. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido informes con consideraciones tŽcnicas y ambientales tanto del Consejo de Ordenaci—n del Territorio en Arag—n (COTA) del Gobierno de Arag—n, como de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n. El promotor da respuesta a cada una de ellas. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente son objeto en su caso, del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se han recibido contestaciones de la Direcci—n General de Carreteras del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n, de Telef—nica, S.A.U., del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), del Servicio de V’as y Obras de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, de la Direcci—n de Infraestructuras Viarias del Departamento de Infraestructuras Viarias y Movilidad de la Diputaci—n Foral de çlava, en las que se establecen condicionados tŽcnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorizaci—n ante dichos organismos por la ocupaci—n o el cruzamiento de la instalaci—n con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido contestaci—n de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., en adelante, REE, en la que informa de lo siguiente en relaci—n con el proyecto ÇClœster Vitoria 220_PEol-522 ACÈ: ÇRespecto del Parque E—lico Kyoko, l’nea subterr‡nea a 30 kV, SET Promotores Vitoria 220/400 kV, y l’nea de alta tensi—n 220 kV SET Promotores Vitoria-SET Vitoria 220 kV, con la documentaci—n aportada no es posible identificar las afecciones de dicho proyecto a instalaciones propiedad de REEÈ. El promotor responde que enviar‡ la documentaci—n solicitada. Con respecto a los Parques E—licos Luna, Kaede, Kodama, Makami, Kaminari, Kairi, Amikiri, Delfino, Fukei, Cadmo y Belerofonte y a las Subestaciones Malpica 30/220 kV y Bayo 30/220/400 kV, informa de que, segœn la documentaci—n recibida, no resulta afectada ninguna instalaci—n propiedad de REE. El promotor manifiesta su conformidad. En cuanto a la L’nea AŽrea a 220 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Bayo 30/220/400 kV, pueden resultar afectadas instalaciones en servicio de su propiedad, entre ellas, la l’nea L/E 440 kV D/C Castej—n-Muruarte 1 y 2 y la futura l’nea aŽrea a 400 kV D/C Itxaso-Castej—n-Muruarte, que se encuentra en fase de tramitaci—n de DIA y AAP ante el çrea de Industria de la Delegaci—n del Gobierno de Navarra por lo que, REE informa de que ser‡n necesarias comunicaciones posteriores para coordinar ambos servicios. El promotor contesta que, respecto a las l’neas en servicio que puedan verse afectadas, ya se ha tenido en cuenta en el anteproyecto de la l’nea aŽrea de alta tensi—n 400 kV conexi—n SET Malpica 30/220 kV a SET Vitoria 220 kV (REE) y se realizar‡n los cruzamientos y paralelismos segœn el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones tŽcnicas y garant’as de seguridad en l’neas elŽctricas de alta tensi—n y sus instrucciones tŽcnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. Respecto a las l’neas que est‡n actualmente en tramitaci—n, el promotor indica que se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos, para llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras. Se ha recibido informe del Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza del Gobierno de Arag—n, el cual alega incompatibilidad urban’stica de: ÑLas partes de los parques e—licos Kaede, Kairi, Kodama, Kyoko, Luna y Makami que se encuentran en el tŽrmino municipal de Biota, en suelo no urbanizable de car‡cter especial, protecciones sectoriales y complementarias en sus categor’as de cauces, riberas fluviales y carreteras. ÑLa parte del parque e—lico Belerofonte que se encuentra en el tŽrmino municipal de S‡daba y que se sitœan en suelo no urbanizable especial de protecci—n forestal. ÑLa parte del parque e—lico Makami que se encuentra en el tŽrmino municipal de As’n, en suelo no urbanizable de especial protecci—n del ecosistema natural en sus categor’as de montes de utilidad pœblica y h‡bitats. El promotor muestra conformidad con las actuaciones compatibles urban’sticamente y alega punto por punto sobre las otras. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Agricultura de la Diputaci—n Foral de çlava, desde el Servicio de Montes, en el que informan de que se deber‡ analizar la posible reubicaci—n de los apoyos y otras medidas para reducir afecci—n a la masa forestal y analizar en detalle la afecci—n paisaj’stica de la l’nea de evacuaci—n a su paso por los montes de utilidad pœblica nœm. 615, nœm. 304, nœm. 309 y nœm. 514. El promotor responde que la elecci—n del emplazamiento, la ubicaci—n y el nœmero de apoyos corresponde a un proceso de estudio de viabilidad tŽcnica, econ—mica y ambiental, remitiŽndose al estudio de impacto ambiental. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe del Servicio de Ordenaci—n Industrial, Infraestructuras EnergŽticas y Minas del Departamento de Desarrollo Econ—mico y Empresarial del Gobierno de Navarra, en el que informa de que, a la vista de la documentaci—n aportada, se trata de una l’nea elŽctrica de 179 km que discurre entre las Comunidades Aut—nomas de Arag—n, Navarra y Pa’s Vasco que, independientemente de las consideraciones que se puedan realizar desde la Direcci—n General de Medio Ambiente de Gobierno de Navarra, se recuerda que: ÇEn estos momentos se encuentra en tr‡mite la Autorizaci—n Administrativa Previa, Declaraci—n, en concreto, de Utilidad Pœblica, Autorizaci—n Administrativa de Construcci—n, y Declaraci—n de Impacto Ambiental de la L’nea AŽrea de Transporte de energ’a elŽctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castej—n/Muruarte, y la Autorizaci—n Administrativa Previa de Desmontaje para las l’neas aŽreas de transporte de energ’a elŽctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.È, y que dicha actuaci—n se encuentra incluida en ese momento, en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energ’a ElŽctrica 2015-2020, as’ como en el borrador del Plan 2021-2026. Trasladado al promotor, este responde a cada punto y pone de manifiesto que respecto de la l’nea ‡rea de transporte, el promotor se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos y llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras, reduciendo con ello las afecciones medioambientales y sociales que se podr’an derivar, que garanticen en todo momento el cumplimiento de los objetivos tanto de la l’nea de transporte como de la de evacuaci—n. El promotor defiende a su vez que la tramitaci—n del expediente PEol-522 AC no deber’a verse obstaculizada ni limitada en modo alguno en su tramitaci—n y puesta en servicio en su conjunto a consecuencia de la tramitaci—n del Expediente de la l’nea Itxaso-Castej—n/Muruarte. Trasladada dicha respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Ordenaci—n del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos EstratŽgicos del Gobierno de NavarraÈ, con reparos tanto ambientales, por afecciones tanto al Camino de Santiago, como al parque fluvial de la Comarca de Pamplona, como urban’sticos. Trasladada la respuesta al promotor, este responde a cada punto. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se reciben informes del Ayuntamiento de Biota, S‡daba y Castiliscar, que se remiten al informe urban’stico previo que debe existir sobre compatibilidad urban’stica, se–alando que mientras se dŽ cumplimiento a lo especificado en el mismo se muestra la conformidad. El promotor responde a los Ayuntamientos de Biota, S‡daba y Castiliscar, asegurando que el proyecto ubicado en dichos tŽrminos municipales ser‡ compatible urban’sticamente, segœn establece la normativa urban’stica de aplicaci—n. Trasladada la respuesta al Ayuntamiento de Biota, muestra conformidad. Trasladada la respuesta del promotor a los Ayuntamiento de S‡daba y Castiliscar, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Arratzua-Ubarrundia, que comunica que no ha podido descargar la documentaci—n relativa al proyecto diversos errores emergentes. Solicita que se facilite la documentaci—n en soporte inform‡tico y/o papel para poder ser estudiada e informada, y que dicha documentaci—n se ci–a œnicamente a lo que afecta al municipio. El promotor responde que tiene constancia de que la separata de afecci—n al municipio se ha enviado al Ayuntamiento de Arratzua por parte de la administraci—n. Trasladada la respuesta del promotor al Ayuntamiento, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe desfavorable de los Ayuntamientos de Elburgo, Barrundia, Agurain, Iruraiz-Gauna, Asparrena y San Mill‡n, analizando el proyecto desde el punto de vista urban’stico y ambiental. El promotor responde a cada punto. Los Ayuntamientos de Asparrena, Agurain, Barrundia, Iruraiz-Gauna y Elburgo ratifican sus posturas en segunda respuesta. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, del Servicio de Zona Rural del Departamento de Territorio y Acci—n por el Clima, en el que se indica que se prevŽ una afecci—n sobre el sector agrario, impacto que deber‡ valorarse adecuadamente. El promotor contesta argumentando que el an‡lisis de afecci—n sobre la actividad agroforestal se encuentra analizado. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de organismos afectados de ‡mbito infra y supramunicipal, como son las Juntas Administrativas de Andoin, Egilatz, Egino y San Rom‡n de San Mill‡n, Arrieta, Biku–a, Munain, Urabain, Langarika, Etxabarri-Urtupi–a, Gazeo, Ari–ez, Jungitu, Ullibarri Arrazua y la Asociaci—n de Concejos del municipio de Vitoria (ACOVI). El promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe desfavorable de la Cuadrilla de la Llanada Alavesa, en la que analiza las distintas afecciones del proyecto y el contenido del estudio de impacto ambiental al respecto, en los municipios de la Llanada Alavesa (Asparrena, San Mill‡n, Agurain, Iruraiz-Gauna, Barrundia, y Elburgo), concluyendo que la opci—n m‡s adecuada es no ejecutar el trazado lo largo de la comarca o, en su defecto, trasladarlo a una zona en la que se genere menor impacto. El Promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Artajona, en el que pone de manifiesto que la implantaci—n de la l’nea elŽctrica de alta tensi—n de 220 kV a travŽs del trazado proyectado en el tŽrmino municipal de Artajona no est‡ en consonancia con las determinaciones generales del Planeamiento Municipal, por lo que deber’a analizarse otras soluciones. En su informe tambiŽn pone de manifiesto que el trazado propuesto comparte espacio con otras l’neas elŽctricas preexistentes, as’ como con la nueva l’nea de 400 kV proyectada por REE. Consideran que el trazado propuesto para la l’nea elŽctrica aŽrea deber’a ser objeto de un adecuado estudio de alternativas, tanto en cuanto al trazado cuanto en lo relativo a la configuraci—n de la l’nea, con el fin de evitar, por un lado, proliferaci—n de l’neas elŽctricas paralelas y, por otro, afecciones paisaj’sticas. En este sentido, el propio documento presentado explica que, en determinados tramos correspondientes a otras zonas del trazado proyectado, la nueva l’nea compartir‡ apoyos con l’neas existentes. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de los Ayuntamientos de Arruazu, Uharte Arakil, Etxarri Aranatz, Lakuntza, Adi—s, Legarda, Muruzabal, Uterga, A–orbe, Urdiain, EnŽriz, Iza, Arbizu, Cendea de Olza e Ira–eta, Ziorda y Arakil. Adem‡s de diversas consideraciones de ’ndole urban’stica y ambiental, se–alan que los efectos acumulativos y sinŽrgicos de otras infraestructuras pr—ximas a la l’nea proyectada no se encuentran analizados. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe desfavorable del Ayuntamiento de Bakaiku, Cendea de Olza e Iza, que manifiesta que se ha remitido al Ayuntamiento, coincidiendo en el tiempo, notificaci—n referente a informaci—n pœblica de solicitud de declaraci—n de impacto ambiental y autorizaci—n administrativa previa y autorizaci—n administrativa de construcci—n de la l’nea aŽrea de transporte de energ’a elŽctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castej—n/Muruarte, as’ como el desmontaje para las l’neas aŽreas de transporte de energ’a elŽctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.È. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Iza: Aguinaga, Atondo, Erice, Gulina, Ochovi, Sarasa, Sarasate, Larunbe, Lete y Zia, en los que se ratifican y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Iza suscrito por su Alcald’a. Ochovi solicita se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Cizur: Astrain, Larraya y Undiano. Astrain y Larraya solicitan la pr—rroga del periodo de alegaciones, deficiencias sustanciales en el estudio de impacto ambiental sometido a informaci—n pœblica y la ampliaci—n de informaci—n en referencia a la planificaci—n energŽtica. Undiano solicita que se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Olza: Arazuri, Artazcoz, Asiain, Ibero, Izcue, Izu, Lizasoain, Olza y Ororbia, en los que se ratifican en todos sus tŽrminos y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Cendea de Olza suscrito por la Alcald’a en fecha 28 de octubre de 2021. El promotor responde. Preguntadas la Demarcaci—n de Carreteras del Estado en Arag—n del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, ENDESA, S.A, Iberdrola Distribuci—n ElŽctrica, S.A.U., los Ayuntamientos de Uncastillo, Luesia, As’n, Ejea de los Caballeros, Comarca de las Cinco Villas, la Direcci—n de Energ’a, Minas y Administraci—n Industrial del de la Viceconsejer’a de Industria del Gobierno Vasco, la Direcci—n General de Obras Pœblicas e Infraestructuras del Gobierno de Navarra, las Juntas Administrativas de Arbulu, Argomaniz, Ezkerekotxa, Ibarguren y Zurbano, as’ como los Ayuntamientos de Olazti-Olozagutia, Alsasua, Iturmendi, Tafalla, Olite, Beire, Pitillas, UjuŽ, Murillo El Fruto, Gallipienzo, C‡seda, Carcastillo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Asimismo, la petici—n fue sometida a informaci—n pœblica, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicaci—n el 28 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Estado, el 27 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Territorio Hist—rico de çlava, el 7 de octubre de 2021 en el BOPZ y el 8 de octubre de 2021 en el Bolet’n Oficial de la Provincia de Navarra. Se recibieron numerosas alegaciones, tanto de particulares, como de empresas y asociaciones ambientales, las cuales fueron contestadas por el promotor. Entre dichas alegaciones cabe mencionar las de diversos promotores por superposiciones en las poligonales de los proyectos, solicitando los alegantes el cambio de ubicaci—n de los parques e—licos del proyecto y se–alando la prioridad de los suyos en orden de prelaci—n. El promotor responde oponiŽndose a modificaci—n alguna e indicando, segœn los casos, que lo solicitado no se sustenta en ninguna base jur’dica o tŽcnica, que no se entra en conflicto o que se ha personado con alegaciones a determinados proyectos por la dudosa continuidad administrativa de algunos. Las respuestas del promotor a cada uno de los alegantes fueron remitidas a los mismos. Se destaca tambiŽn la de Desarrollos del Bat‡n, S.L., la cual est‡ desarrollando la central HidroelŽctrica del Bat‡n, sociedad que destaca diversas afecciones entre los proyectos. El promotor responde que, manteniendo la alineaci—n de los apoyos proyectados, modificar‡ en el proyecto constructivo la posici—n de los apoyos 223 y 226 de la LAAT 400 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Vitoria 220 kV de manera que ambos proyectos sean compatibles. Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto ambiental acompa–adas de solicitudes de informe en relaci—n a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, al Instituto AragonŽs de Gesti—n Ambiental (INAGA) del Gobierno de Arag—n; a la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro; a la Direcci—n General de Patrimonio Cultural del Dpto. de Educaci—n, Cultura y Deporte del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Salud Pœblica del Dpto. de Sanidad del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Interior y Protecci—n Civil del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Arag—n; a la Sociedad Espa–ola de Ornitologia (SEO-BIRDLIFE); a la Asociaci—n Espa–ola para la Conservaci—n y el Estudio de los MurciŽlagos (SECEMU-BATLIFE); a Ecologistas en Acci—n; a la Direcci—n de Patrimonio Natural y Cambio Clim‡tico del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Patrimonio Cultural de la Viceconsejer’a de Cultura del Gobierno Vasco, a la Direcci—n de Salud Pœblica y Adicciones del Departamento de Salud del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Atenci—n de Emergencias del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Administraci—n Ambiental del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputaci—n Foral de çlava; a la Direcci—n de Planificaci—n Territorial, Urbanismo y Regeneraci—n Urbana del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Cultura de la Diputaci—n Foral de çlava; a Protecci—n Civil de la Diputaci—n Foral de çlava; a URA-Agencia Vasca del Agua; a las asociaciones ecologistas Arabako Mendiak Aske, Lautadako Naturzale Elkartea, Plataforma en Defensa de la Cordillera Cant‡brica, Ekologistak Martxan Araba; a la Direcci—n General de Salud del Departamento de Salud del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Medio Ambiente del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Cultura del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra; a Direcci—n General del Interior (Protecci—n Civil) del Departamento de Interior, Funci—n Pœblica y Justicia del Gobierno de Navarra y a Ecologistas en Acci—n Navarra. El çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava emiti— informe en fecha 11 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n emiti— informe en fecha 25 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra emiti— informe en fecha 12 de abril de 2022. Considerando que, en virtud del art’culo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el —rgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorizaci—n del proyecto, la evaluaci—n de impacto ambiental efectuada. El anteproyecto de la instalaci—n y de su infraestructura de evacuaci—n asociada, junto a su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han sido sometidos al procedimiento de evaluaci—n de impacto ambiental, habiendo sido formulada declaraci—n de impacto ambiental favorable, concretada mediante resoluci—n de 18 de septiembre de 2023 de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental del Ministerio para la Transici—n Ecol—gica y el Reto Demogr‡fico (en adelante, DIA), en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluaci—n ambiental practicada, y que ha sido debidamente publicada en el Bolet’n Oficial del Estado. De acuerdo con lo establecido en la DIA, ser‡n de aplicaci—n al proyecto las condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las aceptadas tras la informaci—n pœblica y consultas y las propuestas en su informaci—n adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA. ¥ Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al art’culo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que puede desarrollarse el proyecto durante su ejecuci—n y su explotaci—n, para la definici—n del proyecto se atender‡, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y medidas dispuestas en la DIA, aport‡ndose, en su caso, la documentaci—n necesaria a tal efecto: El promotor deber‡ dar cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 3.e) Valoraci—n del —rgano ambiental y a las condiciones generales recogidas en el apartado i.2), destacando los siguientes aspectos: ÑSe considera necesario la eliminaci—n de la totalidad del parque e—lico Kyoko salvo el aerogenerador KYO-06. ÑRespecto a la l’nea de evacuaci—n SET Malpica 30/220 kVÐ SET Promotores Vitoria 220 kV: -La l’nea de evacuaci—n en el tramo comprendido entre la SET Bayo 30/220/400 kV y el apoyo AP 264 (Nudo Olite), cumplir‡ con el condicionado impuesto en la Declaraci—n de Impacto Ambiental, concretada mediante resoluci—n de 4 de octubre de 2023 de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental del Ministerio para la Transici—n Ecol—gica y el Reto Demogr‡fico para el expediente SGEE/PEol-722 AC. -La l’nea de evacuaci—n a su paso por territorio navarro, entre los apoyos AP 498-2 hasta AP 498-25, y a su paso por territorio vasco entre los apoyos AP 498-25 hasta AP 498-54, contar‡ con medidas anticolisi—n y antielectrocuci—n. Adicionalmente, debe acordar medidas compensatorias para el ‡guila perdicera y el quebrantahuesos con las autoridades competentes en la materia de las comunidades aut—nomas recabando de las mismas sus informes favorables para la ejecuci—n en los tŽrminos de la DIA. -La l’nea de evacuaci—n entre los apoyos AP 498-99 y AP 498-116 deber‡ ser soterrada. -Para los apoyos AP 498-7, AP 498-11 y AP 498-13, se atender‡ a cumplir el condicionado de la DIA. -La DIA pone de manifiesto otras consideraciones respecto a la l’nea, contemplando las alegaciones efectuadas por determinados ayuntamientos afectados (Cendea de Olza y Artajona). -La propuesta final de ejecuci—n de la l’nea ha de obtener el informe favorable de los —rganos ambientales de las comunidades aut—nomas afectadas por la ejecuci—n de la misma. ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a minimizar el efecto barrera de los parques e—licos. Para ello se deber‡n mantener las distancias entre puntos de pala de dos aerogeneradores contiguos de, al menos dos di‡metros de rotor, segœn condiciones fauna ii.3). ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a que, en caso de cruce aŽreo, la altura m’nima en metros de la l’nea sobre el cauce no deber‡ ser inferior a lo establecido en el art’culo 127 del Reglamento del Dominio Pœblico Hidr‡ulico. En el caso de cruce subterr‡neo de cauce pœblico, se debe realizar con una profundidad m’nima de un metro de distancia de la conducci—n de protecci—n del conductor al lecho del cauce, segœn condiciones agua ii.23). ¥ Previo a la elaboraci—n del proyecto constructivo, se realizar‡ un estudio de modelizaci—n acœstica del ruido generado por la SET Promotores Vitoria 220 kV, segœn condiciones medio atmosfŽrico ii.2). ¥ Se deber‡n cumplir los condicionados expuestos en el anexo ÇCriterios tŽcnicos para la autorizaci—n de actuaciones en Dominio Pœblico Hidr‡ulicoÈ presentado por la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, segœn condiciones agua ii.5). ¥ Las variaciones y ampliaciones de las zonas afectadas respecto al proyecto inicial deber‡n ser objeto de prospecci—n arqueol—gica con antelaci—n a la fase de obra, segœn condiciones bienes y patrimonio cultural ii.4). ¥ Se llevar‡ a cabo un estudio bot‡nico de campo que abarque al menos las etapas de floraci—n y fructificaci—n, para garantizar la identificaci—n de las comunidades y especies vegetales afectables m‡s notable, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.1.c). ¥ Con car‡cter previo a otorgarse la autorizaci—n administrativa de construcci—n, se redactar‡ un plan de compensaci—n para h‡bitats de interŽs comunitario, siguiendo las directrices recogidas en el estudio de impacto ambiental, y ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes en medio ambiente de las comunidades aut—noma, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.7). ¥ Se deber‡n elaborar los protocolos de vigilancia presencial y de actuaci—n para detener los aerogeneradores bajo las condiciones que se determinen y estos deber‡n contar con la aprobaci—n de la autoridad competente en la materia, segœn condiciones fauna ii.6). ¥ El dise–o del proyecto deber‡ tener en cuenta que los apoyos cuenten con patas de longitud variable para adaptarlas al terreno sin necesidad de generar superficies planas para su ubicaci—n, condiciones geolog’a y suelo ii. 9). ¥ El promotor deber‡ tener en consideraci—n el informe de la Direcci—n de Medioambiente y Urbanismo de çlava, donde relaciona los apoyos m‡s problem‡ticos por su impacto sobre la vegetaci—n y cuyo emplazamiento deber’a revisarse y evitar as’ la afecci—n a los HIC, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.1.a). ¥ Se replantear‡n los trazados de los accesos por zonas de cultivo o mediante un mayor aprovechamiento de los accesos existentes, as’ como mediante la eliminaci—n de los accesos que supongan afecciones significativas sobre HIC o en zonas ocupadas por masa forestal en el ‡mbito de montes de utilidad pœblica, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.1.b). ¥ Se deber‡ dar cumplimiento al condicionado del Programa de vigilancia ambiental, conforme a la condici—n iii). Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deber‡n estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la citada DIA, previamente a su aprobaci—n. Finalmente, la DIA establece los condicionantes espec’ficos que se tendr‡n en cuenta en las sucesivas fases de autorizaci—n del proyecto en su caso, y en todo caso antes de otorgar una autorizaci—n de explotaci—n. Tal y como se pone de manifiesto en la citada DIA, durante la tramitaci—n ambiental los promotores procedieron a adaptar los proyectos hasta alcanzar la configuraci—n final, que recoge la citada DIA. Las principales modificaciones introducidas en el proyecto son las siguientes: ÑEliminaci—n de siete aerogeneradores por presentar una tasa de mortalidad muy elevada para diversas especies de avifauna. Entre ellos, KYO-08 del Parque E—lico Kyoko. ÑSoterramiento del tramo SET Malpica 30/220 kV a-SET Bayo por afecci—n a la avifauna. ÑDesplazamiento del apoyo 49 alej‡ndolo del Humedal del Pedroko aproximadamente 100 metros adicionales y manteniendo las distancias de seguridad con otras infraestructuras y poblaciones. ÑReubicaci—n de los apoyos 498-36 a 498-45, 498-83 a 498-86, 498-92 a 498-95 y 498-100 a 104 manteniŽndolos fuera de montes de utilidad pœblica y evitando afecciones a espacios protegidos paisaj’sticamente, mediante el soterramiento de la l’nea en dos puntos: entre los apoyos 498-43 y 498-44 y entre los apoyos 498-82 y 498-84. ÑModificaci—n del trazado a su paso por la localidad de Artajona apoyos del 301 al 318, alej‡ndolo de la poblaci—n. Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en la meritada DIA, en el curso de las autorizaciones preceptivas previstas en el art’culo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, para las modificaciones efectuadas durante la tramitaci—n de evaluaci—n de impacto ambiental resulta necesaria la tramitaci—n de las mismas en funci—n de lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, ser‡ de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Considerando que, en virtud del art’culo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, la autorizaci—n administrativa previa de instalaciones de generaci—n no podr‡ ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y conexi—n a las redes de transporte o distribuci—n correspondientes. El proyecto ha obtenido permiso de acceso y conexi—n a la red de transporte mediante la emisi—n del informe de viabilidad de acceso a la red (IVA), as’ como del informe de cumplimiento de condiciones tŽcnicas de conexi—n (ICCTC) y del informe de verificaci—n de las condiciones tŽcnicas de conexi—n (IVCTC) en la subestaci—n de Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U. Por tanto, la infraestructura de evacuaci—n de energ’a elŽctrica conectar‡ el parque e—lico con la red de transporte en la subestaci—n Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., a travŽs de una nueva posici—n de la red de transporte en dicha subestaci—n. Con fecha 9 de marzo de 2021 Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L. firm— con otros promotores acuerdo de colaboraci—n para la evacuaci—n de la energ’a producida por sus instalaciones mediante el desarrollo, construcci—n, uso compartido y posterior explotaci—n y mantenimiento de las siguientes infraestructuras de evacuaci—n compartidas, identific‡ndose como el promotor y titular de las mismas: ÑSET Malpica 30/220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Bayo 30/220/400 kV. ÑSET Bayo 30/220/400 kV. ÑLAAT 400 kV SET Bayo 30/220/400 kV-Nudo Olite. ÑLAAT 400 kV Nudo Olite-Nudo Alsasua. ÑLAAT 400 kV Nudo Alsasua-SET Promotores Vitoria 220 kV. ÑSET Promotores Vitoria 220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Promotores Vitoria 220 kV-SE Vitoria 220 kV. Con fecha 13 de agosto de 2021, Energ’a Inagotable de Amikiri, S.L., Energ’a Inagotable de Belerofonte, S.L., Energ’a Inagotable de Cadmo, S.L., Energ’a Inagotable de Delfino, S.L., Energ’a Inagotable de Fukei, S.L., Energ’a Inagotable de Kaede, S.L., Energ’a Inagotable de Kairi, S.L., Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., Energ’a Inagotable de Kodama, S.L., Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L., Energ’a Inagotable de Luna, S.L. y Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., firmaron con Solaria Promoci—n y Desarrollo Fotovoltaico, S.L., promotor de las plantas fotovoltaicas Vitoria Solar 1 y Vitoria Solar 2, acuerdo de tramitaci—n de la infraestructura de evacuaci—n comœn Subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV, a la que evacœan las precitadas plantas fotovoltaicas a travŽs de la l’nea de alta tensi—n 220 kV proveniente de la SET Vitoria Generaci—n 220 kV. Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la presente resoluci—n, la declaraci—n de impacto ambiental y los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n, la infraestructura de evacuaci—n dentro del alcance de esta resoluci—n contempla las siguientes actuaciones: ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV hasta la subestaci—n Malpica 30/220 kV. ¥ La subestaci—n Malpica 30/220 kV. ¥ La subestaci—n Bayo 30/220/400 kV. ¥ La subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV. ¥ La L’nea de evacuaci—n desde la subestaci—n Malpica 30/220 kV hasta la SE Vitoria 220 kV, perteneciente a Red ElŽctrica. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energ’a elŽctrica. Si bien, en virtud del art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deber‡ acreditar su capacidad legal, tŽcnica y econ—mico-financiera para la realizaci—n del proyecto. A tal fin, se remiti— propuesta de resoluci—n a la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el art’culo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, la propuesta de resoluci—n de esta Direcci—n General ha sido sometida a tr‡mite de audiencia del promotor. El promotor ha aportado, con fecha 13 de diciembre de 2023, acuerdo de la Agencia Estatal de Seguridad AŽrea en materia de servidumbres aeron‡uticas, de fecha 10 de junio de 2021, de autorizaci—n a la instalaci—n del parque e—lico Kyoko y el uso de una grœa m—vil en el tŽrmino municipal de Biota, provincia de Zaragoza (expediente P21-0106). Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las obligaciones de los productores de energ’a elŽctrica, el desarrollo de todas aquellas actividades necesarias para producir energ’a elŽctrica en los tŽrminos previstos en su autorizaci—n y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones medioambientales exigibles. La citada autorizaci—n se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenaci—n del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas Resuelve ònico. Ñ Otorgar a Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Kyoko, de 7 MW de potencia, y sus infraestructuras de evacuaci—n, que seguidamente se detallan, con las caracter’sticas definidas en el anteproyecto ÇAnteproyecto PE Kyoko KYO-210305-DT-PYÈ, fechado en mayo de 2021, y con las particularidades recogidas en la presente resoluci—n. El objeto del proyecto es la construcci—n de un parque e—lico para la generaci—n de energ’a elŽctrica y la evacuaci—n de dicha energ’a a la red. Sus caracter’sticas principales, a ra’z de la evaluaci—n de impacto ambiental practicada, son las siguientes: ¥ Tipo de tecnolog’a: E—lica. ¥ Potencia instalada, segœn art’culo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 7 MW. ¥ Modelo de aerogenerador: N163. ¥ Nœmero de aerogeneradores: Un aerogenerador de 7 MW de potencia unitaria, rotor tripala de 163 metros de di‡metro y altura de buje de 118 metros. ¥ Tipo de torre: tubular, de acero. ¥ Capacidad de acceso, segœn lo estipulado en los permisos de acceso y conexi—n otorgados por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.: 49,50 MW. ¥ TŽrminos municipales afectados: Biota. Las infraestructuras de evacuaci—n recogidas en los proyectos: ¥ ÇProyecto Subestaci—n Malpica 220 kV 390 MVAÈ, fechado en marzo de 2021. ¥ ÇProyecto Subestaci—n Bayo 400/220 kV 605 MVAÈ, fechado en marzo de 2021. ¥ ÇProyecto Subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV 635 MVAÈ, fechado en marzo de 2021, y ÇAdenda nœm. 1 Proyecto Subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV 635 MVAÈ, fechada en Agosto de 2021. ¥ ÇAnteproyecto: L’nea AŽrea de alta tensi—n 400 kV. Conexi—n SET Malpica a SET Vitoria (REE). (L’nea aŽrea a 220 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Bayo 30/220/400 kV, l’nea aŽrea a 400 kV SET Bayo 30/220/400 kV-SET Promotores Vitoria 220 kV, y l’nea aŽrea a 220 kV SET Promotores Vitoria 220 kV-SET Vitoria 220 kV (REE) en la provincia de çlava)È, fechado en marzo de 2021. Se componen de: ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV, que conectar‡n cada uno de los centros de transformaci—n de los aerogeneradores de los parques e—licos Kaminari, Kairi, Kaede, Amikiri, Kyoko, Kodama, Makami y Luna con la subestaci—n Malpica 30/220 kV. ¥ La subestaci—n Malpica 30/220 kV ubicada en Uncastillo, en la provincia de Zaragoza. ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV que conectar‡n cada uno de los centros de transformaci—n de los aerogeneradores de los parques e—licos Cadmo, Delfino, Fukei y Belerofonte con la subestaci—n Bayo 30/220/400 kV. ¥ La subestaci—n Bayo 30/220/400 kV ubicada en S‡daba, en la provincia de Zaragoza. ¥ La subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV ubicada en Vitoria-Gasteiz, en la provincia de çlava. ¥ La L’nea de evacuaci—n, de 179 km, se divide en cinco tramos: ÑSe inicia en SET Malpica 30/220 kV a una tensi—n de 220 kV, con configuraci—n de doble circuito dœplex hasta la SET Bayo 30/220/400 kV. ÑDesde la Subestaci—n SET Bayo 30/220/400 kV parte a una tensi—n de 400 kV hasta el apoyo nœm. 166 de la l’nea denominada Nudo Bayo-Nudo Alsasua con una configuraci—n de simple circuito cu‡druplex. ÑDesde el apoyo nœm. 166 (Nudo Bayo) hasta el apoyo nœm. 498 (Nudo Alsasua), con tensi—n de 400 kV, adopta una configuraci—n de cinco circuitos cu‡druplex. ÑDesde el Nudo Alsasua hasta SET Promotores Vitoria 220 kV, con tensi—n de 400 kV, adopta una configuraci—n de doble circuito cu‡druplex. ÑDesde SET Promotores Vitoria 220 kV hasta SET Vitoria 220 kV, propiedad de REE, a la tensi—n de 220 kV, con configuraci—n de simple circuito cu‡druplex. ¥ TŽrminos municipales afectados: ÑUncastillo, S‡daba, Castiliscar, en la provincia de Zaragoza. ÑCarcastillo, C‡seda, Gallipienzo, Murillo el Fruto, UjuŽ, Pitillas, Beire, Olite, Tafalla, Artajona, A–orbe, EnŽriz, Adi—s, Muruz‡bal, Uterga, Legarda, Cizur, Olza, Iza, Arakil, Ira–eta, Uharte Arakil, Arruazu, Lakunda, Arbizu, Etxarri Aranatz, Bakaiku, Iturmendi, Urdiain y Alsasua, en la provincia de Navarra. ÑZiordia, Asparrena, San Mill‡n, Aguarain, Barrundia, Elbrugo, Arratzua y Vitoria, en la provincia de çlava. No obstante lo anterior, la instalaci—n de producci—n deber‡ adaptarse al contenido de la citada declaraci—n de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n de la presente autorizaci—n. En particular, deber‡ atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaraci—n de impacto ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de evacuaci—n, siendo de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Ser‡ necesario obtener autorizaci—n administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y derivadas del cumplimiento de la declaraci—n de impacto ambiental si no se cumplen los supuestos del citado art’culo 115.2 del mencionado real decreto. Por tanto, la autorizaci—n administrativa de construcci—n no podr‡ ser otorgada, ni se podr‡n iniciar las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de las instalaciones previstas en el art’culo 131.9 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en ninguna de las partes de la instalaci—n, es decir, ni en el parque de producci—n ni en las infraestructuras de evacuaci—n objeto de la presente resoluci—n, incluidas en su caso la conexi—n con la red de transporte, si su titular no ha cumplido previamente la totalidad de las siguientes condiciones: a) Se otorgue al titular autorizaci—n administrativa que recoja las modificaciones derivadas de la meritada declaraci—n de impacto ambiental y del tr‡mite de informaci—n pœblica y consultas que requieran de modificaci—n de la presente autorizaci—n administrativa previa de acuerdo con lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. b) Se haya emitido el informe que valore las capacidades legal, tŽcnica y econ—mica del promotor por parte de la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia conforme al art’culo 127.6 Real Decreto 1955/2000, en su redacci—n dada por el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre. c) Se haya emitido informe por parte de la autoridad nacional respecto a servidumbres aeron‡uticas y condiciones generales de protecci—n de la navegaci—n aŽrea actualizado segœn los tŽrminos municipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. d) Se hayan actualizado los permisos de acceso y conexi—n del proyecto, incluyendo los tŽrminos municipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. El promotor deber‡ cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitaci—n, as’ como las condiciones impuestas en la citada declaraci—n de impacto ambiental de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental. Asimismo, se deber‡n cumplir las normas tŽcnicas y procedimientos de operaci—n que establezca el operador del sistema. Esta autorizaci—n se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, en especial, las relativas a ordenaci—n del territorio y medio ambiente, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. A efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n antes de transcurridos tres meses, el promotor deber‡ justificar si los condicionados impuestos en la DIA y en la presente resoluci—n suponen o no una reducci—n de la potencia instalada autorizada en la presente autorizaci—n administrativa previa, y deber‡ incorporar, en su caso, las medidas adoptadas para el mantenimiento de la potencia estipulada en la solicitud presentada, as’ como aportar cualquier otro elemento de juicio necesario. Asimismo, al proyecto de ejecuci—n presentado, elaborado conforme a los reglamentos tŽcnicos en la materia y junto con la declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de la normativa que le sea de aplicaci—n, se incorporar‡ igualmente la documentaci—n necesaria junto con una declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de las condiciones establecidas en la DIA, conforme a lo se–alado en la presente resoluci—n y en cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. Si transcurrido dicho plazo, no hubiera solicitado la autorizaci—n administrativa de construcci—n o no hubiera proporcionado lo anteriormente citado a los efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n de dicho proyecto de ejecuci—n, la presente autorizaci—n caducar‡. No obstante, el promotor por razones justificadas podr‡ solicitar pr—rrogas del plazo establecido, siempre teniendo en cuenta los plazos establecidos en el art’culo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energ’a y en otros ‡mbitos para la reactivaci—n econ—mica. De acuerdo con lo dispuesto en los art’culos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas y en el art’culo 62.2 i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico, contra la presente resoluci—n, que no pone fin a la v’a administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretar’a de Estado de Energ’a en el plazo de un mes a partir del d’a siguiente al de la notificaci—n o publicaci—n de la presente resoluci—n, el œltimo que se produzca. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resoluci—n ser‡ firme a todos los efectos. Para el c—mputo de los plazos por meses habr‡ de estarse a lo dispuesto en el art’culo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Madrid, 18 de diciembre de 2023. Ñ El director general, Manuel Garc’a Hern‡ndez. SECCIîN PRIMERA Nœm. 851 MINISTERIO PARA LA TRANSICIîN ECOLîGICA Y EL RETO DEMOGRçFICO DIRECCIîN GENERAL DE POLêTICA ENERGƒTICA Y MINAS ANUNCIO relativo a la resoluci—n de la Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas por la que se otorga a Energ’a Inagotable de Luna, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Luna, de 28 MW de potencia, y su infraestructura de evacuaci—n, en los tŽrminos municipales de Biota y Ejea de los Caballeros, en la provincia de Zaragoza. Con fecha 29 de marzo de 2021, subsanada en fecha 10 de mayo de 2021, tuvo entrada en el Registro de este Ministerio para la Transici—n Ecol—gica y el Reto Demogr‡fico escrito de Energ’a Inagotable de Luna, S.L., en adelante el promotor, por el que presenta solicitud de autorizaci—n administrativa previa, del parque e—lico Luna, de 49,5 MW, en los tŽrminos municipales de Biota, Ejea de los Caballeros y Uncastillo, en la provincia de Zaragoza. Esta Direcci—n General, con fecha 18 de junio de 2021, dict— acuerdo de acumulaci—n para la tramitaci—n conjunta relativa a los expedientes de autorizaci—n administrativa previa de los parques e—licos Luna, de 49,5 MW, Kaede, de 40,6 MW, Kodama, de 49,5 MW, Makami, de 49,5 MW, Kaminari, de 49,5 MW, Kairi, de 49,5 MW, Amikiri, de 16,5 MW, Delfino, de 49,5 MW, Fukei, de 49,5 MW, Cadmo, de 49,5 MW, Belerofonte, de 49,5 MW, y Kyoko, de 49,5 MW; en la provincia de Zaragoza, y su infraestructura de evacuaci—n comœn ubicada en las provincias de Zaragoza, Navarra y çlava, con c—digo de expediente asociado PEol-522 AC. El expediente acumulado fue incoado en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n, en el çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava, y en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra, y se tramit— de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, habiŽndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio pœblico o de servicios de interŽs general en la parte que la instalaci—n pueda afectar a bienes y derechos a su cargo. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Energ’a y Minas del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Arag—n, en el que no se muestra oposici—n, pero se indica que podr’a haber superposici—n entre algœn parque e—lico del proyecto con otras instalaciones competencia de la AGE. El promotor responde, respecto a la compatibilidad con otras instalaciones tramitadas por la AGE, que las sociedades afectadas del Grupo Forestalia presentaron alegaciones a dichos proyectos ante este organismo, por ser de su competencia. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, en el que se especifica que, si el proyecto afecta a dominio pœblico hidr‡ulico o zona de polic’a de cauces, requerir‡ autorizaci—n previa de este Organismo que habr‡ de ser solicitada por el promotor. Asimismo, se muestran condicionantes a la ejecuci—n de las actuaciones a llevar a cabo. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n el cual manifiesta su conformidad con la misma. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Infraestructuras del Transporte del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes de la Viceconsejer’a de Infraestructuras y Transportes del Gobierno Vasco en el que no se muestra oposici—n. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido informes con consideraciones tŽcnicas y ambientales tanto del Consejo de Ordenaci—n del Territorio en Arag—n (COTA) del Gobierno de Arag—n, como de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n. El promotor da respuesta a cada una de ellas. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente son objeto, en su caso, del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se han recibido contestaciones de la Direcci—n General de Carreteras del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n, de Telef—nica, S.A.U., del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), del Servicio de V’as y Obras de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, de la Direcci—n de Infraestructuras Viarias del Departamento de Infraestructuras Viarias y Movilidad de la Diputaci—n Foral de çlava, en las que se establecen condicionados tŽcnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorizaci—n ante dichos organismos por la ocupaci—n o el cruzamiento de la instalaci—n con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido contestaci—n de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., en adelante, REE, en la que informa de lo siguiente en relaci—n con el proyecto ÇClœster Vitoria 220_PEol-522 ACÈ: ÇRespecto del Parque E—lico Kyoko, L’nea Subterr‡nea a 30 kV, SET Promotores Vitoria 220/400 kV y L’nea de Alta Tensi—n 220 kV SET Promotores Vitoria Ð SET Vitoria 220 kV, con la documentaci—n aportada no es posible identificar las afecciones de dicho proyecto a instalaciones propiedad de REEÈ. El promotor responde que enviar‡ la documentaci—n solicitada. Con respecto a los Parques E—licos Luna, Kaede, Kodama, Makami, Kaminari, Kairi, Amikiri, Delfino, Fukei, Cadmo y Belerofonte y a las Subestaciones Malpica 30/220 kV y Bayo 30/220/400 kV, informa de que, segœn la documentaci—n recibida, no resulta afectada ninguna instalaci—n propiedad de REE. El promotor manifiesta su conformidad. En cuanto a la L’nea AŽrea a 220 kV SET Malpica 30/220 kV Ð SET Bayo 30/220/400 kV, pueden resultar afectadas instalaciones en servicio de su propiedad, entre ellas, la l’nea L/E 440 kV D/C Castej—n-Muruarte 1 y 2 y la futura l’nea aŽrea a 400 kV D/C Itxaso-Castej—n-Muruarte, que se encuentra en fase de tramitaci—n de DIA y AAP ante el çrea de Industria de la Delegaci—n del Gobierno de Navarra por lo que, REE informa de que ser‡n necesarias comunicaciones posteriores para coordinar ambos servicios. El promotor contesta que, respecto a las l’neas en servicio que puedan verse afectadas, ya se ha tenido en cuenta en el anteproyecto de la l’nea aŽrea de alta tensi—n 400 kV conexi—n SET Malpica 30/220 kV a SET Vitoria 220 kV (REE) y se realizar‡n los cruzamientos y paralelismos segœn el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones tŽcnicas y garant’as de seguridad en l’neas elŽctricas de alta tensi—n y sus instrucciones tŽcnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. Respecto a las l’neas que est‡n actualmente en tramitaci—n, el promotor indica que se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos, para llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras. Se ha recibido informe del Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza del Gobierno de Arag—n, el cual alega incompatibilidad urban’stica de: ÑLas partes de los parques e—licos Kaede, Kairi, Kodama, Kyoko, Luna y Makami que se encuentran en el tŽrmino municipal de Biota, en suelo no urbanizable de car‡cter especial, protecciones sectoriales y complementarias en sus categor’as de cauces, riberas fluviales y carreteras. ÑLa parte del parque e—lico Belerofonte que se encuentra en el tŽrmino municipal de S‡daba y que se sitœan en suelo no urbanizable especial de protecci—n forestal. ÑLa parte del parque e—lico Makami que se encuentra en el tŽrmino municipal de As’n, en suelo no urbanizable de especial protecci—n del ecosistema natural en sus categor’as de montes de utilidad pœblica y h‡bitats. El promotor muestra conformidad con las actuaciones compatibles urban’sticamente y alega punto por punto sobre las otras. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Agricultura de la Diputaci—n Foral de çlava, desde el Servicio de Montes, en el que informan de que se deber‡ analizar la posible reubicaci—n de los apoyos y otras medidas para reducir afecci—n a la masa forestal y analizar en detalle la afecci—n paisaj’stica de la l’nea de evacuaci—n a su paso por los montes de utilidad pœblica n.¼ 615, n.¼ 304, n.¼ 309 y n.¼ 514. El promotor responde que la elecci—n del emplazamiento, la ubicaci—n y el nœmero de apoyos corresponde a un proceso de estudio de viabilidad tŽcnica, econ—mica y ambiental, remitiŽndose al estudio de impacto ambiental. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe del Servicio de Ordenaci—n Industrial, Infraestructuras EnergŽticas y Minas del Departamento de Desarrollo Econ—mico y Empresarial del Gobierno de Navarra, en el que informa de que, a la vista de la documentaci—n aportada, se trata de una l’nea elŽctrica de 179 km que discurre entre las Comunidades Aut—nomas de Arag—n, Navarra y Pa’s Vasco que, independientemente de las consideraciones que se puedan realizar desde la Direcci—n General de Medio Ambiente de Gobierno de Navarra, se recuerda que: ÇEn estos momentos se encuentra en tr‡mite la Autorizaci—n Administrativa Previa, Declaraci—n, en concreto, de Utilidad Pœblica, Autorizaci—n Administrativa de Construcci—n, y Declaraci—n de Impacto Ambiental de la L’nea AŽrea de Transporte de Energ’a ElŽctrica a 400 kV, Doble Circuito, Itxaso - Castej—n/Muruarte, y la Autorizaci—n Administrativa Previa de Desmontaje para las L’neas AŽreas de Transporte de Energ’a ElŽctrica a 220 kV, Simple Circuito, Itxaso- Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.È, y que dicha actuaci—n se encuentra incluida en ese momento, en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energ’a ElŽctrica 2015- 2020, as’ como en el borrador del Plan 2021-2026. Trasladado al promotor, este responde a cada punto y pone de manifiesto que, respecto de la l’nea ‡rea de transporte, el promotor se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos y llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras, reduciendo con ello las afecciones medioambientales y sociales que se podr’an derivar, que garanticen en todo momento el cumplimiento de los objetivos tanto de la l’nea de transporte como de la de evacuaci—n. El promotor defiende a su vez que la tramitaci—n del expediente PEol Ð 522 AC no deber’a verse obstaculizada ni limitada en modo alguno en su tramitaci—n y puesta en servicio en su conjunto a consecuencia de la tramitaci—n del Expediente de la l’nea Itxaso-Castej—n/Muruarte. Trasladada dicha respuesta al Organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Ordenaci—n del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos EstratŽgicos del Gobierno de Navarra, con reparos tanto ambientales, por afecciones tanto al Camino de Santiago, como al parque fluvial de la Comarca de Pamplona, como urban’sticos. Trasladada la respuesta al promotor, Žste responde a cada punto. Trasladada la respuesta al Organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se reciben informes del Ayuntamiento de Biota, S‡daba y Castiliscar, que se remiten al informe urban’stico previo que debe existir sobre compatibilidad urban’stica, se–alando que mientras se dŽ cumplimiento a lo especificado en el mismo se muestra la conformidad. El promotor responde a los Ayuntamientos de Biota, S‡daba y Castiliscar, asegurando que el proyecto ubicado en dichos tŽrminos municipales ser‡ compatible urban’sticamente, segœn establece la normativa urban’stica de aplicaci—n. Trasladada la respuesta al Ayuntamiento de Biota, muestra conformidad. Trasladada la respuesta del promotor a los Ayuntamiento de S‡daba y Castiliscar, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Arratzua-Ubarrundia, que comunica que no ha podido descargar la documentaci—n relativa al proyecto diversos errores emergentes. Solicita que se facilite la documentaci—n en soporte inform‡tico y/o papel para poder ser estudiada e informada, y que dicha documentaci—n se ci–a œnicamente a lo que afecta al municipio. El promotor responde que tiene constancia de que la separata de afecci—n al municipio se ha enviado al Ayuntamiento de Arratzua por parte de la administraci—n. Trasladada la respuesta del promotor al Ayuntamiento, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe desfavorable de los Ayuntamientos de Elburgo, Barrundia, Agurain, Iruraiz- Gauna, Asparrena y San Mill‡n, analizando el proyecto desde el punto de vista urban’stico y ambiental. El promotor responde a cada punto. Los Ayuntamientos de Asparrena, Agurain, Barrundia, Iruraiz- Gauna y Elburgo ratifican sus posturas en segunda respuesta. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, del Servicio de Zona Rural del Departamento de Territorio y Acci—n por el Clima, en el que se indica que se prevŽ una afecci—n sobre el sector agrario, impacto que deber‡ valorarse adecuadamente. El Promotor contesta argumentando que el an‡lisis de afecci—n sobre la actividad agroforestal se encuentra analizado. Trasladada la respuesta al Organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de organismos afectados de ‡mbito infra y supramunicipal, como son las Juntas Administrativas de Andoin, Egilatz, Egino y San Rom‡n de San Mill‡n, Arrieta, Biku–a, Munain, Urabain, Langarika, Etxabarri-Urtupi–a, Gazeo, Ari–ez, Jungitu, Ullibarri Arrazua y la Asociaci—n de Concejos del municipio de Vitoria (ACOVI). El promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe desfavorable de la Cuadrilla de la Llanada Alavesa, en la que analiza las distintas afecciones del proyecto y el contenido del Estudio de impacto ambiental al respecto, en los municipios de la Llanada Alavesa (Asparrena, San Mill‡n, Agurain, Iruraiz-Gauna, Barrundia, y Elburgo), concluyendo que la opci—n m‡s adecuada es no ejecutar el trazado lo largo de la comarca o, en su defecto, trasladarlo a una zona en la que se genere menor impacto. El Promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Artajona, en el que pone de manifiesto que la implantaci—n de la l’nea elŽctrica de Alta Tensi—n de 220 kV a travŽs del trazado proyectado en el tŽrmino municipal de Artajona no est‡ en consonancia con las determinaciones generales del Planeamiento Municipal, por lo que deber’a analizarse otras soluciones. En su informe tambiŽn pone de manifiesto que el trazado propuesto comparte espacio con otras l’neas elŽctricas preexistentes, as’ como con la nueva l’nea de 400 kV proyectada por REE. Consideran que el trazado propuesto para la l’nea elŽctrica aŽrea deber’a ser objeto de un adecuado estudio de alternativas, tanto en cuanto al trazado cuanto en lo relativo a la configuraci—n de la l’nea, con el fin de evitar, por un lado, proliferaci—n de l’neas elŽctricas paralelas y, por otro, afecciones paisaj’sticas. En este sentido, el propio documento presentado explica que, en determinados tramos correspondientes a otras zonas del trazado proyectado, la nueva l’nea compartir‡ apoyos con l’neas existentes. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al Organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de los Ayuntamientos de Arruazu, Uharte Arakil, Etxarri Aranatz, Lakuntza, Adi—s, Legarda, Muruzabal, Uterga, A–orbe, Urdiain, EnŽriz, Iza, Arbizu, Cendea de Olza e Ira–eta, Ziorda y Arakil. Adem‡s de diversas consideraciones de ’ndole urban’stica y ambiental, se–alan que los efectos acumulativos y sinŽrgicos de otras infraestructuras pr—ximas a la l’nea proyectada no se encuentran analizados. Trasladada la respuesta al promotor, este contesta. Trasladada la respuesta al Organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe desfavorable del Ayuntamiento de Bakaiku, Cendea de Olza e Iza, que manifiesta que se ha remitido al Ayuntamiento, coincidiendo en el tiempo, notificaci—n referente a informaci—n pœblica de solicitud de declaraci—n de impacto ambiental y autorizaci—n administrativa previa y autorizaci—n administrativa de construcci—n de la L’nea AŽrea de Transporte de Energ’a ElŽctrica a 400 kV, Doble Circuito, Itxaso-Castej—n/Muruarte, as’ como el Desmontaje para las L’neas AŽreas de Transporte de Energ’a ElŽctrica a 220 kV, Simple Circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U. Trasladada la respuesta al promotor, este contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Iza: Aguinaga, Atondo, Erice, Gulina, Ochovi, Sarasa, Sarasate, Larunbe, Lete y Zia, en los que se ratifican y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Iza suscrito por su Alcald’a. Ochovi solicita se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Cizur: Astrain, Larraya y Undiano. Astrain y Larraya solicitan la pr—rroga del periodo de alegaciones, deficiencias sustanciales en el estudio de impacto ambiental sometido a informaci—n pœblica y la ampliaci—n de informaci—n en referencia a la Planificaci—n EnergŽtica. Undiano solicita que se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes Concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Olza: Arazuri, Artazcoz, Asiain, Ibero, Izcue, Izu, Lizasoain, Olza y Ororbia, en los que se ratifican en todos sus tŽrminos y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Cendea de Olza suscrito por la Alcald’a en fecha 28 de octubre de 2021. El promotor responde. Preguntadas la Demarcaci—n de Carreteras del Estado en Arag—n del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Endesa, S.A, Iberdrola Distribuci—n ElŽctrica, S.A.U., los Ayuntamientos de Uncastillo, Luesia, As’n, Ejea de los Caballeros, Comarca de las Cinco Villas, la Direcci—n de Energ’a, Minas y Administraci—n Industrial del de la Viceconsejer’a de Industria del Gobierno Vasco, la Direcci—n General de Obras Pœblicas e Infraestructuras del Gobierno de Navarra, las Juntas Administrativas de Arbulu, Argomaniz, Ezkerekotxa, Ibarguren y Zurbano, as’ como los Ayuntamientos de Olazti-Olozagutia, Alsasua, Iturmendi, Tafalla, Olite, Beire, Pitillas, UjuŽ, Murillo El Fruto, Gallipienzo, C‡seda, Carcastillo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Asimismo, la petici—n fue sometida a informaci—n pœblica, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicaci—n el 28 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Estado, el 27 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Territorio Hist—rico de çlava, el 7 de octubre de 2021 en el BOPZ y el 8 de octubre de 2021 en el Bolet’n Oficial de la Provincia de Navarra. Se recibieron numerosas alegaciones, tanto de particulares, como de empresas y asociaciones ambientales, las cuales fueron contestadas por el promotor. Entre dichas alegaciones, cabe mencionar las de diversos promotores por superposiciones en las poligonales de los proyectos, solicitando los alegantes el cambio de ubicaci—n de los parques e—licos del proyecto y se–alando la prioridad de los suyos en orden de prelaci—n. El promotor responde oponiŽndose a modificaci—n alguna e indicando, segœn los casos, que lo solicitado no se sustenta en ninguna base jur’dica o tŽcnica, que no se entra en conflicto o que se ha personado con alegaciones a determinados proyectos por la dudosa continuidad administrativa de algunos. Las respuestas del promotor a cada uno de los alegantes fueron remitidas a los mismos. Se destaca tambiŽn la de Desarrollos del Bat‡n, S.L., la cual est‡ desarrollando la central HidroelŽctrica del Bat‡n, sociedad que destaca diversas afecciones entre los proyectos. El promotor responde que, manteniendo la alineaci—n de los apoyos proyectados, modificar‡ en el proyecto constructivo la posici—n de los apoyos 223 y 226 de la LAAT 400 kV SET Malpica 30/220 kV -SET Vitoria 220 kV de manera que ambos proyectos sean compatibles. Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto ambiental acompa–adas de solicitudes de informe en relaci—n a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluaci—n ambiental, al Instituto AragonŽs de Gesti—n Ambiental (INAGA) del Gobierno de Arag—n; a la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro; a la Direcci—n General de Patrimonio Cultural del Dpto. de Educaci—n, Cultura y Deporte del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Salud Pœblica del Dpto. de Sanidad del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Interior y Protecci—n Civil del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Arag—n; a la Sociedad Espa–ola de Ornitologia (SEO - BIRDLIFE); a la Asociaci—n Espa–ola para la Conservaci—n y el Estudio de los MurciŽlagos (SECEMU - BATLIFE); a Ecologistas en Acci—n; a la Direcci—n de Patrimonio Natural y Cambio Clim‡tico del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Patrimonio Cultural de la Viceconsejer’a de Cultura del Gobierno Vasco, a la Direcci—n de Salud Pœblica y Adicciones del Departamento de Salud del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Atenci—n de Emergencias del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Administraci—n Ambiental del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputaci—n Foral de çlava; a la Direcci—n de Planificaci—n Territorial, Urbanismo y Regeneraci—n Urbana del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Cultura de la Diputaci—n Foral de çlava; a Protecci—n Civil de la Diputaci—n Foral de çlava; a URA- Agencia Vasca del Agua; a las asociaciones ecologistas Arabako Mendiak Aske, Lautadako Naturzale Elkartea, Plataforma en Defensa de la Cordillera Cant‡brica, Ekologistak Martxan Araba; a la Direcci—n General de Salud del Departamento de Salud del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Medio Ambiente del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Cultura del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra; a Direcci—n General del Interior (Protecci—n Civil) del Departamento de Interior, Funci—n Pœblica y Justicia del Gobierno de Navarra y a Ecologistas en Acci—n Navarra. El çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava emiti— informe en fecha 11 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n emiti— informe en fecha 25 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra emiti— informe en fecha 12 de abril de 2022. Considerando que, en virtud del art’culo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el —rgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorizaci—n del proyecto, la evaluaci—n de impacto ambiental efectuada. El anteproyecto de la instalaci—n y de su infraestructura de evacuaci—n asociada, junto a su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han sido sometidos al procedimiento de evaluaci—n de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaraci—n de Impacto Ambiental favorable, concretada mediante Resoluci—n de 18 de septiembre de 2023 de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental del Ministerio para la Transici—n Ecol—gica y el Reto Demogr‡fico (en adelante, DIA), en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluaci—n ambiental practicada, y que ha sido debidamente publicada en el Bolet’n Oficial del Estado. De acuerdo con lo establecido en la DIA, ser‡n de aplicaci—n al proyecto las condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las aceptadas tras la informaci—n pœblica y consultas y las propuestas en su informaci—n adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA. Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al art’culo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que puede desarrollarse el proyecto durante su ejecuci—n y su explotaci—n, para la definici—n del proyecto se atender‡, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y medidas dispuestas en la DIA, aport‡ndose, en su caso, la documentaci—n necesaria a tal efecto: ¥ El promotor deber‡ dar cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 3 e) Valoraci—n del —rgano ambiental y a las condiciones generales recogidas en el apartado i.2), destacando los siguientes aspectos en relaci—n con el parque e—lico Luna: ÑSe considera que los aerogeneradores LUN-01 y el LUN-05 deber’an eliminarse, al encontrarse que registran mortalidad elevada debido a la presencia de nidos de milano real dentro de la poligonal del parque. ÑEn la poligonal de este parque e—lico, el promotor se–ala una balsa pr—xima al aerogenerador LUN-02. En relaci—n con ello, el promotor deber‡ efectivamente alejar, en la medida de lo posible, el aerogenerador LUN-02 para evitar afecciones y mantener la balsa en su posici—n actual. ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a minimizar el efecto barrera de los parques e—licos. Para ello se deber‡n mantener las distancias entre puntos de pala de dos aerogeneradores contiguos de, al menos dos di‡metros de rotor, segœn condiciones fauna ii. 3). ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a que, en caso de cruce aŽreo, la altura m’nima en metros de la l’nea sobre el cauce no deber‡ ser inferior a lo establecido en el art’culo 127 del Reglamento del Dominio Pœblico Hidr‡ulico. En el caso de cruce subterr‡neo de cauce pœblico, se debe realizar con una profundidad m’nima de un metro de distancia de la conducci—n de protecci—n del conductor al lecho del cauce, segœn condiciones agua ii. 23). ¥ Previo a la elaboraci—n del proyecto constructivo, se realizar‡ un estudio de modelizaci—n acœstica del ruido generado por la SET Promotores Vitoria 220 kV, segœn condiciones medio atmosfŽrico ii.2). ¥ Se deber‡n cumplir los condicionados expuestos en el anexo ÇCriterios tŽcnicos para la autorizaci—n de actuaciones en Dominio Pœblico Hidr‡ulicoÈ presentado por la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, segœn condiciones agua ii.5). ¥ Las variaciones y ampliaciones de las zonas afectadas respecto al proyecto inicial deber‡n ser objeto de prospecci—n arqueol—gica con antelaci—n a la fase de obra, segœn condiciones bienes y patrimonio cultural ii. 4). ¥ Se llevar‡ a cabo un estudio bot‡nico de campo que abarque al menos las etapas de floraci—n y fructificaci—n, para garantizar la identificaci—n de las comunidades y especies vegetales afectables m‡s notable, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii. 1. c). ¥ Con car‡cter previo a otorgarse la autorizaci—n administrativa de construcci—n, se redactar‡ un plan de compensaci—n para h‡bitats de interŽs comunitario, siguiendo las directrices recogidas en el Estudio de Impacto Ambiental, y ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes en medio ambiente de las comunidades aut—nomas, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii. 7). ¥ Se deber‡n elaborar los protocolos de vigilancia presencial y de actuaci—n para detener los aerogeneradores bajo las condiciones que se determinen y estos deber‡n contar con la aprobaci—n de la autoridad competente en la materia, segœn condiciones fauna ii. 6). ¥ El dise–o del proyecto deber‡ tener en cuenta que los apoyos cuenten con patas de longitud variable para adaptarlas al terreno sin necesidad de generar superficies planas para su ubicaci—n, segœn condiciones geolog’a y suelo ii. 9). ¥ El promotor deber‡ tener en consideraci—n el informe de la Direcci—n de Medioambiente y Urbanismo de çlava, donde relaciona los apoyos m‡s problem‡ticos por su impacto sobre la vegetaci—n y cuyo emplazamiento deber’a revisarse y evitar as’ la afecci—n a los HIC, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii. 1. a). ¥ Se replantear‡n los trazados de los accesos por zonas de cultivo o mediante un mayor aprovechamiento de los accesos existentes, as’ como mediante la eliminaci—n de los accesos que supongan afecciones significativas sobre HIC o en zonas ocupadas por masa forestal en el ‡mbito de montes de utilidad pœblica, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii. 1. b). ¥ Se deber‡ dar cumplimiento al condicionado del Programa de vigilancia ambiental, conforme a la condici—n iii). Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deber‡n estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la citada DIA, previamente a su aprobaci—n. Finalmente, la DIA establece los condicionantes espec’ficos que se tendr‡n en cuenta en las sucesivas fases de autorizaci—n del proyecto en su caso, y en todo caso antes de otorgar una autorizaci—n de explotaci—n. Tal y como se pone de manifiesto en la citada DIA, durante la tramitaci—n ambiental los promotores procedieron a adaptar los proyectos hasta alcanzar la configuraci—n final, que recoge la citada DIA. Las principales modificaciones introducidas en el proyecto son las siguientes: ÑEliminaci—n de siete aerogeneradores por situarse muy pr—ximos a nœcleos poblacionales. Entre ellos, LUN-07, LUN-08 y LUN-09 del Parque E—lico Luna. Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en la meritada DIA, en el curso de las autorizaciones preceptivas previstas en el art’culo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, podr’a resultar necesaria la tramitaci—n de las mismas en funci—n de lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, ser‡ de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Considerando que, en virtud del art’culo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, la autorizaci—n administrativa previa de instalaciones de generaci—n no podr‡ ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y conexi—n a las redes de transporte o distribuci—n correspondientes. El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la emisi—n del informe de viabilidad de acceso a la red (IVA), as’ como del informe de cumplimiento de condiciones tŽcnicas de conexi—n (ICCTC) y del informe de verificaci—n de las condiciones tŽcnicas de conexi—n (IVCTC) en la subestaci—n de Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U. Por tanto, la infraestructura de evacuaci—n de energ’a elŽctrica conectar‡ el parque e—lico con la red de transporte, en la subestaci—n de Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., a travŽs de una nueva posici—n de la red de transporte en dicha subestaci—n. Con fecha 9 de marzo de 2021, Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L., firm— con otros promotores acuerdo de colaboraci—n para la evacuaci—n de la energ’a producida por sus instalaciones mediante el desarrollo, construcci—n, uso compartido y posterior explotaci—n y mantenimiento de las siguientes infraestructuras de evacuaci—n compartidas, identific‡ndose como el promotor y titular de las mismas: ÑSET Malpica 30/220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Malpica 30/220 kV -SET Bayo 30/220/400 kV. ÑSET Bayo 30/220/400 kV. ÑLAAT 400 kV SET Bayo 30/220/400 kV-Nudo Olite. ÑLAAT 400 kV Nudo Olite-Nudo Alsasua. ÑLAAT 400 kV Nudo Alsasua-SET Promotores Vitoria 220 kV. ÑSET Promotores Vitoria 220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Promotores Vitoria 220 kV-SE Vitoria 220 kV. Con fecha 13 de agosto de 2021, Energ’a Inagotable de Amikiri, S.L., Energ’a Inagotable de Belerofonte, S.L., Energ’a Inagotable de Cadmo, S.L., Energ’a Inagotable de Delfino, S.L., Energ’a Inagotable de Fukei, S.L., Energ’a Inagotable de Kaede, S.L., Energ’a Inagotable de Kairi, S.L., Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., Energ’a Inagotable de Kodama, S.L., Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L., Energ’a Inagotable de Luna, S.L. y Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., firmaron con Solaria Promoci—n y Desarrollo Fotovoltaico, S.L., promotor de las plantas fotovoltaicas Vitoria Solar 1 y Vitoria Solar 2, acuerdo de tramitaci—n de la infraestructura de evacuaci—n comœn Subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV, a la que evacœan las precitadas plantas fotovoltaicas a travŽs de la l’nea de alta tensi—n 220 kV proveniente de la SET Vitoria Generaci—n 220 kV. Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la presente resoluci—n, la declaraci—n de impacto ambiental y los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n, la infraestructura de evacuaci—n dentro del alcance de esta resoluci—n contempla las siguientes actuaciones: ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV hasta la subestaci—n Malpica 30/220 kV. No forman parte de la presente resoluci—n, tramit‡ndose dentro del expediente SGEE/PEol-522 Kyoko: ¥ La subestaci—n Malpica 30/220 kV. ¥ La subestaci—n Bayo 30/220/400 kV. ¥ La subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV. ¥ La L’nea de evacuaci—n desde la subestaci—n Malpica 30/220 kV hasta la SE Vitoria 220 kV, perteneciente a Red ElŽctrica. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energ’a elŽctrica. Si bien, en virtud del art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deber‡ acreditar su capacidad legal, tŽcnica y econ—mico-financiera para la realizaci—n del proyecto. A tal fin, se remiti— propuesta de resoluci—n a la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el art’culo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, la propuesta de resoluci—n de esta Direcci—n General ha sido sometida a tr‡mite de audiencia del promotor. El promotor ha aportado, con fecha 13 de diciembre de 2023, acuerdo de la Agencia Estatal de Seguridad AŽrea en materia de servidumbres aeron‡uticas, de fecha 14 de junio de 2021, de autorizaci—n a la instalaci—n del parque e—lico Luna y el uso de una grœa m—vil en los tŽrminos municipales de Biota y Ejea de los Caballeros, provincia de Zaragoza (expediente P21-0107). Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las obligaciones de los productores de energ’a elŽctrica, el desarrollo de todas aquellas actividades necesarias para producir energ’a elŽctrica en los tŽrminos previstos en su autorizaci—n y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones medioambientales exigibles. La citada autorizaci—n se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenaci—n del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas Resuelve ònico. Ñ Otorgar a Energ’a Inagotable de Luna, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Luna, de 28 MW de potencia, y su infraestructura de evacuaci—n, que seguidamente se detalla, con las caracter’sticas definidas en el anteproyecto ÇAnteproyecto de Luna LUN-210305-DT-PYÈ, fechado en mayo de 2021, y con las particularidades recogidas en la presente resoluci—n. El objeto del proyecto es la construcci—n de un parque e—lico para la generaci—n de energ’a elŽctrica y la evacuaci—n de dicha energ’a a la red. Sus caracter’sticas principales, a ra’z de la evacuaci—n de impacto ambiental practicada, son las siguientes: ¥ Tipo de tecnolog’a: E—lica. ¥ Potencia instalada, segœn art’culo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 28 MW. ¥ Modelo de aerogenerador: N163. ¥ Nœmero de aerogeneradores: 4 aerogeneradores de 7 MW de potencia unitaria, rotor tripala de 163 m de di‡metro y altura de buje de 118 metros. ¥ Tipo de torre: tubular, de acero. ¥ Capacidad de acceso, segœn lo estipulado en los permisos de acceso y conexi—n otorgados por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.: 49,50 MW. ¥ TŽrminos municipales afectados: Biota y Ejea de los Caballeros, en la provincia de Zaragoza. La infraestructura de evacuaci—n se compone de: ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV que conectar‡n cada uno de los centros de transformaci—n de los aerogeneradores del parque e—lico con la subestaci—n Malpica 30/220 kV. No obstante lo anterior, la instalaci—n de producci—n deber‡ adaptarse al contenido de la citada declaraci—n de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n de la presente autorizaci—n. En particular, deber‡ atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaraci—n de impacto ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de evacuaci—n, siendo de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Ser‡ necesario obtener autorizaci—n administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y derivadas del cumplimiento de la declaraci—n de impacto ambiental si no se cumplen los supuestos del citado art’culo 115.2 del mencionado real decreto. Por tanto, la autorizaci—n administrativa de construcci—n no podr‡ ser otorgada, ni se podr‡n iniciar las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de las instalaciones previstas en el art’culo 131.9 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en ninguna de las partes de la instalaci—n, es decir, ni en el parque de producci—n ni en las infraestructuras de evacuaci—n objeto de la presente resoluci—n, incluidas en su caso la conexi—n con la red de transporte, si su titular no ha cumplido previamente la totalidad de las siguientes condiciones: a) Se otorgue al titular autorizaci—n administrativa que recoja las modificaciones derivadas de la meritada declaraci—n de impacto ambiental y del tr‡mite de informaci—n pœblica y consultas que requieran de modificaci—n de la presente autorizaci—n administrativa previa de acuerdo con lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. b) Se haya emitido el informe que valore las capacidades legal, tŽcnica y econ—mica del promotor por parte de la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia conforme al art’culo 127.6 Real Decreto 1955/2000, en su redacci—n dada por el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre. c) Se haya emitido informe por parte de la autoridad nacional respecto a servidumbres aeron‡uticas y condiciones generales de protecci—n de la navegaci—n aŽrea actualizado segœn los tŽrminos municipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. d) Se hayan actualizado los permisos de acceso y conexi—n del proyecto, incluyendo los tŽrminos municipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. El promotor deber‡ cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitaci—n, as’ como las condiciones impuestas en la citada declaraci—n de impacto ambiental de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental. Asimismo, se deber‡n cumplir las normas tŽcnicas y procedimientos de operaci—n que establezca el operador del sistema. Esta autorizaci—n se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, en especial, las relativas a ordenaci—n del territorio y medio ambiente, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. A efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n antes de transcurridos tres meses, el promotor deber‡ justificar si los condicionados impuestos en la DIA y en la presente resoluci—n suponen o no una reducci—n de la potencia instalada autorizada en la presente autorizaci—n administrativa previa, y deber‡ incorporar, en su caso, las medidas adoptadas para el mantenimiento de la potencia estipulada en la solicitud presentada, as’ como aportar cualquier otro elemento de juicio necesario. Asimismo, al proyecto de ejecuci—n presentado, elaborado conforme a los reglamentos tŽcnicos en la materia y junto con la declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de la normativa que le sea de aplicaci—n, se incorporar‡ igualmente la documentaci—n necesaria junto con una declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de las condiciones establecidas en la DIA, conforme a lo se–alado en la presente resoluci—n y en cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. Si, transcurrido dicho plazo, no hubiera solicitado la autorizaci—n administrativa de construcci—n o no hubiera proporcionado lo anteriormente citado a los efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n de dicho proyecto de ejecuci—n, la presente autorizaci—n caducar‡. No obstante, el promotor por razones justificadas podr‡ solicitar pr—rrogas del plazo establecido, siempre teniendo en cuenta los plazos establecidos en el art’culo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energ’a y en otros ‡mbitos para la reactivaci—n econ—mica. De acuerdo con lo dispuesto en los art’culos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas y en el art’culo 62.2 i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico, contra la presente resoluci—n, que no pone fin a la v’a administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretar’a de Estado de Energ’a en el plazo de un mes a partir del d’a siguiente al de la notificaci—n o publicaci—n de la presente resoluci—n, el œltimo que se produzca. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resoluci—n ser‡ firme a todos los efectos. Para el c—mputo de los plazos por meses habr‡ de estarse a lo dispuesto en el art’culo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Madrid, 18 de diciembre de 2023. Ñ El director general, Manuel Garc’a Hern‡ndez. SECCIîN PRIMERA Nœm. 852 MINISTERIO PARA LA TRANSICIîN ECOLîGICA Y EL RETO DEMOGRçFICO DIRECCIîN GENERAL DE POLêTICA ENERGƒTICA Y MINAS ANUNCIO relativo a resoluci—n de la Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas por la que se otorga a Energ’a Inagotable de Makami, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Makami, de 7 MW de potencia, y su infraestructura de evacuaci—n, en los tŽrminos municipales de As’n, Biota, Ejea de los Caballeros y Luesia, en la provincia de Zaragoza. Con fecha 29 de marzo de 2021, subsanada en fecha 10 de mayo de 2021, tuvo entrada en el Registro de este escrito de Energ’a Inagotable de Makami, S.L., en adelante el promotor, por el que presenta solicitud de autorizaci—n administrativa previa, del parque e—lico Makami, de 49,5 MW, en los tŽrminos municipales de As’n, Ejea de los Caballeros, Luesia, Biota y Uncastillo, en la provincia de Zaragoza. Esta Direcci—n General, con fecha 18 de junio de 2021, dict— acuerdo de acumulaci—n para la tramitaci—n conjunta relativa a los expedientes de autorizaci—n administrativa previa de los parques e—licos Luna, de 49,5 MW, Kaede, de 40,6 MW, Kodama, de 49,5 MW, Makami, de 49,5 MW, Kaminari, de 49,5 MW, Kairi, de 49,5 MW, Amikiri, de 16,5 MW, Delfino, de 49,5 MW, Fukei, de 49,5 MW, Cadmo, de 49,5 MW, Belerofonte, de 49,5 MW, y Kyoko, de 49,5 MW; en la provincia de Zaragoza, y su infraestructura de evacuaci—n comœn ubicada en las provincias de Zaragoza, Navarra y çlava, con c—digo de expediente asociado PEol-522 AC. El expediente acumulado fue incoado en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n, en el çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava, y en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra, y se tramit— de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, habiŽndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio pœblico o de servicios de interŽs general en la parte que la instalaci—n pueda afectar a bienes y derechos a su cargo. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Energ’a y Minas del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Arag—n, en el que no se muestra oposici—n, pero se indica que podr’a haber superposici—n entre algœn parque e—lico del proyecto con otras instalaciones competencia de la AGE. El promotor responde, respecto a la compatibilidad con otras instalaciones tramitadas por la AGE, que las sociedades afectadas del Grupo Forestalia presentaron alegaciones a dichos proyectos ante este organismo, por ser de su competencia. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, en el que se especifica que, si el proyecto afecta a dominio pœblico hidr‡ulico o zona de polic’a de cauces, requerir‡ autorizaci—n previa de este Organismo que habr‡ de ser solicitada por el promotor. Asimismo, se muestran condicionantes a la ejecuci—n de las actuaciones a llevar a cabo. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n el cual manifiesta su conformidad con la misma. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Infraestructuras del Transporte del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes de la Viceconsejer’a de Infraestructuras y Transportes del Gobierno Vasco en el que no se muestra oposici—n. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido informes con consideraciones tŽcnicas y ambientales tanto del Consejo de Ordenaci—n del Territorio en Arag—n (COTA) del Gobierno de Arag—n, como de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n. El promotor da respuesta a cada una de ellas. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente son objeto, en su caso, del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se han recibido contestaciones de la Direcci—n General de Carreteras del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n, de Telef—nica, S.A.U., del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), del Servicio de V’as y Obras de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, de la Direcci—n de Infraestructuras Viarias del Departamento de Infraestructuras Viarias y Movilidad de la Diputaci—n Foral de çlava, en las que se establecen condicionados tŽcnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorizaci—n ante dichos organismos por la ocupaci—n o el cruzamiento de la instalaci—n con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido contestaci—n de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., en adelante, REE, en la que informa de lo siguiente en relaci—n con el proyecto ÇClœster Vitoria 220_PEol-522 ACÈ: ÇRespecto del Parque E—lico Kyoko, l’nea subterr‡nea a 30 kV, SET Promotores Vitoria 220/400 kV y l’nea de alta tensi—n 220 kV SET Promotores Vitoria-SET Vitoria 220 kV, con la documentaci—n aportada no es posible identificar las afecciones de dicho proyecto a instalaciones propiedad de REEÈ. El promotor responde que enviar‡ la documentaci—n solicitada. Con respecto a los Parques E—licos Luna, Kaede, Kodama, Makami, Kaminari, Kairi, Amikiri, Delfino, Fukei, Cadmo y Belerofonte y a las Subestaciones Malpica 30/220 kV y Bayo 30/220/400 kV, informa de que, segœn la documentaci—n recibida, no resulta afectada ninguna instalaci—n propiedad de REE. El promotor manifiesta su conformidad. En cuanto a la L’nea AŽrea a 220 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Bayo 30/220/400 kV, pueden resultar afectadas instalaciones en servicio de su propiedad, entre ellas, la l’nea L/E 440 kV D/C Castej—n-Muruarte 1 y 2 y la futura l’nea aŽrea a 400 kV D/C Itxaso-Castej—n-Muruarte, que se encuentra en fase de tramitaci—n de DIA y AAP ante el çrea de Industria de la Delegaci—n del Gobierno de Navarra por lo que, REE informa de que ser‡n necesarias comunicaciones posteriores para coordinar ambos servicios. El promotor contesta que, respecto a las l’neas en servicio que puedan verse afectadas, ya se ha tenido en cuenta en el anteproyecto de la l’nea aŽrea de alta tensi—n 400 kV conexi—n SET Malpica 30/220 kV a SET Vitoria 220 kV (REE) y se realizar‡n los cruzamientos y paralelismos segœn el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones tŽcnicas y garant’as de seguridad en l’neas elŽctricas de alta tensi—n y sus instrucciones tŽcnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. Respecto a las l’neas que est‡n actualmente en tramitaci—n, el promotor indica que se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos, para llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras. Se ha recibido informe del Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza del Gobierno de Arag—n, el cual alega incompatibilidad urban’stica de: ÑLas partes de los parques e—licos Kaede, Kairi, Kodama, Kyoko, Luna y Makami que se encuentran en el tŽrmino municipal de Biota, en suelo no urbanizable de car‡cter especial, protecciones sectoriales y complementarias en sus categor’as de cauces, riberas fluviales y carreteras. ÑLa parte del parque e—lico Belerofonte que se encuentra en el tŽrmino municipal de S‡daba y que se sitœan en suelo no urbanizable especial de protecci—n forestal. ÑLa parte del parque e—lico Makami que se encuentra en el tŽrmino municipal de As’n, en suelo no urbanizable de especial protecci—n del ecosistema natural en sus categor’as de montes de utilidad pœblica y h‡bitats. El promotor muestra conformidad con las actuaciones compatibles urban’sticamente y alega punto por punto sobre las otras. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Agricultura de la Diputaci—n Foral de çlava, desde el Servicio de Montes, en el que informan de que se deber‡ analizar la posible reubicaci—n de los apoyos y otras medidas para reducir afecci—n a la masa forestal y analizar en detalle la afecci—n paisaj’stica de la l’nea de evacuaci—n a su paso por los montes de utilidad pœblica nœm. 615, nœm. 304, nœm. 309 y nœm. 514. El promotor responde que la elecci—n del emplazamiento, la ubicaci—n y el nœmero de apoyos corresponde a un proceso de estudio de viabilidad tŽcnica, econ—mica y ambiental, remitiŽndose al estudio de impacto ambiental. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe del Servicio de Ordenaci—n Industrial, Infraestructuras EnergŽticas y Minas del Departamento de Desarrollo Econ—mico y Empresarial del Gobierno de Navarra, en el que informa de que, a la vista de la documentaci—n aportada, se trata de una l’nea elŽctrica de 179 km que discurre entre las Comunidades Aut—nomas de Arag—n, Navarra y Pa’s Vasco que, independientemente de las consideraciones que se puedan realizar desde la Direcci—n General de Medio Ambiente de Gobierno de Navarra, se recuerda que: ÇEn estos momentos se encuentra en tr‡mite la autorizaci—n administrativa previa, declaraci—n, en concreto, de utilidad pœblica, autorizaci—n administrativa de construcci—n, y declaraci—n de impacto ambiental de la l’nea aŽrea de transporte de energ’a elŽctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castej—n/Muruarte, y la autorizaci—n administrativa previa de desmontaje para las l’neas aŽreas de transporte de energ’a elŽctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.È, y que dicha actuaci—n se encuentra incluida en ese momento, en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energ’a ElŽctrica 2015-2020, as’ como en el borrador del Plan 2021-2026. Trasladado al promotor, este responde a cada punto y pone de manifiesto que, respecto de la l’nea ‡rea de transporte, el promotor se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos y llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras, reduciendo con ello las afecciones medioambientales y sociales que se podr’an derivar, que garanticen en todo momento el cumplimiento de los objetivos tanto de la l’nea de transporte como de la de evacuaci—n. El promotor defiende a su vez que la tramitaci—n del expediente PEol Ð 522 AC no deber’a verse obstaculizada ni limitada en modo alguno en su tramitaci—n y puesta en servicio en su conjunto a consecuencia de la tramitaci—n del Expediente de la l’nea Itxaso Ð Castej—n/Muruarte. Trasladada dicha respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Ordenaci—n del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos EstratŽgicos del Gobierno de NavarraÈ, con reparos tanto ambientales, por afecciones tanto al Camino de Santiago, como al parque fluvial de la Comarca de Pamplona, como urban’sticos. Trasladada la respuesta al promotor, Žste responde a cada punto. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se reciben informes del Ayuntamiento de Biota, S‡daba y Castiliscar, que se remiten al informe urban’stico previo que debe existir sobre compatibilidad urban’stica, se–alando que mientras se dŽ cumplimiento a lo especificado en el mismo se muestra la conformidad. El promotor responde a los Ayuntamientos de Biota, S‡daba y Castiliscar, asegurando que el proyecto ubicado en dichos tŽrminos municipales ser‡ compatible urban’sticamente, segœn establece la normativa urban’stica de aplicaci—n. Trasladada la respuesta al Ayuntamiento de Biota, muestra conformidad. Trasladada la respuesta del promotor a los Ayuntamiento de S‡daba y Castiliscar, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Arratzua-Ubarrundia, que comunica que no ha podido descargar la documentaci—n relativa al proyecto diversos errores emergentes. Solicita que se facilite la documentaci—n en soporte inform‡tico y/o papel para poder ser estudiada e informada, y que dicha documentaci—n se ci–a œnicamente a lo que afecta al municipio. El promotor responde que tiene constancia de que la separata de afecci—n al municipio se ha enviado al Ayuntamiento de Arratzua por parte de la administraci—n. Trasladada la respuesta del promotor al Ayuntamiento, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe desfavorable de los Ayuntamientos de Elburgo, Barrundia, Agurain, Iruraiz-Gauna, Asparrena y San Mill‡n, analizando el proyecto desde el punto de vista urban’stico y ambiental. El promotor responde a cada punto. Los Ayuntamientos de Asparrena, Agurain, Barrundia, Iruraiz-Gauna y Elburgo ratifican sus posturas en segunda respuesta. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, del Servicio de Zona Rural del Departamento de Territorio y Acci—n por el Clima, en el que se indica que se prevŽ una afecci—n sobre el sector agrario, impacto que deber‡ valorarse adecuadamente. El Promotor contesta argumentando que el an‡lisis de afecci—n sobre la actividad agroforestal se encuentra analizado. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de organismos afectados de ‡mbito infra y supramunicipal, como son las Juntas Administrativas de Andoin, Egilatz, Egino y San Rom‡n de San Mill‡n, Arrieta, Biku–a, Munain, Urabain, Langarika, Etxabarri-Urtupi–a, Gazeo, Ari–ez, Jungitu, Ullibarri Arrazua y la Asociaci—n de Concejos del municipio de Vitoria (ACOVI). El promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe desfavorable de la Cuadrilla de la Llanada Alavesa, en la que analiza las distintas afecciones del proyecto y el contenido del estudio de impacto ambiental al respecto, en los municipios de la Llanada Alavesa (Asparrena, San Mill‡n, Agurain, Iruraiz-Gauna, Barrundia, y Elburgo), concluyendo que la opci—n m‡s adecuada es no ejecutar el trazado lo largo de la comarca o, en su defecto, trasladarlo a una zona en la que se genere menor impacto. El Promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Artajona, en el que pone de manifiesto que la implantaci—n de la l’nea elŽctrica de alta tensi—n de 220 kV a travŽs del trazado proyectado en el tŽrmino municipal de Artajona no est‡ en consonancia con las determinaciones generales del Planeamiento Municipal, por lo que deber’a analizarse otras soluciones. En su informe tambiŽn pone de manifiesto que el trazado propuesto comparte espacio con otras l’neas elŽctricas preexistentes, as’ como con la nueva l’nea de 400 kV proyectada por REE. Consideran que el trazado propuesto para la l’nea elŽctrica aŽrea deber’a ser objeto de un adecuado estudio de alternativas, tanto en cuanto al trazado cuanto en lo relativo a la configuraci—n de la l’nea, con el fin de evitar, por un lado, proliferaci—n de l’neas elŽctricas paralelas y, por otro, afecciones paisaj’sticas. En este sentido, el propio documento presentado explica que, en determinados tramos correspondientes a otras zonas del trazado proyectado, la nueva l’nea compartir‡ apoyos con l’neas existentes. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de los Ayuntamientos de Arruazu, Uharte Arakil, Etxarri Aranatz, Lakuntza, Adi—s, Legarda, Muruzabal, Uterga, A–orbe, Urdiain, EnŽriz, Iza, Arbizu, Cendea de Olza e Ira–eta, Ziorda y Arakil. Adem‡s de diversas consideraciones de ’ndole urban’stica y ambiental, se–alan que los efectos acumulativos y sinŽrgicos de otras infraestructuras pr—ximas a la l’nea proyectada no se encuentran analizados. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe desfavorable del Ayuntamiento de Bakaiku, Cendea de Olza e Iza, que manifiesta que se ha remitido al Ayuntamiento, coincidiendo en el tiempo, notificaci—n referente a informaci—n pœblica de solicitud de declaraci—n de impacto ambiental y autorizaci—n administrativa previa y autorizaci—n administrativa de construcci—n de la l’nea aŽrea de transporte de energ’a elŽctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castej—n/Muruarte, as’ como el desmontaje para las l’neas aŽreas de transporte de energ’a elŽctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.È. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Iza: Aguinaga, Atondo, Erice, Gulina, Ochovi, Sarasa, Sarasate, Larunbe, Lete y Zia, en los que se ratifican y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Iza suscrito por su Alcald’a. Ochovi solicita se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Cizur: Astrain, Larraya y Undiano. Astrain y Larraya solicitan la pr—rroga del periodo de alegaciones, deficiencias sustanciales en el estudio de impacto ambiental sometido a informaci—n pœblica y la ampliaci—n de informaci—n en referencia a la planificaci—n energŽtica. Undiano solicita que se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Olza: Arazuri, Artazcoz, Asiain, Ibero, Izcue, Izu, Lizasoain, Olza y Ororbia, en los que se ratifican en todos sus tŽrminos y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Cendea de Olza suscrito por la Alcald’a en fecha 28 de octubre de 2021. El promotor responde. Preguntadas la Demarcaci—n de Carreteras del Estado en Arag—n del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, ENDESA, S.A, Iberdrola Distribuci—n ElŽctrica, S.A.U., los Ayuntamientos de Uncastillo, Luesia, As’n, Ejea de los Caballeros, Comarca de las Cinco Villas, la Direcci—n de Energ’a, Minas y Administraci—n Industrial del de la Viceconsejer’a de Industria del Gobierno Vasco, la Direcci—n General de Obras Pœblicas e Infraestructuras del Gobierno de Navarra, las Juntas Administrativas de Arbulu, Argomaniz, Ezkerekotxa, Ibarguren y Zurbano, as’ como los Ayuntamientos de Olazti-Olozagutia, Alsasua, Iturmendi, Tafalla, Olite, Beire, Pitillas, UjuŽ, Murillo El Fruto, Gallipienzo, C‡seda, Carcastillo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Asimismo, la petici—n fue sometida a informaci—n pœblica, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicaci—n el 28 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Estado, el 27 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Territorio Hist—rico de çlava, el 7 de octubre de 2021 en el BOPZ y el 8 de octubre de 2021 en el Bolet’n Oficial de la Provincia de Navarra. Se recibieron numerosas alegaciones, tanto de particulares, como de empresas y asociaciones ambientales, las cuales fueron contestadas por el promotor. Entre dichas alegaciones, cabe mencionar las de diversos promotores por superposiciones en las poligonales de los proyectos, solicitando los alegantes el cambio de ubicaci—n de los parques e—licos del proyecto y se–alando la prioridad de los suyos en orden de prelaci—n. El promotor responde oponiŽndose a modificaci—n alguna e indicando, segœn los casos, que lo solicitado no se sustenta en ninguna base jur’dica o tŽcnica, que no se entra en conflicto o que se ha personado con alegaciones a determinados proyectos por la dudosa continuidad administrativa de algunos. Las respuestas del promotor a cada uno de los alegantes fueron remitidas a los mismos. Se destaca tambiŽn la de Desarrollos del Bat‡n, S.L., la cual est‡ desarrollando la central HidroelŽctrica del Bat‡n, sociedad que destaca diversas afecciones entre los proyectos. El promotor responde que, manteniendo la alineaci—n de los apoyos proyectados, modificar‡ en el proyecto constructivo la posici—n de los apoyos 223 y 226 de la LAAT 400 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Vitoria 220 kV de manera que ambos proyectos sean compatibles. Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto ambiental acompa–adas de solicitudes de informe en relaci—n a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, al Instituto AragonŽs de Gesti—n Ambiental (INAGA) del Gobierno de Arag—n; a la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro; a la Direcci—n General de Patrimonio Cultural del Dpto. de Educaci—n, Cultura y Deporte del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Salud Pœblica del Dpto. de Sanidad del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Interior y Protecci—n Civil del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Arag—n; a la Sociedad Espa–ola de Ornitologia (SEO-BIRDLIFE); a la Asociaci—n Espa–ola para la Conservaci—n y el Estudio de los MurciŽlagos (SECEMU-BATLIFE); a Ecologistas en Acci—n; a la Direcci—n de Patrimonio Natural y Cambio Clim‡tico del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Patrimonio Cultural de la Viceconsejer’a de Cultura del Gobierno Vasco, a la Direcci—n de Salud Pœblica y Adicciones del Departamento de Salud del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Atenci—n de Emergencias del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Administraci—n Ambiental del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputaci—n Foral de çlava; a la Direcci—n de Planificaci—n Territorial, Urbanismo y Regeneraci—n Urbana del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Cultura de la Diputaci—n Foral de çlava; a Protecci—n Civil de la Diputaci—n Foral de çlava; a URA-Agencia Vasca del Agua; a las asociaciones ecologistas Arabako Mendiak Aske, Lautadako Naturzale Elkartea, Plataforma en Defensa de la Cordillera Cant‡brica, Ekologistak Martxan Araba; a la Direcci—n General de Salud del Departamento de Salud del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Medio Ambiente del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Cultura del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra; a Direcci—n General del Interior (Protecci—n Civil) del Departamento de Interior, Funci—n Pœblica y Justicia del Gobierno de Navarra y a Ecologistas en Acci—n Navarra. El çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava emiti— informe en fecha 11 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n emiti— informe en fecha 25 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra emiti— informe en fecha 12 de abril de 2022. Considerando que, en virtud del art’culo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el —rgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorizaci—n del proyecto, la evaluaci—n de impacto ambiental efectuada. El anteproyecto de la instalaci—n y de su infraestructura de evacuaci—n asociada, junto a su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han sido sometidos al procedimiento de evaluaci—n de impacto ambiental, habiendo sido formulada Declaraci—n de Impacto Ambiental favorable, concretada mediante resoluci—n de 18 de septiembre de 2023 de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental del Ministerio para la Transici—n Ecol—gica y el Reto Demogr‡fico (en adelante, DIA), en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluaci—n ambiental practicada, y que ha sido debidamente publicada en el Bolet’n Oficial del Estado. De acuerdo con lo establecido en la DIA, ser‡n de aplicaci—n al proyecto las condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las aceptadas tras la informaci—n pœblica y consultas y las propuestas en su informaci—n adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA. Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al art’culo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que puede desarrollarse el proyecto durante su ejecuci—n y su explotaci—n, para la definici—n del proyecto se atender‡, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y medidas dispuestas en la DIA, aport‡ndose, en su caso, la documentaci—n necesaria a tal efecto: ¥ El promotor deber‡ dar cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 3.e) Valoraci—n del —rgano ambiental y a las condiciones generales recogidas en el apartado i.2), destacando los siguientes aspectos: ÑSe considera necesario descartar todos los aerogeneradores, salvo el n¼9, del parque e—lico Makami que, teniendo en cuenta la posible afecci—n sobre fauna amenazada como el milano real y que se encuentra en el ‡mbito de aplicaci—n del plan de conservaci—n del h‡bitat del cern’calo primilla, deber‡ contar con medidas de detecci—n y parada. ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a minimizar el efecto barrera de los parques e—licos. Para ello se deber‡n mantener las distancias entre puntos de pala de dos aerogeneradores contiguos de, al menos dos di‡metros de rotor, segœn condiciones fauna ii.3). ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a que, en caso de cruce aŽreo, la altura m’nima en metros de la l’nea sobre el cauce no deber‡ ser inferior a lo establecido en el art’culo 127 del Reglamento del Dominio Pœblico Hidr‡ulico. En el caso de cruce subterr‡neo de cauce pœblico, se debe realizar con una profundidad m’nima de un metro de distancia de la conducci—n de protecci—n del conductor al lecho del cauce, segœn condiciones agua ii.23). ¥ Previo a la elaboraci—n del proyecto constructivo, se realizar‡ un estudio de modelizaci—n acœstica del ruido generado por la SET Promotores Vitoria 220 kV, segœn condiciones medio atmosfŽrico ii.2). ¥ Se deber‡n cumplir los condicionados expuestos en el anexo ÇCriterios tŽcnicos para la autorizaci—n de actuaciones en Dominio Pœblico Hidr‡ulicoÈ presentado por la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, segœn condiciones agua ii.5). ¥ Las variaciones y ampliaciones de las zonas afectadas respecto al proyecto inicial deber‡n ser objeto de prospecci—n arqueol—gica con antelaci—n a la fase de obra, segœn condiciones bienes y patrimonio cultural ii.4). ¥ Se llevar‡ a cabo un estudio bot‡nico de campo que abarque al menos las etapas de floraci—n y fructificaci—n, para garantizar la identificaci—n de las comunidades y especies vegetales afectables m‡s notable, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.1.c). ¥ Con car‡cter previo a otorgarse la autorizaci—n administrativa de construcci—n, se redactar‡ un plan de compensaci—n para h‡bitats de interŽs comunitario, siguiendo las directrices recogidas en el estudio de impacto ambiental, y ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes en medio ambiente de las comunidades aut—nomas, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.7). ¥ Se deber‡n elaborar los protocolos de vigilancia presencial y de actuaci—n para detener los aerogeneradores bajo las condiciones que se determinen y estos deber‡n contar con la aprobaci—n de la autoridad competente en la materia, segœn condiciones fauna ii.6). ¥ El dise–o del proyecto deber‡ tener en cuenta que los apoyos cuenten con patas de longitud variable para adaptarlas al terreno sin necesidad de generar superficies planas para su ubicaci—n, segœn condiciones geolog’a y suelo ii. 9). ¥ El promotor deber‡ tener en consideraci—n el informe de la Direcci—n de Medioambiente y Urbanismo de çlava, donde relaciona los apoyos m‡s problem‡ticos por su impacto sobre la vegetaci—n y cuyo emplazamiento deber’a revisarse y evitar as’ la afecci—n a los HIC, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.1.a). ¥ Se replantear‡n los trazados de los accesos por zonas de cultivo o mediante un mayor aprovechamiento de los accesos existentes, as’ como mediante la eliminaci—n de los accesos que supongan afecciones significativas sobre HIC o en zonas ocupadas por masa forestal en el ‡mbito de montes de utilidad pœblica, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.1.b). ¥ Se deber‡ dar cumplimiento al condicionado del Programa de vigilancia ambiental, conforme a la condici—n iii). Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deber‡n estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la citada DIA, previamente a su aprobaci—n. Finalmente, la DIA establece los condicionantes espec’ficos que se tendr‡n en cuenta en las sucesivas fases de autorizaci—n del proyecto en su caso, y en todo caso antes de otorgar una autorizaci—n de explotaci—n. Tal y como se pone de manifiesto en la citada DIA, durante la tramitaci—n ambiental los promotores procedieron a adaptar los proyectos hasta alcanzar la configuraci—n final, que recoge la citada DIA. Las principales modificaciones introducidas en el proyecto son las siguientes: ÑEliminaci—n de siete aerogeneradores por presentar una tasa de mortalidad muy elevada para diversas especies de avifauna. Entre ellos, el aerogenerador MAK-08 del Parque E—lico Makami. Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en la meritada DIA, en el curso de las autorizaciones preceptivas previstas en el art’culo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, podr’a resultar necesaria la tramitaci—n de las mismas en funci—n de lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, ser‡ de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Considerando que, en virtud del art’culo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, la autorizaci—n administrativa previa de instalaciones de generaci—n no podr‡ ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y conexi—n a las redes de transporte o distribuci—n correspondientes. El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la emisi—n del informe de viabilidad de acceso a la red (IVA), as’ como del informe de cumplimiento de condiciones tŽcnicas de conexi—n (ICCTC) y del informe de verificaci—n de las condiciones tŽcnicas de conexi—n (IVCTC) en la subestaci—n de Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U. Por tanto, la infraestructura de evacuaci—n de energ’a elŽctrica conectar‡ el parque e—lico con la red de transporte, en la subestaci—n de Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., a travŽs de una nueva posici—n de la red de transporte en dicha subestaci—n. Con fecha 9 de marzo de 2021 Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L. firm— con otros promotores acuerdo de colaboraci—n para la evacuaci—n de la energ’a producida por sus instalaciones mediante el desarrollo, construcci—n, uso compartido y posterior explotaci—n y mantenimiento de las siguientes infraestructuras de evacuaci—n compartidas, identific‡ndose como el promotor y titular de las mismas: ÑSET Malpica 30/220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Bayo 30/220/400 kV. ÑSET Bayo 30/220/400 kV. ÑLAAT 400 kV SET Bayo 30/220/400 kV-Nudo Olite. ÑLAAT 400 kV Nudo Olite-Nudo Alsasua. ÑLAAT 400 kV Nudo Alsasua-SET Promotores Vitoria 220 kV. ÑSET Promotores Vitoria 220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Promotores Vitoria 220 kV-SE Vitoria 220 kV. Con fecha 13 de agosto de 2021, Energ’a Inagotable de Amikiri, S.L., Energ’a Inagotable de Belerofonte, S.L., Energ’a Inagotable de Cadmo, S.L., Energ’a Inagotable de Delfino, S.L., Energ’a Inagotable de Fukei, S.L., Energ’a Inagotable de Kaede, S.L., Energ’a Inagotable de Kairi, S.L., Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., Energ’a Inagotable de Kodama, S.L., Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L., Energ’a Inagotable de Luna, S.L. y Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., firmaron con Solaria Promoci—n y Desarrollo Fotovoltaico, S.L., promotor de las plantas fotovoltaicas Vitoria Solar 1 y Vitoria Solar 2, acuerdo de tramitaci—n de la infraestructura de evacuaci—n comœn Subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV, a la que evacœan las precitadas plantas fotovoltaicas a travŽs de la l’nea de alta tensi—n 220 kV proveniente de la SET Vitoria Generaci—n 220 kV. Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la presente resoluci—n, la declaraci—n de impacto ambiental y los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n, la infraestructura de evacuaci—n dentro del alcance de esta resoluci—n contempla las siguientes actuaciones: ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV hasta la subestaci—n Malpica 30/220 kV. No forman parte de la presente resoluci—n, tramit‡ndose dentro del expediente SGEE/PEol-255 Kyoko: ¥ La subestaci—n Malpica 30/220 kV. ¥ La subestaci—n Bayo 30/220/400 kV. ¥ La subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV. ¥ La L’nea de evacuaci—n desde la subestaci—n Malpica 30/220 kV hasta la SE Vitoria 220 kV, perteneciente a Red ElŽctrica. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energ’a elŽctrica. Si bien, en virtud del art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deber‡ acreditar su capacidad legal, tŽcnica y econ—mico-financiera para la realizaci—n del proyecto. A tal fin, se remiti— propuesta de resoluci—n a la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el art’culo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, la propuesta de resoluci—n de esta Direcci—n General ha sido sometida a tr‡mite de audiencia del promotor. El promotor ha aportado, con fecha 13 de diciembre de 2023, acuerdo de la Agencia Estatal de Seguridad AŽrea en materia de servidumbres aeron‡uticas, de fecha 14 de junio de 2021, de autorizaci—n a la instalaci—n del parque e—lico Makami y el uso de una grœa m—vil en los tŽrminos municipales de Ejea de los Caballeros, As’n y Luesia, provincia de Zaragoza (expediente P21-0108). Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las obligaciones de los productores de energ’a elŽctrica, el desarrollo de todas aquellas actividades necesarias para producir energ’a elŽctrica en los tŽrminos previstos en su autorizaci—n y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones medioambientales exigibles. La citada autorizaci—n se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenaci—n del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas Resuelve ònico. Ñ Otorgar a Energ’a Inagotable de Makami, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Makami, de 7 MW de potencia, y su infraestructura de evacuaci—n, que seguidamente se detalla, con las caracter’sticas definidas en el anteproyecto ÇAnteproyecto de Makami MAK-210305-DT-PYÈ, fechado en mayo de 2021, y con las particularidades recogidas en la presente resoluci—n. El objeto del proyecto es la construcci—n de un parque e—lico para la generaci—n de energ’a elŽctrica y la evacuaci—n de dicha energ’a a la red. Sus caracter’sticas principales, a ra’z de la evaluaci—n de impacto ambiental practicada, son las siguientes: ¥ Tipo de tecnolog’a: E—lica. ¥ Potencia instalada, segœn art’culo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 7 MW. ¥ Modelo de aerogenerador: N163. ¥ Nœmero de aerogeneradores: Un aerogenerador de 7 MW de potencia unitaria, rotor tripala de 163 metros de di‡metro y altura de buje de 118 metros. ¥ Tipo de torre: tubular, de acero. ¥ Capacidad de acceso, segœn lo estipulado en los permisos de acceso y conexi—n otorgados por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.: 49,5 MW. ¥ TŽrminos municipales afectados: Ejea de los Caballeros, en la provincia de Zaragoza. La infraestructura de evacuaci—n se compone de: ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV que conectar‡n cada uno de los centros de transformaci—n de los aerogeneradores con la subestaci—n Malpica 30/220 kV. No obstante lo anterior, la instalaci—n de producci—n deber‡ adaptarse al contenido de la citada declaraci—n de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n de la presente autorizaci—n. En particular, deber‡ atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaraci—n de impacto ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de evacuaci—n, siendo de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Ser‡ necesario obtener autorizaci—n administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y derivadas del cumplimiento de la declaraci—n de impacto ambiental si no se cumplen los supuestos del citado art’culo 115.2 del mencionado real decreto. Por tanto, la autorizaci—n administrativa de construcci—n no podr‡ ser otorgada, ni se podr‡n iniciar las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de las instalaciones previstas en el art’culo 131.9 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en ninguna de las partes de la instalaci—n, es decir, ni en el parque de producci—n ni en las infraestructuras de evacuaci—n objeto de la presente resoluci—n, incluidas en su caso la conexi—n con la red de transporte, si su titular no ha cumplido previamente la totalidad de las siguientes condiciones: a) Se otorgue al titular autorizaci—n administrativa que recoja las modificaciones derivadas de la meritada declaraci—n de impacto ambiental y del tr‡mite de informaci—n pœblica y consultas que requieran de modificaci—n de la presente autorizaci—n administrativa previa de acuerdo con lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. b) Se haya emitido el informe que valore las capacidades legal, tŽcnica y econ—mica del promotor por parte de la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia conforme al art’culo 127.6 Real Decreto 1955/2000, en su redacci—n dada por el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre. c) Se haya emitido informe por parte de la autoridad nacional respecto a servidumbres aeron‡uticas y condiciones generales de protecci—n de la navegaci—n aŽrea actualizado segœn los tŽrminosmunicipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. d) Se hayan actualizado los permisos de acceso y conexi—n del proyecto, incluyendo los tŽrminos municipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. El promotor deber‡ cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitaci—n, as’ como las condiciones impuestas en la citada declaraci—n de impacto ambiental de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental. Asimismo, se deber‡n cumplir las normas tŽcnicas y procedimientos de operaci—n que establezca el operador del sistema. Esta autorizaci—n se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, en especial, las relativas a ordenaci—n del territorio y medio ambiente, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. A efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n antes de transcurridos tres meses, el promotor deber‡ justificar si los condicionados impuestos en la DIA y en la presente resoluci—n suponen o no una reducci—n de la potencia instalada autorizada en la presente autorizaci—n administrativa previa, y deber‡ incorporar, en su caso, las medidas adoptadas para el mantenimiento de la potencia estipulada en la solicitud presentada, as’ como aportar cualquier otro elemento de juicio necesario. Asimismo, al proyecto de ejecuci—n presentado, elaborado conforme a los reglamentos tŽcnicos en la materia y junto con la declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de la normativa que le sea de aplicaci—n, se incorporar‡ igualmente la documentaci—n necesaria junto con una declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de las condiciones establecidas en la DIA, conforme a lo se–alado en la presente resoluci—n y en cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. Si, transcurrido dicho plazo, no hubiera solicitado la autorizaci—n administrativa de construcci—n o no hubiera proporcionado lo anteriormente citado a los efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n de dicho proyecto de ejecuci—n, la presente autorizaci—n caducar‡. No obstante, el promotor por razones justificadas podr‡ solicitar pr—rrogas del plazo establecido, siempre teniendo en cuenta los plazos establecidos en el art’culo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energ’a y en otros ‡mbitos para la reactivaci—n econ—mica. De acuerdo con lo dispuesto en los art’culos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas y en el art’culo 62.2 i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico, contra la presente resoluci—n, que no pone fin a la v’a administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretar’a de Estado de Energ’a en el plazo de un mes a partir del d’a siguiente al de la notificaci—n o publicaci—n de la presente resoluci—n, el œltimo que se produzca. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resoluci—n ser‡ firme a todos los efectos. Para el c—mputo de los plazos por meses habr‡ de estarse a lo dispuesto en el art’culo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Madrid, 18 de diciembre de 2023. Ñ El director general, Manuel Garc’a Hern‡ndez. SECCIîN PRIMERA Nœm. 854 MINISTERIO PARA LA TRANSICIîN ECOLîGICA Y EL RETO DEMOGRçFICO DIRECCIîN GENERAL DE POLêTICA ENERGƒTICA Y MINAS ANUNCIO relativo a resoluci—n de la Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas por la que se otorga a Energ’a Inagotable de Delfino, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Delfino, de 46,2 MW de potencia, y su infraestructura de evacuaci—n, en el tŽrmino municipal de S‡daba en la provincia de Zaragoza. Con fecha 29 de marzo de 2021, subsanada en fecha 10 de mayo de 2021, tuvo entrada en el Registro de este Ministerio escrito de Energ’a Inagotable de Delfino, S.L., en adelante el promotor, por el que presenta solicitud de autorizaci—n administrativa previa, del parque e—lico Delfino, de 49,5 MW, en los tŽrminos municipales de S‡bada, en la provincia de Zaragoza. Esta Direcci—n General, con fecha 18 de junio de 2021, dict— acuerdo de acumulaci—n para la tramitaci—n conjunta relativa a los expedientes de autorizaci—n administrativa previa de los parques e—licos Luna, de 49,5 MW; Kaede, de 40,6 MW; Kodama, de 49,5 MW; Makami, de 49,5 MW; Kaminari, de 49,5 MW; Kairi, de 49,5 MW; Amikiri, de 16,5 MW; Delfino, de 49,5 MW; Fukei, de 49,5 MW; Cadmo, de 49,5 MW; Belerofonte, de 49,5 MW, y Kyoko, de 49,5 MW, en la provincia de Zaragoza, y su infraestructura de evacuaci—n comœn ubicada en las provincias de Zaragoza, Navarra y çlava, con c—digo de expediente asociado PEol-522 AC. El expediente acumulado fue incoado en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n, en el çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava, y en el çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra, y se tramit— de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, habiŽndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio pœblico o de servicios de interŽs general en la parte que la instalaci—n pueda afectar a bienes y derechos a su cargo. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Energ’a y Minas del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Arag—n, en el que no se muestra oposici—n, pero se indica que podr’a haber superposici—n entre algœn parque e—lico del proyecto con otras instalaciones competencia de la AGE. El promotor responde, respecto a la compatibilidad con otras instalaciones tramitadas por la AGE, que las sociedades afectadas del Grupo Forestalia presentaron alegaciones a dichos proyectos ante este organismo, por ser de su competencia. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, en el que se especifica que, si el proyecto afecta a dominio pœblico hidr‡ulico o zona de polic’a de cauces, requerir‡ autorizaci—n previa de este Organismo que habr‡ de ser solicitada por el promotor. Asimismo, se muestran condicionantes a la ejecuci—n de las actuaciones a llevar a cabo. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n el cual manifiesta su conformidad con la misma. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Infraestructuras del Transporte del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes de la Viceconsejer’a de Infraestructuras y Transportes del Gobierno Vasco en el que no se muestra oposici—n. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestaci—n, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido informes con consideraciones tŽcnicas y ambientales tanto del Consejo de Ordenaci—n del Territorio en Arag—n (COTA) del Gobierno de Arag—n, como de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n. El promotor da respuesta a cada una de ellas. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente son objeto, en su caso, del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se han recibido contestaciones de la Direcci—n General de Carreteras del Departamento de Vertebraci—n del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Arag—n, de Telef—nica, S.A.U., del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), del Servicio de V’as y Obras de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, de la Direcci—n de Infraestructuras Viarias del Departamento de Infraestructuras Viarias y Movilidad de la Diputaci—n Foral de çlava, en las que se establecen condicionados tŽcnicos y, en su caso, la necesidad de solicitar autorizaci—n ante dichos organismos por la ocupaci—n o el cruzamiento de la instalaci—n con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas. Se han recibido contestaci—n de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., en adelante, REE, en la que informa de lo siguiente en relaci—n con el proyecto ÇClœster Vitoria 220_PEol-522 ACÈ: ÇRespecto del Parque E—lico Kyoko, l’nea subterr‡nea a 30 kV, SET Promotores Vitoria 220/400 kV y l’nea de alta tensi—n 220 kV SET Promotores Vitoria-SET Vitoria 220 kV, con la documentaci—n aportada no es posible identificar las afecciones de dicho proyecto a instalaciones propiedad de REEÈ. El promotor responde que enviar‡ la documentaci—n solicitada. Con respecto a los Parques E—licos Luna, Kaede, Kodama, Makami, Kaminari, Kairi, Amikiri, Delfino, Fukei, Cadmo y Belerofonte y a las Subestaciones Malpica 30/220 kV y Bayo 30/220/400 kV, informa de que, segœn la documentaci—n recibida, no resulta afectada ninguna instalaci—n propiedad de REE. El promotor manifiesta su conformidad. En cuanto a la L’nea AŽrea a 220 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Bayo 30/220/400 kV, pueden resultar afectadas instalaciones en servicio de su propiedad, entre ellas, la l’nea L/E 440 kV D/C Castej—n-Muruarte 1 y 2 y la futura l’nea aŽrea a 400 kV D/C Itxaso-Castej—n-Muruarte, que se encuentra en fase de tramitaci—n de DIA y AAP ante el çrea de Industria de la Delegaci—n del Gobierno de Navarra por lo que, REE informa de que ser‡n necesarias comunicaciones posteriores para coordinar ambos servicios. El promotor contesta que, respecto a las l’neas en servicio que puedan verse afectadas, ya se ha tenido en cuenta en el anteproyecto de la l’nea aŽrea de alta tensi—n 400 kV conexi—n SET Malpica 30/220 kV a SET Vitoria 220 kV (REE) y se realizar‡n los cruzamientos y paralelismos segœn el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones tŽcnicas y garant’as de seguridad en l’neas elŽctricas de alta tensi—n y sus instrucciones tŽcnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. Respecto a las l’neas que est‡n actualmente en tramitaci—n, el promotor indica que se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos, para llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras. Se ha recibido informe del Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza del Gobierno de Arag—n, el cual alega incompatibilidad urban’stica de: ÑLas partes de los parques e—licos Kaede, Kairi, Kodama, Kyoko, Luna y Makami que se encuentran en el tŽrmino municipal de Biota, en suelo no urbanizable de car‡cter especial, protecciones sectoriales y complementarias en sus categor’as de cauces, riberas fluviales y carreteras. ÑLa parte del parque e—lico Belerofonte que se encuentra en el tŽrmino municipal de S‡daba y que se sitœan en suelo no urbanizable especial de protecci—n forestal. ÑLa parte del parque e—lico Makami que se encuentra en el tŽrmino municipal de As’n, en suelo no urbanizable de especial protecci—n del ecosistema natural en sus categor’as de montes de utilidad pœblica y h‡bitats. El promotor muestra conformidad con las actuaciones compatibles urban’sticamente y alega punto por punto sobre las otras. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n de Agricultura de la Diputaci—n Foral de çlava, desde el Servicio de Montes, en el que informan de que se deber‡ analizar la posible reubicaci—n de los apoyos y otras medidas para reducir afecci—n a la masa forestal y analizar en detalle la afecci—n paisaj’stica de la l’nea de evacuaci—n a su paso por los montes de utilidad pœblica nœm. 615, nœm. 304, nœm. 309 y nœm. 514. El promotor responde que la elecci—n del emplazamiento, la ubicaci—n y el nœmero de apoyos corresponde a un proceso de estudio de viabilidad tŽcnica, econ—mica y ambiental, remitiŽndose al estudio de impacto ambiental. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe del Servicio de Ordenaci—n Industrial, Infraestructuras EnergŽticas y Minas del Departamento de Desarrollo Econ—mico y Empresarial del Gobierno de Navarra, en el que informa de que, a la vista de la documentaci—n aportada, se trata de una l’nea elŽctrica de 179 km que discurre entre las Comunidades Aut—nomas de Arag—n, Navarra y Pa’s Vasco que, independientemente de las consideraciones que se puedan realizar desde la Direcci—n General de Medio Ambiente de Gobierno de Navarra, se recuerda que: ÇEn estos momentos se encuentra en tr‡mite la Autorizaci—n Administrativa Previa, Declaraci—n, en concreto, de Utilidad Pœblica, Autorizaci—n Administrativa de Construcci—n, y Declaraci—n de Impacto Ambiental de la L’nea AŽrea de Transporte de energ’a elŽctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castej—n/Muruarte, y la Autorizaci—n Administrativa Previa de Desmontaje para las l’neas aŽreas de transporte de energ’a elŽctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.È, y que dicha actuaci—n se encuentra incluida en ese momento, en el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energ’a ElŽctrica 2015-2020, as’ como en el borrador del Plan 2021-2026. Trasladado al promotor, este responde a cada punto y pone de manifiesto que, respecto de la l’nea ‡rea de transporte, el promotor se pone a disposici—n de REE para tratar de hacer compatibles en el entorno ambos proyectos y llegar a posibles acuerdos en aras de minimizar y complementar ambas infraestructuras, reduciendo con ello las afecciones medioambientales y sociales que se podr’an derivar, que garanticen en todo momento el cumplimiento de los objetivos tanto de la l’nea de transporte como de la de evacuaci—n. El promotor defiende a su vez que la tramitaci—n del expediente PEol Ð 522 AC no deber’a verse obstaculizada ni limitada en modo alguno en su tramitaci—n y puesta en servicio en su conjunto a consecuencia de la tramitaci—n del Expediente de la l’nea Itxaso Ð Castej—n/Muruarte. Trasladada dicha respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe de la Direcci—n General de Ordenaci—n del Territorio del Departamento de Ordenaci—n del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos EstratŽgicos del Gobierno de NavarraÈ, con reparos tanto ambientales, por afecciones tanto al Camino de Santiago, como al parque fluvial de la Comarca de Pamplona, como urban’sticos. Trasladada la respuesta al promotor, Žste responde a cada punto. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Respecto a las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se reciben informes del Ayuntamiento de Biota, S‡daba y Castiliscar, que se remiten al informe urban’stico previo que debe existir sobre compatibilidad urban’stica, se–alando que mientras se dŽ cumplimiento a lo especificado en el mismo se muestra la conformidad. El promotor responde a los Ayuntamientos de Biota, S‡daba y Castiliscar, asegurando que el proyecto ubicado en dichos tŽrminos municipales ser‡ compatible urban’sticamente, segœn establece la normativa urban’stica de aplicaci—n. Trasladada la respuesta al Ayuntamiento de Biota, muestra conformidad. Trasladada la respuesta del promotor a los Ayuntamiento de S‡daba y Castiliscar, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Arratzua-Ubarrundia, que comunica que no ha podido descargar la documentaci—n relativa al proyecto diversos errores emergentes. Solicita que se facilite la documentaci—n en soporte inform‡tico y/o papel para poder ser estudiada e informada, y que dicha documentaci—n se ci–a œnicamente a lo que afecta al municipio. El promotor responde que tiene constancia de que la separata de afecci—n al municipio se ha enviado al Ayuntamiento de Arratzua por parte de la administraci—n. Trasladada la respuesta del promotor al Ayuntamiento, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se ha recibido informe desfavorable de los Ayuntamientos de Elburgo, Barrundia, Agurain, Iruraiz-Gauna, Asparrena y San Mill‡n, analizando el proyecto desde el punto de vista urban’stico y ambiental. El promotor responde a cada punto. Los Ayuntamientos de Asparrena, Agurain, Barrundia, Iruraiz-Gauna y Elburgo ratifican sus posturas en segunda respuesta. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, del Servicio de Zona Rural del Departamento de Territorio y Acci—n por el Clima, en el que se indica que se prevŽ una afecci—n sobre el sector agrario, impacto que deber‡ valorarse adecuadamente. El Promotor contesta argumentando que el an‡lisis de afecci—n sobre la actividad agroforestal se encuentra analizado. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de organismos afectados de ‡mbito infra y supramunicipal, como son las Juntas Administrativas de Andoin, Egilatz, Egino y San Rom‡n de San Mill‡n, Arrieta, Biku–a, Munain, Urabain, Langarika, Etxabarri-Urtupi–a, Gazeo, Ari–ez, Jungitu, Ullibarri Arrazua y la Asociaci—n de Concejos del municipio de Vitoria (ACOVI). El promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe desfavorable de la Cuadrilla de la Llanada Alavesa, en la que analiza las distintas afecciones del proyecto y el contenido del estudio de impacto ambiental al respecto, en los municipios de la Llanada Alavesa (Asparrena, San Mill‡n, Agurain, Iruraiz-Gauna, Barrundia, y Elburgo), concluyendo que la opci—n m‡s adecuada es no ejecutar el trazado lo largo de la comarca o, en su defecto, trasladarlo a una zona en la que se genere menor impacto. El Promotor contesta a cada punto. Se ha recibido informe del Ayuntamiento de Artajona, en el que pone de manifiesto que la implantaci—n de la l’nea elŽctrica de alta tensi—n de 220 kV a travŽs del trazado proyectado en el tŽrmino municipal de Artajona no est‡ en consonancia con las determinaciones generales del Planeamiento Municipal, por lo que deber’a analizarse otras soluciones. En su informe tambiŽn pone de manifiesto que el trazado propuesto comparte espacio con otras l’neas elŽctricas preexistentes, as’ como con la nueva l’nea de 400 kV proyectada por REE. Consideran que el trazado propuesto para la l’nea elŽctrica aŽrea deber’a ser objeto de un adecuado estudio de alternativas, tanto en cuanto al trazado cuanto en lo relativo a la configuraci—n de la l’nea, con el fin de evitar, por un lado, proliferaci—n de l’neas elŽctricas paralelas y, por otro, afecciones paisaj’sticas. En este sentido, el propio documento presentado explica que, en determinados tramos correspondientes a otras zonas del trazado proyectado, la nueva l’nea compartir‡ apoyos con l’neas existentes. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes desfavorables de los Ayuntamientos de Arruazu, Uharte Arakil, Etxarri Aranatz, Lakuntza, Adi—s, Legarda, Muruzabal, Uterga, A–orbe, Urdiain, EnŽriz, Iza, Arbizu, Cendea de Olza e Ira–eta, Ziorda y Arakil. Adem‡s de diversas consideraciones de ’ndole urban’stica y ambiental, se–alan que los efectos acumulativos y sinŽrgicos de otras infraestructuras pr—ximas a la l’nea proyectada no se encuentran analizados. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Las consideraciones en materia de medio ambiente, en su caso, ser’an consideradas dentro del tr‡mite de evaluaci—n de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la declaraci—n de impacto ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben ser tenidas en cuenta por parte del promotor para el proyecto. Se ha recibido informe desfavorable del Ayuntamiento de Bakaiku, Cendea de Olza e Iza, que manifiesta que se ha remitido al Ayuntamiento, coincidiendo en el tiempo, notificaci—n referente a informaci—n pœblica de solicitud de declaraci—n de impacto ambiental y autorizaci—n administrativa previa y autorizaci—n administrativa de construcci—n de la l’nea aŽrea de transporte de energ’a elŽctrica a 400 kV, doble circuito, Itxaso-Castej—n/Muruarte, as’ como el desmontaje para las l’neas aŽreas de transporte de energ’a elŽctrica a 220 kV, simple circuito, Itxaso-Orcoyen 1 y 2, promovidas por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.È. Trasladada la respuesta al promotor, Žste contesta. Trasladada la respuesta al organismo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Iza: Aguinaga, Atondo, Erice, Gulina, Ochovi, Sarasa, Sarasate, Larunbe, Lete y Zia, en los que se ratifican y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Iza suscrito por su Alcald’a. Ochovi solicita se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Cizur: Astrain, Larraya y Undiano. Astrain y Larraya solicitan la pr—rroga del periodo de alegaciones, deficiencias sustanciales en el estudio de impacto ambiental sometido a informaci—n pœblica y la ampliaci—n de informaci—n en referencia a la planificaci—n energŽtica. Undiano solicita que se dŽ traslado de los expedientes de las actuaciones y se le conceda el plazo legal correspondiente para su estudio y presentaci—n de alegaciones. El promotor contesta. Se han recibido informes de los siguientes concejos correspondientes al Ayuntamiento de Cendea de Olza: Arazuri, Artazcoz, Asiain, Ibero, Izcue, Izu, Lizasoain, Olza y Ororbia, en los que se ratifican en todos sus tŽrminos y hacen suyo el informe redactado por el Ayuntamiento de Cendea de Olza suscrito por la Alcald’a en fecha 28 de octubre de 2021. El promotor responde. Preguntadas la Demarcaci—n de Carreteras del Estado en Arag—n del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, ENDESA, S.A, Iberdrola Distribuci—n ElŽctrica, S.A.U., los Ayuntamientos de Uncastillo, Luesia, As’n, Ejea de los Caballeros, Comarca de las Cinco Villas, la Direcci—n de Energ’a, Minas y Administraci—n Industrial del de la Viceconsejer’a de Industria del Gobierno Vasco, la Direcci—n General de Obras Pœblicas e Infraestructuras del Gobierno de Navarra, las Juntas Administrativas de Arbulu, Argomaniz, Ezkerekotxa, Ibarguren y Zurbano, as’ como los Ayuntamientos de Olazti-Olozagutia, Alsasua, Iturmendi, Tafalla, Olite, Beire, Pitillas, UjuŽ, Murillo El Fruto, Gallipienzo, C‡seda, Carcastillo, no se ha recibido contestaci—n por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el art’culo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Asimismo, la petici—n fue sometida a informaci—n pœblica, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicaci—n el 28 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Estado, el 27 de septiembre de 2021 en el Bolet’n Oficial del Territorio Hist—rico de çlava, el 7 de octubre de 2021 en el BOPZ y el 8 de octubre de 2021 en el Bolet’n Oficial de la Provincia de Navarra. Se recibieron numerosas alegaciones, tanto de particulares, como de empresas y asociaciones ambientales, las cuales fueron contestadas por el promotor. Entre dichas alegaciones, cabe mencionar las de diversos promotores por superposiciones en las poligonales de los proyectos, solicitando los alegantes el cambio de ubicaci—n de los parques e—licos del proyecto y se–alando la prioridad de los suyos en orden de prelaci—n. El promotor responde oponiŽndose a modificaci—n alguna e indicando, segœn los casos, que lo solicitado no se sustenta en ninguna base jur’dica o tŽcnica, que no se entra en conflicto o que se ha personado con alegaciones a determinados proyectos por la dudosa continuidad administrativa de algunos. Las respuestas del promotor a cada uno de los alegantes fueron remitidas a los mismos. Se destaca tambiŽn la de Desarrollos del Bat‡n, S.L., la cual est‡ desarrollando la central hidroelŽctrica del Bat‡n, sociedad que destaca diversas afecciones entre los proyectos. El promotor responde que, manteniendo la alineaci—n de los apoyos proyectados, modificar‡ en el proyecto constructivo la posici—n de los apoyos 223 y 226 de la LAAT 400 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Vitoria 220 kV de manera que ambos proyectos sean compatibles. Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto ambiental acompa–adas de solicitudes de informe en relaci—n a lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluaci—n Ambiental, al Instituto AragonŽs de Gesti—n Ambiental (INAGA) del Gobierno de Arag—n; a la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro; a la Direcci—n General de Patrimonio Cultural del Dpto. de Educaci—n, Cultura y Deporte del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Salud Pœblica del Dpto. de Sanidad del Gobierno de Arag—n; a la Direcci—n General de Interior y Protecci—n Civil del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Arag—n; a la Sociedad Espa–ola de Ornitologia (SEO-BIRDLIFE); a la Asociaci—n Espa–ola para la Conservaci—n y el Estudio de los MurciŽlagos (SECEMU-BATLIFE); a Ecologistas en Acci—n; a la Direcci—n de Patrimonio Natural y Cambio Clim‡tico del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Patrimonio Cultural de la Viceconsejer’a de Cultura del Gobierno Vasco, a la Direcci—n de Salud Pœblica y Adicciones del Departamento de Salud del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Atenci—n de Emergencias del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Administraci—n Ambiental del Departamento de Desarrollo Econ—mico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Medio Ambiente y Urbanismo de la Diputaci—n Foral de çlava; a la Direcci—n de Planificaci—n Territorial, Urbanismo y Regeneraci—n Urbana del Departamento de Planificaci—n Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco; a la Direcci—n de Cultura de la Diputaci—n Foral de çlava; a Protecci—n Civil de la Diputaci—n Foral de çlava; a URA-Agencia Vasca del Agua; a las asociaciones ecologistas Arabako Mendiak Aske, Lautadako Naturzale Elkartea, Plataforma en Defensa de la Cordillera Cant‡brica, Ekologistak Martxan Araba; a la Direcci—n General de Salud del Departamento de Salud del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Medio Ambiente del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente del Gobierno de Navarra; a la Direcci—n General de Cultura del Departamento de Cultura, Deporte y Turismo del Gobierno de Navarra; a Direcci—n General del Interior (Protecci—n Civil) del Departamento de Interior, Funci—n Pœblica y Justicia del Gobierno de Navarra y a Ecologistas en Acci—n Navarra. El çrea de Industria y Energ’a de la Subdelegaci—n del Gobierno en çlava emiti— informe en fecha 11 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Arag—n emiti— informe en fecha 25 de marzo de 2022. El çrea de Industria y Energ’a de la Delegaci—n del Gobierno en Navarra emiti— informe en fecha 12 de abril de 2022. Considerando que, en virtud del art’culo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el —rgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorizaci—n del proyecto, la evaluaci—n de impacto ambiental efectuada. El anteproyecto de la instalaci—n y de su infraestructura de evacuaci—n asociada, junto a su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA) han sido sometidos al procedimiento de evaluaci—n de impacto ambiental, habiendo sido formulada declaraci—n de impacto ambiental favorable, concretada mediante resoluci—n de 18 de septiembre de 2023 de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental del Ministerio para la Transici—n Ecol—gica y el Reto Demogr‡fico (en adelante, DIA), en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluaci—n ambiental practicada, y que ha sido debidamente publicada en el Bolet’n Oficial del Estado. De acuerdo con lo establecido en la DIA, ser‡n de aplicaci—n al proyecto las condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las aceptadas tras la informaci—n pœblica y consultas y las propuestas en su informaci—n adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA. Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al art’culo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que puede desarrollarse el proyecto durante su ejecuci—n y su explotaci—n, para la definici—n del proyecto se atender‡, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y medidas dispuestas en la DIA, aport‡ndose, en su caso, la documentaci—n necesaria a tal efecto: ¥ El promotor deber‡ dar cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 3.e) Valoraci—n del —rgano ambiental y a las condiciones generales recogidas en el apartado i.2), destacando los siguientes aspectos: ÑRespecto a los parques e—licos Belerofonte, Cadmo, Delfino y Fukei, se deber‡n establecer protocolos de vigilancia que incluyan, al menos: -Instalaci—n de sistemas autom‡ticos de detecci—n y parada autom‡tica de los aerogeneradores. -Dise–o de un protocolo de vigilancia presencial llevada a cabo por tŽcnicos cualificados especialistas en avifauna, que puedan lanzar orden de detecci—n a los aerogeneradores en situaciones de riesgo de colisi—n. -Protocolo de actuaci—n de detenci—n de aerogeneradores bajo determinadas condiciones, sean climatol—gicas, horarias u otras. ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a minimizar el efecto barrera de los parques e—licos. Para ello se deber‡n mantener las distancias entre puntos de pala de dos aerogeneradores contiguos de, al menos dos di‡metros de rotor, segœn condiciones fauna ii.3). ¥ El dise–o del proyecto atender‡ a que, en caso de cruce aŽreo, la altura m’nima en metros de la l’nea sobre el cauce no deber‡ ser inferior a lo establecido en el art’culo 127 del Reglamento del Dominio Pœblico Hidr‡ulico. En el caso de cruce subterr‡neo de cauce pœblico, se debe realizar con una profundidad m’nima de un metro de distancia de la conducci—n de protecci—n del conductor al lecho del cauce, segœn condiciones agua ii.23). ¥ Previo a la elaboraci—n del proyecto constructivo, se realizar‡ un estudio de modelizaci—n acœstica del ruido generado por la SET Promotores Vitoria 220 kV, segœn condiciones medio atmosfŽrico ii.2). ¥ Se deber‡n cumplir los condicionados expuestos en el anexo ÇCriterios tŽcnicos para la autorizaci—n de actuaciones en Dominio Pœblico Hidr‡ulicoÈ presentado por la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro, segœn condiciones agua ii.5). ¥ Las variaciones y ampliaciones de las zonas afectadas respecto al proyecto inicial deber‡n ser objeto de prospecci—n arqueol—gica con antelaci—n a la fase de obra, segœn condiciones bienes y patrimonio cultural ii.4). ¥ Se llevar‡ a cabo un estudio bot‡nico de campo que abarque al menos las etapas de floraci—n y fructificaci—n, para garantizar la identificaci—n de las comunidades y especies vegetales afectables m‡s notable, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.1.c). ¥ Con car‡cter previo a otorgarse la autorizaci—n administrativa de construcci—n, se redactar‡ un plan de compensaci—n para h‡bitats de interŽs comunitario, siguiendo las directrices recogidas en el estudio de impacto ambiental, y ponerlo en conocimiento de las autoridades competentes en medio ambiente de las comunidades aut—nomas, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.7). ¥ Se deber‡n elaborar los protocolos de vigilancia presencial y de actuaci—n para detener los aerogeneradores bajo las condiciones que se determinen y estos deber‡n contar con la aprobaci—n de la autoridad competente en la materia, segœn condiciones fauna ii.6). ¥ El dise–o del proyecto deber‡ tener en cuenta que los apoyos cuenten con patas de longitud variable para adaptarlas al terreno sin necesidad de generar superficies planas para su ubicaci—n, segœn condiciones geolog’a y suelo ii. 9). ¥ El promotor deber‡ tener en consideraci—n el informe de la Direcci—n de Medioambiente y Urbanismo de çlava, donde relaciona los apoyos m‡s problem‡ticos por su impacto sobre la vegetaci—n y cuyo emplazamiento deber’a revisarse y evitar as’ la afecci—n a los HIC, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.1.a). ¥ Se replantear‡n los trazados de los accesos por zonas de cultivo o mediante un mayor aprovechamiento de los accesos existentes, as’ como mediante la eliminaci—n de los accesos que supongan afecciones significativas sobre HIC o en zonas ocupadas por masa forestal en el ‡mbito de montes de utilidad pœblica, segœn condiciones vegetaci—n, flora y h‡bitats comunitarios ii.1.b). ¥ Se deber‡ dar cumplimiento al condicionado del Programa de vigilancia ambiental, conforme a la condici—n iii). Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deber‡n estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la citada DIA, previamente a su aprobaci—n. Finalmente, la DIA establece los condicionantes espec’ficos que se tendr‡n en cuenta en las sucesivas fases de autorizaci—n del proyecto en su caso, y en todo caso antes de otorgar una autorizaci—n de explotaci—n. Tal y como se pone de manifiesto en la citada DIA, durante la tramitaci—n ambiental los promotores procedieron a adaptar los proyectos hasta alcanzar la configuraci—n final, que recoge la citada DIA. Las principales modificaciones introducidas en el proyecto son las siguientes: ÑEliminaci—n de siete aerogeneradores por presentar una tasa de mortalidad muy elevada para diversas especies de avifauna. Entre ellos, DEL-05 y DEL-06 del parque e—lico Delfino. Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en la meritada DIA, en el curso de las autorizaciones preceptivas previstas en el art’culo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, podr’a resultar necesaria la tramitaci—n de las mismas en funci—n de lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, ser‡ de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Considerando que, en virtud del art’culo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector ElŽctrico, la autorizaci—n administrativa previa de instalaciones de generaci—n no podr‡ ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y conexi—n a las redes de transporte o distribuci—n correspondientes. El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la emisi—n del informe de viabilidad de acceso a la red (IVA), as’ como del informe de cumplimiento de condiciones tŽcnicas de conexi—n (ICCTC) y del informe de verificaci—n de las condiciones tŽcnicas de conexi—n (IVCTC) en la subestaci—n de Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U. Por tanto, la infraestructura de evacuaci—n de energ’a elŽctrica conectar‡ el parque e—lico con la red de transporte, en la subestaci—n de Vitoria 220 kV, propiedad de Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U., a travŽs de una nueva posici—n de la red de transporte en dicha subestaci—n. Con fecha 9 de marzo de 2021 Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L. firm— con otros promotores acuerdo de colaboraci—n para la evacuaci—n de la energ’a producida por sus instalaciones mediante el desarrollo, construcci—n, uso compartido y posterior explotaci—n y mantenimiento de las siguientes infraestructuras de evacuaci—n compartidas, identific‡ndose como el promotor y titular de las mismas: ÑSET Malpica 30/220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Malpica 30/220 kV-SET Bayo 30/220/400 kV. ÑSET Bayo 30/220/400 kV. ÑLAAT 400 kV SET Bayo 30/220/400 kV-Nudo Olite. ÑLAAT 400 kV Nudo Olite-Nudo Alsasua. ÑLAAT 400 kV Nudo Alsasua-SET Promotores Vitoria 220 kV. ÑSET Promotores Vitoria 220 kV. ÑLAAT 220 kV SET Promotores Vitoria 220 kV-SE Vitoria 220 kV. Con fecha 13 de agosto de 2021, Energ’a Inagotable de Amikiri, S.L., Energ’a Inagotable de Belerofonte, S.L., Energ’a Inagotable de Cadmo, S.L., Energ’a Inagotable de Delfino, S.L., Energ’a Inagotable de Fukei, S.L., Energ’a Inagotable de Kaede, S.L., Energ’a Inagotable de Kairi, S.L., Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., Energ’a Inagotable de Kodama, S.L., Energ’a Inagotable de Kyoko, S.L., Energ’a Inagotable de Luna, S.L. y Energ’a Inagotable de Kaminari, S.L., firmaron con Solaria Promoci—n y Desarrollo Fotovoltaico, S.L., promotor de las plantas fotovoltaicas Vitoria Solar 1 y Vitoria Solar 2, acuerdo de tramitaci—n de la infraestructura de evacuaci—n comœn Subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV, a la que evacœan las precitadas plantas fotovoltaicas a travŽs de la l’nea de alta tensi—n 220 kV proveniente de la SET Vitoria Generaci—n 220 kV. Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la presente resoluci—n, la declaraci—n de impacto ambiental y los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n, la infraestructura de evacuaci—n dentro del alcance de esta resoluci—n contempla las siguientes actuaciones: ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV hasta la subestaci—n Bayo 30/220/400 kV. No forman parte de la presente resoluci—n, tramit‡ndose dentro del expediente SGEE/PEol-255 Kyoko: ¥ La subestaci—n Malpica 30/220 kV. ¥ La subestaci—n Bayo 30/220/400 kV. ¥ La subestaci—n Promotores Vitoria 220 kV. ¥ La l’nea de evacuaci—n desde la subestaci—n Malpica 30/220 kV hasta la SE Vitoria 220 kV, perteneciente a Red ElŽctrica. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energ’a elŽctrica. Si bien, en virtud del art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor deber‡ acreditar su capacidad legal, tŽcnica y econ—mico-financiera para la realizaci—n del proyecto. A tal fin, se remiti— propuesta de resoluci—n a la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el art’culo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, la propuesta de resoluci—n de esta Direcci—n General ha sido sometida a tr‡mite de audiencia del promotor. El promotor ha aportado, con fecha 13 de diciembre de 2023, acuerdo de la Agencia Estatal de Seguridad AŽrea en materia de servidumbres aeron‡uticas, de fecha 2 de junio de 2021, de autorizaci—n a la instalaci—n del parque e—lico Delfino y el uso de una grœa m—vil en el tŽrmino municipal de S‡daba, provincia de Zaragoza (expediente P21-0098). Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las obligaciones de los productores de energ’a elŽctrica, el desarrollo de todas aquellas actividades necesarias para producir energ’a elŽctrica en los tŽrminos previstos en su autorizaci—n y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones medioambientales exigibles. La citada autorizaci—n se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenaci—n del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, esta Direcci—n General de Pol’tica EnergŽtica y Minas Resuelve ònico. Ñ Otorgar a Energ’a Inagotable de Delfino, S.L., autorizaci—n administrativa previa para el parque e—lico Delfino, de 46,2 MW de potencia, y su infraestructura de evacuaci—n que seguidamente se detallan, con las caracter’sticas definidas en el anteproyecto ÇAnteproyecto de Delfino DEL-210305-DT-PYÈ, fechado en mayo de 2021, y con las particularidades recogidas en la presente resoluci—n. El objeto del proyecto es la construcci—n de un parque e—lico para la generaci—n de energ’a elŽctrica y la evacuaci—n de dicha energ’a a la red. Sus caracter’sticas principales, a ra’z de la evaluaci—n de impacto ambiental practicada, son las siguientes: ¥ Tipo de tecnolog’a: E—lica. ¥ Potencia instalada, segœn art’culo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio: 46,2 MW. ¥ Modelo de aerogenerador: SGRE155. ¥ Nœmero de aerogeneradores: Siete aerogeneradores de 6,6 MW de potencia unitaria, rotor tripala de 155 metros de di‡metro y altura de buje de 122,5 metros. ¥ Tipo de torre: tubular, de acero. ¥ Capacidad de acceso, segœn lo estipulado en los permisos de acceso y conexi—n otorgados por Red ElŽctrica de Espa–a, S.A.U.: 49,5 MW. ¥ TŽrminos municipales afectados: S‡daba, en la provincia de Zaragoza. La infraestructura de evacuaci—n se compone de: ¥ Las l’neas subterr‡neas a 30 kV que conectar‡n cada uno de los centros de transformaci—n de los aerogeneradores con la subestaci—n Bayo 30/220/400 kV. No obstante lo anterior, la instalaci—n de producci—n deber‡ adaptarse al contenido de la citada declaraci—n de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el promotor durante la tramitaci—n de la presente autorizaci—n. En particular, deber‡ atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaraci—n de impacto ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de evacuaci—n, siendo de aplicaci—n lo establecido en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribuci—n, comercializaci—n, suministro y procedimientos de autorizaci—n de instalaciones de energ’a elŽctrica, respecto de las modificaciones de instalaciones de generaci—n que hayan obtenido autorizaci—n administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado art’culo. Ser‡ necesario obtener autorizaci—n administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y derivadas del cumplimiento de la declaraci—n de impacto ambiental si no se cumplen los supuestos del citado art’culo 115.2 del mencionado real decreto. Por tanto, la autorizaci—n administrativa de construcci—n no podr‡ ser otorgada, ni se podr‡n iniciar las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de las instalaciones previstas en el art’culo 131.9 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en ninguna de las partes de la instalaci—n, es decir, ni en el parque de producci—n ni en las infraestructuras de evacuaci—n objeto de la presente resoluci—n, incluidas en su caso la conexi—n con la red de transporte, si su titular no ha cumplido previamente la totalidad de las siguientes condiciones: a) Se otorgue al titular autorizaci—n administrativa que recoja las modificaciones derivadas de la meritada declaraci—n de impacto ambiental y del tr‡mite de informaci—n pœblica y consultas que requieran de modificaci—n de la presente autorizaci—n administrativa previa de acuerdo con lo previsto en el art’culo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. b) Se haya emitido el informe que valore las capacidades legal, tŽcnica y econ—mica del promotor por parte de la Comisi—n Nacional de los Mercados y la Competencia conforme al art’culo 127.6 Real Decreto 1955/2000, en su redacci—n dada por el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre. c) Se haya emitido informe por parte de la autoridad nacional respecto a servidumbres aeron‡uticas y condiciones generales de protecci—n de la navegaci—n aŽrea actualizado segœn los tŽrminos municipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. d) Se hayan actualizado los permisos de acceso y conexi—n del proyecto, incluyendo los tŽrminos municipales finalmente afectados por la implantaci—n del parque e—lico y su potencia autorizada de acuerdo con el condicionado de la DIA. El promotor deber‡ cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitaci—n, as’ como las condiciones impuestas en la citada declaraci—n de impacto ambiental de la Direcci—n General de Calidad y Evaluaci—n Ambiental. Asimismo, se deber‡n cumplir las normas tŽcnicas y procedimientos de operaci—n que establezca el operador del sistema. Esta autorizaci—n se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, en especial, las relativas a ordenaci—n del territorio y medio ambiente, as’ como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecuci—n de la obra. A efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n antes de transcurridos tres meses, el promotor deber‡ justificar si los condicionados impuestos en la DIA y en la presente resoluci—n suponen o no una reducci—n de la potencia instalada autorizada en la presente autorizaci—n administrativa previa, y deber‡ incorporar, en su caso, las medidas adoptadas para el mantenimiento de la potencia estipulada en la solicitud presentada, as’ como aportar cualquier otro elemento de juicio necesario. Asimismo, al proyecto de ejecuci—n presentado, elaborado conforme a los reglamentos tŽcnicos en la materia y junto con la declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de la normativa que le sea de aplicaci—n, se incorporar‡ igualmente la documentaci—n necesaria junto con una declaraci—n responsable que acredite el cumplimiento de las condiciones establecidas en la DIA, conforme a lo se–alado en la presente resoluci—n y en cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. Si, transcurrido dicho plazo, no hubiera solicitado la autorizaci—n administrativa de construcci—n o no hubiera proporcionado lo anteriormente citado a los efectos de la obtenci—n de la autorizaci—n administrativa de construcci—n de dicho proyecto de ejecuci—n, la presente autorizaci—n caducar‡. No obstante, el promotor por razones justificadas podr‡ solicitar pr—rrogas del plazo establecido, siempre teniendo en cuenta los plazos establecidos en el art’culo 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energ’a y en otros ‡mbitos para la reactivaci—n econ—mica. De acuerdo con lo dispuesto en los art’culos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas y en el art’culo 62.2 i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico, contra la presente resoluci—n, que no pone fin a la v’a administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretar’a de Estado de Energ’a en el plazo de un mes a partir del d’a siguiente al de la notificaci—n o publicaci—n de la presente resoluci—n, el œltimo que se produzca. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resoluci—n ser‡ firme a todos los efectos. Para el c—mputo de los plazos por meses habr‡ de estarse a lo dispuesto en el art’culo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Madrid, 18 de diciembre de 2023. Ñ El director general, Manuel Garc’a Hern‡ndez. SECCIîN TERCERA Nœm. 2695 EXCMA. DIPUTACIîN PROVINCIAL DE ZARAGOZA çREA DE PRESIDENCIA EXTRACTO de los decretos dictados por la Presidencia de la Corporaci—n durante el mes de enero de 2024. Decreto 2024-0001. 2/01/24. Autorizar el encargo de informe a perito mŽdico especialista en valoraci—n de da–o corporal. Decreto 2024-0002. 2/01/24. Resolver procedimiento de reintegro iniciado al Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros por la actuaci—n incluida en el Plan de Restauraci—n de Bienes Hist—ricos-Art’sticos de Propiedad Eclesi‡stica 2020-2023. Decreto 2024-0003. 2/01/24. Rectificar decreto 3599, de 28 de diciembre de 2023. Decreto 2024-0004. 3/01/24. Tomar conocimiento de la aprobaci—n de la tasaci—n de costas, practicada mediante decreto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nœm. 2 de Zaragoza. Decreto 2024-0005. 4/01/24. Tomar conocimiento de los ingresos correspondientes a las liquidaciones de la tasa por visitas en el Monasterio de Veruela durante el mes de diciembre de 2023. Decreto 2024-0006. 4/01/24. Tomar conocimiento de los ingresos correspondientes a las liquidaciones de la tasa por visitas en el Monasterio de Veruela durante el mes de noviembre de 2023. Decreto 2024-0007. 4/01/24. Tomar conocimiento del cese voluntario en su contrato de trabajo solicitado por don Carlos Blanco L—pez. Decreto 2024-0008. 4/01/24. Aprobar la relaci—n de recibos correspondientes a arrendamientos de inmuebles de naturaleza urbana, propiedad de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza del mes de enero de 2024. Decreto 2024-0009. 4/01/24. Prestar conformidad a los ingresos de diciembre del a–o 2023 correspondiente a venta de publicaciones en el Monasterio de Veruela. Decreto 2024-0010. 9/01/24. Declarar finalizada la adscripci—n, mediante Comisi—n de Servicios Interadministrativa, de don Carlos Baraza Ruiz, inspector jefe del Servicio Provincial de Extinci—n de Incendios. Decreto 2024-0011. 9/01/24. Cancelar prŽstamo concedido con anterioridad a un empleado de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0012. 10/01/24. Designar tribunal para la selecci—n de una plaza de delineante en la Diputaci—n Provincial de Huesca. Decreto 2024-0013. 10/01/24. Desestimar la solicitud de permiso por cuidado de hijo menor afectado por enfermedad grave a funcionaria de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0014. 10/01/24. Aprobar la modificaci—n de la petici—n inicial de la actuaci—n ÇAdecuaci—n de escaleras ubicadas en espacio pœblicoÈ, Ayuntamiento de Muel. Plan Plus 2023. Decreto 2024-0015. 10/01/24. Aprobar la solicitud formulada por el Ayuntamiento de Brea de Arag—n, de modificaci—n no sustancial de la actuaci—n solicitada en Plan Plus 2023. Decreto 2024-0016. 10/01/24. Incluir como nuevo part’cipe del Plan de Pensiones de Diputaci—n Provincial de Zaragoza a do–a Beatriz Navarro Trasobares. Decreto 2024-0017. 10/01/24. Desestimar las alegaciones de la Asociaci—n Zufariense de la Tercera Edad sobre el inicio del expediente sancionador de ayudas a las Agrupaciones Corales 2023. Decreto 2024-0018. 10/01/24. Rectificar error material advertido en el decreto nœm. 3638, de 28 de diciembre de 2023, relativo a la propuesta de formalizaci—n de contrato como coordinador de Talleres a favor de don Miguel çngel Villalba Pellejero. Decreto 2024-0019. 10/01/24. Estimar el recurso de reposici—n interpuesto contra la liquidaci—n de la tasa por actuaci—n del Servicio Provincial de Extinci—n de Incendios. Decreto 2024-0020. 11/01/24. Designar tribunal para la selecci—n de una plaza de oficial Auditorio en el Ayuntamiento de Cuarte de Huerva. Decreto 2024-0021. 11/01/24. Excluir las parcelas 9048, 9057, 9077 y 9076 del pol’gono 501, de Pozuel de Ariza, de la expropiaci—n derivada del proyecto ÇCP-007. Acceso a Pozuel de ArizaÈ. Decreto 2024-0022. 11/01/24. Modificar la relaci—n de bienes y derechos afectados por la expropiaci—n ÇAcondicionamiento de la carretera CV-409, Salillas de Jal—n a la A-122È. Decreto 2024-0023. 11/01/24. Aprobar la modificaci—n de la petici—n inicial del Ayuntamiento de Sobradiel por actuaci—n incluida dentro del Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0024. 11/01/24. Aprobar reconocimiento de derechos contra terceros por facturas emitidas por el Taller Escuela Cer‡mica de Muel en el mes de diciembre de 2023. Decreto 2024-0025. 12/01/24. Desestimar solicitud de bonificaci—n IBI. Familia numerosa. Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros. Decreto 2024-0026. 12/01/24. Devolver a Megastar, S.L., la garant’a definitiva depositada en el contrato de ÇSuministro de la electr—nica de Datacenter en los CPDs de la Diputaci—n Provincial de ZaragozaÈ. Decreto 2024-0027. 12/01/24. Aprobar la relaci—n de recibos correspondientes a arrendamientos de inmuebles de naturaleza urbana, propiedad de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, del mes de febrero. Decreto 2024-0028. 12/01/24. Devolver a Solitium, S.L., la garant’a definitiva depositada en el contrato de ÇSuministro de nuevos servidores centrales para la reestructuraci—n de la actual infraestructura inform‡tica de la Diputaci—n Provincial de ZaragozaÈ. Decreto 2024-0029. 12/01/24. Desbloquear el expediente relativo a discrepancia resuelta mediante decreto nœm. 3647, de fecha 28 de diciembre de 2023. Decreto 2024-0030. 12/01/24. Disponer el cese voluntario, como funcionario interino, de don Javier Vicente M’nguez. Decreto 2024-0031. 12/01/24. Aprobar ingresos en el Taller Escuela Cer‡mica de Muel en el mes de diciembre de 2023. Decreto 2024-0032. 12/01/24. Designar tribunal para la selecci—n de una plaza de administrativo, una plaza de operario servicios mœltiples y una plaza de limpiador en el Ayuntamiento de Jaul’n. Decreto 2024-0033. 12/01/24. Ordenar el pago de la relaci—n de propuestas de mandamientos de pago nœmero P-2024-1. Decreto 2024-0034. 12/01/24. Estimar el requerimiento previo del Ayuntamiento de Calatayud de anulaci—n de la liquidaci—n de tasa del SPEI. Decreto 2024-0035. 12/01/24. Aprobar la modificaci—n de la solicitud inicial de la actuaci—n solicitada por el Ayuntamiento de Luceni, incluida dentro del Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0036. 12/01/24. Aprobar la modificaci—n de la solicitud inicial de la actuaci—n solicitada por el Ayuntamiento de Plasencia de Jal—n, incluida dentro del Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0037. 12/01/24. Aprobar la modificaci—n de la solicitud inicial de la actuaci—n solicitada por el Ayuntamiento de Puendeluna, incluida dentro del Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0038. 12/01/24. Ordenar el pago de la relaci—n de propuestas de mandamientos de pago nœmero P-2024-2. Decreto 2024-0039. 12/01/24. Iniciar procedimiento de reintegro del anticipo abonado al Ayuntamiento de Magall—n por actuaci—n incluida en el Plan de sostenimiento y viabilidad de residencias y centros de d’a de mayores, a–o 2020. Decreto 2024-0040. 12/01/24. Tomar conocimiento del ingreso del Ayuntamiento de Grisen por actuaci—n incluida en Plan PLUS 2021. Decreto 2024-0041. 12/01/24. Determinar incumplimiento muy grave del Ayuntamiento de Pomer, respecto de la actuaci—n incluida en Plan PLUS 2022. Decreto 2024-0042. 12/01/24. Declarar la nulidad de pleno derecho del acto de naturaleza contractual relacionado. Decreto 2024-0043. 12/01/24. Conceder al Ayuntamiento de Herrera de los Navarros una operaci—n de tesorer’a de la Caja Provincial de Cooperaci—n. Decreto 2024-0044. 12/01/24. Conceder al Ayuntamiento de Nonaspe una operaci—n de tesorer’a de la Caja Provincial de Cooperaci—n. Decreto 2024-0045. 12/01/24. Tomar conocimiento de la justificaci—n de subvenciones en relaci—n SA-2023-57. Decreto 2024-0046. 12/01/24. Ordenar el pago de la relaci—n de mandamientos de pagos P-2024-3. Decreto 2024-0047. 12/01/24. Rectificar importes del decreto nœm. 3675, de 29 de diciembre de 2023, relativos a la aprobaci—n de liquidaciones de n—minas complementarias de incidencias aprobadas en el mes de diciembre de 2023. Decreto 2024-0048. 12/01/24. Aceptar la renuncia a la subvenci—n concedida a la entidad Agrupaci—n Deportiva Stadium Casablanca. Decreto 2024-0049. 12/01/24. Desestimar recurso de reposici—n relativo a designaci—n del tribunal calificador. Oficial 1.» maquinista Infraestructura Rural (OEP 2020-2022 y 2021-2021). Decreto 2024-0050. 12/01/24. Convalidar decreto nœm. 3694, de 29 de diciembre de 2023, por omisi—n de la funci—n interventora de reconocimiento de la obligaci—n y orden de pago relativo a ayuda de emergencia a Palestina. Decreto 2024-0051. 12/01/24. Devolver garant’a a DÕAleph Iniciativas y Organizaci—n, S.A., por exclusi—n de la licitaci—n de elaboraci—n de relaci—n de puestos de trabajo o instrumento organizativo equivalente de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza 2023. Decreto 2024-0052. 15/01/24. Adjudicar el contrato menor del servicio de publicidad institucional de la campa–a ÇPlan de Concertaci—nÈ. Decreto 2024-0053. 15/01/24. Iniciar procedimiento de reintegro de parte del anticipo abonado al Ayuntamiento de As’n relativo a subvenci—n concedida para actuaci—n Residencia Municipal Virgen del Campo. Decreto 2024-0054. 15/01/24. Iniciar el procedimiento de revisi—n de oficio para la declaraci—n de nulidad de pleno derecho del acto administrativo de naturaleza contractual. Decreto 2024-0055. 15/01/24. Excluir la parcela 5262 del pol’gono 501, de Pozuel de Ariza, de la relaci—n de bienes y derechos afectados por la expropiaci—n derivada de la ejecuci—n del proyecto de obras ÇAcondicionamiento de la CP-007. Decreto 2024-0056. 15/01/24. Rectificar error material observado en el decreto nœm. 3661, de 29 de diciembre de 2023, relativo a reconocimiento y liquidaci—n del pago. Relaci—n Q-2023-137, relaci—n SA-2023-55 PLUS 2022 . Decreto 2024-0057. 15/01/24. Resolver solicitud de acceso al expediente de una actuaci—n en el marco del Plan Agenda 2030, anualidad 2022, correspondiente al Ayuntamiento de Manchones. Decreto 2024-0058. 16/01/24. Nombrar responsables en transparencia a las personas relacionadas en cada uno de los servicios. Decreto 2024-0059. 16/01/24. Adjudicar el contrato menor del servicio de publicidad institucional de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza de la campa–a ÇPlan de AutoconsumoÈ. Decreto 2024-0060. 16/01/24. Integrar en el Plan de Pensiones de Diputaci—n Provincial de Zaragoza a don David Espinosa C‡ceres como nuevo part’cipe. Decreto 2024-0061. 16/01/24. Habilitar d’as concretos y horarios, en el a–o 2025, para la celebraci—n de actos religiosos en la Iglesia de Santa Isabel de Portugal. Decreto 2024-0062. 16/01/24. Iniciar un procedimiento de reintegro parcial al Ayuntamiento de Puendeluna relativo a actuaci—n incluida en Plan PLUS 2022. Decreto 2024-0063. 16/01/24. Incoar expediente sancionador a asociaciones dentro de las ayudas para la promoci—n cultural de actividades culturales asociaciones y entidades culturales sin ‡nimo de lucro, a–o 2023. Decreto 2024-0064. 16/01/24. Conceder aprovechamiento funerario en el Cementerio de La Cartuja, a favor de don Luis Hortas. Decreto 2024-0065. 16/01/24. Aprobar las liquidaciones relativas a la tasa por la prestaci—n de servicios autorizados en el Cementerio de La Cartuja durante el mes de diciembre de 2023. Decreto 2024-0066. 16/01/24. Aprobar las liquidaciones relativas a la tasa por utilizaci—n privativa de la Iglesia de Santa Isabel de Portugal, derivadas de las solicitudes presentadas en el çrea de Gesti—n de Ciudadan’a. Decreto 2024-0067. 16/01/24. Designar al tribunal calificador que ha de regir la convocatoria para la cobertura por oposici—n, en turno libre, de tres plazas de tŽcnico/a de Administraci—n General (OEP 2020). Decreto 2024-0068. 16/01/24. Modificar Instrucci—n relativa al desarrollo de la funci—n interventora en el ‡mbito de la comprobaci—n material de la inversi—n. Decreto 2024-0069. 16/01/24. Ordenar el pago de la relaci—n de mandamientos de pago P-2024-5. Decreto 2024-0073. 18/01/24. Iniciar el procedimiento de revisi—n de oficio para la declaraci—n de nulidad de pleno derecho del acto administrativo de naturaleza contractual relacionado. Decreto 2024-0074. 18/01/24. Conceder la prolongaci—n de la permanencia en el servicio activo por un a–o, a don Jesœs Col‡s Tenas, secretario general de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0075. 18/01/24. Devolver las garant’as definitivas constituidas en met‡lico por Invall, S.A., y por Civiltek Ingenier’a. Decreto 2024-0076. 18/01/24. Resolver alegaciones presentadas a la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la cobertura de tres plazas de tŽcnico/a de Administraci—n General (OEP 2020) y elevar a definitiva la referida lista. Decreto 2024-0077. 18/01/24. Aprobar la modificaci—n de la solicitud inicial de la actuaci—n solicitada por el Ayuntamiento de Pastriz, incluida dentro del ÇPlan de Infraestructuras EnergŽticas para Autoconsumo y Mejora de Eficiencia de la Agenda 2030È. Decreto 2024-0078. 18/01/24. Aprobar autoliquidaciones de impuestos sobre la renta correspondientes al mes de diciembre 2023 y ordenar su pago a la Agencia Tributaria. Decreto 2024-0079. 18/01/24. Efectuar una atribuci—n temporal de funciones a favor de don Luis Gracia Garc’a para realizar funciones de direcci—n y supervisi—n del alumnado de la Escuela Taller del Monasterio de Veruela. Decreto 2024-0080. 18/01/24. Ordenar el pago de la relaci—n de mandamientos de pago P-2024-4. Decreto 2024-0081. 18/01/24. Ampliar plazo de ejecuci—n y justificaci—n del Plan de Infraestructuras EnergŽticas para Autoconsumo y Mejora de la Eficiencia EnergŽtica. Decreto 2024-0082. 18/01/24. Designar tŽcnicos para la comprobaci—n de la subvenci—n directa a los Ayuntamientos afectados por los da–os ocasionados por el incendio de A–—n. Decreto 2024-0083. 18/01/24. Declarar la nulidad de pleno derecho de los actos de naturaleza contractual relacionados y proceder a su posterior liquidaci—n y reconocimiento extrajudicial de crŽditos. Decreto 2024-0084. 18/01/24. Aprobar reformulaciones solicitadas en la convocatoria de subvenciones a proyectos de desarrollo y solidaridad internacional 2023-2024. Decreto 2024-0085. 20/01/24. Declarar desierta la licitaci—n del servicio de ÇAsistencia en la aplicaci—n del sistema de informaci—n contable para la Administraci—n Local (GPA y FIRMADOC)È. Decreto 2024-0086. 20/01/24. Aprobar Plan de Seguridad y Salud del contrato de acondicionamiento diversas carreteras provinciales, lote 4, CV-006 a Novallas. Decreto 2024-0087. 20/01/24. Autorizar y disponer un gasto como aportaci—n prevista en el presupuesto de la Diputaci—n en favor de la Instituci—n Fernando el Cat—lico. Decreto 2024-0088. 20/01/24. Resolver el procedimiento de revisi—n de oficio y declarar la nulidad de la actividad contractual relacionada. Decreto 2024-0089. 20/01/24. Autorizar y disponer un gasto como aportaci—n prevista en el presupuesto de la Diputaci—n en favor de la Residencia Estudiantil y Centro de Estudios Ram—n Pignatelli, S.A. Decreto 2024-0090. 20/01/24. Declarar desierta la licitaci—n relativa al contrato de elaboraci—n de relaci—n de puestos de trabajo o instrumento organizativo equivalente de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0091. 20/01/24. Tomar conocimiento de la resoluci—n emitida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social sobre la denegaci—n de una incapacidad permanente a trabajador. Decreto 2024-0092. 20/01/24. Aprobar el prŽstamo de la pieza cer‡mica del ÇCristo Atado a la ColumnaÈ para exposici—n. Decreto 2024-0093. 20/01/24. Autorizar a la Junta Vecinal de Movera para la realizaci—n de una hoguera, con motivo de la festividad del ÇJueves LarderoÈ, en parcela propiedad de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0094. 20/01/24. Ordenar el pago de la relaci—n de mandamientos de pago P-2024-8. Decreto 2024-0095. 20/01/24. Modificar el decreto de la Presidencia 2023-2190, de 24 de julio de 2023, sobre determinaci—n de las delegaciones a efectos presupuestarios a miembros de la Corporaci—n (Corporaci—n provincial 2023-2027). Decreto 2024-0096. 23/01/24. Aprobar la modificaci—n de la petici—n inicial solicitada por el Ayuntamiento de Alberite de San Juan, respecto a la actuaci—n incluida en el Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0097. 23/01/24. Adjudicar el contrato ÇVestuario personal Parque M—vil 2024È. Decreto 2024-0098. 23/01/24. Adjudicar contrato menor de servicios para la campa–a publicitaria ÇPlan de Concertaci—n (ampliaci—n) 2024È. Decreto 2024-0099. 23/01/24. Aprobar el Plan de Seguridad y Salud del contrato de obras de acondicionamiento de CV-409, acceso a Salillas de Jal—n. Decreto 2024-0100. 23/01/24. Aceptar ingresos realizados por la Sociedad Cooperativa Agraria San Lamberto, correspondientes a la venta de alfalfa (campa–a 2023). Decreto 2024-0101. 23/01/24. Adjudicar ÇContrato de servicio de reparaci—n y mantenimiento externo de los veh’culos y maquinaria pesada pertenecientes al parque m—vil del Servicio de Recursos Agrarios, V’as e InfraestructurasÈ. Decreto 2024-0102. 23/01/24. Autorizar y disponer un gasto correspondiente a la subvenci—n directa a los grupos pol’ticos constituidos en la Diputaci—n Provincial de Zaragoza (Corporaci—n 2023-2027) del ejercicio 2024. Decreto 2024-0103. 23/01/24. Tomar conocimiento de la resoluci—n de la Tesorer’a General de la Seguridad Social sobre reconocimiento de baja en Seguridad Social de trabajador. Decreto 2024-0104. 23/01/24. Devolver a Simorra, S.A., la garant’a definitiva depositada en el contrato de suministro de dos motoniveladoras para el Servicio de Recursos Agrarios, V’as e Infraestructuras. Decreto 2024-0105. 23/01/24. Aprobar lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas a la convocatoria para la cobertura, por concurso-oposici—n, en turno libre, de una plaza de inspector/a jefe/a del SPEI (OEP 2020). Decreto 2024-0106. 23/01/24. Declarar el inicio del procedimiento de reintegro de parte del anticipo abonado al Ayuntamiento de La Muela por subvenci—n concedida para la actuaci—n ÇCentro de D’a de Residencia de Tercera Edad San RoqueÈ. Decreto 2024-0107. 23/01/24. Designar tribunal para la selecci—n de una plaza de administrativo en el Ayuntamiento de Fuendetodos. Decreto 2024-0108. 23/01/24. Resolver expediente sancionador y tomar conocimiento del ingreso a la Asociaci—n Zufariense de la Tercera Edad de Zuera. Decreto 2024-0109. 23/01/24. Designar a do–a Pilar Bueno Ferrando, secretaria-interventora adscrita al Servicio Cuarto Espacio de esta Diputaci—n Provincial, para el desempe–o de las funciones de Secretar’a-Intervenci—n y Tesorer’a del Concejo Abierto de Isuerre. Decreto 2024-0110. 23/01/24. Desestimar recurso de reposici—n interpuesto por un contribuyente contra liquidaciones del IBI de naturaleza urbana del municipio de Paracuellos de la Ribera. Decreto 2024-0111. 23/01/24. Estimar parcialmente recurso de reposici—n interpuesto por el representante de un contribuyente contra liquidaciones del IIVTNU del municipio de Fuentes de Ebro. Decreto 2024-0112. 23/01/24. Resolver alegaciones presentadas a la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la cobertura de cuatro plazas de administrativo/a y elevar a definitiva la referida lista. Decreto 2024-0113. 25/01/24. Conceder permiso de otro progenitor a funcionario de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0114. 26/01/24. Aprobar la modificaci—n de la solicitud inicial del Ayuntamiento de Moneva, de la actuaci—n incluida en Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0115. 26/01/24. Aprobar la declaraci—n-liquidaci—n del IVA correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2023. Decreto 2024-0116. 26/01/24. Aprobar liquidaci—n de actuaci—n contractual declarada nula. Decreto 2024-0117. 26/01/24. Estimar las alegaciones presentadas por don çlvaro L—pez Lucia correspondientes al I Premio a Deportistas destacados de la provincia de Zaragoza, a–o 2023. Decreto 2024-0118. 26/01/24. Conceder permiso por nacimiento hijo otro progenitor diferente madre biol—gica a personal funcionario de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0119. 26/01/24. Ordenar el pago de la relaci—n de mandamientos de pago P-2024-11. Decreto 2024-0120. 26/01/24. Acordar la pŽrdida del derecho de cobro al Ayuntamiento de Daroca por la actuaci—n incluida en el Plan de Restauraci—n de bienes Hist—ricos-Art’sticos de Propiedad Eclesi‡stica 2020-2023. Decreto 2024-0121. 26/01/24. Designar al tribunal calificador que ha de regir la convocatoria para la cobertura, por concurso-oposici—n, en turno libre, de una plaza de inspector/a jefe/a del SPEI. Decreto 2024-0122. 26/01/24. Autorizar a Boalar Energ’as, S.L.U., para la realizaci—n de actuaciones en CV-810, de Las Pedrosas a Piedratajada, punto kilomŽtrico 2+520 m.d. Decreto 2024-0123. 26/01/24. Autorizar la realizaci—n de actuaciones en la CV-003 en Vera de Moncayo. Decreto 2024-0124. 26/01/24. Autorizar la realizaci—n de actuaciones en la CV-669, Cari–ena a Encinacorba. Decreto 2024-0125. 26/01/24. Conceder una reducci—n del 50% de su jornada laboral a personal funcionario de esta Diputaci—n Provincial. Decreto 2024-0126. 26/01/24. Iniciar procedimiento de reintegro de subvenci—n percibida por el Ayuntamiento de Plasencia de Jal—n en la convocatoria del Plan Provincial de Educaci—n Permanente de Personas Adultas del curso 2022-2023. Decreto 2024-0127. 26/01/24. Desestimar recurso de reposici—n contra la oferta de empleo pœblico para el a–o 2023. Decreto 2024-0128. 26/01/24. Adjudicar el contrato de ÇSuministro de materiales fundentes para las campa–as de vialidad invernalÈ. Decreto 2024-0129. 26/01/24. Resolver el procedimiento de reintegro al Ayuntamiento de Sestrica por actuaci—n incluida en PBR 2022. Decreto 2024-0130. 26/01/24. Iniciar el procedimiento de revisi—n de oficio facturas del Centro TŽcnico Veterinario correspondientes a los meses de julio y agosto de 2023. Decreto 2024-0131. 26/01/24. Iniciar el procedimiento de reintegro al Ayuntamiento de As’n por actuaci—n incluida en convocatoria de subvenciones para el sostenimiento de residencias de mayores a–o 2021. Decreto 2024-0132. 26/01/24. Aceptar la renuncia de las subvenciones concedidas al Ayuntamiento de Ariza en la convocatoria para el sostenimiento y viabilidad de Residencias y Centros de D’a, a–os 2021 y 2022. Decreto 2024-0133. 26/01/24. Aceptar el ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Sobradiel en concepto de reintegro voluntario por actuaci—n incluida en Plan PLUS 2022. Decreto 2024-0134. 26/01/24. Incoar el expediente sancionador al Ayuntamiento de Sobradiel por actuaci—n incluida en Plan PLUS 2022. Decreto 2024-0135. 26/01/24. Estimar el recurso de reposici—n contra la liquidaci—n de la tasa por actuaci—n del Servicio Provincial de Extinci—n de Incendios. Decreto 2024-0136. 26/01/24. Elevar a definitiva la convocatoria de subvenciones adquisici—n de suelo industrial de propiedad municipal y pœblico en municipios de la provincia de Zaragoza, ejercicio 2023. Decreto 2024-0137. 26/01/24. Modificar el tribunal calificador que ha de regir la convocatoria para la cobertura por concurso-oposici—n, en turno libre, de una plaza de auxiliar de Administraci—n General. Decreto 2024-0138. 26/01/24. Modificar decreto nœm. 2933, de 23 de octubre de 2023, relativo a la fianza de gesti—n de residuos de las obras de la Capilla en la Catedral de Tarazona. Decreto 2024-0139. 26/01/24. Tomar conocimiento de la sugerencia del Justicia de Arag—n en relaci—n a la queja por una liquidaci—n del SPEI. Decreto 2024-0140. 26/01/24. Tomar conocimiento de la justificaci—n de subvenciones en la relaci—n SA-2024-01. Decreto 2024-0141. 26/01/24. Conceder pr—rroga de seis meses de permiso para actuaci—n en v’a provincial CV-810 a Agrobio-Venture, S.L. Decreto 2024-0142. 26/01/24. Rectificar error material detectado en el del decreto nœm. 56, de 15 de enero de 2024, relativo a la relaci—n contable Q/2023/137. Decreto 2024-0143. 26/01/24. Aprobar liquidaci—n de actuaciones declaradas nulas en procedimiento expropiatorio. Decreto 2024-0144. 26/01/24. Adjudicar contrato menor de servicios de publicidad institucional de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, relativo al ÇPlan de AutoconsumoÈ (ampliaci—n). Decreto 2024-0145. 26/01/24. Aprobar lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la cobertura urgente, con car‡cter interino, por concurso-oposici—n, de una plaza de oficial 2.» alba–iler’a del cementerio de La Cartuja. Decreto 2024-0146. 26/01/24. Aprobar la modificaci—n de la petici—n inicialmente solicitada por el Ayuntamiento de El Frasno por actuaci—n incluida en Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0147. 26/01/24. Aprobar bases para provisi—n, por concurso de mŽritos, de un puesto de Secretar’a-Intervenci—n para el Servicio Cuarto Espacio de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0148. 29/01/24. Desestimar recurso de reposici—n contra OEP para el a–o 2023. Decreto 2024-0149. 29/01/24. Aprobar la justificaci—n presentada por el Ayuntamiento de Las Pedrosas, respecto de la actuaci—n incluida en Plan PLUS 2022. Decreto 2024-0150. 29/01/24. Devolver garant’a definitiva a Demebesa Infraestructuras, S.L. Decreto 2024-0151. 29/01/24. Adjudicar contrato menor de servicios ÇApoyo en la gesti—n del PRTR a Diputaci—n Provincial de ZaragozaÈ. Decreto 2024-0152. 29/01/24. Iniciar el procedimiento de revisi—n de oficio para la declaraci—n de nulidad de pleno derecho de los actos de naturaleza contractual relacionados. Decreto 2024-0153. 29/01/24. Devolver garant’a definitiva relativa al contrato de adquisici—n de dos motoniveladoras y una retroexcavadora para el Servicio de Recursos Agrarios. Decreto 2024-0154. 31/01/24. Aceptar subrogaci—n del arrendamiento en la calle Jarque de Moncayo, 9, 1.¼ derecha. Decreto 2024-0155. 31/01/24. Atribuir el desempe–o temporal de funciones de gesti—n propias del SPEI a don Alejandro Mart’nez Corral. Decreto 2024-0156. 31/01/24. Aprobar la n—mina correspondiente a enero de 2024. Decreto 2024-0157. 31/01/24. Adjudicar contrato menor de la campa–a publicitaria Convenios de Barrios Rurales 2024. Decreto 2024-0158. 31/01/24. Adjudicar contrato menor de publicidad de la Campa–a VII Foro de Alcaldes y Alcaldesas 2024. Decreto 2024-0159. 31/01/24. Devolver garant’a definitiva a Demebesa Infraestructuras, S.L., por el contrato de Instalaci—n de ascensor, adecuaci—n de instalaciones a normativa, revestimiento y pintura de Casa Barber‡n de Caspe (primera fase). Decreto 2024-0160. 31/01/24. Aprobar y ordenar el pago de los seguros sociales del mes de diciembre de 2023. Decreto 2024-0161. 31/01/24. Designar tribunal calificador de la convocatoria para la cobertura por oposici—n, en turno libre, de cuatro plazas de administrativo/a. Decreto 2024-0162. 31/01/24. Rectificar error material observado en el decreto nœm. 158, de 31 de enero de 2024, de adjudicaci—n contrato menor de servicios ÇCampa–a Publicitaria ÇVII Foro de Alcaldes y AlcaldesasÈ. Zaragoza, a 12 de abril de 2024. Ñ El presidente, Juan Antonio S‡nchez Quero. SECCIîN TERCERA Nœm. 2696 EXCMA. DIPUTACIîN PROVINCIAL DE ZARAGOZA çREA DE PRESIDENCIA EXTRACTO de los decretos dictados por la Presidencia de la Corporaci—n durante el mes de febrero de 2024. Decreto 2024-0163. 1/02/24. Corregir errores advertidos en decreto nœm. 156, de 31 de enero de 2024, en sus apartados primero y quinto, relativo a la aprobaci—n y ordenaci—n de pago de la n—mina correspondiente a enero de 2024. Decreto 2024-0164. 1/02/24. Adjudicar contrato abierto simplificado para contrataci—n de servicio de ÇMonitores para Aulas Muel y Jornadas de Puertas Abiertas Taller Escuela Cer‡mica de MuelÈ. Decreto 2024-0165. 2/02/24. Aprobar convocatoria de ayudas a ÇAgrupaciones Corales con personalidad jur’dica propia, a–o 2024È. Decreto 2024-0166. 4/02/24. Autorizar a Sumelzo la realizaci—n de actuaciones de cruce aŽreo l’nea elŽctrica en la CV-626, acceso a Biota. Decreto 2024-0167. 4/02/24. Anular la tasa por autorizaciones administrativas a cargo de Log’stica Rubersa, S.L., por error en su importe. Decreto 2024-0168. 4/02/24. Autorizar a Energ’a Inagotable del Proyecto de Albort—n actuaciones de cruce aŽreo LAAT en la CV-624, de La Cartuja a Puebla de Albort—n. Decreto 2024-0169. 4/02/24. Aprobar Plan de Seguridad y Salud de la obra ÇAcceso a Moros, CV-005 MorosÈ. Decreto 2024-0170. 4/02/24. Aprobar modificaci—n de petici—n inicial del Ayuntamiento de Gallur, relativa a ÇReurbanizaci—n y renovaci—n redes saneamiento y abastecimiento calle Beato Agno (fase II)È. Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0171. 4/02/24. Adjudicar a Gas Natural Comercializadora la contrataci—n basada en el acuerdo marco de homologaci—n del suministro de gas natural para la Administraci—n de la Comunidad Aut—noma de Arag—n y entes pœblicos adheridos. Decreto 2024-0172. 4/02/24. Aprobar la n—mina del personal del proyecto experiencial correspondiente al mes de enero 2024. Decreto 2024-0173. 4/02/24. Autorizar transmisi—n de titularidad ÇintervivosÈ de la concesi—n de uso funerario de un columbario en el Cementerio de La Cartuja. Decreto 2024-0174. 4/02/24. Resolver procedimiento de pŽrdida de derecho de cobro al Ayuntamiento de Tarazona, relativo a ÇAcondicionamiento local para oficinas en plaza de Espa–a, 8È. Plan PLUS 2022. Decreto 2024-0175. 4/02/24. Rectificar decreto nœm. 1606, de 2 de junio de 2022, relativo a reconocimiento de derecho en aplicaci—n presupuestaria ÇOtros terrenosÈ. Decreto 2024-0176. 4/02/24. Rectificar decreto nœm. 2340, de 29 de julio de 2022, relativo a reconocimiento en aplicaci—n presupuestaria ÇOtras rentas de bienes inmueblesÈ. Decreto 2024-0177. 4/02/24. Conceder flexibilidad horaria a personal funcionario de esta Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0178. 4/02/24. Reconocer y liquidar el pago a los grupos pol’ticos, enero y febrero de 2024. Relaci—n contable Q/2024/1. Decreto 2024-0179. 4/02/24. Aprobar la n—mina del personal sustituto de IT correspondiente a enero de 2024. Decreto 2024-0180. 6/02/24. Aprobar y abonar ayudas de salud de trabajadores de la Instituci—n ÇFernando el Cat—licoÈ. Decreto 2024-0181. 6/02/24. Aprobar las liquidaciones de la tasa por la prestaci—n del Servicio Provincial de Extinci—n de Incendios y Salvamento correspondientes al mes de julio de 2022. Decreto 2024-0182. 6/02/24. Aprobar la justificaci—n presentada por el Ayuntamiento de Caspe, respecto de la actuaci—n incluida dentro del Plan PLUS 2022. Decreto 2024-0183. 6/02/24. Incoar expediente de reintegro, de pŽrdida de derecho a cobro y aceptar el reintegro efectuado por el Ayuntamiento de Gallocanta por la actuaci—n incluida en el Plan de Restauraci—n de Bienes Hist—ricos-Art’sticos de Propiedad Eclesi‡stica 2020-2023. Decreto 2024-0184. 6/02/24. Conceder permiso por nacimiento de hijo de la semana 17.» y lactancia a personal funcionario interino de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0185. 6/02/24. Aprobar justificaci—n presentada por el Ayuntamiento de Cuarte de Huerva, respecto de la actuaci—n ÇAsfaltado calle Ramiro IÈ. Plan PLUS 2022. Decreto 2024-0186. 6/02/24. Devolver a Lyreco Espa–a, S.A., la garant’a definitiva depositada en el contrato de suministro de material de oficina (lote 8). Decreto 2024-0187. 6/02/24. Autorizar al Ayuntamiento de Bisimbre para realizar actuaci—n en la CV-650, de Ag—n a Bisimbre. Decreto 2024-0188. 6/02/24. Atribuir a don Raœl Aguilar Cardiel el desempe–o temporal de funciones de apoyo tŽcnico en la gesti—n administrativa del Servicio Provincial de Extinci—n de Incendios. Decreto 2024-0189. 6/02/24. Tomar conocimiento del ingreso por reintegro efectuado por el Ayuntamiento de Cervera de la Ca–ada, por ÇAsignaci—n econ—mica alcaldeÈ. Plan Plus 2023. Decreto 2024-0190. 6/02/24. Autorizar a Mantenimiento Noreste UTE, actuaci—n en la CV-901, de Embid a Paracuellos de la Ribera. Decreto 2024-0191. 6/02/24. Autorizar a do–a M. Consuelo Aznar Laborda actuaci—n en la CV-620, de Pedrola a Tabuenca. Decreto 2024-0192. 6/02/24. Autorizar a E-Distribuci—n Redes Digitales actuaci—n en la CV-007, acceso a Torralba de Ribota. Decreto 2024-0193. 6/02/24. Tomar conocimiento de ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Calatayud, correspondiente a parte del anticipo de la subvenci—n concedida para ÇRenovaci—n de camas en Residencia Municipal San I–igoÈ. Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0194. 6/02/24. Desestimar recurso de reposici—n interpuesto por el Ayuntamiento de OrŽs a la resoluci—n del ÇPlan de Residencias y Centros de D’a de Mayores, a–o 2023È. Decreto 2024-0195. 6/02/24. Devolver garant’a definitiva a la empresa Copredije, S.A., por el contrato de ÇCoordinaci—n de seguridad y salud en obras de construcci—n, conservaci—n y otras actuaciones realizadas por el Servicio de Recursos AgrariosÈ. Decreto 2024-0196. 6/02/24. Devolver a Arte y Memoria, S.L., la garant’a definitiva depositada en el contrato de suministro de material de oficina para el almacŽn de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza (lote 4). Decreto 2024-0197. 6/02/24. Desestimar el recurso de reposici—n contra la exclusi—n de una aspirante en la lista de admitidos del proceso selectivo de tres plazas de TAG (OEP 2020). Decreto 2024-0198. 6/02/24. Autorizar a Log’stica Rubersa actuaciones en la CV-209, de Mediana a Fuentes de Ebro. Decreto 2024-0199. 6/02/24. Organizar y convocar la Jornada ÇEl presupuesto: ejecuci—n, modificaciones y liquidaci—n, y la rendici—n de cuentasÈ. Decreto 2024-0200. 6/02/24. Conceder permiso por nacimiento de hijo progenitor diferente madre biol—gica a personal funcionario de esta Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0201. 6/02/24. Repercutir, al Ayuntamiento de Daroca, el importe ’ntegro recibo IBI 2023, de la Casa de la Provincia, convenio de cesi—n de uso de 15 de septiembre de 2017. Decreto 2024-0202. 6/02/24. Iniciar procedimiento de pŽrdida de derecho de cobro al Ayuntamiento de Tarazona, en relaci—n con ÇObras de mejora en el front—n de CunchillosÈ. Plan PLUS 2022. Decreto 2024-0203. 6/02/24. Aprobar justificaci—n presentada por el Ayuntamiento de ClarŽs de Ribota, en relaci—n con ÇConsumo alumbrado pœblicoÈ, incluida en el Plan PLUS 2022. Decreto 2024-0204. 9/02/24. Solicitar subvenci—n destinada al proyecto ÇReto Rural Digital de la Provincia de Zaragoza 2024-2026È, en el marco del Plan de Recuperaci—n, Transformaci—n y Resiliencia. Convocatoria 2023. Decreto 2024-0205. 9/02/24. Tomar conocimiento de la justificaci—n de subvenciones de la relaci—n SA-2024-03. Grupos pol’ticos. Decreto 2024-0206. 9/02/24. Aprobar e incluir en la pr—xima n—mina de atrasos de 2023, los gastos por asistencias a Plenos y Comisiones, de los se–ores diputados que se encuentran sin dedicaci—n exclusiva. Decreto 2024-0207. 9/02/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Servicio de Archivo y Bibliotecas por copias suministradas a usuarios de la biblioteca. Decreto 2024-0208. 9/02/24. Adjudicar inmueble embargado a un contribuyente por dŽbitos debidos al Ayuntamiento de ƒpila, en tr‡mite de adjudicaci—n a la Hacienda Pœblica. Decreto 2024-0209. 9/02/24. Tomar conocimiento de la justificaci—n de subvenciones en relaci—n SA-2024-02. Decreto 2024-0210. 9/02/24. Ordenar el pago de las devoluciones aprobadas en el Decreto GAT nœm. 34, de 26 de enero de 2024. Decreto 2024-0211. 9/02/24. Nombrar representante de la DPZ en el Consorcio Patrimonio IbŽrico de Arag—n a don Abrahan Mart’nez Enrich y dejar sin efecto el anterior nombramiento. Decreto 2024-0212. 9/02/24. Declarar el inicio del procedimiento de reintegro al Ayuntamiento de Daroca relativo a la actuaci—n incluida en la convocatoria para sostenimiento de residencias y centros de d’a a–o 2021. Decreto 2024-0213. 9/02/24. Declarar el inicio del procedimiento de reintegro al Ayuntamiento de Daroca relativo a la actuaci—n incluida en la convocatoria para sostenimiento de residencias y centros de d’a a–o 2020. Decreto 2024-0214. 9/02/24. Rectificar la imputaci—n patrimonial de la mejora de la adquisici—n de nave industrial para la Escuela Taller Cer‡mica de Muel. Decreto 2024-0215. 9/02/24. Estimar recurso de reposici—n interpuesto por un contribuyente contra liquidaci—n del IITNU del municipio de Alag—n. Decreto 2024-0216. 9/02/24. Aceptar la solicitud formulada por Rosa Montol’o Villagrasa y disponer su reingreso al servicio activo. Decreto 2024-0217. 9/02/24. Aprobar las liquidaciones relativas a la tasa por la prestaci—n de servicios autorizados en el Cementerio de La Cartuja durante el mes de enero de 2024. Decreto 2024-0218. 9/02/24. Declarar el inicio del procedimiento de reintegro del anticipo abonado al Ayuntamiento de Tobed de la subvenci—n concedida para la actuaci—n ÇResidencia Municipal ValdeolivoÈ. Decreto 2024-0219. 9/02/24. Tomar conocimiento de la sesi—n ordinaria de la Comisi—n de Seguimiento del Convenio C‡tedra DPZ sobre Despoblaci—n y Creatividad 2022-2023. Decreto 2024-0220. 9/02/24. Aceptar el ingreso efectuado por el Ayuntamiento de AlfamŽn en concepto de reintegro voluntario por actuaci—n incluida en Plan Agenda 2030, anualidad 2022. Decreto 2024-0221. 9/02/24. Aprobar y ordenar el pago de los anticipos por IBI e IAE del primer trimestre de 2024 para los Ayuntamientos con gesti—n delegada. Decreto 2024-0222. 9/02/24. Aprobar ingresos en el mes de enero de 2024 en el Taller Escuela Cer‡mica de Muel. Decreto 2024-0223. 9/02/24. Rectificar error material en el punto primero del decreto nœm. 155, de 31 de enero de 2024. Decreto 2024-0224. 9/02/24. Adjudicar contrato menor del Servicio de Renting de Equipos de impresi—n a la empresa Solitium, S.L. Decreto 2024-0225. 9/02/24. Ordenar el pago de la relaci—n de mandamientos de pago P-2024-30. Decreto 2024-0226. 9/02/24. Repercutir gastos de licitaci—n del contrato de compraventa de la nave de Muel. Decreto 2024-0227. 9/02/24. Devolver ingresos err—neos, duplicados o excesivos de la relaci—n 1/2024. Decreto 2024-0228. 9/02/24. Prestar conformidad al ingreso en concepto de reintegro voluntario del Ayuntamiento de Salvatierra de Esc‡ relativo a actuaci—n incluida en Plan Plus 2022. Decreto 2024-0229. 9/02/24. Tomar conocimiento del ingreso en concepto de reintegro voluntario del Ayuntamiento de Long‡s por actuaci—n incluida en Plan Plus 2022. Decreto 2024-0230. 11/02/24. Aprobar y abonar servicio de Macero. Decreto 2024-0231. 11/02/24. Adjudicar a Servicios Industriales Serindus, S.L., el contrato menor de suministro e instalaci—n de varias piezas de las m‡quinas Heidelberg. Sopeedmaster 72 102 y Heidelberg GTO. Decreto 2024-0232. 11/02/24. Autorizar a Telef—nica Espa–a, S.A., para canalizaci—n subterr‡nea de telefon’a en la CV-008, de Monegrillo a Osera. Decreto 2024-0233. 11/02/24. Aceptar el ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Castiliscar en concepto de reintegro voluntario por actuaci—n incluida en Plan Agenda 2030, anualidad 2022. Decreto 2024-0234. 11/02/24. Aceptar el ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Borja en concepto de reintegro voluntario por concesi—n directa de subvenci—n, relativa al incendio acaecido en A–—n de Moncayo. Decreto 2024-0235. 11/02/24. Aceptar el ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Calatorao en concepto de reintegro voluntario por actuaci—n incluida en Plan Agenda 2030, anualidad 2022. Decreto 2024-0236. 11/02/24. Aceptar el ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Ateca en concepto de reintegro voluntario por actuaci—n incluida en Plan Agenda 2030, anualidad 2022. Decreto 2024-0237. 11/02/24. Rectificar presupuesto de gastos de ejercicio cerrado 2023. Pago resto facturas de Jesœs Anto–anzas y AgrosangŸesa, S.L. Decreto 2024-0238. 11/02/24. Adjudicar contrato menor de servicios de la campa–a publicitaria ÇActualidad de la Diputaci—n de Zaragoza, 2024È. Decreto 2024-0239. 11/02/24. Reconocer y liquidar las obligaciones que constan en la relaci—n contable Q-2024-02. Decreto 2024-0240. 11/02/24. Aprobar la organizaci—n del ÇCiclo en Torno al AguaÈ que tendr‡ lugar en Jaraba, Paracuellos de Jiloca, Ateca, Ibdes, NuŽvalos y Alhama de Arag—n. l. Decreto 2024-0241. 11/02/24. Aceptar el ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Calatayud en concepto de reintegro voluntario por actuaci—n incluida en Plan Agenda 2030, anualidad 2022. Decreto 2024-0242. 11/02/24. Aceptar el ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Boqui–eni en concepto de reintegro voluntario por actuaci—n incluida en Plan Agenda 2030, anualidad 2022. Decreto 2024-0243. 11/02/24. Aceptar el ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Borja en concepto de reintegro voluntario por actuaci—n incluida en Plan Agenda 2030, anualidad 2022. Decreto 2024-0244. 12/02/24. Nombrar a do–a Mar’a Soledad L—pez JimŽnez, personal eventual de esta Diputaci—n Provincial en el puesto de tŽcnica de çrea de Gabinete. Decreto 2024-0245. 13/02/24. Adjudicar contrato menor de servicios ÇAcceso a base de agencia de noticias, informaci—n y cobertura informativa 2024 y 2025È. Decreto 2024-0246. 13/02/24. Convocar procedimiento abierto simplificado abreviado para contratar la renovaci—n de licencias de software Autocad de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0247. 13/02/24. Convalidar la omisi—n de la funci—n interventora pago exceso factura gas—leo Taller de Carpinter’a en diciembre de 2022. Decreto 2024-0248. 13/02/24. Aprobar y abonar ayudas de salud a los empleados de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0249. 13/02/24. Reconocer y liquidar obligaciones de la relaci—n contable Q/2024/3, por importe de 37.093,10 euros. Decreto 2024-0250. 13/02/24. Declarar nulidad de pleno derecho de actuaciones del Servicio del Archivo y Bibliotecas. Librer’a Par’s y Librer’a Antigona. Decreto 2024-0251. 13/02/24. Informar favorablemente disoluci—n de la Agrupaci—n de los Ayuntamientos de Fuendetodos y Villar de los Navarros para el sostenimiento en comœn de un puesto œnico de Secretar’a-Intervenci—n. Decreto 2024-0252. 14/02/24. Abonar festivos y nocturnos de personal laboral. Decreto 2024-0253. 14/02/24. Abonar manutenci—n del personal del Servicio de Recursos Agrarios, V’as e Infraestructuras. Del 21 de noviembre al 31 de diciembre de 2023. Decreto 2024-0254. 14/02/24. Convocar ayudas a entidades para el desarrollo de la memoria democr‡tica en la provincia de Zaragoza, a–o 2024. Decreto 2024-0255. 14/02/24. Dar traslado del modo de acceso a la informaci—n solicitada por el se–or Jabonero Orasio a travŽs del Portal de Transparencia. Decreto 2024-0256. 14/02/24. Aprobar modificaci—n de la solicitud inicial del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, incluida dentro del ÇPlan de Infraestructuras EnergŽticas para Autoconsumo y Mejora de Eficiencia de la Agenda 2030È. Decreto 2024-0257. 14/02/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Ariza, por amortizaci—n de deuda. Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0258. 14/02/24. Acceder a la jubilaci—n ordinaria a los 65 a–os solicitada por don Mariano Mart’nez PŽrez. Decreto 2024-0259. 14/02/24. Tomar cuenta del cese voluntario en su contrato laboral temporal solicitado por do–a Ana Pilar D’az Olivares. Decreto 2024-0260. 14/02/24. Tomar conocimiento de los ingresos de 2.008,80 euros, correspondientes a las liquidaciones de la tasa por visitas en el Monasterio de Veruela, durante el mes de enero de 2024. Decreto 2024-0261. 14/02/24. Devolver garant’a definitiva relativa al contrato de servicio de limpieza de diversas dependencias, lote 5, por la empresa Soldene, S.A. Decreto 2024-0262. 14/02/24. Rectificar errores observados en el decreto nœm. 240, de 11 de febrero de 2024, relativo a organizaci—n del ÇCiclo en Torno al Agua, 2024È. Decreto 2024-0263. 14/02/24. Rectificar error material observado en el decreto nœm. 173, de 4 de febrero de 2024, relativo a concesi—n de uso funerario de columbario en el Cementerio de La Cartuja. Decreto 2024-0264. 14/02/24. Rectificar el decreto nœm. 178, de 4 de febrero de 2024, relativo a la liquidaci—n de las obligaciones que constan en la relaci—n contable nœmero Q/2024/1. Decreto 2024-0265. 14/02/24. Abonar al Gobierno de Arag—n tasa de apertura Plaza de Toros, a–o 2024. Decreto 2024-0266. 14/02/24. Declarar la nulidad de pleno derecho de las actuaciones del Servicio de Coordinaci—n, Asistencia TŽcnica y Arquitectura al haberse prescindido del procedimiento legalmente establecido. Decreto 2024-0267. 14/02/24. Autorizar dar de baja en el Inventario Provincial el bien nœm. 38286 adscrito a la Imprenta Provincial. Decreto 2024-0268. 14/02/24. Abonar manutenci—n del personal del Servicio de Recursos Agrarios, V’as e Infraestructuras. Del 21 octubre al 20 noviembre 2023. Decreto 2024-0269. 14/02/24. Abonar Plus destacado en obra. Del 21 octubre al 20 noviembre 2023. Decreto 2024-0270. 14/02/24. Aprobar organizaci—n de cursos y jornadas para formaci—n continua de bibliotecarios de bibliotecas pœblicas municipales, a–o 2024. Decreto 2024-0271. 14/02/24. Conceder a don Jesœs Pinar V‡zquez licencia no retribuida, con efectos desde el 12 de febrero al 22 de marzo de 2024, ambos inclusive. Decreto 2024-0272. 14/02/24. Autorizar a Telef—nica Espa–a para actuaciones en CV-606, de Borja a El Buste, puntos kilomŽtricos 1+050 1+650. Decreto 2024-0273. 14/02/24. Incoar procedimiento de reintegro de cantidades percibidas y no justificadas de la actividad incluida en Plan Plus 2022 al Ayuntamiento de Acered. Decreto 2024-0274. 14/02/24. Cancelar prŽstamo concedido a funcionario por decreto nœm. 2889, de 18 de octubre de 2023. Decreto 2024-0275. 14/02/24. Adjudicar contrato menor de servicios ÇAgencias. Servicio de Cobertura y Distribuci—n de Contenidos, ejercicio 2024-2025. (Agencia Efe). Decreto 2024-0276. 14/02/24. Adjudicar contrato menor de servicios ÇAcceso a base de agencia de noticias, informaci—n y cobertura informativa 2024 y 2025È. Decreto 2024-0277. 14/02/24. Iniciar procedimiento de reintegro de anticipo de subvenci—n concedida al Ayuntamiento de Calatayud, para la ÇResidencia Municipal San I–igoÈ, a–o 2020. Decreto 2024-0278. 14/02/24. Adjudicar contrato menor de servicios ÇAcceso documentaci—n diaria Diputaci—n Provincial de ZaragozaÈ, ejercicio 2024-2025 (Arag—n Digital). Decreto 2024-0279. 14/02/24. Adjudicar contrato menor de servicios de ÇAcceso a base de datos y noticias, servicio de cobertura y difusi—n informativaÈ, ejercicio 2024-2025. (Arag—n Press). Decreto 2024-0280. 14/02/24. Incoar procedimiento de reintegro de cantidades percibidas y no justificadas de la actividad ÇFestejos popularesÈ Plan Plus 2022 Ayuntamiento de Acered. Decreto 2024-0281. 14/02/24. Autorizar a Telef—nica Espa–a, S.A., para actuaciones en CV-642, de Villarreal a Villadoz (puntos kilomŽtricos 0+215 a 0+630 m.i.). Decreto 2024-0282. 14/02/24. Autorizar a Telef—nica para actuaciones en CV-658, acceso a Torres de BerrellŽn puntos kilomŽtricos 1+050 a 1+450. Decreto 2024-0283. 14/02/24. Ordenar el pago de la relaci—n de mandamientos de pago P-2024-32. Decreto 2024-0284. 14/02/24. Devolver garant’a definitiva constituida para responder de la obra ÇAcondicionamiento de la CV-314, de Movera a Pastriz. Decreto 2024-0285. 14/02/24. Adjudicar a Espublico Servicios para la Administraci—n, S.A., el contrato menor de la base de datos y el servicio de la ÇPlataforma de Hacienda Local 2024-2025È,. Decreto 2024-0286. 14/02/24. Adjudicar a Espublico Servicios para la Administraci—n, S.A., el contrato menor del servicio del ÇObservatorio Econ—mico Provincia 2024-2025È. Decreto 2024-0287. 14/02/24. Elevar a definitiva la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria para la cobertura urgente, con car‡cter interino, de una plaza de oficial 2.» alba–iler’a del cementerio de La Cartuja. Decreto 2024-0288. 14/02/24. Aprobar la organizaci—n del ÇFestival de Mœsica Veruela Verano 2024È que tendr‡ lugar en el Monasterio de Veruela los d’as 3, 10, 17 y 24 de agosto de 2024. Decreto 2024-0289. 14/02/24. Designar tribunal para la selecci—n de una plaza de operario de servicios mœltiples en el Ayuntamiento de Novillas. Decreto 2024-0290. 15/02/24. Conceder prŽstamo a personal funcionario. Decreto 2024-0291. 15/02/24. Acceder a la jubilaci—n ordinaria a los 65 a–os solicitada por Juan JosŽ Miranda L—pez. Decreto 2024-0292. 15/02/24. Rectificar error material detectado en el decreto nœm. 27, de 12 de enero de 2024, relativo a recibos correspondientes arrendamientos de inmuebles propiedad de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0293. 15/02/24. Ordenar el pago de la relaci—n de propuestas de P-2024-31. Decreto 2024-0294. 15/02/24. Aprobar la liquidaci—n de tasas administrativas y de aprovechamiento v’as provinciales primer semestre de 2022. Decreto 2024-0295. 15/02/24. Aprobar los padrones de los Ayuntamientos con delegaci—n para el primer per’odo de recaudaci—n voluntaria de 2024. Decreto 2024-0296. 15/02/24. Adjudicar el contrato menor del servicio de publicidad institucional de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza de la campa–a ÇPresupuesto 2024È. Decreto 2024-0297. 15/02/24. Abonar cantidad del concepto plus destacado en obra. Del 21 de noviembre al 31 de diciembre de 2023. Decreto 2024-0298. 15/02/24. Tomar conocimiento del ingreso del Ayuntamiento Alcal‡ de Ebro, por reintegro voluntario de actuaci—n del Plan Plus 2022. Decreto 2024-0299. 15/02/24. Notificar al Ayuntamiento de Gallur la pŽrdida del derecho a cobro de la subvenci—n asignada a ÇReparaci—n de instalaciones en vestuarios de campo de fœtbolÈ. Decreto 2024-0300. 15/02/24. Aprobar el ingreso en concepto de tasa de ocupaci—n de v’a pœblica en calle Ram—n Pignatelli, 85. Decreto 2024-0301. 15/02/24. Desestimar las alegaciones presentadas por el Ayuntamiento de Gotor y resolver el procedimiento de reintegro de subvenci—n concedida para Iglesia Convento de Nuestra Se–ora de la Consolaci—n. Decreto 2024-0302. 18/02/24. Dejar sin efecto y declarar desierta la convocatoria de oficial 2.» Taller Escuela Cer‡mica de Muel. Decreto 2024-0303. 18/02/24. Aprobar y abonar kilometraje de Infraestructura Rural. Del 21 de noviembre al 31 de diciembre de 2023. Decreto 2024-0304. 18/02/24. Aprobar lista definitiva de admitidos y excluidos a la convocatoria para la cobertura de una plaza de inspector/a jefe/a del Servicio Provincial de Extinci—n de Incendios. Decreto 2024-0305. 18/02/24. Rectificar operaciones contables derivadas de la liquidaci—n del IRPF (modelo 111) de diciembre 2023. Decreto 2024-0306. 18/02/24. Abonar la antigŸedad reconocida a Emilio JosŽ Ferrero Arias. Decreto 2024-0307. 18/02/24. Aprobar liquidaciones tasa por uso instalaciones del Monasterio de Veruela para celebraci—n de actos sociales o religiosos. Decreto 2024-0308. 18/02/24. Adjudicar el contrato de servicio de ÇPublicaci—n de anuncios preceptivos de exposici—n al pœblico en diario de los de mayor difusi—n de la provincia 2023-2024È. Decreto 2024-0309. 18/02/24. Aceptar la propuesta del tribunal calificador y nombrar a don Luis S‡nchez Torralba como bombero del Servicio Provincial de Extinci—n de Incendios. Decreto 2024-0310. 18/02/24. Abonar dietas, manutenci—n y gastos de viaje de personal laboral. Decreto 2024-0311. 18/02/24. Aprobar segunda pr—rroga del contrato de ÇServicio de pruebas tŽcnico sanitarias del concierto de prevenci—n de riesgos laborales para personal de la Diputaci—n Provincial de ZaragozaÈ. Decreto 2024-0312. 18/02/24. Tomar cuenta del cese voluntario en su contrato de trabajo solicitado por Andrea del Pilar Quintero Callejas. Decreto 2024-0313. 18/02/24. Declarar la nulidad de pleno derecho de las actuaciones del Servicio del Cultura del contrato de ÇSuministro de material elŽctricoÈ. Decreto 2024-0314. 18/02/24. Acceder a la jubilaci—n ordinaria a los 65 a–os solicitada por Rosa Mar’a Ruiz Mart’nez. Decreto 2024-0315. 18/02/24. Aprobar la rectificaci—n de errores del decreto nœm. 288, de 14 de febrero de 2024, por el que se aprueba la organizaci—n del Festival Veruela verano 2024. Decreto 2024-0316. 18/02/24. Tomar conocimiento de la justificaci—n de subvenciones en la relaci—n nœmero SA-2023-04. Decreto 2024-0317. 18/02/24. Autorizar a la Comarca de Valdejal—n la celebraci—n de la prueba deportiva ÇIII Marcha Valdejal—n por la igualdadÈ. Decreto 2024-0318. 18/02/24. Aprobar la colaboraci—n de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza con el Clœster para el uso eficiente del agua ZINNAE. Decreto 2024-0319. 18/02/24. Aceptar la subvenci—n otorgada por la FEMP a la Diputaci—n Provincial de Zaragoza para la ejecuci—n del proyecto denominado ÇIdentificaci—n genŽtica de 95 v’ctimas exhumadas en el Cementerio Municipal de BelchiteÈ. Decreto 2024-0320. 18/02/24. Adjudicar el contrato menor del servicio de publicidad institucional de la campa–a ÇZaragoza, provincia MudŽjar, ven a conocerteÈ. Decreto 2024-0321. 18/02/24. Adjudicar el contrato menor del servicio de publicidad institucional de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza de la campa–a ÇVerdad, Justicia y Reparaci—nÈ. Decreto 2024-0322. 19/02/24. Aprobar autoliquidaciones de impuestos sobre la renta correspondientes al mes de enero 2024 y ordenar su pago a la Agencia Tributaria. Decreto 2024-0323. 20/02/24. Rectificar el error material detectado en el decreto 296, de 15 de febrero de 2024, relativo a Campa–a publicitaria presupuesto 2024. Decreto 2024-0324. 20/02/24. Abonar kilometraje de Infraestructura Rural, del 21 octubre al 20 noviembre de 2023. Decreto 2024-0325. 20/02/24. Convocar el ÇXXXV Premio de Arte Santa Isabel de Arag—n, reina de PortugalÈ, a–o 2024. Decreto 2024-0326. 20/02/24. Designar comisi—n de valoraci—n para la cobertura por concurso de una plaza de jefe de Administraci—n de la Residencia de Estudiantes y Centro de Estudios Ram—n Pignatelli, S.A.U. Decreto 2024-0327. 20/02/24. Aprobar la apertura del proyecto de econ—mico de gasto en inversiones en la red viaria provincial 2024. Decreto 2024-0328. 20/02/24. Aceptar la propuesta de nombramiento del tribunal y nombrar, a don Juan JosŽ Garc’a PŽrez y do–a Violeta Mar’a Alonso L‡zaro para ocupar dos plazas de auxiliar de Administraci—n General. Decreto 2024-0329. 20/02/24. Incoar procedimiento de reintegro de cantidades percibidas y no justificadas para las actividades culturales Plan Plus 2022 Ayuntamiento de Atea. Decreto 2024-0330. 20/02/24. Rectificar el error material advertido en el decreto nœm. 278, de 14 de febrero de 2024, relativo a adjudicaci—n de contrato a Arag—n Digital, S.L. Decreto 2024-0331. 20/02/24. Abonar festividad y nocturnidad a personal laboral. Decreto 2024-0332. 20/02/24. Aceptar cesi—n uso de superficie (Cruce Caba–era) y parcelas 197 y 9029 del pol’gono 15, de titularidad de la DGA, en proyecto de ÇAcondicionamiento de la CV-868, de Sofuentes a Sos del Rey Cat—licoÈ. Decreto 2024-0333. 20/02/24. Reconocer a do–a Esperanza Garc’a Esteban el grado personal 28, consolidado con efectos de 1 de febrero de 2024. Decreto 2024-0334. 20/02/24. Resolver procedimiento de reintegro al Ayuntamiento de As’n, de anticipo de subvenci—n concedida para sostenimiento y viabilidad de residencias y centros de mayores. Decreto 2024-0335. 20/02/24. Resolver procedimiento de reintegro al Ayuntamiento de Magall—n, por anticipo de subvenci—n concedida para sostenimiento y viabilidad de residencias y centros de d’a de mayores. Decreto 2024-0336. 20/02/24. Aprobar modificaci—n de la petici—n inicial del Ayuntamiento de Daroca, respecto de actuaci—n ÇAparcamientos en plaza de Espa–aÈ, Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0337. 20/02/24. Designar comisi—n de valoraci—n para la cobertura, por concurso, de dos plazas de oficial 1.» administrativo de la Residencia de Estudiantes y Centro de Estudios Ram—n Pignatelli, S.A.U. Decreto 2024-0338. 20/02/24. Desestimar el recurso de reposici—n interpuesto por Miguel Mart’n contra el decreto nœm. 3491, de 18 de diciembre de 2023. Decreto 2024-0339. 20/02/24. Liquidar actuaci—n contractual en materia de suministro de publicaciones, tramitada por el Servicio de Archivo y Bibliotecas. Decreto 2024-0340. 20/02/24. Aprobar la lista de espera resultante de la convocatoria para la cobertura por oposici—n, en turno libre, de diez plazas de auxiliar de Administraci—n General. Decreto 2024-0341. 20/02/24. Desestimar las alegaciones de la Asociaci—n Cultural Zarzana de ƒpila dentro de las ayudas para promoci—n cultural de actividades culturales de asociaciones y entidades culturales sin ‡nimo de lucro a–o 2023. Decreto 2024-0342. 20/02/24. Aprobar la modificaci—n del Plan EstratŽgico de Subvenciones de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza para el per’odo 2024-2027 y sus anexos. Decreto 2024-0343. 20/02/24. Autorizar la participaci—n de la Diputaci—n de Zaragoza en el proyecto europeo de Educaci—n para la Ciudadan’a Global GEAR UP!. Decreto 2024-0344. 20/02/24. Rectificar error material en el decreto nœm. 289, de 14 de febrero de 2024, por el que se designaba tribunal para la selecci—n de una plaza de operario de servicios mœltiples en el Ayuntamiento de Novillas. Decreto 2024-0345. 20/02/24. Conceder prŽstamo a personal laboral. Decreto 2024-0346. 20/02/24. Conceder prŽstamo a personal funcionario. Decreto 2024-0347. 21/02/24. Adjudicar contrato menor de ÇConsulta de bases de datos jur’dicas, consultas resueltas y otros servicios de informaci—n mediante InternetÈ a Espublico Servicios para la Administraci—n, S.A. Decreto 2024-0348. 21/02/24. Declarar a Eloy Casbas CausapŽ en la situaci—n administrativa de excedencia voluntaria por prestaci—n de servicios en el sector pœblico, con fecha de efectos 2 de febrero de 2024. Decreto 2024-0349. 21/02/24. Determinar el incumplimiento grave, por parte del Ayuntamiento de Belchite, respecto de la actuaci—n, incluida dentro del Plan PLUS 2022. Decreto 2024-0350. 21/02/24. Iniciar procedimiento de reintegro del anticipo de subvenci—n concedida al Ayuntamiento de A–—n de Moncayo, para el sostenimiento y viabilidad y centros de d’a de mayores, a–o 2022. Decreto 2024-0351. 21/02/24. Designar comisi—n de valoraci—n para la cobertura, por concurso, de una plaza de encargado de mantenimiento de la Residencia de Estudiantes y Centro de Estudios Ram—n Pignatelli, S.A.U. Decreto 2024-0352. 21/02/24. Aprobar y abonar ayudas de salud a los empleados de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0353. 21/02/24. Disponer cese como funcionario interino de Luis S‡nchez Torralba, con fecha de efectos 21 de febrero de 2024. Decreto 2024-0354. 21/02/24. Designar representantes del Servicio Gestor ÇPlan de Infraestructuras EnergŽticas para Autoconsumo y Mejora de la Eficiencia Agenda 2030È para el acto de comprobaci—n material de las subvenciones de capital concedidas. Decreto 2024-0355. 22/02/24. Aprobar la n—mina del mes de febrero de 2024. Decreto 2024-0356. 22/02/24. Adjudicar el contrato menor de servicios ÇDetecci—n de necesidades de los municipios de la provincia de Zaragoza en cuanto a aspectos tŽcnicos en el marco del ciclo integral del aguaÈ. Decreto 2024-0357. 22/02/24. Iniciar el procedimiento de reintegro de parte de anticipo de subvenci—n concedida al Ayuntamiento de As’n para sostenimiento y viabilidad de residencias y centros de d’a de mayores, a–o 2022. Decreto 2024-0358. 22/02/24. Designar comisi—n de valoraci—n para la cobertura por concurso, de una plaza de oficial 2.» de mantenimiento de la Residencia de Estudiantes y Centro de Estudios Ram—n Pignatelli, S.A.U. Decreto 2024-0359. 22/02/24. Aprobar la modificaci—n de la solicitud inicial del Ayuntamiento de Mar’a de Huerva, de la actuaci—n incluida en el Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0360. 22/02/24. Aprobar la modificaci—n de la solicitud inicial de la actuaci—n del Ayuntamiento de Magall—n incluida en el Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0361. 22/02/24. Acordar la pr—rroga del contrato de ÇGu’as/personal de sala para las diversas dependencias de la Diputaci—n Provincial de ZaragozaÈ. Decreto 2024-0362. 22/02/24. Tomar conocimiento de los ingresos del IAE por compensaci—n de cooperativas de resoluciones de 2023. Decreto 2024-0363. 22/02/24. Autorizar a E-Distribuci—n Redes Digitales Unipersonal actuaci—n en la CV-937, Monreal a Alconchel. Decreto 2024-0364. 23/02/24. Aprobar la devoluci—n de ingresos indebidos a favor del Ayuntamiento de Velilla de Ebro por actuaci—n incluida en el Plan Agenda 2030 (anualidad 2022). Decreto 2024-0365. 23/02/24. Liquidar la actuaci—n contractual en materia de suministro de material elŽctrico tramitada por el Servicio de Cultura. Decreto 2024-0366. 23/02/24. Convocar XXXIV Premio de Narrativa Santa Isabel, 2024. Decreto 2024-0367. 23/02/24. Corregir error de transcripci—n en decreto nœm. 3349, de 4 de diciembre de 2023, y decreto nœm. 88, de 20 de enero de 2024, relativo a anuncio matr’cula del IAE. Decreto 2024-0368. 23/02/24. Devolver garant’a definitiva del contrato de suministro de vestuario del personal del Servicio de Extinci—n de Incendios de Diputaci—n Provincial de Zaragoza, a–os 2016, 2017 y 2018 (lotes 5, 6, 13, 19, 20 y 22). Decreto 2024-0369. 23/02/24. Designar tribunal calificador para la cobertura por concurso-oposici—n de una plaza de oficial 1.» de mantenimiento de la Residencia de Estudiantes y Centro de Estudios Ram—n Pignatelli, S.A.U. Decreto 2024-0370. 23/02/24. Aprobar la convocatoria del XXXIV Premio de Poes’a Santa Isabel, a–o 2024. Decreto 2024-0371. 23/02/24. Reconocer y actualizar la situaci—n de servicios especiales de la que disfruta don Jesœs Royo Crespo, como consecuencia de su toma de posesi—n como consejero de la C‡mara de Cuentas de Arag—n, con efectos de 28 de febrero de 2024. Decreto 2024-0372. 23/02/24. Aprobar la apertura de proyecto de inversi—n para llevar a cabo las expropiaciones terrenos v’as provinciales 2024. Decreto 2024-0373. 23/02/24. Tomar conocimiento del reintegro de la C‡tedra de Despoblaci—n 2022-2023 (anualidad 2023) Universidad de Zaragoza. Decreto 2024-0374. 23/02/24. Designar tribunal para la selecci—n de una plaza de administrativo y dos plazas de operario de mantenimiento en el Ayuntamiento de Torrellas. Decreto 2024-0375. 23/02/24. Designar tribunal para la selecci—n de una plaza de pe—n de servicios mœltiples en el Ayuntamiento de Ag—n. Decreto 2024-0376. 23/02/24. Tomar conocimiento de los ingresos del IAE por compensaci—n de cooperativas. Resoluci—n 07/02/2024. Decreto 2024-0377. 23/02/24. Autorizar modificaci—n de la actuaci—n solicitada por el Ayuntamiento de Daroca para la Residencia de Santa Ana. Plan para el Sostenimiento y Viabilidad de Residencias y Centro de D’a de Mayores, a–o 2023. Decreto 2024-0378. 23/02/24. Reconocer y liquidar la obligaci—n que consta en la relaci—n contable nœmero Q/2024/4. Decreto 2024-0379. 23/02/24. Aprobar modificaci—n del decreto nœm. 270, de fecha 14 de febrero de 2024, por el que se aprueba la organizaci—n de cursos para la formaci—n continua de los bibliotecarios de las bibliotecas pœblicas municipales 2024. Decreto 2024-0380. 23/02/24. Aprobar la liquidaci—n final del proyecto de la campa–a publicitaria ÇVen y quŽdate cerquitaÈ. Decreto 2024-0381. 23/02/24. Aprobar la liquidaci—n de las actuaciones contractuales del Servicio de Edificios Provinciales. Decreto 2024-0382. 27/02/24. Aprobar la organizaci—n del ÇCiclo de Conversaciones entre Autores y Autoras, 2024È. Decreto 2024-0383. 27/02/24. Dejar sin efecto nombramiento anterior y nombrar a do–a Vanessa Arce, coordinadora de seguridad y salud en el contrato de conservaci—n de carreteras provinciales, zonas 1, 2, 3, 4 y 5. Decreto 2024-0384. 27/02/24. Aceptar el ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Villamayor de G‡llego derivado de la actuaci—n incluida dentro del Plan Agenda 2030, anualidad 2022. Decreto 2024-0385. 27/02/24. Aprobar la modificaci—n de la petici—n inicial solicitada por el Ayuntamiento de Villamayor de G‡llego, respecto a la actuaci—n incluida en el Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0386. 27/02/24. Declarar la nulidad de pleno derecho de varios actos administrativos de naturaleza contractual, con el Centro TŽcnico Veterinario, S.L. (fras. de julio y agosto de 2023). Decreto 2024-0387. 27/02/24. Aprobar la modificaci—n solicitada por el Ayuntamiento de Chodes de actuaci—n incluida en el ÇPlan de Infraestructuras EnergŽticas para Autoconsumo y Mejora de Eficiencia de la Agenda 2030È. Decreto 2024-0388. 27/02/24. Aprobar la modificaci—n de la petici—n inicial, respecto a la actuaci—n del Ayuntamiento de Belmonte de Graci‡n incluida en el Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0389. 27/02/24. Modificar la reducci—n de jornada pasando del 50% al 46,5% por cuidado de hijo menor de 12 a–os, a personal funcionario interino de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0390. 27/02/24. Abonar trabajos extraordinarios realizados por personal del SPEI, durante los meses de noviembre a diciembre de 2023, con la categor’a de bomberos. Decreto 2024-0391. 27/02/24. Tomar conocimiento de la gesti—n recaudatoria del recargo provincial del impuesto sobre actividades econ—micas, ejercicio 2023. Decreto 2024-0392. 27/02/24. Abonar trabajos extraordinarios de los oficiales del SPEI correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2023. Decreto 2024-0393. 27/02/24. Liquidar obligaciones acreditadas documentalmente en las facturas que constan en la relaci—n contable Q/2024/5. Decreto 2024-0394. 27/02/24. Ordenar el pago de la relaci—n de mandamientos de pago P/2024/40 y P/2024/41. Decreto 2024-0395. 27/02/24. Aprobar los seguros sociales correspondientes al mes de enero de 2024. Decreto 2024-0396. 28/02/24. Acceder a la jubilaci—n ordinaria a los 65 a–os solicitada por Juan Luis Mart’nez Herrera. Decreto 2024-0397. 28/02/24. Tomar conocimiento del Ingreso del Ayuntamiento de Quinto en concepto de ÇReintegro subvenci—n Artes EscŽnicas 2023È. Decreto 2024-0398. 28/02/24. Incluir en la pr—xima n—mina los gastos por asistencias a Plenos y Comisiones, de los se–ores diputados que se encuentran sin dedicaci—n exclusiva. Decreto 2024-0399. 28/02/24. Aprobar y abonar horas extras de personal laboral. Decreto 2024-0400. 28/02/24. Conceder prŽstamo a personal laboral. Decreto 2024-0401. 28/02/24. Desestimar acci—n de reclamaci—n de responsabilidad patrimonial, por accidente sufrido en la carretera de Marracos a Puendeluna, al haberse interpuesto fuera del plazo establecido legalmente. Decreto 2024-0402. 28/02/24. Aceptar la propuesta del tribunal de la convocatoria para la cobertura por concurso-oposici—n, en turno libre, de diecisiete plazas/puestos de bombero del SPEI y nombrar para ocupar las mismas a don Alejandro Sanz Abella y diecisŽis m‡s. Zaragoza, a 12 de abril de 2024. Ñ El presidente, Juan Antonio S‡nchez Quero. SECCIîN TERCERA Nœm. 2697 EXCMA. DIPUTACIîN PROVINCIAL DE ZARAGOZA çREA DE PRESIDENCIA EXTRACTO de los decretos dictados por la Presidencia de la Corporaci—n durante el mes de marzo de 2024. Decreto 2024-0403. 1/03/24. Tomar conocimiento de la justificaci—n de subvenciones en la relaci—n SA-2024-05. Decreto 2024-0404. 1/03/24. Reconocer a do–a Rosa Montol’o Villagrasa el grado personal 28, con fecha de efectos 13 de noviembre de 2019. Decreto 2024-0405. 1/03/24. Iniciar el expediente de pago de intereses de demora relativos al contrato de servicios de ÇRestauraci—n de las pinturas murales del antiguo Sal—n de Plenos, a–o 2022È. Decreto 2024-0406. 1/03/24. Aprobar la liquidaci—n de varias actuaciones contractuales declaradas nulas de pleno derecho a al Centro TŽcnico Veterinario, S.L. (fras. de julio y agosto). Decreto 2024-0407. 1/03/24. Conceder permiso por nacimiento de hijo de otro progenitor diferente a madre biol—gica a personal funcionario de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0408. 1/03/24. Aprobar la modificaci—n del contrato de servicio de teleasistencia domiciliaria de Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0409. 1/03/24. Liquidar actuaci—n contractual declarada nula por decreto nœm. 88, de fecha 20 de enero de 2024. Decreto 2024-0410. 1/03/24. Declarar deudores fallidos a diversos obligados tributarios. Decreto 2024-0411. 1/03/24. Aprobar la pr—rroga por un a–o del contrato de servicio de limpieza de diversas dependencias de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, distribuido en seis lotes. Decreto 2024-0412. 1/03/24. Conceder prŽstamo a personal laboral. Decreto 2024-0413. 1/03/24. Reconocer y liquidar la obligaci—n que consta en la relaci—n contable nœmero Q/2024/6. Decreto 2024-0414. 1/03/24. Modificar la composici—n del tribunal calificador de la convocatoria para la cobertura por concurso-oposici—n, en turno libre, de una plaza de licenciado/a en Geograf’a. Decreto 2024-0415. 1/03/24. Conceder prŽstamo a personal laboral. Decreto 2024-0416. 1/03/24. Conceder prŽstamo a personal laboral. Decreto 2024-0417. 1/03/24. Iniciar el procedimiento de revisi—n de oficio para la declaraci—n de nulidad de pleno derecho del acto administrativo de naturaleza contractual correspondiente a Encuadernaciones Raga, S.A. Decreto 2024-0418. 1/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento de AlfamŽn por actuaci—n incluida en Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0419. 1/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Osera de Ebro relativo a subvenci—n destinada a ÇInversiones financieramente sostenibles, medidas extraordinarias COVID-19, a–o 2020È. Decreto 2024-0420. 1/03/24. Aprobar la modificaci—n de la petici—n inicial solicitada por el Ayuntamiento de Calatayud, respecto de la actuaci—n incluida dentro del Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0421. 1/03/24. Aprobar la justificaci—n presentada por el Ayuntamiento de Cubel, respecto de la actuaci—n incluida dentro del Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0422. 3/03/24. Tomar conocimiento de la justificaci—n de subvenciones en relaci—n SA-2024-07, grupos pol’ticos. Decreto 2024-0423. 3/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Sisam—n relativo a subvenci—n ÇAyudas extraordinarias para el fomento de actividades culturales, situaci—n pandemia COVID-19, a–o 2021È. Decreto 2024-0424. 3/03/24. Reajustar la fechas de ejecuci—n del contrato menor de ÇDirecci—n facultativa de las obras del Proyecto Experiencial de Empleo y Formaci—n en el Monasterio de VeruelaÈ. Decreto 2024-0425. 3/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Novillas relativo a subvenci—n para inversiones financieramente sostenibles, medidas extraordinarias COVID-19, a–o 2020. Decreto 2024-0426. 3/03/24. Ordenar el pago de la relaci—n de mandamientos de pago P-2024-50. Decreto 2024-0427. 4/03/24. Aprobaci—n de n—mina del personal sustituto de IT correspondiente a febrero de 2024. Decreto 2024-0428. 4/03/24. Tomar conocimiento del reintegro de las facturas de Endesa Energ’a, S.A.U., correspondientes al suministro de gas en edificio en calle Cinco de Marzo y en Parque Bomberos de La Almunia. Decreto 2024-0429. 4/03/24. Ordenar el pago de la relaci—n de mandamientos de pago P-2024-48. Decreto 2024-0430. 4/03/24. Aprobar el padr—n-lista cobratoria de las aportaciones por la prestaci—n del servicio de teleasistencia domiciliaria provincial correspondientes a agosto de 2023. Decreto 2024-0431. 4/03/24. Aprobar el padr—n-lista cobratoria de las aportaciones por la prestaci—n del servicio de teleasistencia domiciliaria provincial correspondientes a julio de 2023. Decreto 2024-0432. 4/03/24. Abonar a la Tesorer’a General de la Seguridad Social la cantidad correspondiente por ausencia de trabajador relevista. Decreto 2024-0433. 4/03/24. Abonar a la Tesorer’a General de la Seguridad Social la cantidad correspondiente por ausencia de trabajador relevista. Decreto 2024-0434. 4/03/24. Abonar a la Tesorer’a General de la Seguridad Social la cantidad correspondiente por ausencia de trabajador relevista. Decreto 2024-0435. 4/03/24. Abonar a la Tesorer’a General de la Seguridad Social la cantidad correspondiente por ausencia de trabajador relevista. Decreto 2024-0436. 4/03/24. Abonar a la Tesorer’a General de la Seguridad Social la cantidad correspondiente por ausencia de trabajador relevista. Decreto 2024-0437. 4/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Berdejo, correspondiente a anticipo de subvenci—n concedida dentro las inversiones financieramente sostenibles, medidas extraordinarias COVID-19. Decreto 2024-0438. 4/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Miedes de Arag—n, por anticipo de las ayudas extraordinarias para el Fomento de Actividades Culturales, situaci—n pandemia COVID-19, a–o 2021È. Decreto 2024-0439. 4/03/24. Resolver el procedimiento de pŽrdida de derecho al cobro parcial de la subvenci—n al Arzobispado de Zaragoza, para el ÇRetablo de San Miguel (segunda fase)È en Castej—n de Valdejasa. Convenios Eclesi‡sticos 2020-23. Decreto 2024-0440. 4/03/24. Resolver el procedimiento de pŽrdida de derecho al cobro parcial de la subvenci—n concedida al Obispado de Jaca, para la actuaci—n ÇRetablo Nuestra Se–ora del PilarÈ, en Valpalmas. Convenios Eclesi‡sticos 2020-23. Decreto 2024-0441. 4/03/24. Resolver el procedimiento de pŽrdida de derecho al cobro parcial de la subvenci—n concedida al Obispado de Tarazona, para la actuaci—n en la Iglesia Santiago, de Orera (BI Eclesi‡sticos 2020-2023). Decreto 2024-0442. 4/03/24. Resolver el procedimiento de pŽrdida de derecho al cobro parcial de la subvenci—n concedida al Arzobispado de Zaragoza, para la actuaci—n Iglesia de Santiago el Mayor de Santed. Plan Convenios Eclesi‡sticos 2020-2023. Decreto 2024-0443. 4/03/24. Tomar conocimiento de la justificaci—n de subvenciones en la relaci—n SA-2024-08. Decreto 2024-0444. 4/03/24. Incoar el procedimiento de pŽrdida de derecho al cobro parcial de la subvenci—n concedida al Arzobispado de Zaragoza, para el ÇRetablo de Nuestra Se–ora del RosarioÈ en Perdiguera (Convenios BM eclesi‡sticos 2020-2023). Decreto 2024-0445. 4/03/24. Reconocer y liquidar las obligaciones acreditadas documentalmente en las facturas que constan en la relaci—n contable Q/204/8. Decreto 2024-0446. 4/03/24. Aprobar y disponer gasto de la ÇBeca formativa de Documentalista de Bienes Culturales a desarrollar en el Servicio de Coordinaci—n, Asistencia TŽcnica y ArquitecturaÈ, aprobada y prorrogada. Decreto 2024-0447. 4/03/24. Convalidar la omisi—n de la funci—n interventora y aprobaci—n del reconocimiento y liquidaci—n de las facturas de Endesa-cafeter’a, a–o 2023. Decreto 2024-0448. 4/03/24. Resolver el procedimiento de pŽrdida de derecho a cobro del Ayuntamiento de Calatayud por actuaci—n incluida en Plan PLUS 2021. Decreto 2024-0449. 4/03/24. Aprobar la modificaci—n de la petici—n inicial solicitada por el Ayuntamiento de Fuentes de Ebro, respecto a la actuaci—n incluida en el Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0450. 4/03/24. Adjudicar el contrato menor del servicio de publicidad institucional de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza de la campa–a ÇActo por el d’a de la mujerÈ. Decreto 2024-0451. 4/03/24. Reconocer y liquidar las obligaciones acreditadas documentalmente en las facturas que constan en la relaci—n contable Q/2024/7. Decreto 2024-0452. 4/03/24. Aprobar liquidaci—n de gastos financieros por la prestaci—n del servicio de adeudo de recibos domiciliados durante el ejercicio 2023. Decreto 2024-0453. 4/03/24. Aprobar modificaci—n del decreto nœm. 382, de 27 de febrero de 2024, por el que se aprueba la organizaci—n del Ciclo Conversaciones entre Autores y Autoras 2024. Decreto 2024-0454. 4/03/24. Aprobar la modificaci—n de la solicitud inicial del Ayuntamiento de Morata de Jal—n, incluida dentro del ÇPlan de Infraestructuras EnergŽticas para Autoconsumo y Mejora de Eficiencia de la Agenda 2030È. Decreto 2024-0455. 4/03/24. Resolver el procedimiento de pŽrdida de derecho al cobro parcial de la subvenci—n concedida al Obispado de Jaca, para la actuaci—n en la Iglesia de San Adri‡n de UnduŽs de Los Pintanos (Convenio BI eclesi‡sticos 2020-2023). Decreto 2024-0456. 4/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento de La Muela en concepto de ÇReintegro RAEE 2023È. Decreto 2024-0457. 4/03/24. Adjudicar el contrato menor de ÇServicio de delegado de Protecci—n de Datos de la DPZ, organismos y entes pœblicos dependientes de ella, y de Ayuntamientos de la provincia de ZaragozaÈ. Decreto 2024-0458. 4/03/24. Convalidar omisi—n de la funci—n interventora y aprobaci—n del reconocimiento y liquidaci—n de las facturas de Endesa-cafeter’a. Decreto 2024-0459. 4/03/24. Adjudicar contrato de ÇServicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los veh’culos adscritos al SPEI y suministro de materialÈ a Sinergia Servicios Electromec‡nicos, S.L. Decreto 2024-0460. 4/03/24. Aprobar la modificaci—n de la solicitud inicial del Ayuntamiento de Nuez de Ebro por la actuaci—n, incluida dentro del Plan PIMED 2023. Decreto 2024-0461. 4/03/24. Tomar conocimiento de la justificaci—n de subvenciones en la relaci—n SA-2024-06. Decreto 2024-0462. 4/03/24. Prestar conformidad a la toma de ingreso Ayuntamiento Piedratajada Plan Plus 2023. Decreto 2024-0463. 4/03/24. Tomar conocimiento del ingreso s efectuado por el Ayuntamiento de La Muela relativo a actuaci—n incluida en subvenci—n para el sostenimiento y viabilidad de residencias y centros de d’a de mayores, a–o 2020. Decreto 2024-0464. 4/03/24. Tomar conocimiento del ingreso del Ayuntamiento de Pleitas por reintegro Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0465. 4/03/24. Aprobar la convocatoria de ayudas a las bandas de mœsica de la provincia de Zaragoza con personalidad jur’dica propia, a–o 2024. Decreto 2024-0466. 4/03/24. Autorizar la revisi—n de la renta de la temporada taurina del ejercicio 2024 a abonar por el adjudicatario del contrato privado de arrendamiento de la Plaza de Toros de la Misericordia. Decreto 2024-0467. 4/03/24. Adjudicar el acuerdo marco para la contrataci—n de la compra de espacios en medios de comunicaci—n para la inserci—n de las campa–as de publicidad institucional de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0468. 4/03/24. Aprobar gastos financieros a travŽs de venta por terminal TPV, en el mes de diciembre de 2023 en el Taller E. Cer‡mica de Muel. Decreto 2024-0469. 4/03/24. Aceptar la modificaci—n de condiciones del proyecto ÇAlag—n en Igualdad 2023È del Ayuntamiento de Alag—n incluido en el Plan de Igualdad para Todos y Todas, a–o 2023. Decreto 2024-0470. 4/03/24. Adjudicar el contrato de restauraci—n de las cubiertas de la nave central, presbiterio y nave de la ep’stola de la Iglesia del Monasterio de Santa Mar’a de Veruela. Decreto 2024-0471. 4/03/24. Decreto adjudicando el contrato de Suministro de material de oficina con destino al almacŽn de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, a–os 2024-2025. Decreto 2024-0472. 5/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Mar’a de Huerva por anticipo e intereses de las ayudas para el fomento de actividades culturales, a–o 2016. Decreto 2024-0473. 5/03/24. Incoar procedimiento de pŽrdida de derecho al cobro parcial de la subvenci—n concedida al Obispado de Tarazona, para la actuaci—n ÇRetablo de Santa Justa y Santa Rufina, en SestricaÈ. (Convenios Eclesi‡sticos, 2020-2023). Decreto 2024-0474. 7/03/24. Conceder flexibilidad horaria en su jornada laboral a personal funcionario de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0475. 7/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Castiliscar, derivado de la actuaci—n ÇRenovaci—n Filtros Arena en la red de distribuci—n de agua domiciliariaÈ. Plan Agenda 2030, anualidad 2022. Decreto 2024-0476. 7/03/24. Conceder permiso por nacimiento de hijo de progenitor diferente a la madre biol—gica a personal funcionario de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0477. 7/03/24. Aprobar lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria, por concurso, en turno especial de estabilizaci—n de empleo temporal, de dos plazas de auxiliar gest. prom. actividades culturales de la IFC. Decreto 2024-0478. 7/03/24. Tomar conocimiento del ingreso voluntario de la Asociaci—n Cultural Q-Arte dentro de las ayudas a promoci—n cultural de entidades y asociaciones sin ‡nimo de lucro, a–o 2017. Decreto 2024-0479. 7/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento de B‡rboles, por anticipo de subvenci—n concedida para ÇSuministro gel hidroalcoh—lico y mascarillasÈ. Medidas extraordinarias COVID-19, a–o 2020. Decreto 2024-0480. 7/03/24. Ordenar el pago de las devoluciones reconocidas en Decreto Gat nœm. 2024-0058, de 20 de febrero de 2024. Decreto 2024-0481. 7/03/24. Resolver el procedimiento de reintegro del Ayuntamiento de Acered relativo a actuaci—n incluida en Plan Plus 2022 y prestar conformidad al ingreso. Decreto 2024-0482. 7/03/24. Resolver el procedimiento de reintegro del Ayuntamiento de Acered relativo a actuaci—n incluida en Plan Plus 2022. Decreto 2024-0483. 7/03/24. Autorizar la cesi—n de derechos de imagen y de propiedad intelectual a SPV Serie Maestro, S.L., de los interiores, exteriores y cualquier obra de arte que pudiera haber en la Plaza de Toros de La Misericordia. Decreto 2024-0484. 7/03/24. Aprobar la modificaci—n de los decretos nœm. 54, de 15 de enero de 2024, y nœm. 250, de 13 de febrero de 2024, relativos a procedimiento de revisi—n de oficio de facturas. Decreto 2024-0485. 7/03/24. Desestimar recursos reposici—n interpuestos contra la resoluci—n del Plan de Igualdad Todos y Todas 2023. Decreto 2024-0486. 7/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Used relativo a subvenci—n incluida en ayudas para el fomento de actividades culturales, a–o 2016. Decreto 2024-0487. 7/03/24. Aprobar lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria, por concurso, en turno especial de estabilizaci—n de empleo temporal, de dos plazas de oficial 1.» V’as y Obras. Decreto 2024-0488. 7/03/24. Tomar conocimiento del ingreso del Ayuntamiento de Illueca en concepto reintegro subvenci—n RAEE 2023. Decreto 2024-0489. 7/03/24. Adjudicar inmueble embargado a un contribuyente por dŽbitos debidos al Ayuntamiento de Pinseque, en tr‡mite de adjudicaci—n a la hacienda pœblica. Decreto 2024-0490. 7/03/24. Aprobar la convocatoria de ayudas a entidades sin ‡nimo de lucro para la difusi—n y la dinamizaci—n del patrimonio cultural de la provincia de Zaragoza, a–o 2024. Decreto 2024-0491. 7/03/24. Aprobar la convocatoria de ayudas para la promoci—n de actividades culturales de asociaciones y entidades sin ‡nimo de lucro de la provincia de Zaragoza, a–o 2024. Decreto 2024-0492. 7/03/24. Incoar procedimiento de reintegro y pŽrdida de derecho al cobro al Ayuntamiento de Manchones respecto de la ÇConstrucci—n depuradora para aguas residuales procedente del saneamiento pœblicoÈ, incluida en el Plan Agenda 2030, anualidad 2022. Decreto 2024-0493. 7/03/24. Tomar conocimiento del reintegro voluntario del Ayuntamiento de Zuera dentro de la convocatoria de Red Aragonesa de Espacios EscŽnicos RAEE 2015. Decreto 2024-0494. 7/03/24. Dar de baja por deterioro o depreciaci—n un bien adscrito al Servicio de Edificios Provinciales (Plaza de Toros). Decreto 2024-0495. 7/03/24. Delegar en el diputado don Alfredo Zald’var Tris la representaci—n de esta Presidencia y nombrar a don Raœl Aguilar Cardiel, representante de la Administraci—n en la recepci—n de las obras ÇRefuerzo de firme de la CV-811È, de Puendeluna a Marracos. Decreto 2024-0496. 7/03/24. Adjudicar contrato de suministro de ÇRenovaci—n licencias autocadÈ,empresa Graitec Spain, S.L. Decreto 2024-0497. 7/03/24. Delegar, en el diputado, don Alfredo Zald’var Tris, la representaci—n de esta Presidencia y nombrar a don Raœl Aguilar Cardiel, como representante de la Administraci—n en la recepci—n de las obras ÇRefuerzo de firme de la CV-841È, de Sos a Uncastillo. Decreto 2024-0498. 7/03/24. Autorizar y disponer un gasto en favor de la Residencia Estudiantil y Centro de Estudios Ram—n Pignatelli, S.A., correspondiente al ejercicio 2024. Decreto 2024-0499. 7/03/24. Autorizar y disponer un gasto como aportaci—n prevista en el cap’tulo IV del presupuesto de la Diputaci—n en favor de la Instituci—n Fernando el Cat—lico. Decreto 2024-0500. 7/03/24. Acceder a la jubilaci—n ordinaria a los 65 a–os solicitada por don Jesœs Pasamar Charlez. Decreto 2024-0501. 10/03/24. Iniciar el procedimiento de pŽrdida de derecho a cobro al Ayuntamiento de Balconch‡n, respecto de la actuaci—n incluida dentro del Plan PLUS 2022. Decreto 2024-0502. 10/03/24. Abonar a don JosŽ Manuel Aranda S‡nchez las diferencias retributivas correspondientes por realizar trabajos de superior categor’a. Decreto 2024-0503. 10/03/24. Aprobar expediente de modificaci—n presupuestaria por generaci—n de crŽditos por importe de 48.000,00 euros. Decreto 2024-0504. 10/03/24. Aprobar y abonar kilometraje de todo el personal laboral fijo adscrito a la Secci—n de Infraestructura Rural. Del 1 al 20 de enero de 2024. Decreto 2024-0505. 10/03/24. Aprobar la modificaci—n de la petici—n inicial del Ayuntamiento de Perdiguera, respecto de la actuaci—n del ÇPlan de infraestructuras energŽticas para autoconsumo y mejora de eficiencia de la Agenda 2030È. Decreto 2024-0506. 10/03/24. Aprobar lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria, por concurso, en turno especial de estabilizaci—n de empleo temporal, de dos plazas de archivero/a. Decreto 2024-0507. 10/03/24. Modificar el encargo hecho a la Empresa de Transformaci—n Agraria, S.A., para la realizaci—n de las obras de ÇConstrucci—n de la Planta de Transferencia de Residuos S—lidos Urbanos de Alag—nÈ. Decreto 2024-0508. 10/03/24. Aceptar la cesi—n uso de la parcela 9007 (cruce v’a pecuaria) en proyecto de acondicionamiento de CV-607, de Castej—n de Valdejasa a Tauste. Decreto 2024-0509. 10/03/24. Autorizar a la Asociaci—n Cerro de La Almenara la celebraci—n de prueba deportiva ÇIII Trail IbŽrica UsedÈ, en la CV-204, de Atea a Used. Decreto 2024-0510. 10/03/24. Resolver expediente sancionador asociaciones culturales dentro de las ayudas promoci—n cultural asociaciones culturales y entidades sin ‡nimo de lucro 2023. Decreto 2024-0511. 10/03/24. Conceder permiso por nacimiento de hijo de otro progenitor diferente a la madre biol—gica a personal funcionario de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0512. 10/03/24. Tomar conocimiento del reintegro voluntario del Ayuntamiento de Calatayud dentro de la Convocatoria de Red Aragonesa de Espacios EscŽnicos 2020. Decreto 2024-0513. 10/03/24. Aprobar la modificaci—n de la petici—n inicial solicitada por el Ayuntamiento de Salvatierra de Esca, respecto a una actuaci—n incluida en el ÇPlan de infraestructuras energŽticas para autoconsumo y mejora de eficiencia de la Agenda 2030È. Decreto 2024-0514. 10/03/24. Adjudicar contrato menor del servicio de ÇSoporte de sistemas de la Diputaci—n Provincial de ZaragozaÈ, a Solitium, S.L. Decreto 2024-0515. 10/03/24. Solicitar la apertura de proyecto de gasto de inversiones red viaria 2024 del Servicio de Recursos Agrarios, V’as e Infraestructuras (rectificado). Decreto 2024-0516. 10/03/24. Tomar conocimiento del ingreso voluntario realizado por la Asociaci—n Cultural Amigos de Paracuellos de la Ribera dentro de las ayudas promoci—n cultural asociaciones y entidades sin ‡nimo de lucro 2018. Decreto 2024-0517. 10/03/24. Reconocer y liquidar el pago de la relaci—n Q-2024-9, relaci—n SA-2024-09 PIMED. Decreto 2024-0518. 10/03/24. Aprobar expediente de modificaci—n presupuestaria por transferencia de crŽdito. Decreto 2024-0519. 10/03/24. Aceptar la modificaci—n de condiciones del proyecto del Ayuntamiento de S‡daba, subvencionado dentro del Plan de Igualdad para Todos y Todas, ejercicio 2023. Decreto 2024-0520. 10/03/24. Corregir error de transcripci—n en el punto primero del decreto nœm. 151, de 29 de enero de 2024, relativo al CIF de la empresa adjudicataria. Decreto 2024-0521. 10/03/24. Aprobar el proyecto de obras ÇMantenimiento de firme de varias carreteras de la zona 5 de conservaci—n de la red viaria provincialÈ. Decreto 2024-0522. 10/03/24. Aprobar el proyecto de obras ÇMantenimiento de firme de varias carreteras de la zona 4 de conservaci—n de la red viaria provincialÈ. Decreto 2024-0523. 10/03/24. Aprobar el proyecto de obras ÇMantenimiento de firme de varias carreteras de la zona 3 de conservaci—n de la red viaria provincialÈ. Decreto 2024-0524. 10/03/24. Aprobar el proyecto de obras ÇMantenimiento de firme de varias carreteras de la zona 2 de conservaci—n de la red viaria provincialÈ. Decreto 2024-0525. 10/03/24. Aprobar el proyecto de obras ÇMantenimiento del firme de varias carreteras de la Zona 1, de conservaci—n de la red viaria provincialÈ. Decreto 2024-0526. 12/03/24. Aprobar la convocatoria de ayudas a la producci—n de espect‡culos de Artes EscŽnicas, a–o 2024. Decreto 2024-0527. 12/03/24. Aprobar gasto de la ÇBeca formativa en materia de conservaci—n y restauraci—n de bienes culturales de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, especialidad EsculturaÈ. Decreto 2024-0528. 12/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Belmonte de Graci‡n en concepto de reintegro parcial de actuaci—n incluida en el Plan de Igualdad para Todos y Todas, a–o 2023. Decreto 2024-0529. 12/03/24. Conceder permiso por nacimiento de otro progenitor diferente a madre biol—gica a personal funcionario de Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0530. 12/03/24. Aprobar la relaci—n nœm. 1/2024 de obligaciones atendidas con cargo a los fondos del anticipo de caja fija autorizado infraestructura rural. Decreto 2024-0531. 12/03/24. Abonar a don Arturo Marquina S‡nchez las diferentes retributivas correspondiente por realizar trabajos de superior categor’a. Decreto 2024-0532. 12/03/24. Autorizar gasto, a favor de la TGSS de la deuda en procedimiento deducci—n del per’odo de liquidaci—n de agosto 2020. Decreto 2024-0533. 12/03/24. Aprobar el Plan Presupuestario 2025-2027 de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0534. 12/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento de San Mart’n de la Virgen del Moncayo en concepto de reintegro por actuaci—n incluida en plan fomento actividades culturales, a–o 2014. Decreto 2024-0535. 12/03/24. Aprobar y abonar manutenci—n del personal del Servicio de Recursos Agrarios, V’as e Infraestructuras. Del 1 al 20 de enero de 2024. Decreto 2024-0536. 12/03/24. Contratar personal laboral temporal en plaza vacante de limpiador/a de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0537. 12/03/24. Abonar trabajos extraordinarios de los sargentos/jefes zona SPEI, de noviembre a diciembre de 2023. Decreto 2024-0538. 12/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento Vistabella por actuaci—n incluida en Plan Plus 2022. Decreto 2024-0539. 12/03/24. Permitir el acceso parcial de don Manuel Miguel Navarro Navarro a la informaci—n solicitada en materia de subvenciones. Decreto 2024-0540. 12/03/24. Aceptar la revisi—n y minorar el importe de la subvenci—n concedida al Ayuntamiento de Villarreal de Huerva incluida en el Plan para la Restauraci—n de Bienes Muebles e Inmuebles de InterŽs Hist—rico-Art’stico de propiedad municipal 2023 y 2024. Decreto 2024-0541. 12/03/24. Autorizar al Ayuntamiento de MorŽs para realizar ÇRomer’a en honor a San FŽlixÈ, en la zona de influencia de la CV-313, de Purroy a MorŽs. Decreto 2024-0542. 12/03/24. Aprobar la modificaci—n de la solicitud inicial del Ayuntamiento de Ag—n de una actuaci—n incluida en el ÇPlan de infraestructuras energŽticas para autoconsumo y mejora de eficiencia de la Agenda 2030È. Decreto 2024-0543. 12/03/24. Autorizar al Ayuntamiento de MorŽs para la realizaci—n de ÇRomer’a en honor a San BlasÈ, en la en la CV-313, de Purroy a MorŽs. Decreto 2024-0544. 12/03/24. Reconocer y liquidar el pago de marzo de 2023, relaci—n Q-2024-11. Grupos pol’ticos. Decreto 2024-0545. 12/03/24. Aprobar el Plan de Ayudas a la Producci—n Audiovisual, a–o 2024. Decreto 2024-0546. 12/03/24. Prorrogar por un per’odo de seis meses el programa temporal para el nombramiento de funcionarios interinos para atender las necesidades de personal. Decreto 2024-0547. 12/03/24. Tomar conocimiento del ingreso voluntario del Ayuntamiento de Villanueva de G‡llego dentro de la promoci—n y recuperaci—n del dance tradicional aragonŽs, a–o 2012. Decreto 2024-0548. 12/03/24. Iniciar procedimiento de pŽrdida de derecho a cobro al Ayuntamiento de Balconch‡n, respecto a la actuaci—n ÇRestauraci—n fachadas de la Ermita de la Virgen de Santa B‡rbaraÈ. Plan PLUS 2022. Decreto 2024-0549. 12/03/24. Disponer el reingreso provisional al servicio activo de do–a Rosa Montol’o Villagrasa en el puesto de trabajo de jefa de Secci—n Administrativa de Obras Pœblicas. Decreto 2024-0550. 12/03/24. Convocar el IV Premio al Gui—n Audiovisual Santa Isabel de Arag—n, Reina de Portugal, a–o 2024. Decreto 2024-0551. 12/03/24. Convocar el III Premio del C—mic Santa Isabel de Arag—n, Reina de Portugal, a–o 2024. Decreto 2024-0552. 13/03/24. Resolver el procedimiento de reintegro, iniciado por decreto nœm. 218, de 9 de febrero de 2024, al Ayuntamiento de Tobed. Decreto 2024-0553. 13/03/24. Prorrogar contrato servicios para la ejecuci—n, en colaboraci—n con Intervenci—n de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, de auditor’as del sector pœblico (dos lotes). Decreto 2024-0554. 13/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Caspe por anticipo de subvenci—n concedida para inversiones financieramente sostenibles, medidas extraordinarias. Decreto 2024-0555. 13/03/24. Aprobar y abonar manutenci—n y gastos de viaje del personal funcionario. Decreto 2024-0556. 13/03/24. Tomar conocimiento del ingreso del Ayuntamiento de Chodes en concepto de reintegro de actuaci—n incluida en Plan Plus 2023. Decreto 2024-0557. 13/03/24. Aceptar la cesi—n de uso de las superficies detalladas, titularidad del Gobierno de Arag—n, en proyecto ÇAcondicionamiento CV-008, de Monegrillo a OseraÈ. Decreto 2024-0558. 13/03/24. Tomar conocimiento del ingreso en concepto de reintegro Plan Plus 2023, efectuado por el Ayuntamiento de Marracos, por actuaci—n ÇFestejos popularesÈ. Decreto 2024-0559. 13/03/24. Delegar en do–a Teresa Ladrero Parral, vicepresidenta de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, la asistencia y el voto en la reuni—n del Patronato de la Fundaci—n Tarazona Monumental el d’a 19 de marzo de 2024. Decreto 2024-0560. 13/03/24. Reconocer, a efectos de antigŸedad, los servicios prestados a la Administraci—n por don Santiago Sanz G—mez. Decreto 2024-0561. 13/03/24. Autorizar a do–a Ariadna Mu–oz Bamala, en sus funciones de jefa de la Secci—n de Fomento e Infraestructuras y Empleo, para representar a la Diputaci—n Monasterio de VeruelaÈ. Decreto 2024-0562. 13/03/24. Tomar conocimiento del reintegro del Ayuntamiento de Pina de Ebro por actuaci—n incluida en Plan de Igualdad para Todos y Todas, a–o 2023. Decreto 2024-0563. 13/03/24. Aprobar las liquidaciones relativas a la tasa por utilizaci—n de la Iglesia de Santa Isabel de Portugal, derivadas de las solicitudes presentadas. Decreto 2024-0564. 13/03/24. Designar el tribunal calificador que ha de regir la convocatoria para la cobertura por concurso-oposici—n, en turno libre, de una plaza de coordinador/a Encuesta Infraestructuras y Equipamientos Locales. Decreto 2024-0565. 13/03/24. Autorizar a la empresa GimŽnez Lombar y C’a., S.A., la instalaci—n de una chimenea para la salida de humos en el patio de luces interior que se comparte entre el edificio situado en Coso, 46. Decreto 2024-0566. 13/03/24. Aprobar la modificaci—n del Plan EstratŽgico de Subvenciones de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza para el per’odo 2024-2027 y sus anexos I y II y cap’tulo VII actualizados, a ejecutar en el ejercicio 2024. Decreto 2024-0567. 13/03/24. Acceder a la solicitud de Zœ–iga y Toros, S.L., de cambio de fechas de uso del bien en arrendamiento, en relaci—n al primer y al segundo ciclo de festejos del ejercicio 2024. Decreto 2024-0568. 13/03/24. Ordenar el pago de la relaci—n de mandamientos de pago nœmero P-2024-57. Decreto 2024-0569. 13/03/24. Incoar el procedimiento de reintegro parcial al Ayuntamiento de Moyuela por la subvenci—n concedida al Arzobispado de Zaragoza para la actuaci—n incluida en Convenio BI Eclesi‡sticos 2020-2023. Decreto 2024-0570. 14/03/24. Rectificar el apartado segundo del decreto nœm. 22, de fecha 11 de enero de 2024, en relaci—n con ÇAcondicionamiento de la CV-409, de Salillas de Jal—n a la A-122È. Decreto 2024-0571. 14/03/24. Autorizar a Gesti—n Avanzada de Infr. Medioambientales, S.L., actuaci—n de tendido de cable en la CV-209, de Mediana a Fuentes de Ebro. Decreto 2024-0572. 14/03/24. Autorizar a Rima Energy, S.L., la actuaci—n del cruce aŽreo LAAT, en la CV-303, Puebla de Albort—n Azuara. Decreto 2024-0573. 14/03/24. Reconocer, a efectos de antigŸedad, los servicios prestados a la Administraci—n por don JosŽ Miguel Dom’nguez Santos. Decreto 2024-0574. 14/03/24. Reconocer, a efectos de antigŸedad, los servicios prestados a la Administraci—n por don Juli‡n PŽrez PŽrez. Decreto 2024-0575. 14/03/24. Adjudicar el contrato menor del servicio de publicidad institucional de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza de la campa–a ÇLa Semana Santa en Zaragoza ProvinciaÈ. Decreto 2024-0576. 14/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento de A–—n de Moncayo, por anticipo de subvenci—n para ÇResidencia Municipal Virgen del RosarioÈ. Decreto 2024-0577. 14/03/24. Aprobar autoliquidaciones de Impuestos sobre la renta correspondientes al mes de febrero 2024 y ordenar su pago a la Agencia Tributaria. Decreto 2024-0578. 18/03/24. Adjudicar el contrato de obras de ÇRedacci—n de cinco proyectos de obras, dividido en cinco lotesÈ. Decreto 2024-0579. 18/03/24. Convocar procedimiento abierto simplificado para contratar el servicio de limpieza integral de la Plaza de Toros de Nuestra Se–ora de la Misericordia de Zaragoza, para los ejercicios 2024-2025. Decreto 2024-0580. 18/03/24. Abonar a don Luis Miguel Miguel S‡nchez las diferencias retributivas correspondientes por realizar trabajos de superior categor’a. Decreto 2024-0581. 18/03/24. Abonar a don Arturo Marquina S‡nchez las diferencias retributivas correspondientes por realizar trabajos de superior categor’a. Decreto 2024-0582. 18/03/24. Tomar conocimiento del ingreso de la sanci—n a la Asociaci—n Cultural Zarzana, de ƒpila, relacionado con las ayudas de promoci—n cultural de asociaciones culturales y entidades sin ‡nimo de lucro 2023. Decreto 2024-0583. 18/03/24. Aprobar el padr—n-lista cobratoria de las aportaciones de los usuarios por la prestaci—n del servicio de teleasistencia domiciliaria provincial, mes de septiembre de 2023. Decreto 2024-0584. 18/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado por el Ayuntamiento de Sabi–‡n por actuaci—n incluida en ayudas extraordinarias para actividades culturales, situaci—n COVID-19. Decreto 2024-0585. 18/03/24. Liquidar el pago de la relaci—n Q-2024-13, y relaci—n SA-2024-12 PLUS. Decreto 2024-0586. 18/03/24. Autorizar la subida de los precios de la temporada taurina del contrato privado de arrendamiento de la Plaza de Toros. Decreto 2024-0587. 18/03/24. Dar por finalizada la licencia por estudios concedida a don Abraham RubŽn L—pez Mart’nez y disponer su reingreso como auxiliar administrativo en el Servicio de Cooperaci—n. Decreto 2024-0588. 18/03/24. Tomar conocimiento de la justificaci—n de subvenciones en la relaci—n SA-2024-13. Decreto 2024-0589. 18/03/24. Reconocer y liquidar las obligaciones que constan en la relaci—n contable nœmero Q/2024/12. Decreto 2024-0590. 18/03/24. Reconocer y liquidar las obligaciones que constan en la relaci—n contable nœmero Q/2024/10. Decreto 2024-0591. 18/03/24. Autorizar a do–a Mar’a Pilar Lacruz, en representaci—n del Ayuntamiento de Ani–—n, para la realizaci—n de actuaciones en CV-002, de acceso a Ani–—n. Decreto 2024-0592. 18/03/24. Autorizar a don JosŽ Mar’a Vijuesca Ledesma, en representaci—n del Ayuntamiento de A–—n del Moncayo, para la realizaci—n de actuaciones en CV-203, de acceso a A–—n del Moncayo. Decreto 2024-0593. 18/03/24. Designar tribunal para la selecci—n de una plaza de administrativo y una plaza de administrativo inform‡tico en el Ayuntamiento de Brea de Arag—n. Decreto 2024-0594. 18/03/24. Designar tribunal para la selecci—n de un jefe de Intervenci—n en la Diputaci—n Provincial de Huesca. Decreto 2024-0595. 18/03/24. Designar tribunal para la selecci—n de dos plazas de oficial mantenimiento en el Ayuntamiento de Cuarte de Huerva. Decreto 2024-0596. 18/03/24. Abonar a los miembros del tribunal las asistencias derivadas del proceso de selecci—n para la cobertura por oposici—n, en turno libre, de tres plazas de oficial 1.» V’as y Obras. Decreto 2024-0597. 18/03/24. Iniciar procedimiento de reintegro al Ayuntamiento de El Frago por actuaci—n incluida en Plan de Igualdad para Todos y Todas, a–o 2023. Decreto 2024-0598. 18/03/24. Dar de baja en el Inventario de Bienes, Derechos y Acciones de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza una serie de bienes adscritos al Servicio de Archivos y Bibliotecas. Decreto 2024-0599. 18/03/24. Conceder flexibilidad horaria a personal funcionario de Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0600. 18/03/24. Abonar a los miembros del tribunal las asistencias derivadas del proceso de selecci—n para la cobertura por concurso-oposici—n, en turno libre, de una plaza de oficial 2.» conductor Infraestructura Rural. Decreto 2024-0601. 18/03/24. Conceder permiso por nacimiento de hijo de otro progenitor diferente de la madre biol—gica a personal funcionario de Diputaci—n de Zaragoza. Decreto 2024-0602. 18/03/24. Reconocer y liquidar las obligaciones acreditadas documentalmente en las facturas que constan en la relaci—n contable Q/2024/14. Decreto 2024-0603. 18/03/24. Prorrogar, con efectos de 27 de abril de 2024, por un plazo de seis meses la atribuci—n temporal de funciones a favor de do–a Pilar Arruego Sanz. Decreto 2024-0604. 18/03/24. Denegar la solicitud de prolongaci—n de permanencia en el servicio activo de personal funcionario de esta Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0605. 18/03/24. Tomar conocimiento de los ingresos voluntarios efectuados por la Delegaci—n Saharaui para Espa–a, relativos al convenio de colaboraci—n para actuaciones formativas y programa vacaciones en paz, anualidad 2022. Decreto 2024-0606. 18/03/24. Resolver procedimiento de reintegro del Ayuntamiento de Atea por actuaci—n incluida en Plan Plus 2022. Decreto 2024-0607. 18/03/24. Declarar la nulidad de pleno derecho de diversos actos de naturaleza contractual. Decreto 2024-0608. 18/03/24. Dejar sin efecto el decreto nœm. 384, de 27 de febrero de 2024, relativo a actuaci—n del Plan Agenda 2030, del Ayuntamiento de Villamayor de G‡llego. Anualidad 2022. Decreto 2024-0609. 18/03/24. Designar tribunal para la selecci—n de una plaza de administrativo y dos plazas de operario mantenimiento en el Ayuntamiento de Litago. Decreto 2024-0610. 18/03/24. Autorizar gasto, por importe de 150,00 euros, con destino a la recarga de las tarjetas previamente adquiridas por esta asesor’a a la empresa Avanza Zaragoza, S.A. Decreto 2024-0611. 18/03/24. Toma de conocimiento de la renuncia e ingreso del Ayuntamiento de Figueruelas por actuaci—n incluida en Plan de Igualdad para Todos y Todas, a–o 2023. Decreto 2024-0612. 18/03/24. Adjudicar el contrato menor del servicio de publicidad institucional de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza de la campa–a ÇAyudas para actividades culturalesÈ. Decreto 2024-0613. 18/03/24. Adjudicar el contrato menor del servicio de publicidad institucional de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza de la campa–a ÇAyudas para actividades de protecci—n y difusi—n del patrimonioÈ. Decreto 2024-0614. 18/03/24. Rectificar error material en el decreto nœm. 295, de 15 de febrero de 2024, relativo a padrones de Ayuntamientos con gesti—n delegada. Decreto 2024-0615. 19/03/24. Iniciar procedimiento de reintegro de anticipo de subvenci—n concedida al Ayuntamiento de Daroca, para actuaci—n ÇResidencia Tercera Edad Santo Tom‡s de AquinoÈ. Decreto 2024-0616. 20/03/24. Abonar ayudas de estudios. Curso 2022-2023. Decreto 2024-0617. 20/03/24. Tomar conocimiento del ingreso efectuado en concepto de costas procesales, sentencia nœmero 166/2023, de 19 de julio. Decreto 2024-0618. 20/03/24. Aprobar relaci—n de recibos de arrendamientos de inmuebles de naturaleza urbana, propiedad de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza, marzo 2024. Decreto 2024-0619. 20/03/24. Comisionar a funcionario con habilitaci—n de nacional para el desempe–o de funciones del puesto de Secretar’a-Intervenci—n, en el Ayuntamiento de Castiliscar. Decreto 2024-0620. 20/03/24. Aprobar y abonar trabajos extraordinarios de diversos funcionarios. Decreto 2024-0621. 20/03/24. Resolver procedimiento de reintegro al Ayuntamiento de Daroca, de anticipo de subvenci—n concedida dentro del Plan para Sostenimiento y Viabilidad de Residencias y Centro de D’a de Mayores, a–o 2020È. Decreto 2024-0622. 20/03/24. Aprobar modificaci—n de la petici—n inicial del Ayuntamiento de Cadrete, respecto de actuaci—n ÇSupresi—n de barreras arquitect—nicas en la avenida de Santa FeÈ. Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0623. 20/03/24. Convalidar la omisi—n de designaci—n del responsable del contrato de emergencia resuelto en el decreto nœm. 2576, de 19 de septiembre de 2023. Decreto 2024-0624. 20/03/24. Incoar procedimiento reintegro y exigir intereses de demora Plan Plus 2022 al Ayuntamiento de Samper del Salz. Decreto 2024-0625. 20/03/24. Corregir el error material del decreto nœm. 418, de 1 de marzo de 2024, relativo a reintegro del Ayuntamiento de AlfamŽn por actuaci—n incluida en Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0626. 20/03/24. Adjudicar el contrato menor de suministro e instalaci—n de climatizaci—n en despachos de la banda de mœsica en el edificio de la antigua maternidad. Decreto 2024-0627. 20/03/24. Dejar sin efecto el decreto nœm. 492, de 7 de marzo de 2024, e incoar el procedimiento de reintegro al Ayuntamiento de Manchones de una actuaci—n incluida en el Plan Agenda 2030, anualidad 2022. Decreto 2024-0628. 20/03/24. Tomar conocimiento del reintegro parcial del Ayuntamiento de Ibdes, por actuaci—n incluida en Plan de Igualdad para Todos y Todas, a–o 2023. Decreto 2024-0629. 20/03/24. Rectificar error material advertido en el decreto nœm. 573, de 14 de marzo de 2024, relativo a abono de atrasos del a–o 2023. Decreto 2024-0630. 20/03/24. Aprobar los anticipos de la primera voluntaria de 2024 para los Ayuntamientos con gesti—n delegada. Decreto 2024-0631. 20/03/24. Reconocer, a efectos de antigŸedad, los servicios prestados a la Administraci—n por do–a Sara Pastor Legua. Decreto 2024-0632. 20/03/24. Ordenar el pago de la relaci—n de mandamientos de pago P-2024-64. Decreto 2024-0633. 20/03/24. Autorizar gasto para el Ayuntamiento de Daroca, respecto de la actuaci—n ÇResidencia Tercera Edad Santa AnaÈ. Subvenciones para sostenimiento y viabilidad de residencias y centros de d’a. Decreto 2024-0634. 20/03/24. Flexibilizar jornada laboral a personal funcionario de Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0635. 20/03/24. Aprobar reconocimiento de derechos contra terceros por facturas emitidas por el Taller Escuela Cer‡mica de Muel, febrero de 2024. Decreto 2024-0636. 20/03/24. Tomar conocimiento de la renuncia y reintegro del Ayuntamiento de La Muela a subvenci—n concedida dentro del Plan de Igualdad para Todos y Todas, a–o 2023. Decreto 2024-0637. 20/03/24. Rectificar error material de decreto nœm. 555, de 13 de marzo de 2024, por el que se aprueban gastos de manutenci—n y gastos de viaje de los funcionarios. Decreto 2024-0638. 20/03/24. Abonar gratificaciones al personal de apoyo al tribunal calificador de la oposici—n libre de cuatro plazas de administrativos. Decreto 2024-0639. 20/03/24. Autorizar a Gesti—n Avanzada de Infraestructuras Medioambientales, S.L., la realizaci—n de actuaciones en la CV-209, de Mediana a Fuentes de Ebro. Decreto 2024-0640. 20/03/24. Declarar a la funcionaria de carrera do–a Laura S‡nchez Tello en la situaci—n administrativa de excedencia voluntaria por prestaci—n de servicios en el sector pœblico. Decreto 2024-0641. 20/03/24. Declarar a la funcionaria de carrera, do–a Nuria Lozano Not’voli, en la situaci—n administrativa de excedencia voluntaria por prestaci—n de servicios en el sector pœblico. Decreto 2024-0642. 20/03/24. Ampliar plazo para justificar aportaci—n anual concedida a la Fundaci—n ÇTarazona MonumentalÈ para la anualidad 2023. Decreto 2024-0643. 20/03/24. Declarar a la funcionaria de carrera, do–a Sara JimŽnez Gil, en la situaci—n administrativa de excedencia voluntaria por prestaci—n de servicios en el sector pœblico. Decreto 2024-0644. 20/03/24. Aprobar convenio de colaboraci—n y anexo, para la organizaci—n y realizaci—n ÇRed Aragonesa de Espacios EscŽnicosÈ (RAEE 2024). Decreto 2024-0645. 21/03/24. Tomar conocimiento del ingreso del Ayuntamiento de Plenas relativo a actuaci—n incluida en Plan PLUS 2017. Decreto 2024-0646. 21/03/24. Resolver expediente sancionador Asociaci—n Coral Castiliscar y requerir el ingreso de la sanci—n. Decreto 2024-0647. 21/03/24. Designar tribunal para la selecci—n de varias plazas en el Ayuntamiento de Brea de Arag—n. Decreto 2024-0648. 21/03/24. Aprobar la n—mina de incidencias de atrasos de 2023. Decreto 2024-0649. 21/03/24. Ordenar el pago de la relaci—n de mandamientos de pago P-2024-65. Decreto 2024-0650. 21/03/24. Aceptar el ingreso del CD Datchball Utebo relativo a las ayudas actividades deportivas 2022. Decreto 2024-0651. 21/03/24. Resolver procedimiento de reintegro al Ayuntamiento de Daroca, relativo a subvenci—n concedida dentro del Plan de Residencias y Centros de D’a de Mayores, a–o 2021. Decreto 2024-0652. 21/03/24. Autorizar gasto para adjudicaci—n menor de servicios ÇLimpieza previa Plaza de Toros de La MisericordiaÈ a la empresa Eclicar. Decreto 2024-0653. 21/03/24. Adjudicar el contrato menor de servicios de Coordinaci—n en materia de seguridad y salud durante la ejecuci—n de las obras de ÇRehabilitaci—n de cubiertas de la Iglesia del Monasterio de VeruelaÈ. Decreto 2024-0654. 21/03/24. Reconocer, a efectos de antigŸedad, los servicios prestados a la Administraci—n por do–a Raquel Alam‡n Gracia. Decreto 2024-0655. 21/03/24. Tomar conocimiento de renuncia y reintegro de la subvenci—n concedida al Ayuntamiento de Murillo de G‡llego, dentro del Plan de Igualdad para Todos y Todas, a–o 2023. Decreto 2024-0656. 21/03/24. Acordar pr—rroga del contrato de ÇAlojamiento y mantenimiento de biblioteca digital de la Diputaci—n Provincial de ZaragozaÈ. Decreto 2024-0657. 21/03/24. Acordar la segunda pr—rroga del contrato ÇHosting Saas con la utilizaci—n del buscador MediasearchÈ, para alojar bases de datos de Albala. Decreto 2024-0658. 22/03/24. Liquidar obligaciones que constan en la relaci—n contable Q/2024/16, por importe de 257.692,96 euros. Decreto 2024-0659. 22/03/24. Liquidar obligaciones que constan en la relaci—n contable Q/2024/15, por importe de 34.582,86 euros. Decreto 2024-0660. 22/03/24. Conceder prŽstamo a personal funcionario. Decreto 2024-0661. 22/03/24. Resolver expediente de reintegro del Ayuntamiento de As’n, relativo a subvenci—n concedida dentro del Plan de Residencias y Centro de D’a Mayores, a–o 2021. Decreto 2024-0662. 22/03/24. Prestar conformidad al ingreso del Ayuntamiento de Villanueva de G‡llego en concepto de reintegro por actuaci—n incluida en la Red Aragonesa de Espacios EscŽnicos 2023. Decreto 2024-0663. 22/03/24. Abonar los trienios reconocidos a personal funcionario de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0664. 22/03/24. Prestar conformidad al ingreso del Ayuntamiento de Alpartir por reintegro de actuaci—n incluida en Plan Plus 2023. Decreto 2024-0665. 22/03/24. Aprobar la n—mina correspondiente al mes de marzo de 2024. Decreto 2024-0666. 22/03/24. Tomar conocimiento del ingreso del Ayuntamiento de Alag—n, relativo a subvenci—n concedida dentro del Plan de Igualdad para Todos y Todas, a–o 2023. Decreto 2024-0667. 22/03/24. Aprobar los anticipos por impuesto sobre bienes inmuebles e impuesto sobre actividades econ—micas, ejercicio 2024, para los Ayuntamientos con gesti—n delegada. Decreto 2024-0668. 25/03/24. Aprobar los boletines de cotizaci—n correspondientes al per’odo liquidativo de febrero de 2024. Decreto 2024-0669. 25/03/24. Designar tribunal para la selecci—n de una plaza de auxiliar administrativo en el Ayuntamiento de Villanueva de Huerva. Decreto 2024-0670. 25/03/24. Conceder a don Diego Salas Pardo reducci—n del 50% de su jornada de trabajo ordinaria. Decreto 2024-0671. 26/03/24. Autorizar y disponer un gasto a favor de la Fundaci—n Aquagraria, en concepto de aportaci—n de la Excma. Diputaci—n Provincial al presupuesto de 2024 de dicha Fundaci—n. Decreto 2024-0672. 26/03/24. Modificar el decreto nœm. 559, de fecha 13 de marzo de 2024. Decreto 2024-0673. 26/03/24. Aprobar el padr—n-lista cobratoria de las aportaciones de los usuarios por la prestaci—n del servicio de teleasistencia domiciliaria provincial, correspondientes al mes de octubre de 2023. Decreto 2024-0674. 26/03/24. Tomar conocimiento del reintegro realizado por el Ayuntamiento de Pradilla de Ebro relativo a actuaci—n incluida en el Plan Plus 2022. Decreto 2024-0675. 26/03/24. Aprobar la segunda pr—rroga del contrato de ÇConcierto de prevenci—n de riesgos laborales, especialidades de higiene industrial y seguridad en el trabajoÈ. Decreto 2024-0676. 26/03/24. Resolver el procedimiento de reintegro al Ayuntamiento de Calatayud por actuaci—n incluida en convocatoria para concesi—n de subvenciones para el sostenimiento de residencias y centros de d’a de mayores, a–o 2020. Decreto 2024-0677. 26/03/24. Iniciar procedimiento de reintegro al Ayuntamiento de Torrellas por actuaci—n incluida en el Plan de Igualdad para Todos y Todas, a–o 2023. Decreto 2024-0678. 26/03/24. Prestar conformidad al ingreso del Ayuntamiento de Calatayud por actuaci—n incluida en Red Aragonesa de Espacios EscŽnicos 2023. Decreto 2024-0679. 26/03/24. Ajustar el importe del compromiso de gasto correspondiente al contrato de las obras de ejecuci—n del proyecto tŽcnico para la construcci—n de cubierto en el Parque de Bomberos de La Almunia de Do–a Godina. Decreto 2024-0680. 26/03/24. Aprobar la liquidaci—n de las actuaciones contractuales declaradas nulas de pleno derecho mediante decreto nœm. 0607, de fecha 18 de marzo de 2024. Decreto 2024-0681. 26/03/24. Incoar expediente sancionador a varias asociaciones por actuaciones incluidas en ÇAyudas a la promoci—n de actividades deportivas de asociaciones, clubes y entidades deportivas 2023È. Decreto 2024-0682. 26/03/24. Ordenar el pago de las propuestas de mandamientos de pago P-2024-68, por importe de 217.307,74 euros, y P-2024-69, por importe de 150,00 euros. Decreto 2024-0683. 26/03/24. Iniciar procedimiento de reintegro al Ayuntamiento de Fuendejal—n por actuaci—n incluida en Plan de Igualdad para Todos y Todas, a–o 2023. Decreto 2024-0684. 26/03/24. Rectificar el decreto nœm. 656, de 21 de marzo de 2024, por el que se acuerda la pr—rroga del contrato ÇAlojamiento en red (Hosting) y de mantenimiento del sistema de informaci—n de la Biblioteca Digital de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza (BIVIZAR)È. Decreto 2024-0685. 26/03/24. Tomar conocimiento de los ingresos, por importe total de 2.334,83 euros, correspondientes a las visitas escolares y a la ventas realizadas por el Taller Escuela Cer‡mica de Muel en el mes de febrero de 2024. Decreto 2024-0686. 26/03/24. Aceptar la Diputaci—n Provincial de Zaragoza cesi—n del Ayuntamiento de Lucena de Jal—n de la superficie de parcela 9004, pol’gono 12, para adscribir a la v’a provincial CV-409 y aprobar borrador de acta de entrega. Decreto 2024-0687. 27/03/24. Aprobar la liquidaci—n del presupuesto de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza correspondiente al ejercicio 2023. Decreto 2024-0688. 27/03/24. Tomar conocimiento del ingreso del Ayuntamiento de Cari–ena por actuaci—n incluida en Red Aragonesa de Espacios EscŽnicos 2023. Decreto 2024-0689. 27/03/24. Abonar a don Arturo Marquina S‡nchez las diferencias retributivas correspondientes por realizar trabajos de superior categor’a. Decreto 2024-0690. 27/03/24. Aprobar la n—mina del personal sustituto de IT correspondiente a marzo de 2024. Decreto 2024-0691. 27/03/24. Abonar a don JosŽ Manuel Aranda S‡nchez las diferencias retributivas correspondientes por realizar trabajos de superior categor’a. Decreto 2024-0692. 27/03/24. Aceptar la propuesta de contrataci—n del tribunal y contratar a don Luis Gracia Garc’a para ocupar una plaza de encargado del Monasterio de Veruela. Decreto 2024-0693. 27/03/24. Rectificar decreto nœm. 670, de 25 de marzo de 2024, por el que se concede reducci—n del 50% de la jornada a don Diego Salas Pardo. Decreto 2024-0694. 27/03/24. Conceder permiso por nacimiento de hijo a otro progenitor diferente de la madre biol—gica a personal funcionario de Diputaci—n Provincial de Zaragoza. Decreto 2024-0695. 27/03/24. Aprobar liquidaci—n y conceder la titularidad de concesi—n de aprovechamientos funerarios ubicados en el Cementerio de La Cartuja. Decreto 2024-0696. 27/03/24. Iniciar el procedimiento de reintegro al Ayuntamiento de Aldehuela de Liestos por actuaci—n incluida en Plan de Igualdad para Todos y Todas, a–o 2023. Decreto 2024-0697. 27/03/24. Designar tribunal para la selecci—n de cuatro plazas de limpieza de edificios en el Ayuntamiento de Brea de Arag—n. Decreto 2024-0698. 27/03/24. Aprobar la modificaci—n de la solicitud inicial del Ayuntamiento de Perdiguera por la actuaci—n incluida en Plan PLUS 2023. Decreto 2024-0699. 27/03/24. Autorizar y disponer un gasto de 207.000,00 euros como aportaci—n de Diputaci—n Provincial de Zaragoza al Consorcio Goya-Fuendetodos, a–o 2024. Decreto 2024-0700. 27/03/24. Reajustar fechas de ejecuci—n del contrato direcci—n tŽcnica de las obras del ÇProyecto experiencial de empleo y formaci—n en el Monasterio de VeruelaÈ. Decreto 2024-0701. 27/03/24. Declarar la jubilaci—n a los 60 a–os de edad de personal funcionario de la Diputaci—n de Zaragoza. Decreto 2024-0702. 27/03/24. Adjudicar los contratos menores de servicios de representaci—n art’stica del Festival Veruela Verano. Decreto 2024-0703. 27/03/24. Tomar conocimiento de la resoluci—n del Instituto Nacional de la Seguridad Social sobre la denegaci—n de una incapacidad permanente a un trabajador. Zaragoza, a 12 de abril de 2024. Ñ El presidente, Juan Antonio S‡nchez Quero. SECCIîN QUINTA Nœm. 2631 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA çREA DE URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS, ENERGêA Y VIVIENDA Servicio de Administraci—n de Suelo y Vivienda El Gobierno de Zaragoza, en sesi—n de fecha 26 de marzo de 2024, resolvi— lo siguiente: Primero. Ñ Desestimar la alegaci—n formulada por Mar’a JosŽ AndrŽs Rotellar respecto de la finca nœm. 2, por no aparecer como titular registral ni catastral. Segundo. Ñ Estimar la alegaci—n formulada por la se–ora Guinda Tambo como propietaria, a expropiar, de la finca nœm. 4 de la relaci—n de bienes y derechos, si bien se debe atribuir a dicha finca una superficie de 62 m, de acuerdo con la modificaci—n de la parcela catastral, que pasa a ser la 7211315XM7171A0001YB. Tercero Ñ Tomar raz—n de las alegaciones efectuadas por JosŽ Luis Calvo Miranda, en calidad de representante legal de Mar’a Carmen Nœ–ez Buis‡n; de Marta Lucrecia D’az Allepuz, Claudia Cristina Nœ–ez D’az y Alejandro Nœ–ez D’az, y de Alejandro Nœ–ez Buis‡n, titulares de la finca nœm. 5, en relaci—n a la reserva del derecho a adherirse a la junta de Compensaci—n en tr‡mites posteriores del expediente y desestimar las alegaciones formuladas por los anteriores, as’ como por Hip—lito JosŽ G—mez Mu–oz, en nombre y representaci—n de Mar’a de los çngeles Esteban Jœlvez, Daniel Esteban Fern‡ndez, JosŽ Luis Holte Sadaba y Pedro JosŽ Esteban Fern‡ndez, en cuanto a la titularidad de la finca nœm. 5, declar‡ndola como ÇlitigiosaÈ y, por tanto, pendiente de su resoluci—n ante los juzgados y tribunales de la jurisdicci—n civil. Cuarto. Ñ Tomar cuenta de la alegaci—n formulada por Guillermo Durban Quilis, en calidad de apoderado de la ÇProvincia Nuestra Se–ora del Pilar de la Congregaci—n de Hermanas de la Caridad de Santa AnaÈ y no considerar como titular de la finca nœmero 9 a la Congregaci—n Religiosa, excluyendo la superficie de 491,83 m, propiedad de la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro de la relaci—n de bienes a expropiar. Quinto. Ñ Dar traslado al Departamento de Ordenaci—n y Gesti—n Urban’stica de este acuerdo, en el sentido de informar sobre el arrendamiento notificado a favor del colegio Santa Ana, en la finca aportada 41, de titularidad de la Confederaci—n Hidrogr‡fica del Ebro (CHE), as’ como del derribo de valla de cerramiento y su posible reposici—n, ya que dicha finca ha sido excluida de la expropiaci—n al ser su titularidad de la CHE y haberse adherido Žsta a la Junta de Compensaci—n, todo ello a los efectos que proceda. Igualmente, se pone en conocimiento del mismo Departamento la modificaci—n de la parcela catastral de la finca aportada 26, correspondiente con la finca 4 de la relaci—n de propietarios, bienes y derechos, correspondiendo con la catastral 7211315XM7171A0001YB de 62 m y no con la catastral 7211306XM7171A0001ZB, que actualmente tiene una superficie catastral de 110 m. Sexto. Ñ Aprobar definitivamente la relaci—n de propietarios, bienes y derechos afectados por expropiaci—n aportada por la Junta de Compensaci—n en su condici—n de beneficiaria conforme al art’culo 17 de la Ley de Expropiaci—n Forzosa y art’culo 5 de su Reglamento, como consecuencia de no incorporarse a la Junta de Compensaci—n del Sector F-38-1 del vigente PGOU de Zaragoza, en aplicaci—n de lo se–alado en los art’culos 30.1. b) y 154.2. b) del Decreto Legislativo 1/2.014, de 8 de julio, del Gobierno de Arag—n, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Arag—n. Dicha relaci—n queda redactada de la siguiente forma: N.¼ finca Parcela catastral Finca registral Titular registral Inclusi—n en ‡mbito Superficie expropiar (m) Bienes ajenos al suelo 1 7311804XM7171A0001GB parte 18.015 Roche Mauleon, Luis Canfr‡n Jimeno, Mar’a (50%) TOTAL 17,5 NO 2 7211302XM7171A0001IB parte 7.293 Soriano Oc—n, Encarnaci—n AndrŽs Soriano, Josefa AndrŽs Soriano, Angel Fernando AndrŽs Soriano, JosŽ M.» Narciso AndrŽs Soriano, Alejandro AndrŽs Soriano, Jesœs AndrŽs Soriano, Mariano TOTAL 67,12 NO 3 7211302XM7171A0001IB parte 5.174 Betored Grasa, Domingo Sanagust’n Franco, Antonia TOTAL 67,12 NO 4 7211315XM7171A0001YB 4.834 Guinda Tambo, Rosa TOTAL 62,00 NO 4bis 7211306XM7171A0001ZB DESCONOCIDA TOTAL 110 NO 5 7211312XM7171A0001WB 927 Esteban Navarro, Carlos (Òtitularidad litigiosaÓ) PARCIAL 1.887,00 NO 6 001300900XM71B0001JG parte 14.893 Gabarre JimŽnez, Agust’n/Rodr’guez Gabarre, Carmen (33%) Gabarre Rodr’guez, Agust’n/Gabarre Garc’a, Roc’o (33%) Gabarre Rodr’guez, Manuel / Gabarre Fern‡ndez, Rosa (33%) PARCIAL 421,740 SI 7 7612322XM7171D0001GQ 4.872 JimŽnez Rodr’guez, Rebeca PARCIAL 73,825 NO 8 001300800XM71B0001IG 4.874 Echeverr’a Guerrero, Ana Cristina PARCIAL 73,825 NO 9 7509201XM7170H0001XB 29.719 Hermanas de la Caridad de Santa Ana PARCIAL 491,830 NO ¥ La finca 7 est‡ gravada: a) Con una hipoteca a favor de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Navarra para responder de un prŽstamo de 66.200 euros de principal, m‡s intereses, costas y gastos formalizada en escritura pœblica otorgada en Zaragoza ante el notario don Emilio Latorre Mart’nez de Baroja el d’a 23 de julio de 2003. b) Con una hipoteca a favor de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Navarra para responder de un prŽstamo de 20.000 euros de principal, m‡s intereses, costas y gastos formalizada en escritura pœblica otorgada en Zaragoza ante el notario don Emilio Latorre Mart’nez de Baroja el d’a 7 de junio de 2005. c) Con una hipoteca a favor de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Navarra para responder de un prŽstamo de 44.000 euros de principal, m‡s intereses, costas y gastos formalizada en escritura pœblica otorgada en Zaragoza ante el notario don Julio Boned Juliani el d’a 22 de mayo de 2007. La finca 8 est‡ gravada con una hipoteca a favor de Bankinter, S.A., para responder de un prŽstamo de 115.600 euros de principal, m‡s intereses, costas y gastos, formalizado en escritura pœblica otorgada en Zaragoza ante el notario don Juan Pardo Defez, el d’a 31 de julio de 2007. El expediente se encuentra para su consulta en el Servicio de Administraci—n de Suelo y Vivienda de la Gerencia Municipal de Urbanismo (v’a Hispanidad, nœmero 20, c—digo postal 50009). SŽptimo. Ñ La adopci—n del presente acuerdo supone el inicio de expediente expropiatorio propiamente dicho, de conformidad con lo establecido en el art’culo 21 de la Ley de Expropiaci—n Forzosa, debiendo publicarse el mismo en el BOPZ, un peri—dico de publicaci—n diaria y en el tabl—n de anuncios de la Casa Consistorial, a los efectos oportunos. Octavo. Ñ Requerir a los propietarios de las fincas relacionadas en el apartado Segundo del presente acuerdo, para que indiquen si las fincas objeto de expropiaci—n se hallan o no ocupadas actualmente por arrendatarios u otros titulares de derecho indic‡ndose, en caso afirmativo, los nombres de cada uno de ellos y la renta que satisfacen por raz—n de la misma. Noveno. Ñ Requerir a los propietarios afectados para que, de acuerdo con lo dispuesto en el art’culo 24 de la Ley de Expropiaci—n Forzosa, hagan saber a esta Corporaci—n, dentro de los siete d’as siguientes a que reciban la notificaci—n de este acuerdo y en escrito dirigido al Ilustr’simo se–or alcalde, las condiciones en que se avendr’an a convenir libremente y de mutuo acuerdo el justiprecio derivado de las ocupaciones de referencia. DŽcimo. Ñ Requerir a los propietarios afectados la presentaci—n de nota simple de t’tulo y cargas o documento suficiente que acredite la titularidad de las fincas objeto de expropiaci—n. UndŽcimo. Ñ Dar traslado de dicho acuerdo a la Junta de Compensaci—n y a las entidades acreedoras titulares de derechos hipotecarios sobre las fincas afectadas. DuodŽcimo. Ñ Autorizar al se–or consejero de Urbanismo, Infraestructuras, Energ’a y Vivienda o miembro de la Corporaci—n que legalmente le sustituya, para la fijaci—n de plazos y firma de cuanta documentaci—n precise la debida efectividad del presente acuerdo. Lo que se comunica para su conocimiento y efectos, advirtiŽndose que la anterior resoluci—n agota la v’a administrativa y contra la misma podr‡ interponere potestativamente recurso de reposici—n en el plazo de un mes y ante el mismo —rgano que dict— el acto, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente. I. C. de Zaragoza, 2 de abril de 2024. Ñ La jefa del Servicio de Administracion de Suelo y Vivienda, M.» Teresa Barrao S‡nchez. SECCIîN SEXTA Nœm. 2751 AYUNTAMIENTO DE AINZîN EXTRACTO de la convocatoria de subvenciones para asociaciones culturales y deportivas del ejercicio 2024. BDNS (identif.): 754808. De conformidad con lo previsto en los art’culos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/754808 Extracto del acuerdo del Pleno de 8 de abril de 2024 por el que se convocan subvenciones para asociaciones culturales y deportivas, a–o 2024. BDNS (identif.): 754808. De conformidad con lo previsto en los art’culos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: http//www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index Primero. Ñ Objeto y finalidad. Las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Ainz—n tienen por objeto colaborar econ—micamente con las asociaciones o entidades culturales y deportivas, sin ‡nimo de lucro, con la finalidad de fomentar la cultura con la realizaci—n de actividades y/o eventos culturales y promocionar la pr‡ctica deportiva de cualquier disciplina en el municipio. Segundo. Ñ Aportaci—n econ—mica. El Ayuntamiento de Ainz—n destina a este fin una dotaci—n econ—mica de 9.300 euros, que se ejecutar‡ con cargo a la aplicaci—n 2310/48000, recogida en el presupuesto municipal del ejercicio 2024. Tercero. Ñ Beneficiarios. Podr‡n ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades que tengan su domicilio social en Ainz—n y adicionalmente cumplan con los siguientes requisitos: 3.1. Encontrarse inscritos en el Registro de Asociaciones de Arag—n o en el Registro de Entidades Deportivas de Arag—n. 3.2. No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el art’culo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribir‡ declaraci—n responsable. 3.3. Mantener los anteriores requisitos, al menos, hasta la fecha de justificaci—n del gasto. 3.4. No podr‡n ser beneficiarios aquellos que lo sean de subvenciones nominativas mediante convenios de colaboraci—n con el Ayuntamiento de Ainz—n para el desarrollo de actuaciones en el mismo sector de actividad y que se dirijan a los mismos objetivos. Cuarto. Ñ Bases reguladoras. El Pleno del Ayuntamiento de Ainz—n, en sesi—n ordinaria de 8 de abril de 2024, aprob— las bases reguladoras de la concesi—n de subvenciones a asociaciones culturales y deportivas, a–o 2024. Quinto. Ñ Plazo de presentaci—n de solicitudes. El plazo para la presentaci—n de solicitudes ser‡ de treinta d’as naturales, contados a partir del siguiente al de publicaci—n de la convocatoria en el BOPZ. Ainz—n, a 5 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa, Paula Cruz Aranda. SECCIîN SEXTA Nœm. 2730 AYUNTAMIENTO DE ALFAJARêN EDICTO de notificaci—n colectiva de liquidaciones y anuncio de cobranza. Aprobados por resoluci—n de esta Alcald’a nœm. 160, dictada con fecha 11 de abril de 2024, los padrones y listas cobratorias de los tributos locales referidos a la tasa de agua y vertido correspondientes al primer trimestre de 2024, a efectos tanto de su notificaci—n colectiva, en los tŽrminos que se deducen del art’culo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisi—n de los mismos a tr‡mite de informaci—n pœblica, por medio del presente anuncio se exponen al pœblico en el BOPZ y en el tabl—n municipal de anuncios del Ayuntamiento por el plazo de quince d’as h‡biles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por convenientes. Contra el acto de aprobaci—n de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en los mismos podr‡ interponerse recurso previo de reposici—n ante la Alcald’a-Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el d’a siguiente al de finalizaci—n del tŽrmino de exposici—n pœblica, de acuerdo con cuanto establece el art’culo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo. De conformidad con lo establecido en el art’culo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se proceder‡ al cobro en per’odo voluntario de la tasa de agua y vertido del primer trimestre de 2024, como se indica: ¥ Del 1 de abril al 31 de mayo de 2024. Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podr‡n pagarlo en la oficina de recaudaci—n en el horario y plazo establecidos. Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciar‡ el per’odo ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los art’culos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinar‡ la exigencia de los intereses de demora, as’ como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio. Alfajar’n, a 11 de abril de 2024. Ñ El alcalde, JosŽ Tom‡s Pueyo Continente. SECCIîN SEXTA Nœm. 2724 AYUNTAMIENTO DE ARTIEDA Aprobado inicialmente en sesi—n de Pleno de este Ayuntamiento de fecha 9 de abril de 2024 el presupuesto general, bases de ejecuci—n, y la plantilla de personal funcionario y laboral para el ejercicio econ—mico 2024, con arreglo a lo previsto en el art’culo 169 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el art’culo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al pœblico el expediente y la documentaci—n preceptiva por plazo de quince d’as desde la publicaci—n de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones. De conformidad con el acuerdo adoptado, el presupuesto se considerar‡ definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se presentan reclamaciones. Artieda, a 9 de abril de 2024 Ñ El alcalde, Luis Solana Garces. SECCIîN SEXTA Nœm. 2728 AYUNTAMIENTO DE BUJARALOZ Mediante resoluci—n de Alcald’a nœm. 86/2024, de fecha 12 de abril de 2024, y de conformidad con lo previsto en el art’culo 345 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Arag—n, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Arag—n, se ha acordado la apertura del tr‡mite de informaci—n pœblica del proyecto b‡sico y de ejecuci—n que contiene las obras de demolici—n de las antiguas viviendas de maestros en Bujaraloz, redactado por los arquitectos don Pelayo Heredia Ledesma y don Carlos Gasco Lagunas, visado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Arag—n, con fecha 16 de febrero de 2024, con un presupuesto de ejecuci—n material de 26.351,52 euros, m‡s 5.533,82 euros en concepto de IVA, lo que supone un total de 31.885,34 euros. Se expone al pœblico por tŽrmino de quince d’as, a contar desde el d’a siguiente al de la publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ, sin perjuicio de la publicaci—n de anuncio en el tabl—n de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electr—nica del Ayuntamiento. Durante el citado plazo podr‡ ser examinado dicho proyecto por cualquier interesado bien de forma presencial, en la Secretar’a del Ayuntamiento, de lunes a viernes en horario de 8:00 a 15:00, o mediante acceso al documento tŽcnico accesible en el tabl—n electr—nico de la sede electr—nica del Ayuntamiento en https://bujaraloz.sedelectronica.es/, pudiendo formularse las reclamaciones, alegaciones y/o sugerencias que se estimen pertinentes. Bujaraloz, a 12 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Dar’o Villagrasa Villagrasa. SECCIîN SEXTA Nœm. 2738 AYUNTAMIENTO DE CABA„AS DE EBRO ANUNCIO relativo a la aprobaci—n inicial del expediente de modificaci—n de crŽditos nœmero 2/2024. El Pleno de esta Corporaci—n, en sesi—n extraordinaria celebrada el 12 de abril de 2024, aprob— inicialmente el expediente de modificaci—n de crŽditos nœmero 2/2024, en su modalidad de crŽdito extraordinario y suplemento de crŽdito, financiado con remanente de tesorer’a para gastos generales-super‡vit presupuestario. Dicho expediente estar‡ de manifiesto al pœblico en la Secretar’a del Ayuntamiento durante el plazo de quince d’as h‡biles, durante el cual los interesados podr‡n examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen convenientes, de acuerdo con lo establecido en los art’culos 169 y 177 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Transcurrido dicho plazo sin que se hayan presentado reclamaciones, se considerar‡ definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo. Caba–as de Ebro, a 13 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Pedro Sanz Placed. SECCIîN SEXTA Nœm. 2739 AYUNTAMIENTO DE CABA„AS DE EBRO En cumplimiento de cuanto dispone el art’culo 212 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisi—n Especial de Cuentas, celebrada el d’a 12 de abril de 2024, se expone al pœblico la cuenta general correspondiente al ejercicio 2023 por un plazo de quince d’as, durante los cuales los que se estimen interesados podr‡n presentar las reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por conveniente. A su vez, estar‡ a disposici—n de los interesados en la sede electr—nica de este Ayuntamiento: https://cabanasdeebro.sedeelectronica.es Caba–as de Ebro, a 13 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Pedro Sanz Placed. SECCIîN SEXTA Nœm. 2723 AYUNTAMIENTO DE CALATORAO En virtud de avocaci—n, respecto de la delegaci—n previa en Junta de Gobierno Local (art’culos 8, 10 y 20 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico), por razones de urgencia, se aprueban por decreto de Alcald’a de fecha 12 de abril de 2024, las bases y la convocatoria para la selecci—n y contrataci—n de dos plazas de socorristas mediante concurso, en rŽgimen de personal laboral temporal a jornada parcial, durante 89 d’as naturales, con formaci—n de bolsa rotatoria. El presente extracto de la convocatoria se publica en el bopz, abriendo el plazo de presentaci—n de solicitudes, que ser‡ de diez d’as h‡biles, a contar desde el d’a siguiente a la publicaci—n de este anuncio. Las bases est‡n publicadas en la sede electr—nica del Ayuntamiento de Calatorao (https://calatorao.sedelectronica.es/transparency/cc74f867-a466-4ca4-8660-0e82f9c000d2/). Contra las presentes bases, que ponen fin a la v’a administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposici—n potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio, ante el Alcald’a de este Ayuntamiento, de conformidad con los art’culos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza o, en el plazo de dos meses a contar desde el d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio en el tabl—n de anuncios del ayuntamiento/p‡gina web/sede electr—nica (portal de transparencia) del Ayuntamiento de Calatorao, de conformidad con el art’culo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposici—n potestativo, no podr‡ interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimaci—n por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente. Calatorao, a 15 de abril de 2024. Ñ El alcalde, David Felipe Lallana. SECCIîN SEXTA Nœm. 2727 AYUNTAMIENTO DE CALATORAO En virtud de avocaci—n, respecto de la delegaci—n previa en Junta de Gobierno Local (arts. 8, 10 y 20 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico), por razones de urgencia, se aprueban por decreto de Alcald’a de fecha 12 de abril de 2024, las bases y la convocatoria para la selecci—n y contrataci—n de una plaza de taquillero mediante concurso, en rŽgimen de personal laboral temporal a jornada parcial, durante 89 d’as naturales, con formaci—n de bolsa rotatoria. El presente extracto de la convocatoria se publica en el bopz, abriendo el plazo de presentaci—n de solicitudes, que ser‡ de diez d’as h‡biles, a contar desde el d’a siguiente a la publicaci—n de este anuncio. Las bases est‡n publicadas en la sede electr—nica del Ayuntamiento de Calatorao (https://calatorao.sedelectronica.es/transparency/f3647116-9d62-477c-9816-8150d37c04d3/). Contra las presentes bases, que ponen fin a la v’a administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposici—n potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio, ante el Alcald’a de este Ayuntamiento, de conformidad con los art’culos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza o, en el plazo de dos meses a contar desde el d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio en el tabl—n de anuncios del ayuntamiento/p‡gina web/sede electr—nica (portal de transparencia) del Ayuntamiento de Calatorao, de conformidad con el art’culo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposici—n potestativo, no podr‡ interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimaci—n por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente. Calatorao, a 15 de abril de 2024. Ñ El alcalde, David Felipe Lallana. SECCIîN SEXTA Nœm. 2744 AYUNTAMIENTO DE CARENAS El Pleno de este Ayuntamiento, en sesi—n ordinaria celebrada el d’a 12 de abril de 2024, acord— la aprobaci—n provisional de la Ordenanza nœmero 6, reguladora de la tasa por prestaci—n del alcantarillado. Y, en cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a informaci—n pœblica por el plazo de treinta d’as a contar desde el d’a siguiente de la inserci—n de este anuncio en el BOPZ para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Durante dicho plazo podr‡ ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estar‡ a disposici—n de los interesados en la sede electr—nica de este Ayuntamiento: http://carenas.sedelectronica.es Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerar‡ aprobado definitivamente dicho acuerdo. Carenas, a 15 de abril de 2024. Ñ El alcalde-presidente, JosŽ Vidal Casado Pomareta. SECCIîN SEXTA Nœm. 2746 AYUNTAMIENTO DE CARENAS El Pleno de este Ayuntamiento, en sesi—n ordinaria celebrada el d’a 12 de abril de 2024, acord— la aprobaci—n provisional de la Ordenanza nœmero 4, reguladora de la tasa por prestaci—n del servicio de agua potable. Y, en cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a informaci—n pœblica por el plazo de treinta d’as a contar desde el d’a siguiente de la inserci—n de este anuncio en el BOPZ para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Durante dicho plazo podr‡ ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estar‡ a disposici—n de los interesados en la sede electr—nica de este Ayuntamiento: http://carenas.sedelectronica.es Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerar‡ aprobado definitivamente dicho acuerdo. Carenas, a 15 de abril de 2024. Ñ El alcalde-presidente, JosŽ Vidal Casado Pomareta. SECCIîN SEXTA Nœm. 2753 AYUNTAMIENTO DE CARENAS En cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 5 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Arag—n, en el Pleno celebrado con car‡cter ordinario el d’a 12 de abril de 2024, el Ayuntamiento de Carenas ha aprobado el Plan EstratŽgico de Subvenciones 2024-2026. Su texto ’ntegro estar‡ a disposici—n de los interesados en la sede electr—nica de este Ayuntamiento: http://carenas.sedelectronica.es Lo que se publica para general conocimiento y cumplimiento de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Informaci—n Pœblica y Buen Gobierno, y Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pœblica y Participaci—n Ciudadana de Arag—n. Carenas, a 15 de abril de 2024. Ñ El alcalde-presidente, JosŽ Vidal Casado Pomareta. SECCIîN SEXTA Nœm. 2067 AYUNTAMIENTO DE CARI„ENA RESOLUCIîN de Alcald’a nœm. 170, de fecha 18 de marzo de 2024, del Ayuntamiento de Cari–ena, por la que se aprueba inicialmente expediente de concesi—n de licencia ambiental de actividades clasificadas. HabiŽndose iniciado expediente de otorgamiento de licencia de apertura de actividad excluida de licencia ambiental de actividades clasificadas, solicitada por: Interesado: Andrea Ximena Marroqu’n Moreno. ¥ Para la instalaci—n de la siguiente actividad: Descripci—n de la actividad: Servicios digitales, servicios de publicidad, venta de golosinas en su empaque original y recepci—n de paqueter’a. Inicio previsto de actividad: 11 de marzo de 2024. Aforo: Cuatro personas. ¥ Que se llevar‡ a cabo en el siguiente emplazamiento: Localizaci—n: Calle Goya, 2. En cumplimiento con el art’culo 77.3 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevenci—n y Protecci—n Ambiental de Arag—n, se procede a abrir per’odo de informaci—n pœblica por un per’odo de quince d’as naturales desde la inserci—n del presente anuncio en la secci—n del Bolet’n Oficial de Arag—n para que se presenten las observaciones que se consideren pertinentes. Durante dicho plazo podr‡ ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estar‡ a disposici—n de los interesados en la sede electr—nica de este Ayuntamiento: http://carinena.sedelectronica.es Cari–ena, a 19 de marzo de 2024. Ñ El alcalde, Sergio Ortiz GutiŽrrez. SECCIîN SEXTA Nœm. 2722 AYUNTAMIENTO DE CASPE Resoluci—n de Alcald’a nœmero 390/2024, de fecha 11 de abril de 2024, por la que se aprueba la relaci—n provisional de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento selectivo para la provisi—n mediante el sistema extraordinario de concurso-oposici—n de las plazas de personal laboral y funcionario del Ayuntamiento de Caspe, incluidas en la oferta de empleo pœblico para la estabilizaci—n de empleo temporal del a–o 2022, al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre HabiŽndose aprobado por resoluci—n de Alcald’a nœmero 390/2024, de fecha 11 de abril de 2024, la relaci—n provisional de aspirantes admitidos y excluidos de la convocatoria de procedimiento selectivo para la provisi—n mediante el sistema extraordinario de concurso-oposici—n de las plazas de personal laboral y funcionario del Ayuntamiento de Caspe, del tenor literal siguiente: ÇMediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 28 de diciembre de 2022 se aprobaron las bases espec’ficas que regir‡n la convocatoria del procedimiento selectivo para la provisi—n mediante el sistema extraordinario de concurso-oposici—n de las plazas de personal laboral y funcionarios del Ayuntamiento de Caspe, incluidas en la oferta de empleo pœblico para la estabilizaci—n de empleo temporal del a–o 2022, al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre. Considerando que la base quinta de las bases que rigen la convocatoria establece que finalizado el plazo de presentaci—n de instancias, se dictar‡ resoluci—n declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as en el plazo de un mes, que se publicar‡ en el BOPZ, tabl—n de edictos y anuncios y en la p‡gina web, con indicaci—n de las causas de exclusi—n, as’ como el plazo de subsanaci—n de diez d’as h‡biles de defectos y presentaci—n de reclamaciones que se concede a las personas aspirantes excluidas, en los tŽrminos del art’culo 68 de la Ley 39/2015. Visto que con fecha 11 de marzo de 2024, mediante Decreto de Alcald’a nœmero 264/2024, se acuerda ampliar en un mes el plazo previsto en la Base 5.1 para la aprobaci—n de la lista de admitidos y excluidos, en el proceso selectivo para la provisi—n mediante el sistema extraordinario de concurso-oposici—n. Una vez finalizado el plazo de presentaci—n de instancias, examinadas las mismas, as’ como toda la documentaci—n aportada por las personas aspirantes, de conformidad con lo establecido en la base 5.1 de la convocatoria y en el art’culo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del RŽgimen Local, se emite la siguiente Resoluci—n: Primero. Ñ Aprobar la siguiente relaci—n provisional de aspirantes admitidos y excluidos: C—digo Plaza 01.01.03 Administrativo secretaria Nœm. expediente 484/2024 Nœm. de plazas 1 ¥ Relaci—n de aspirantes admitidos Apellidos Nombre Nœm. DNI ABADIA CUBELES JAVIER ***5398** ACERO CASAMIAN ALMUDENA ***8885** ADIEGO SEVILLA IRENE PILAR ***8911** AGUILAR ZAPATERO SONIA ***7236** Apellidos Nombre Nœm. DNI ALBIAC ROCA SARA ***5680** BARRIENDOS AZNAR MARIA TERESA ***6786** BAYO GAVIN SARA ***8115** BRAU LOSMOZOS SARA ***8092** BUISAN BALLABRIGA LIDIA ***0776** BUISAN BEL MARIA JESUS ***5396** CENTOL SANAHUJA M» CARMEN ***5688** CLAVERO EZQUERRA ANA ISABEL ***1964** COLLADOS SANCHO SIRA ***0501** CORTES ROJAS SILVIA ***8913** DAROCA ACOSTA MARIA ESTHER ***8830** DE MARTIN GUIU JOSE MIGUEL ***5768** DUC RUIZ ADRIANA ***9316** FILLOLA CENTELLAS BEATRIZ ***8548** INOGES HERNANDEZ MARTA ***6279** JARQUE GIL SOFIA ***9039** LAFRAGUETA MONTAVEZ SILVIA ***7492** LISBONA BERGES ALFREDO ***3085** MARTIN ROCA M» ISABEL ***5399** ORCAL AGUSTIN ISABEL ***8641** PELENDREU ESCUTE MARIA PILAR ***8980** PINA TOMAS SAMUEL HUGO ***8124** RASAL VALLS MARTA ***5569** TRAVER MEMBRADO AMANDA ***8969** ¥ Relaci—n de aspirantes excluidos Apellidos Nombre Nœm. dni Motivo PEREZ FUENTES MARTA SIGFRIDA ***6454** 4 GUERRERO PRATS LAURA ***1588** 4 ROS PERALTA ANA MARIA ***8176** 1 y 2 SANZ PRADEL FRANCISCO ***5592** 6 SANCHEZ RUA DEBORA ***1237** 3 C—digo Plaza 01.02.03 Auxiliar administrativo Administraci—n general Nœm. expediente 486/2024 Nœm. de plazas 2 ¥ Relaci—n de aspirantes admitidos Apellidos Nombre Nœm. DNI ABADIA CUBELES JAVIER ***5398** ACERO CASAMIAN ALMUDENA ***8885** ADIEGO SEVILLA IRENE PILAR ***8911** AGUILAR ZAPATERO SONIA ***7236** ANDREU CALLAO MARIA CARMEN ***5570** ANDUJAR BATISTA SANDRA ***9273** BARRIENDOS AZNAR MARIA TERESA ***6786** BAYO GAVIN SARA ***8115** BELTRAN POBLADOR JOSE ANTONIO ***5439** BERGES GARCES DANIEL ***8085** BRAU LOSMOZOS SARA ***8092** BUISAN BALLABRIGA LIDIA ***0776** BUISAN BEL MARIA JESUS ***5396** CLAVERO EZQUERRA ANA ISABEL ***1964** CORTES ROJAS SILVIA ***8913** DAROCA ACOSTA MARIA ESTHER ***8830** DE MARTIN GUIU JOSE MIGUEL ***5768** Apellidos Nombre Nœm. DNI FERNANDEZ PASTOR RAQUEL ***7265** FERRER GIRALDOS NATALIA ***8237** FILLOLA CENTELLAS JOSE ***9409** FILLOLA CENTELLAS BEATRIZ ***8548** GAY SANGROS SARA ***9006** GUILLEN NOMDEDEU MARTA ***1281** INOGES HERNANDEZ MARTA ***6279** LAFRAGUETA MONTAVEZ SILVIA ***7492** LISBONA BERGES ALFREDO ***3085** MARTIN ROCA M» ISABEL ***5399** MARTINEZ MUNIENTE MARIA CARMEN ***2704** MUSTIELES MAUKLEON SERGIO ***5804** ORCAL AGUSTIN ISABEL ***8641** PELENDREU ESCUTE MARIA PILAR ***8980** PIAZUELO COMPA„E JAVIER LORENZO ***1836** PINA TOMAS SAMUEL HUGO ***8124** PINILLOS LAZARO ANA M¼ ***0631** RASAL VALLS MARTA ***5569** TRAVER MEMBRADO AMANDA ***8969** VILLARROYA MARTINEZ ROBERTO ***5962** ¥ Relaci—n de aspirantes excluidos Apellidos Nombre DNI Motivo ECHAURI GUALLAR MARTA ISABEL ***9988** 1, 2 y 6 GONZALEZ LASHERAS BEATRIZ ***8668** 6 GUERRERO PRATS LAURA ***1588** 3 PEREZ FUENTES MARTA SIGFRIDA ***6454** 4 ROS PERALTA ANA MARIA ***8176** 1 y 2 SANCHEZ RUA DEBORA ***1237** 3 C—digo Plaza 03.02.12 Auxiliar de ayuda a domicilio (7 meses). Nœm. expediente 490/2024 Nœm. de plazas 3 ¥ Relaci—n de aspirantes admitidos Apellidos Nombre Nœm. DNI ALBESA ARTAL MARIA ***1986** ANDREU CALLAO MARIA CARMEN ***5570** BAETA MONFORT MARIA ISABEL ***5250** BALFAGON JORDAN M» PILAR ***5535** BARRIENDOS AZNAR MARIA TERESA ***6786** BAYO GARCIA MARTA ***7973** BORONAT NEIRA EVA ***8095** BUISAN POBLADOR ESMERALDA ***5630** CAMON SERRANO ELVIRA ***9213** DONAIRE MARTIN M» LOURDES ***9141** FERRER PALLAS MARIA JOSE ***3782** HERNANDEZ PIARPUEZAN GENY ESPERANZA ***5589** MARTIN BALAGUER NATALIA ***9201** MAULEON BIELSA AMELIA ***5355** MONSALVE SANCHEZ BEATRIZ HELENA ***9002** PEREZ ROYO MERCEDES ***5503** PLATERO NEVADO PILAR ***5536** ¥ Relaci—n de aspirantes excluidos Apellidos Nombre DNI Motivo FERRER GIRALDOS NATALIA ***8237** 3 GARCIA ORTIN ADELA ***5671** 2 LES GARCIA CONCEPCION ***5657** 3 C—digo Plaza 11.02.02 Auxiliar administrativo turismo Nœm. expediente 487/2024 Plazas 2 ¥ Relaci—n de aspirantes admitidos Apellidos Nombre DNI FILLOLA CENTELLAS JOSE ***9409** FERRER HERNANDEZ LIDIA ***0790** SANZ BARBERAN RUBEN ***9390** ¥ Relaci—n de aspirantes excluidos Apellidos Nombre DNI Motivo SANCHEZ RUA DEBORA ***1237** 3 C—digo Plaza 13.02.08 Oficial Primera GenŽrico Nœm. expediente 485/2024 Plazas 1 ¥ Relaci—n de aspirantes admitidos Apellidos Nombre DNI LOSADA MARTINEZ AGUSTIN ***1315** ABIAN GRAU FERNANDO ***9188** BALAGUER BORDONABA JOSE MANUEL ***5537** JARQUE FALCON CONRADO ***0997** MAYA DIAZ FRANCISCO ***0434** NEVADO VENTURA JUAN ANTONIO ***5592** GIRALDOS ESTOPA„AN JOSE LUIS ***5696** BORRAZ PIAZUELO PEDRO ***4207** ¥ Relaci—n de aspirantes excluidos Apellidos Nombre DNI Motivo LASHERAS CABALLU ANTONIO BLAS ***1956** 1 y 2 C—digo Plaza 13.02.15 Operario especializado Nœm. expediente 488/2024 Plazas 1 ¥ Relacion de aspirantes admitidos Apellidos Nombre DNI BEL MAZA ISMAEL ***5359** ¥ Relaci—n de aspirantes excluidos Apellidos Nombre DNI Motivo BALAGUER BORDONABA JOSE MANUEL ***5537** 3 LARA GARCIA RUBEN ***4712** 3 LOSADA MARTINEZ AGUSTIN ***1315** 3 C—digo Plaza 13.02.16 Limpiador/a Nœm. expediente 489/2024 Plazas 1 ¥ Relaci—n de aspirantes admitidos Apellidos Nombre DNI ALBESA ARTAL MARIA ***1986** ANDREU CALLAO MARIA CARMEN ***5570** BALFAGON JORDAN M» PILAR ***5535** BIELSA CORTES MONICA ***8155** CENTOL AMBROS SARA ***5566** CLAVERO EZQUERRA MARIA JESUS ***5616** DONAIRE MARTIN M» LOURDES ***9141** FERRER PALLAS MARIA JOSE ***3782** GARCIA CERDAN MARIA ROSA ***5567** GARCIA ORTIN ADELA ***5671** LES GARCIA CONCEPCION ***5657** MA„EZ MENDOZA MARIA JOSE ***5747** SERRA SIERRA MARIA LUISA ***5569** TABERNER FERRER ANA ***4411** (1) Anexo IV. Subsanar. (2) Anexo V. Subsanar. (3) Titulaci—n exigida o certificaci—n acadŽmica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, as’ como abonados los derechos para la expedici—n de aquel t’tulo. (4) Acreditar justificante de pago de tasas de inscripci—n. (5) Justificar cursos de formaci—n. (6) Acreditar requisito especifico. Segundo. Ñ Establecer un plazo de diez d’as h‡biles contados a partir del siguiente a la publicaci—n de la resoluci—n en el BOPZ, para que se puedan subsanar los defectos que hayan motivado la exclusi—n, o realizar las alegaciones que se tengan por conveniente. Tercero. Ñ Publicar la resoluci—n con la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el BOPZ, en el tabl—n de anuncios de la sede electr—nica y en la p‡gina web del AyuntamientoÈ. El plazo de subsanaci—n de solicitudes ser‡ de diez d’as h‡biles contados a partir del siguiente a la publicaci—n de la resoluci—n en el BOPZ. La presente resoluci—n constituye un acto de tr‡mite que no pone fin a la v’a administrativa, no decide directa o indirectamente el fondo del asunto, no determina la imposibilidad de continuar el procedimiento ni produce indefensi—n o perjuicio irreparable a derechos o intereses leg’timos, por lo que no podr‡ interponerse por los interesados el recurso potestativo de reposici—n. No obstante lo anterior, la oposici—n al acto de tr‡mite que se notifica podr‡ alegarse por los interesados para su consideraci—n en la resoluci—n que ponga fin al procedimiento. Caspe, a 12 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa, Ana Mar’a Jarque GarcŽs. SECCIîN SEXTA Nœm. 2734 AYUNTAMIENTO DE CETINA ANUNCIO relativo a informaci—n pœblica sobre perros desamparados (abandonados) en Cetina. El Ayuntamiento de Cetina, de acuerdo con el informe de la Guardia Civil (SEPRONA), ha procedido a asumir la atenci—n y manutenci—n de dos perros presumiblemente abandonados por los inquilinos de la casa-corral en calle La Iglesia, 44, de la localidad, hasta su recogida por el Centro Provincial de Protecci—n Animal de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza. De acuerdo con los datos que constan en el Ayuntamiento, la ausencia y presunto abandono corresponde a la œltima poseedora identificada como N.D.L.L., con DNI **9837***. Los perros son de raza lobo checoslovaco macho y hembra, y carecen de microchip de identificaci—n. Se procede a la apertura de un per’odo de informaci—n pœblica por termino de diez d’as naturales desde la publicaci—n del presente anuncio para que quien tenga algœn interŽs o pudieran verse afectados en el procedimiento de atenci—n, manutenci—n o recogida posterior en el Centro Provincial de Protecci—n Animal, presenten las alegaciones, observaciones reclamaciones que considere oportunas. Cetina, a 12 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Hilario Gonz‡lez Vel‡zquez. SECCIîN SEXTA Nœm. 2752 AYUNTAMIENTO DE FABARA ANUNCIO de aprobaci—n definitiva del presupuesto general para el ejercicio 2024. Aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento de Fabara para el ejercicio 2024, al no haberse presentado reclamaciones en el per’odo de exposici—n pœblica, y comprensivo aquel del presupuesto general de la entidad, bases de ejecuci—n y plantilla de personal, de conformidad con el art’culo 169 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y art’culo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por cap’tulos. Presupuesto general ejercicio 2024 Estado de gastos Cap’tulo Descripci—n Importe consolidado 1 Gastos de personal 641.300,00 2 Gastos en bienes corrientes y servicios 705.700,00 3 Gastos financieros 7.000,00 4 Transferencias corrientes 17.000,00 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos 3.000,00 6 Inversiones reales 128.800,00 7 Transferencias de capital 0,00 8 Activos financieros 0,00 9 Pasivos financieros 0,00 Total presupuesto 1.502.800,00 Estado de ingresos Cap’tulo Descripci—n Importe consolidado 1 Impuestos directos 294.000,00 2 Impuestos indirectos 0,00 3 Tasas, precios pœblicos y otros ingresos 485.000,00 4 Transferencias corrientes 491.500,00 5 Ingresos patrimoniales 44.900,00 6 Enajenaci—n de inversiones reales 0,00 7 Transferencias de capital 187.400,00 8 Activos financieros 0,00 9 Pasivos financieros 0,00 Total presupuesto 1.502.800,00 Plantilla de personal A) Funcionario de carrera: ÑUna plaza de auxiliar administrativo, grupo C2, nivel 18 (de carrera). ÑUna plaza de alguacil, grupo E, nivel 7 (vacante). ÑUna plaza de secretario-interventor, grupo A1, nivel 26 (interino). B) Personal laboral fijo: ÑUna plaza de operario de servicios mœltiples, nivel 7. C) Personal laboral temporal: ÑUna plaza de administrativo. ÑUna plaza de operario de servicios mœltiples. ÑCinco plazas de auxiliar de ayuda a domicilio 25 horas/semana. ÑDos plazas de socorrista a media jornada (tres meses). ÑCuatro plazas de operario de brigada. ÑUna plaza de conserje polideportivo. ÑDos plazas de limpiador 32,5 horas/semana. ÑUna plaza de director centro de d’a 25 horas/semana. ÑUna plaza de cocinera centro d’a 25 horas/semana. ÑDos plazas de auxiliares geriatr’a 25 horas/semana centro d’a. ÑDos plazas de limpiador 20 horas/semana centro d’a. ÑUna plaza de conductor del servicio de recogida basura. ÑUna plaza de ayudante del servicio de recogida de basura 10 horas/semana. ÑUna plaza de jardinero. ÑDos plazas de ayudante jardinero. ÑUna plaza de educador adultos a 19 horas/semana (nueve meses). ÑDos plazas de monitor aula canguro (once meses). ÑUna plaza de monitor ludoteca 12 horas/semana. Resumen: Total funcionarios carrera: 1. Total funcionarios interinos: 1. Total personal laboral fijo: 1. Total personal laboral temporal: 30. Contra la aprobaci—n definitiva del presupuesto podr‡ interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece la normativa vigente, segœn lo dispuesto en el art’culo 171 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Fabara, a 15 de abril de 2024. Ñ El alcalde-presidente, Juan Jesœs Villalba Forner. SECCIîN SEXTA Nœm. 2743 AYUNTAMIENTO DE FUENDEJALîN En cumplimiento de cuanto dispone el art’culo 212 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisi—n Especial de Cuentas, se expone al pœblico la cuenta general correspondiente al ejercicio presupuestario del a–o 2023 por un plazo de quince d’as, durante los cuales quienes se estimen interesados podr‡n presentar las reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. Fuendejal—n, a 15 de abril de 2024. Ñ El alcalde-presidente, Javier Tolosa Jaime. SECCIîN SEXTA Nœm. 2731 AYUNTAMIENTO DE ILLUECA El Pleno de este Ayuntamiento, en sesi—n ordinaria celebrada el d’a 11 de abril de 2024, acord— la aprobaci—n provisional de la modificaci—n de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por instalaci—n de terrazas y veladores en terrenos de uso pœblico con ocasi—n del ejercicio de la actividad de hosteler’a. Y en cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a informaci—n pœblica por el plazo de treinta d’as, a contar desde el d’a siguiente de la inserci—n de este anuncio en el BOPZ, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Durante dicho plazo podr‡ ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estar‡ a disposici—n de los interesados en la sede electr—nica de este Ayuntamiento en la direcci—n http://illueca.sedelectronica.es. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerar‡ aprobado definitivamente dicho acuerdo. Illueca, a 12 de abril de 2024. Ñ El alcalde, JosŽ Javier Vicente InŽs. SECCIîN SEXTA Nœm. 2729 AYUNTAMIENTO DE LA ALMUNIA DE DO„A GODINA Mediante resoluci—n nœm. 2024-0641, de 10 de abril,se han aprobado bases de selecci—n modificando las anteriormente aprobadas por resoluci—n nœm. 2023-1936, de fecha 9 de noviembre de 2023, de la convocatoria que han de regir el proceso selectivo de una plaza de agente de Polic’a Local, vacante en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de La Almunia de Do–a Godina, con el siguiente detalle: Antecedentes de hecho I. Que por resoluci—n nœm. 1936/2023, de 9 de noviembre, se aprobaron las bases y convocatoria para cubrir mediante oposici—n libre una plaza vacante de agente de la Policia Local de La Almunia de Do–a Godina. II. Que en las bases figura como requisito de acceso y causa de exclusi—n mŽdica: Òtener una altura m’nima de 165 cent’metros los hombres y 160 cent’metros las mujeresÓ, tal y como determinaba el Reglamento Marco de Organizaci—n de las Polic’as Locales de Arag—n, aprobado mediante Decreto 222/1991, de 17 de diciembre. III. Que el citado Reglamento Marco, fue modificado por Decreto 10/2023, de 8 de febrero, del Gobierno de Arag—n, y que en su disposici—n final primera elimina dicho requisito de altura. Estableciendo que: A nivel interno, se mantendr‡n los requisitos de estatura m’nima para acceder a determinadas unidades especiales , en la que la altura afecta a la operatividad de la labor policial espec’fica que deben desarrollar. No obstante, en la legislaci—n consolidada que figura en la web del Bolet’n Oficial de Arag—n, a fecha de hoy, hace menci—n a una modificaci—n realizada en fecha 16 de febrero de 2023 pero no aparece eliminado dicho requisito, lo que entendemos que es un error. IV. Que en consecuencia ha de procederse a dejar sin efecto los art’culos de las bases de la citada convocatoria que aludian al requisito de altura m’nima se–alado, dejando, sin embargo, subsistentes todos los tr‡mites y actos que no se vean afectados por dicha modificaci—n. Fundamentos de derecho I. Que la legislaci—n aplicable viene determinada por: ÑLos art’culos 23 y siguientes de la Ley 8/2013, de 12 de septiembre, de Coordinaci—n de Polic’as Locales de Arag—n. ÑEl Decreto 32/2019, de 26 de febrero, del Gobierno de Arag—n, por el que se regula la Organizaci—n y el Funcionamiento del Registro de Polic’as Locales de Arag—n, sus Datos Identificativos y se establece el Marco para el Tratamiento de los Datos de Car‡cter Personal. ÑEl Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administraci—n General del Estado y de Provisi—n de Puestos y Promoci—n Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administraci—n General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo . ÑLa Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Comœn. ÑEl texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de RŽgimen Local, aprobado por Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril. ÑLos art’culos 21.1 g) e i), 91, 92, 100 a 102 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del RŽgimen Local. ÑEl art’culo 51 de la Ley Org‡nica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. Tercero. Ñ Que como hemos expuesto en los antecedentes debemos eliminar el requisito de altura m’nima de las condiciones de admisi—n de los aspirantes quedando como sigue: ÇSegunda. Ñ Condiciones de admisi—n de aspirantes. Para ser admitido a la realizaci—n de estas pruebas selectivas los aspirantes deber‡n reunir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad espa–ola. b) Edad: Tener cumplidos dieciocho a–os y no exceder de la edad m‡xima de jubilaci—n forzosa establecida en la legislaci—n vigente. c) Titulaci—n: Estar en posesi—n del t’tulo de bachiller, tŽcnico o equivalente. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos, habr‡n de citar la disposici—n legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificaci—n expedida en tal sentido por el organismo competente en materia de homologaci—n de t’tulos acadŽmicos, que acredite la citada equivalencia. d) Compatibilidad funcional: no padecer enfermedad, ni impedimento f’sico o ps’quico que impida el normal desempe–o de las tareas de la plaza y no estar incurso en el cuadro de exclusiones mŽdicas que se adjunta como anexo V a las presentes bases. El reconocimiento mŽdico, conforme al citado cuadro de exclusiones mŽdicas, se llevar‡ a cabo antes de dar comienzo el primer ejercicio de la oposici—n. Si algœn aspirante se encontrase incurso en alguna causa de exclusi—n mŽdica, y previa expedici—n del correspondiente certificado, el tribunal calificador proceder‡ a proponer su exclusi—n del proceso selectivo. e) Habilitaci—n: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Publicas, ni hallarse inhabilitado para el desempe–o de las funciones pœblicas por resoluci—n judicial. f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos. g) Permisos de conducir veh’culos: estar en posesi—n de los permisos de conducir de las clases A o A2 y B. Aquellos aspirantes que accedan al Cuerpo de la Polic’a Local poseyendo el permiso de conducir de clase A2 deber‡n manifestar compromiso de tramitar y obtener el permiso de conducir de la clase A, en el plazo m‡s breve posible, y en cualquier caso en el plazo m‡ximo de tres a–os, a contar desde la fecha de toma de posesi—n como funcionarios de carrera, que presentar‡n mediante declaraci—n jurada. h) Compromiso escrito de portar armas y de su utilizaci—n, en los casos previstosen la normativa vigente, que prestar‡ mediante declaraci—n jurada. i) Haber abonado la tasa correspondiente por los derechos de examen. Los requisitos mencionados deber‡n poseerse el d’a en que finalice el plazo de presentaci—n de solicitudes y cumplir los mismos durante todo el procedimiento selectivo hasta la fecha del nombramiento; excepto el contenido en el apartado j) Permisos de conducir de determinados veh’culos, que deber‡ poseerse en la fecha en la que se haga pœblica la relaci—n de aspirantes que hayan superado el curso de formaci—n. Y adem‡s, ser‡ de aplicaci—n la excepci—n prevista para los aspirantes que accedan al Cuerpo de la Polic’a Local poseyendo el permiso de conducir de la clase A2È. Y eliminar del anexo V cuadro de exclusiones mŽdicas, su apartado 1, renumerando el resto de apartados. Cuarto. Ñ Que se establezca un nuevo plazo de presentaci—n de instancias excepcionando del mismo a los candidatos que hubieran solicitado en plazo su presentaci—n al proceso selectivo anteriormente convocado, todo ello en aras de la econom’a procesal, de la garant’a de la igualdad de todos los aspirantes al procedimiento y considerando que la modificaci—n de los requisitos propuesta no supone una mayor restricci—n al derecho de participaci—n. Las instancias presentadas con car‡cter previo junto a las nuevas solicitudes dar‡n lugar a la conformaci—n de la lista de admitidos con car‡cter provisional en los tŽrminos regulados en las bases. Que no requiere fiscalizaci—n previa en estos momentos. Visto cuanto antecede, e informe propuesta, esta Alcald’a-Presidencia, Ha resuelto: Primero. Ñ Avocar la delegaci—n efectuada a la Junta de Gobierno Local, en virtud del art’culo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico de las Administraciones Pœblicas, por razones de eficacia administrativa. Segundo. Ñ Aprobar las bases de selecci—n de personal, con la rectificaci—n que figura a continuaci—n: Donde dice: ÇSegunda. Ñ Condiciones de admisi—n de aspirantes. Para ser admitido a la realizaci—n de estas pruebas selectivas los aspirantes deber‡n reunir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad espa–ola. b) Edad: Tener cumplidos dieciocho a–os y no exceder de la edad m‡xima de jubilaci—n forzosa establecida en la legislaci—n vigente. c) Titulaci—n: Estar en posesi—n del t’tulo de bachiller, tŽcnico o equivalente. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos, habr‡n de citar la disposici—n legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificaci—n expedida en tal sentido por el organismo competente en materia de homologaci—n de t’tulos acadŽmicos, que acredite la citada equivalencia. d) Compatibilidad funcional: no padecer enfermedad, ni impedimento f’sico o ps’quico que impida el normal desempe–o de las tareas de la plaza y no estar incurso en el cuadro de exclusiones mŽdicas que se adjunta como anexo V a las presentes bases. El reconocimiento mŽdico, conforme al citado cuadro de exclusiones mŽdicas, se llevar‡ a cabo antes de dar comienzo el primer ejercicio de la oposici—n. Si algœn aspirante se encontrase incurso en alguna causa de exclusi—n mŽdica, y previa expedici—n del correspondiente certificado, el tribunal calificador proceder‡ a proponer su exclusi—n del proceso selectivo. e) Habilitaci—n: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Publicas, ni hallarse inhabilitado para el desempe–o de las funciones pœblicas por resoluci—n judicial. f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos. g) Permisos de conducir veh’culos: estar en posesi—n de los permisos de conducir de las clases A o A2 y B. Aquellos aspirantes que accedan al Cuerpo de la Polic’a Local poseyendo el permiso de conducir de clase A2 deber‡n manifestar compromiso de tramitar y obtener el permiso de conducir de la clase A, en el plazo m‡s breve posible, y en cualquier caso en el plazo m‡ximo de tres a–os, a contar desde la fecha de toma de posesi—n como funcionarios de carrera, que presentar‡n mediante declaraci—n jurada. h) Compromiso escrito de portar armas y de su utilizaci—n, en los casos previstos en la normativa vigente, que prestar‡ mediante declaraci—n jurada. i) Tener una estatura m’nima de 1,65 metros los hombres, y 1,60 metros las mujeres. La medici—n se llevar‡ a cabo antes de dar comienzo el primer ejercicio de la oposici—n. Tras una primera medici—n, si un aspirante no superase la estatura m’nima exigida, se proceder‡ a una segunda medici—n en un tall’metro distinto habilitado al efecto. De persistir el incumplimiento, y previa expedici—n del certificado de la medici—n, el tribunal calificador proceder‡ a proponer su exclusi—n del proceso selectivo. j) Haber abonado la tasa correspondiente por los derechos de examen. Los requisitos mencionados deber‡n poseerse el d’a en que finalice el plazo de presentaci—n de solicitudes y cumplir los mismos durante todo el procedimiento selectivo hasta la fecha del nombramiento; excepto el contenido en el apartado k) Permisos de conducir de determinados veh’culos, que deber‡ poseerse en la fecha en la que se haga pœblica la relaci—n de aspirantes que hayan superado el curso de formaci—n. Y adem‡s, ser‡ de aplicaci—n la excepci—n prevista para los aspirantes que accedan al Cuerpo de la Polic’a Local poseyendo el permiso de conducir de la clase A2È. Debe decir: ÇSegunda. Ñ Condiciones de admisi—n de aspirantes. Para ser admitido a la realizaci—n de estas pruebas selectivas los aspirantes deber‡n reunir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad espa–ola. b) Edad: Tener cumplidos dieciocho a–os y no exceder de la edad m‡xima de jubilaci—n forzosa establecida en la legislaci—n vigente. c) Titulaci—n: Estar en posesi—n del t’tulo de bachiller, tŽcnico o equivalente. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos, habr‡n de citar la disposici—n legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificaci—n expedida en tal sentido por el organismo competente en materia de homologaci—n de t’tulos acadŽmicos, que acredite la citada equivalencia. d) Compatibilidad funcional: no padecer enfermedad, ni impedimento f’sico o ps’quico que impida el normal desempe–o de las tareas de la plaza y no estar incurso en el cuadro de exclusiones mŽdicas que se adjunta como anexo V a las presentes bases. El reconocimiento mŽdico, conforme al citado cuadro de exclusiones mŽdicas, se llevar‡ a cabo antes de dar comienzo el primer ejercicio de la oposici—n. Si algœn aspirante se encontrase incurso en alguna causa de exclusi—n mŽdica, y previa expedici—n del correspondiente certificado, el tribunal calificador proceder‡ a proponer su exclusi—n del proceso selectivo. e) Habilitaci—n: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Publicas, ni hallarse inhabilitado para el desempe–o de las funciones pœblicas por resoluci—n judicial. f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos. g) Permisos de conducir veh’culos: estar en posesi—n de los permisos de conducir de las clases A o A2 y B. Aquellos aspirantes que accedan al Cuerpo de la Polic’a Local poseyendo el permiso de conducir de clase A2 deber‡n manifestar compromiso de tramitar y obtener el permiso de conducir de la clase A, en el plazo m‡s breve posible, y en cualquier caso en el plazo m‡ximo de tres a–os, a contar desde la fecha de toma de posesi—n como funcionarios de carrera, que presentar‡n mediante declaraci—n jurada. h) Compromiso escrito de portar armas y de su utilizaci—n, en los casos previstos en la normativa vigente, que prestar‡ mediante declaraci—n jurada. i) Haber abonado la tasa correspondiente por los derechos de examen. Los requisitos mencionados deber‡n poseerse el d’a en que finalice el plazo de presentaci—n de solicitudes y cumplir los mismos durante todo el procedimiento selectivo hasta la fecha del nombramiento; excepto el contenido en el apartado j) Permisos de conducir de determinados veh’culos, que deber‡n poseerse en la fecha en la que se haga pœblica la relaci—n de aspirantes que hayan superado el curso de formaci—n. Y adem‡s, ser‡ de aplicaci—n la excepci—n prevista para los aspirantes que accedan al Cuerpo de la Polic’a Local poseyendo el permiso de conducir de la clase A2. Y eliminar del anexo V cuadro de exclusiones mŽdicas, su apartado 1, de tal manera que: Donde dice: ÇANEXO V. Exclusiones mŽdicas. 1. Talla: Estatura m’nima: 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. 2. Obesidad y delgadez: Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. 3. Exclusiones circunstanciales: Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones policiales. En estos casos, el tribunal mŽdico podr‡ fijar un nuevo plazo para comprobar el estado de salud del aspirante, al final del cual el tribunal mŽdico designado certificar‡ si han desaparecido los motivos de la exclusi—n circunstancial. 4. Exclusiones definitivas: 4.1. Ojo y visi—n: 4.1.1. Agudeza visual sin correcci—n inferior a los dos tercios en la visi—n normal en ambos ojos. 4.1.2. Queratotom’a radial. 4.1.3. Desprendimiento de retina. 4.1.4. Estrabismo. 4.1.5. Hemianopsias. 4.1.6. Discromatopsias. 4.1.7. Cualquier otro proceso patol—gico que, a juicio del tribunal mŽdico, dificulte de manera importante la agudeza visual. 4.2. O’do y audici—n: Agudeza auditiva que suponga una pŽrdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. 4.3. Otras exclusiones, sin perjuicio de que respecto a la diabetes, el VIH, la celiaqu’a y la psoriasis se atender‡ a lo dispuesto en el acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, publicado por la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero (Bolet’n Oficial del Estado nœmero 44 del 2020), as’ como a las recomendaciones formuladas por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Direcci—n General de Salud Pœblica, Calidad e Innovaci—n, Secretar’a del Plan Nacional sobre el Sida, valorando la evidencia cient’fica actual y, en todo caso, la situaci—n cl’nica del aspirante y no solo su diagn—stico. 4.3.1. Aparato locomotor: 4.3.1.1. Cifosis, escoliosis y lordosis que, sin ser muy marcadas, produzcan una asimetr’a en la estŽtica de la bipedestaci—n. 4.3.1.2. Asimetr’a de la cintura escapular (hombros ca’dos, atrofia muscular). 4.3.1.3. Atrofias totales y relativas a miembros, incompatibles con los servicios propios del Cuerpo. 4.3.1.4. Amputaci—n o pŽrdida de cualquier dedo o parte del mismo en la mano dominante. 4.3.1.5. Amputaci—n o pŽrdida de cualquier dedo o parte del mismo en la mano no dominante, excepto la pŽrdida de una falange en los tres œltimos dedos, siempre que el funcionamiento de Žstos sea normal y compatible con los servicios del Cuerpo. 4.3.1.6. Lesiones de las principales articulaciones y dedos que produzcan limitaci—n de los movimientos de flexi—n y extensi—n. 4.3.1.7. Acortamiento de una extremidad inferior que produzca asimetr’a de las articulaciones coxofemorales en bipedestaci—n. 4.3.1.8. Genu, valgum, varum y recurvatum marcados. 4.3.1.9. Pie equino, varo o talo marcado. 4.3.1.10. Pies aplanados con marcado descenso de la b—veda plantar. 4.3.1.11. Ausencia o pŽrdida de uno de los cuatro œltimos dedos de un pie . 4.3.1.12. Ausencia o pŽrdida de la œltima falange de un dedo gordo de un pie. 4.3.1.13. Ausencia o pŽrdida de la œltima falange de dos dedos de un pie. 4.3.1.14. Otras alteraciones que, a juicio del tribunal mŽdico, limiten o dificulten el desarrollo de la funci—n policial. 4.3.2. Aparato digestivo: Ulcera gastroduodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio del Tribunal mŽdico, dificulte el desempe–o del puesto de trabajoÈ. Debe decir: ÇANEXO V. Exclusiones mŽdicas. 1. Obesidad y delgadez: Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. 2. Exclusiones circunstanciales: Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones policiales. En estos casos, el tribunal mŽdico podr‡ fijar un nuevo plazo para comprobar el estado de salud del aspirante, al final del cual el tribunal mŽdico designado certificar‡ si han desaparecido los motivos de la exclusi—n circunstancial. 3. Exclusiones definitivas: 3.1. Ojo y visi—n: 3.1.1. Agudeza visual sin correcci—n inferior a los dos tercios en la visi—n normal en ambos ojos. 3.1.2. Queratotom’a radial. 3.1.3. Desprendimiento de retina. 3.1.4. Estrabismo. 3.1.5. Hemianopsias. 3.1.6. Discromatopsias. 3.1.7. Cualquier otro proceso patol—gico que, a juicio del tribunal mŽdico, dificulte de manera importante la agudeza visual. 3.2. O’do y audici—n: Agudeza auditiva que suponga una pŽrdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. 3.3. Otras exclusiones, sin perjuicio de que respecto a la diabetes, el VIH, la celiaqu’a y la psoriasis se atender‡ a lo dispuesto en el acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, publicado por la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero (Bolet’n Oficial del Estado nœmero 44 del 2020), as’ como a las recomendaciones formuladas por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Direcci—n General de Salud Pœblica, Calidad e Innovaci—n, Secretar’a del Plan Nacional sobre el Sida, valorando la evidencia cient’fica actual y, en todo caso, la situaci—n cl’nica del aspirante y no solo su diagn—stico. 3.3.1. Aparato locomotor: 3.3.1.1. Cifosis, escoliosis y lordosis que, sin ser muy marcadas, produzcan una asimetr’a en la estŽtica de la bipedestaci—n. 3.3.1.2. Asimetr’a de la cintura escapular (hombros ca’dos, atrofia muscular). 3.3.1.3. Atrofias totales y relativas a miembros, incompatibles con los servicios propios del Cuerpo. 3.3.1.4. Amputaci—n o pŽrdida de cualquier dedo o parte del mismo en la mano dominante. 3.3.1.5. Amputaci—n o pŽrdida de cualquier dedo o parte del mismo en la mano no dominante, excepto la pŽrdida de una falange en los tres œltimos dedos, siempre que el funcionamiento de Žstos sea normal y compatible con los servicios del Cuerpo. 3.3.1.6. Lesiones de las principales articulaciones y dedos que produzcan limitaci—n de los movimientos de flexi—n y extensi—n. 3.3.1.7. Acortamiento de una extremidad inferior que produzca asimetr’a de las articulaciones coxofemorales en bipedestaci—n. 3.3.1.8. Genu, valgum, varum y recurvatum marcados. 3.3.1.9. Pie equino, varo o talo marcado. 3.3.1.10. Pies aplanados con marcado descenso de la b—veda plantar. 3.3.1.11. Ausencia o pŽrdida de uno de los cuatro œltimos dedos de un pie . 3.3.1.12. Ausencia o pŽrdida de la œltima falange de un dedo gordo de un pie. 3.3.1.13. Ausencia o pŽrdida de la œltima falange de dos dedos de un pie. 3.3.1.14. Otras alteraciones que, a juicio del tribunal mŽdico, limiten o dificulten el desarrollo de la funci—n policial. 3.3.2. Aparato digestivo: Ulcera gastroduodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio del tribunal mŽdico, dificulte el desempe–o del puesto de trabajoÈ. Tercero. Ñ Publicar el texto ’ntegro con la modificaci—n aludida de las bases reguladoras de las pruebas selectivas en el BOPZ que se integrar‡ como secci—n del Bolet’n Oficial de Arag—n a los efectos de la disposici—n adicional cuarta de la Ley de Administraci—n Local de Arag—n, as’ como en el tabl—n de anuncios y en la sede electr—nica de este Ayuntamiento http://laalmunia.sedelectronica.es. Cuarto. Ñ Publicar un extracto de la convocatoria en el Bolet’n Oficial de Arag—n y en el Bolet’n Oficial del Estado, siendo la fecha del anuncio en el Bolet’n Oficial del Estado la que servir‡ para el c—mputo del plazo de presentaci—n de las nuevas instancias excepcionando de su presentaci—n las ya presentadas en el plazo de la anterior convocatoria. Quinto. Ñ Expirado el nuevo plazo de presentaci—n de solicitudes de admisi—n en las pruebas de selecci—n, se aprobar‡ la relaci—n provisional de aspirantes admitidos y excluidos que incluir‡ a los aspirantes que hayan solicitado en los dos plazos de presentaci—n y teniendo en cuenta las reclamaciones o subsanaciones ya presentadas, debiendo publicarse en el BOPZ y en la sede electr—nica de este Ayuntamiento http://laalmunia.sedelectronica.es y, en su caso, en el tabl—n de anuncios, para mayor difusi—n, otorgando a aspirantes excluidos un plazo de diez d’as h‡biles, a partir de la publicaci—n del anuncio en el BOPZ, para formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado su exclusi—n. Bases de la convocatoria Primero. Ñ Objeto de la convocatoria. Es objeto de las presentes bases cubrir en propiedad la plaza que se incluye en la oferta pœblica de empleo correspondiente al ejercicio del a–o 2023, aprobada por la Junta de Gobierno local el pasado 13 de septiembre de 2023. Publicada en el BOPZ nœm. 217, de 21 de septiembre de 2023 y cuyas caracter’sticas son: Servicio/dependencia Polic’a Local Denominaci—n del puesto Agente Polic’a Local Naturaleza Funcionario Nombramiento Funcionario de carrera Escala B‡sica/ejecutiva Subescala Agente Grupo/Subgrupo C/C1 Nivel 16 Jornada Turnos Complemento espec’fico 18.510,59 N.¼ de vacantes 1 Sistema selectivo Oposici—n Conforme a lo previsto en el art’culo 25.3 del Decreto 222/1991, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Marco de organizaci—n de las Polic’as Locales, el nœmero de plazas podr‡ ser ampliado posteriormente hasta completar las plazas vacantes existentes el d’a en que el tribunal calificador correspondiente haga pœblica la relaci—n de aprobados en la fase de oposici—n. Las funciones a desarrollar ser‡n las establecidas en la relaci—n de puestos de trabajo del Ayuntamiento de la Almunia de Do–a Godina; Ley Org‡nica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; Ley 8/2013 de Coordinaci—n de Polic’as Locales de Arag—n; el Decreto 222/1991, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Marco de organizaci—n de las Polic’as Locales de Arag—n, y dem‡s normativa estatal y auton—mica de aplicaci—n. Segunda. Condiciones de admisi—n de aspirantes. Para ser admitido a la realizaci—n de estas pruebas selectivas los aspirantes deber‡n reunir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad espa–ola. b) Edad: Tener cumplidos dieciocho a–os y no exceder de la edad m‡xima de jubilaci—n forzosa establecida en la legislaci—n vigente. c) Titulaci—n: Estar en posesi—n del t’tulo de bachiller, tŽcnico o equivalente. Los aspirantes que aleguen estudios equivalentes a los exigidos, habr‡n de citar la disposici—n legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificaci—n expedida en tal sentido por el organismo competente en materia de homologaci—n de t’tulos acadŽmicos, que acredite la citada equivalencia. d) Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad, ni impedimento f’sico o ps’quico que impida el normal desempe–o de las tareas de la plaza y no estar incurso en el cuadro de exclusiones mŽdicas que se adjunta como anexo V a las presentes bases. El reconocimiento mŽdico, conforme al citado cuadro de exclusiones mŽdicas, se llevar‡ a cabo antes de dar comienzo el primer ejercicio de la oposici—n. Si algœn aspirante se encontrase incurso en alguna causa de exclusi—n mŽdica, y previa expedici—n del correspondiente certificado, el tribunal calificador proceder‡ a proponer su exclusi—n del proceso selectivo. e) Habilitaci—n: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Publicas, ni hallarse inhabilitado para el desempe–o de las funciones pœblicas por resoluci—n judicial. f) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos. g) Permisos de conducir veh’culos: estar en posesi—n de los permisos de conducir de las clases A o A2 y B. Aquellos aspirantes que accedan al Cuerpo de la Polic’a Local poseyendo el permiso de conducir de clase A2 deber‡n manifestar compromiso de tramitar y obtener el permiso de conducir de la clase A, en el plazo m‡s breve posible, y en cualquier caso en el plazo m‡ximo de tres a–os, a contar desde la fecha de toma de posesi—n como funcionarios de carrera, que presentar‡n mediante declaraci—n jurada. h) Compromiso escrito de portar armas y de su utilizaci—n, en los casos previstos en la normativa vigente, que prestar‡ mediante declaraci—n jurada. i) Haber abonado la tasa correspondiente por los derechos de examen. Los requisitos mencionados deber‡n poseerse el d’a en que finalice el plazo de presentaci—n de solicitudes y cumplir los mismos durante todo el procedimiento selectivo hasta la fecha del nombramiento; excepto el contenido en el apartado j) Permisos de conducir de determinados veh’culos, que deber‡ poseerse en la fecha en la que se haga pœblica la relaci—n de aspirantes que hayan superado el curso de formaci—n. Y adem‡s, ser‡ de aplicaci—n la excepci—n prevista para los aspirantes que accedan al cuerpo de la Polic’a Local poseyendo el permiso de conducir de la clase A2. Tercera. Ñ Forma y plazo de presentaci—n de instancias. Las solicitudes (anexo I) junto con el resguardo acreditativo del pago de la tasa de examen-carta de pago acreditativa de haber abonado en la cuenta corriente nœmero ES 39 2085 1017 2803 0014 3116 el importe de los derechos de examen que ascienden a 9,60 euros o resguardo de giro postal o telegr‡fico, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes har‡n constar que reœnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, a travŽs del anexo IV, se dirigir‡n a la Alcald’a del Ayuntamiento y se presentar‡n en el Registro Electr—nico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el art’culo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, en el plazo de veinte d’as h‡biles contados a partir del d’a siguiente al de la publicaci—n del anuncio de la convocatoria en el Bolet’n Oficial del Estado. Las bases ’ntegras se publicar‡n en el BOPZ y se insertar‡ anuncio de la convocatoria en el Bolet’n Oficial de Arag—n, tal y como se se–ala en el art’culo 23.3 de la Ley 8/2013, de 12 de septiembre, de Coordinaci—n de Polic’as Locales de Arag—n. Se publicar‡n igualmente en la sede electr—nica de este Ayuntamiento http://laalmunia.sedelectronica.es y en el tabl—n de anuncios del Ayuntamiento. Los datos personales incluidos en la solicitud de participaci—n ser‡n tratados œnicamente para la gesti—n del proceso selectivo, es decir para la pr‡ctica de las pruebas de selecci—n y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicar‡ de la forma que determina la disposici—n adicional sŽptima de la Ley Org‡nica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protecci—n de Datos Personales y garant’a de los derechos digitales. El Ayuntamiento ser‡ el responsable del tratamiento de estos datos. Cuarta. Ñ Admisi—n de aspirantes. Expirado el plazo de veinte d’as de presentaci—n de instancias, la Alcald’a dictar‡ resoluci—n en el plazo de treinta d’as, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resoluci—n, que se publicar‡ en el BOPZ y en la sede electr—nica de este Ayuntamiento http://laalmunia.sedelectronica.es y en el tabl—n de anuncios del Ayuntamiento, en su caso], se se–alar‡ un plazo de diez d’as h‡biles para subsanaci—n. En la misma publicaci—n se har‡ constar el d’a, hora y lugar en que habr‡ de realizarse el primer ejercicio de selecci—n. El llamamiento para posteriores ejercicios se har‡ mediante la publicaci—n en el tabl—n de anuncios de la Corporaci—n; en este supuesto, los anuncios de la celebraci—n de las sucesivas pruebas deber‡n hacerse pœblicos por el —rgano de selecci—n en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior o en la sede del Ayuntamiento, con un plazo m’nimo de antelaci—n de doce horas, si se trata de un mismo ejercicio, mientras que la convocatoria para un ejercicio distinto deber‡ respetar un plazo m’nimo de veinticuatro horas. Igualmente, en la misma resoluci—n se har‡ constar la designaci—n nominal del tribunal. TŽngase en cuenta que, si transcurren esos diez d’as sin que se formule reclamaci—n alguna, la lista se elevar‡ a definitiva sin nueva resoluci—n ni publicaci—n. Las alegaciones presentadas ser‡n resultas en el plazo de treinta d’as desde la finalizaci—n del plazo para presentaci—n y se proceder‡ a publicar la lista definitiva de admitidos y excluidos. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resoluci—n alguna, las alegaciones se entender‡n desestimadas. Quinta. Ñ Tribunal calificador. Al tribunal calificador le corresponde dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes. El tribunal calificador estar‡ constituido por su presidente y cuatro vocales, uno de los cuales actuar‡ como secretario. El tribunal calificador estar‡ formado por miembros titulares y suplentes nombrados en el mismo decreto que apruebe la lista de aspirantes admitidos y excluidos. Los vocales habr‡n de ser funcionarios, deber‡n poseer una titulaci—n igual o superior a la requerida para las plazas convocadas, respectivamente, en la misma ‡rea de conocimientos espec’ficos, y deber‡n pertenecer al mismo grupo o grupos superiores. El secretario del tribunal ser‡ nombrado entre los vocales funcionarios del Ayuntamiento de La Almunia de Do–a Godina. Los tribunales no podr‡n constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, tres de sus miembros, siendo necesaria la presencia del presidente y del secretario del tribunal. El tribunal podr‡ disponer la incorporaci—n a su labor en el proceso selectivo de asesores especialistas, en aquellas pruebas que consideren necesario y/o para aquellos aspectos concretos del proceso selectivo debido a la especializaci—n tŽcnica del trabajo a realizar. Su funci—n se circunscribe a un mero asesoramiento, es decir, actœan con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones del tribunal. Los asesores deber‡n guardar sigilo y confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan conocimiento a consecuencia de su colaboraci—n en el tribunal. El tribunal podr‡ designar personal colaborador para el desarrollo de las pruebas, que actuar‡ bajo su direcci—n, cuando la complejidad del proceso selectivo lo aconseje. La abstenci—n y recusaci—n de los miembros del tribunal ser‡ de conformidad con los art’culos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico. Contra los actos y decisiones del tribunal calificador incluidas las peticiones para la revisi—n de ex‡menes, calificaciones e impugnaci—n de preguntas, as’ como las que imposibiliten la continuaci—n del procedimiento para el interesado o produzcan indefensi—n y se funden en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad en los art’culos previstos en los art’culos 47 y 48 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas, se podr‡ interponer por el interesado recurso de alzada ante el se–or alcalde de la Corporaci—n, de conformidad con lo establecido en el art’culo 121 de la citada ley, y ello sin perjuicio de la interposici—n de cualesquiera otro recurso. Los tribunales calificadores que actœen en este proceso selectivo tendr‡ la categor’a segunda, de conformidad con el art’culo 30.1 b) del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por raz—n del servicio Sexta. Ñ Sistemas de selecci—n y desarrollo de los procesos. La oposici—n se iniciar‡ con una fase previa consistente en el reconocimiento mŽdico y medici—n que tendr‡ por objeto comprobar que los aspirantes no padecen enfermedad ni impedimento f’sico que impida el normal desarrollo de las tareas de la plaza objeto de convocatoria, de conformidad con el anexo V en el que se recoge el cuadro de exclusiones mŽdicas. El ingreso en la categor’a de Polic’a se realizar‡ por el sistema de oposici—n libre, y constar‡ de dos fases: oposici—n y curso selectivo de formaci—n. La fase de oposici—n constar‡ de los siguientes ejercicios: 1. Primer ejercicio. Consistir‡ en contestar a un cuestionario de cien preguntas tipo test con tres respuestas alternativas, en un tiempo m‡ximo de ochenta minutos, siendo solo una de las respuestas la correcta o m‡s correcta de entre las alternativas planteadas. En este ejercicio se valorar‡n los conocimientos del aspirante en relaci—n con las materias contenidas en el anexo II. 2. Segundo ejercicio. Consistir‡ en superar todas y cada una de las pruebas f’sicas contenidas en el anexo III que se acompa–a a las presentes bases. En la fecha establecida para la celebraci—n de este ejercicio, cada uno de los aspirantes deber‡ aportar certificado mŽdico firmado por un colegiado en ejercicio, emitido como m‡ximo tres meses antes del d’a establecido para la ejecuci—n de las pruebas f’sicas, y en el que se haga constar expresamente que el aspirante reœne las condiciones f’sicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realizaci—n de las pruebas f’sicas que se expresan en el citado anexo II. El certificado mŽdico tendr‡ que ajustarse estrictamente en su redacci—n a estos conceptos, no excluyendo la obligaci—n de los aspirantes de someterse al preceptivo reconocimiento mŽdico. El aspirante que no aporte el expresado certificado no podr‡ realizar el ejercicio y ser‡ excluido del proceso selectivo. Para la realizaci—n de las pruebas, los opositores deber‡n presentarse provistos de atuendo deportivo. En este ejercicio se evaluar‡ el perfil f’sico de los aspirantes (fuerza, velocidad, resistencia, tiempo de reacci—n, flexibilidad, agilidad, etc.). 3. Tercer ejercicio. Consistir‡ en una prueba de aptitud psicotŽcnica, que estar‡ dirigida a determinar que la aptitud psicol—gica y rasgos de personalidad del aspirante son los m‡s adecuados para el desempe–o de las funciones asignadas a la plaza convocada, que se concretar‡ en la evaluaci—n de los niveles de capacidad intelectual general (razonamiento abstracto y verbal), estabilidad emocional, iniciativa personal, responsabilidad, sociabilidad y colaboraci—n; y en la evaluaci—n de tendencias disfuncionales de personalidad. 4. Cuarto ejercicio. Consistir‡ en contestar por escrito a dos supuestos pr‡cticos relacionados con el ejercicio de las funciones propias de la plaza convocada y/o con las materias contenidas en el anexo II que se adjunta a las presentes bases, en un tiempo que ser‡ determinado por el tribunal y que estar‡ comprendido entre un m’nimo de una hora y un m‡ximo de dos horas. En este ejercicio se valorar‡ la aplicaci—n razonada de los conocimientos te—ricos a la resoluci—n de los problemas pr‡cticos planteados. Los aspirantes no podr‡n hacer uso de bibliograf’a durante el desarrollo del ejercicio. El ejercicio deber‡ ser le’do por cada uno de los aspirantes en sesi—n pœblica ante el tribunal de selecci—n. Una vez comenzado el primer ejercicio, no ser‡ obligatoria la publicaci—n de los sucesivos anuncios de las restantes pruebas en el BOPZ. En dicho supuesto, estos anuncios deber‡n hacerse pœblicos por el —rgano de selecci—n en el tabl—n de edictos de la Casa Consistorial o comunicaci—n a los aspirantes, en el local donde se haya celebrado la prueba anterior, con doce horas al menos, de antelaci—n al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Una vez finalizada la oposici—n, el tribunal de selecci—n proceder‡ a sumar las puntuaciones atribuidas a cada aspirante, lo que determinar‡ la calificaci—n final de la oposici—n. En supuesto de empate en las sumas de las calificaciones obtenidas por los aspirantes, ser‡n criterios para dirimir el mismo y por este orden, en primer lugar la mayor calificaci—n obtenida en el cuarto ejercicio, en segundo lugar la obtenida en el primer ejercicio. Si continœa el empate entre aspirantes se podr‡ establecer una prueba adicional de contenido pr‡ctico. SŽptima. Ñ Calificaci—n. Los ejercicios de la oposici—n ser‡n eliminatorios y evaluados separada e independientemente por el tribunal, calificando cada uno de los ejercicios como sigue: ÑPrimer ejercicio. El ejercicio de los aspirantes se calificar‡ de 0 a 10 puntos. Siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superar el ejercicio. Cada respuesta acertada se valorar‡ a raz—n de 0,10 puntos. Las respuestas en blanco no penalizar‡n. Las respuestas err—neas penalizar‡n a raz—n de descontar 0,025 puntos por cada respuesta contestada incorrectamente. En el plazo de tres d’as h‡biles, a contar desde el d’a de celebraci—n del ejercicio, el tribunal calificador proceder‡ a publicar en la p‡gina web municipal la plantilla provisional de respuestas, abriŽndose un plazo de diez d’as h‡biles, a los efectos de presentar por los aspirantes las alegaciones a la misma lo que se estime conveniente. Transcurrido dicho plazo se elaborar‡ la plantilla de respuestas definitiva que ser‡ publicada en la p‡gina web municipal, y que servir‡ de base para la correcci—n de los ex‡menes. ÑSegundo ejercicio. Se calificar‡ como ÇaptoÈ o Çno aptoÈ, siendo necesario superar cada una de las pruebas f’sicas que integran el ejercicio para obtener la calificaci—n de ÒaptoÓ y pasar al siguiente ejercicio. En el desarrollo de este ejercicio podr‡n realizarse controles antidopaje a todos los aspirantes, o a aquellos que al azar les corresponda. En este sentido, la lista de sustancias y grupos farmacol—gicos prohibidos, as’ como los mŽtodos no reglamentarios de dopaje, ser‡ la contemplada en la Resoluci—n de 18 de diciembre de 2014, del Consejo Superior de Deportes, publicada en el Bolet’n Oficial del Estado, nœm. 315, de 30 de diciembre de 2014, o relaci—n oficial posterior que la sustituya. En el caso de que alguno de los aspirantes estŽ recibiendo, por prescripci—n facultativa, alguna de las sustancias prohibidas y no exista ninguna otra alternativa terapŽutica, el mŽdico que haya prescrito la administraci—n de esa sustancia deber‡ elaborar un informe en el que se integrar‡ o adjuntar‡ historia cl’nica, antecedentes, s’ntomas principales, diagn—stico de la enfermedad, tratamiento y dosis prescritas, pruebas complementarias y sus fechas y receta mŽdica. Este informe tendr‡ una validez de tres meses desde la fecha de su formulaci—n, debiendo el aspirante aportarlo en el caso de ser seleccionado para realizar el control de dopaje, manifestando en ese mismo momento el medicamento tomado. En ningœn caso se admitir‡ la aportaci—n del informe una vez realizado el control antidopaje con resultado positivo. A la vista del informe que emita la instancia especializada que realice el control de dopaje el tribunal de selecci—n calificar‡ al aspirante como ÇaptoÈ o Çno aptoÈ. ÑTercer ejercicio. Se calificar‡ como apto o no apto, siendo necesario para superar el ejercicio y pasar al siguiente obtener la calificaci—n de ÇaptoÈ. ÑCuarto ejercicio. Se calificar‡ de 0 a 10 puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener un m’nimo de 5 puntos. Octava. Ñ Relaci—n de aprobados. Terminado el proceso selectivo, el tribunal propondr‡ al —rgano convocante y har‡ pœblica la relaci—n de aprobados en la sede electr—nica de este Ayuntamiento http://laalmunia.sedelectronica.es y, en su caso, en el tabl—n de anuncios, por orden decreciente de puntuaci—n, cuyo nœmero m‡ximo deber‡ coincidir con el de plazas convocadas, con la propuesta del aspirante que deber‡ realizar el correspondiente curso selectivo. El tribunal elaborar‡, tambiŽn por orden decreciente de puntuaci—n, una lista de reserva, con un nœmero de aspirantes que ser‡ como m‡ximo igual al de aprobados, en la que figurar‡n aquellos aspirantes que, aunque superaran el proceso selectivo, no resultasen aprobados por obtener una puntuaci—n de ordinal inferior al nœmero de plazas convocadas. El Ayuntamiento conceder‡ un plazo de veinte d’as h‡biles para que presenten la documentaci—n que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos. El aspirante que haya aprobado la fase de oposici—n, una vez cumplidos los requisitos formales que establezca la convocatoria, ser‡ nombrado funcionario en pr‡cticas con efectos desde el inicio del curso selectivo, con derecho a percibir las remuneraciones que correspondan. Novena. Ñ Reconocimiento mŽdico. El aspirante propuesto por el tribunal calificador deber‡ someterse a reconocimiento mŽdico, que tendr‡ por objeto comprobar que los aspirantes no padecen enfermedad ni impedimento f’sico o ps’quico que impida el normal desempe–o de las tareas de la plaza (compatibilidad funcional). DŽcima. Ñ Curso de formaci—n. El aspirante que supere la oposici—n ser‡ nombrado funcionario en pr‡cticas y deber‡ participar en un curso de formaci—n selectivo organizado por la Academia de la Polic’a Local, que tendr‡ como objetivos: ÑAdquirir la competencia profesional necesaria para el desempe–o del puesto de trabajo de Polic’a, a travŽs del desarrollo, ampliaci—n y transferencia de los conocimientos adquiridos durante la oposici—n. ÑCapacitar para el desarrollo de habilidades que permitan ejecutar adecuadamente las funciones que le sean encomendadas. La remuneraci—n de los funcionarios en pr‡cticas ser‡ la establecida en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en pr‡cticas, modificado por Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero. Los alumnos deber‡n superar con aprovechamiento todos los m—dulos/materias b‡sicas en que se organice el curso. En cada m—dulo/materia se determinar‡ por los respectivos profesores los sistemas de evaluaci—n que se seguir‡n y que ser‡n expuestos a los alumnos al inicio del curso. La calificaci—n final del curso ser‡ de 0 a 10 puntos, siendo preciso para superar el mismo obtener una puntuaci—n igual o superior a 5. Concluido el curso selectivo, la direcci—n del curso remitir‡ al departamento de Recursos Humanos la calificaci—n, procediŽndose a su publicaci—n en el tabl—n de anuncios de la Casa Consistorial, proponiendo a la Alcald’a el nombramiento como funcionario de carrera. El aspirante que no superase el curso perder‡ el derecho a su nombramiento como funcionario, mediante resoluci—n motivada de la Alcald’a-Presidencia, a propuesta de los responsables de la evaluaci—n del curso selectivo. UndŽcima. Ñ Nombramiento y toma de posesi—n. La Alcald’a proceder‡ al nombramiento como funcionario de carrera en favor del aspirante propuesto, previa notificaci—n a los interesados y consiguiente publicaci—n en el BOPZ, sede electr—nica de este Ayuntamiento http://laalmunia.sedelectronica.es y en el tabl—n de anuncios, en su caso, estando obligados a tomar posesi—n en el plazo de un mes, a partir del d’a siguiente a la recepci—n de la notificaci—n, previa acreditaci—n de la posesi—n de los permisos de conducci—n de veh’culos a motor reglamentarios. En el acto de toma de posesi—n, se extender‡ diligencia en la que conste que el aspirante toma posesi—n de la plaza, declarando que acata la Constituci—n, el Estatuto de Autonom’a de Arag—n y el resto del ordenamiento jur’dico, expresando que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administraci—n Pœblica, ni se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones pœblicas, as’ como manifestando cumplir el rŽgimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Pœblicas. El tribunal elaborar‡ una relaci—n complementaria de los aspirantes que habiendo superado las pruebas no hayan obtenido plaza, para su posible nombramiento en caso de que alguno de los aspirantes seleccionados, por renuncia o cualquier otra causa, no tome posesi—n de la plaza. Quienes sin causa justificada no tomar‡n posesi—n o no cumplan las determinaciones se–aladas en el p‡rrafo precedente, no adquirir‡n la condici—n de funcionario pœblico, perdiendo todos los derechos derivados del proceso selectivo y del subsiguiente nombramiento. DuodŽcima. Ñ Impugnaci—n. Las presentes bases y convocatoria podr‡n ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la v’a administrativa, se podr‡ interponer por los interesados recurso de reposici—n en el plazo de un mes ante la Alcald’a, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza a partir del d’a siguiente al de publicaci—n de su anuncio en BOPZ (art’culo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa). En lo no previsto en las presentes bases ser‡ de aplicaci—n lo previsto en la Ley 8/2013, de 12 de septiembre, de Coordinaci—n de Polic’as Locales de Arag—n, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas b‡sicas y los programas m’nimos a que debe ajustarse el procedimiento de selecci—n de los funcionarios de Administraci—n Local, y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administraci—n General del Estado y de Provisi—n de Puestos de Trabajo y Promoci—n Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administraci—n General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo . ANEXO I Modelo de instancia Nombre y apellidos: ...... DNI: ...... Domicilio: ...... C.P.: ...... Municipio: ...... Provincia: ...... TelŽfono: ...... Correo electr—nico: ...... Declara: 1. Que acepta las bases que han de regir la convocatoria para la cobertura de una plaza de Polic’a Local vacantes en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de la Almunia de Do–a Godina, mediante el procedimiento de oposici—n libre. 2. Que reœne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria. 3. Que acompa–a a la presente: Fotocopia del documento nacional de identidad. Documentaci—n acreditativa de la titulaci—n exigida. Justificante del ingreso de la tasa por derechos de examen Autorizaci—n para someterse a las pruebas mŽdicas que determine el Ayun- tamiento de La Almunia de Do–a Godina (anexo IV). 5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administraci—n del Estado, Auton—mica o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones pœblicas. Por todo lo expuesto, Solicita: Que se tenga por presentada la presente instancia dentro del plazo conferido al efecto y, en consecuencia, sea admitido para tomar parte en el proceso selectivo convocado al efecto. En ......., a ....... de ....... de 20....... Fdo.: ....... SR. ALCALDE - PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LA ALMUNIA DE DO„A GODINA ZARAGOZA ANEXO II Temario Parte primera Tema 1. La Constituci—n: antecedentes, estructura y contenido. Principios constitucionales y valores fundamentales. T’tulo preliminar. Tema 2. Organizaci—n Territorial del Estado en la Constituci—n: principios generales. La Administraci—n Local. El Estatuto de Autonom’a de Arag—n: estructura, caracter’sticas generales y t’tulos preliminar, II, III, V y VI. Tema 3. La Administraci—n Pœblica en la Constituci—n. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas: estructura, principios generales y ‡mbito de aplicaci—n. El administrado. El procedimiento administrativo: concepto y fases. Disposiciones generales de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comœn de las Administraciones Pœblicas y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico. Tema 4. El municipio. Poblaci—n. Territorio. Organizaci—n. RŽgimen de organizaci—n de losmunicipios de gran poblaci—n. Competencias. Tema 5. Presupuesto. RŽgimen jur’dico de los ingresos y gastos locales. Tema 6. El empleo pœblico. El personal al servicio de las corporaciones locales: estructura y clases. Tema 7. Derechos y deberes del funcionario pœblico. Incompatibilidades. El rŽgimen de responsabilidad civil y penal del personal al servicio de las Administraciones Publicas. RŽgimen disciplinario. Tema 8. Adquisici—n y pŽrdida de la condici—n de funcionario. Situaciones administrativas. La Seguridad Social de los funcionarios locales. Seguridad Social: rŽgimen general. Entidades gestoras y colaboradoras. Inscripci—n y afiliaci—n. Contingencias protegidas. Prestaciones. Prevenci—n de Riesgos Laborales: normativa, obligaciones de la empresa y del trabajador y servicios de prevenci—n. Parte segunda Tema 9. La Polic’a y su funci—n en la sociedad. La seguridad. Concepto. Seguridad individual y seguridad colectiva. Seguridad pœblica y seguridad privada. La inseguridad. Teor’as explicativas de la delincuencia: Concepto, modelos explicativos y clases de delincuencia. Tema 10. El fen—meno de la marginaci—n. Causas, efectos y problem‡tica social. Las migraciones en la actualidad. Integraci—n social: factor de cohesi—n social. Tema 11. El problema del consumo de droga y alcohol en la sociedad actual. Repercusiones en la seguridad ciudadana. Instrumentos de apoyo al drogodependiente. Tema 12. T’tulo preliminar del C—digo Penal. De los delitos. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas criminalmente responsables de los delitos. Tema 13. C—digo Penal: Las penas, sus clases y efectos. Las medidas de seguridad. Tema 14. C—digo Penal: Del homicidio y sus formas. De las lesiones. Delitos contra la libertad. Tema 15. C—digo Penal: De las torturas y otros delitos contra la integridad moral. De la trata de seres humanos. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales. Tema 16. C—digo Penal: De la omisi—n del deber de socorro. Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio. Tema 17. C—digo Penal: Delitos contra el patrimonio. Tema 18. C—digo Penal: Delitos contra la salud pœblica. Delitos contra la seguridad vial. Tema 19. C—digo Penal: Delitos contra la Administraci—n Pœblica. Tema 20. C—digo Penal: Delitos cometidos por los funcionarios pœblicos contra las garant’as constitucionales. Tema 21. C—digo Penal: Delitos contra el orden pœblico: De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios pœblicos, y de la resistencia y desobediencia. Tema 22. Ley Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores: T’tulos I y II. Tema 23. Ley de Enjuiciamiento Criminal: De la denuncia. De la querella. De la inspecci—n ocular. Del cuerpo del delito. De la identidad del delincuente. Del informe pericial. De la detenci—n. Tema 24. Del procedimiento para el enjuiciamiento r‡pido de determinados delitos, y el procedimiento para el juicio de delitos leves. Tema 25. Pol’ticas de igualdad de GŽnero. La Ley Org‡nica para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Pol’ticas contra la Violencia de gŽnero. La Ley Org‡nica de Medidas de Protecci—n Integral contra la Violencia de GŽnero. Tema 26. Ley Org‡nica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Tema 27. Ley Org‡nica de Protecci—n de la Seguridad Ciudadana. Tema 28. Reglamento de Armas: clasificaci—n de las armas reglamentarias, armas prohibidas. Gu’as de pertenencia, licencias, tarjetas y autorizaciones especiales. Disposiciones sobre tenencia y uso de armas. RŽgimen sancionador. Tema 29. Reglamento del Cuerpo de la Polic’a Local de La Almunia de Do–a Godina. Ley de Coordinaci—n de Polic’as Locales de Arag—n y normativa de desarrollo. Tema 30. La Ley sobre Tr‡fico, Circulaci—n de Veh’culos a Motor y Seguridad Vial. Tema 31. Reglamento General de Circulaci—n: çmbito de aplicaci—n. Normas generales de comportamiento en la circulaci—n. Circulaci—n de veh’culos. Otras normas de circulaci—n. Tema 32. Reglamento General de Conductores: De las autorizaciones administrativas para conducir. Tema 33. Reglamento General de Veh’culos: Normas generales. Homologaci—n, inspecci—n y condiciones tŽcnicas de los veh’culos de motor, remolques y semirremolques, ciclomotores, ciclos, veh’culos de tracci—n animal y tranv’as. Autorizaciones de circulaci—n de veh’culos. Anexos IX, XI, XII y XVIII. Real Decreto por el que se regula la Inspecci—n TŽcnica de Veh’culos. Tema 34. Ordenanza municipal Ayuntamiento de la Almunia reguladora del tr‡fico, sus aspectos de movilidad, su impacto ambiental y la seguridad vial. Ordenanza de Convivencia y Civismo. Ordenanza reguladora de la venta ambulante en el tŽrmino municipal. Ordenanza de Pe–as. Tema 35. La Historia de La Almunia de Do–a Godina y el municipio: calles, Plazas. Edificios pœblicos. Monumentos, v’as de acceso al tŽrmino municipal. Tema 36. Socorrismo y primeros auxilios b‡sicos: R.C.P. hemorragias, traumas y quemaduras. Tema 37. Normativa reguladora del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora. Normativa reguladora de actividades comerciales e industriales en terrenos pœblicos. Tema 38. Normativa reguladora de ruidos y vibraciones. Tema 39. La Ley de establecimientos, espect‡culos pœblicos y actividades recreativas de Arag—n y normas de desarrollo (Reglamento de admisi—n, Reglamento de espect‡culos pœblicos y actividades recreativas, ocasionales y extraordinarias, Catalogo de espect‡culos pœblicos). Tema 40. La Disciplina urban’stica. T’tulo VI del Decreto legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Urban’stica de Arag—n. El t’tulo II de la Ordenanza Municipal de Medios de Intervenci—n de la Actividad Urban’stica. Tema 41. Reglamento de Armas: Real Decreto 137/1993, de 29 de enero. Clasificaci—n de armas reglamentarias. Armas prohibidas. Documentaci—n de la titularidad de las armas. Licencias, autorizaciones especiales y tarjetas de armas. Licencia de armas de la polic’a local. RŽgimen Sancionador. ANEXO III Pruebas f’sicas ÑTrepa de cuerda lisa hasta una altura de 6 metros, en un tiempo m‡ximo de 25 segundos para los hombres y 30 segundos para las mujeres. Se considerar‡ finalizado el ejercicio cuando el ejecutante haga sonar la campana, el final del badajo de la campana estar‡ situado a la altura marcada a tal efecto (6 m). Dispondr‡ de tres intentos dentro de la realizaci—n prevista del ejercicio ÑLevantamiento con las dos manos, desde el suelo a la vertical por encima de la cabeza y con los brazos totalmente extendidos, por tres veces consecutivas, de un peso de 43 kilos para los hombres y de 33 kilos para las mujeres, m‡s las anillas de fijaci—n (aproximadamente unos 100 gramos cada una). Dispondr‡ de tres intentos dentro de la realizaci—n prevista del ejercicio. ÑNadar 50 metros en estilo libre en un tiempo m‡ximo de 50 segundos. Un solo intento. ÑSalto de longitud, con carrera previa, de 4,00 metros para los hombres y 3,50 metros para las mujeres. Dispondr‡ de tres intentos dentro de la realizaci—n prevista del ejercicio. ÑSalto de altura de 90 cent’metros para los hombres y 75 cent’metros para las mujeres. El salto se realizar‡ partiendo de posici—n de reposo sobrepasando un list—n a la altura respectiva, que estar‡ situado frente al aspirante, en tres intentos, debiendo caer sobre las extremidades inferiores una vez superado. ÑCarrera de 1.500 metros lisos sobre pista, en un tiempo m‡ximo de 5 minutos 50 segundos para hombres y 6 minutos 25 segundos para mujeres. Un solo intento. ANEXO IV Autorizaci—n para someterse a las pruebas mŽdicas que determine el Ayuntamiento de La Almunia de Do–a Godina Apellidos y nombre: ...... DNI: ...... Edad: ...... Autorizo por la presente al Ayuntamiento de La Almunia de Do–a Godina para que a travŽs del equipomŽdico designado al efecto, y en el marco del proceso selectivo para la cobertura de la plaza de Polic’a Local de la Corporaci—n, me efectœen las pruebas mŽdicas necesarias, la extracci—n y anal’tica de sangre y la anal’tica de orina de los siguientes par‡metros: An‡lisis de sangre: Hemograma completo, f—rmula leucocitaria, Glucosa, Colesterol total, HDL, Colesterol, TriglicŽridos, Urea, Creatinina, çcido œrico, Bilirrubina total, GOT (AST) GPT (ALT), Gamma Glutamil Transpeptidasa (CGT), Fosfatasa alcalina, Hierro. En caso de ser elevada la tasa de Transaminasas se efectuar‡ la determinaci—n del Anti HBc y del AgHBs. An‡lisis de orina: Densidad, pH, anormales. Detecci—n de drogas: opi‡ceos, cannabis, metabolitos de coca’na. Sedimento: an‡lisis citol—gicos. Y para que as’ conste, firmo la presente autorizaci—n en ...... a ...... de ...É de 20 ...... Fdo.: ...É ANEXO V Exclusiones mŽdicas 1. Obesidad y delgadez: Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo. 2. Exclusiones circunstanciales: Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones policiales. En estos casos, el tribunal mŽdico podr‡ fijar un nuevo plazo para comprobar el estado de salud del aspirante, al final del cual el tribunal mŽdico designado certificar‡ si han desaparecido los motivos de la exclusi—n circunstancial. 3. Exclusiones definitivas: 3.1. Ojo y visi—n: 3.1.1. Agudeza visual sin correcci—n inferior a los dos tercios en la visi—n normal en ambos ojos. 3.1.2. Queratotom’a radial. 3.1.3. Desprendimiento de retina. 3.1.4. Estrabismo. 3.1.5. Hemianopsias. 3.1.6. Discromatopsias. 3.1.7. Cualquier otro proceso patol—gico que, a juicio del tribunal mŽdico, dificulte de manera importante la agudeza visual. 3.2. O’do y audici—n: Agudeza auditiva que suponga una pŽrdida entre 1.000 y3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. 3.3. Otras exclusiones, sin perjuicio de que respecto a la diabetes, el VIH, la celiaqu’a y la psoriasis se atender‡ a lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, publicado por la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero (Bolet’n Oficial del Estado nœmero 44 del 2020), as’ como a las recomendaciones formuladas por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Direcci—n General de Salud Pœblica, Calidad e Innovaci—n, Secretar’a del Plan Nacional sobre el Sida, valorando la evidencia cient’fica actual y, en todo caso, la situaci—n cl’nica del aspirante y no solo su diagn—stico. 3.3.1. Aparato locomotor: 3.3.1.1. Cifosis, escoliosis y lordosis que, sin ser muy marcadas, produzcan una asimetr’a en la estŽtica de la bipedestaci—n. 3.3.1.2. Asimetr’a de la cintura escapular (hombros ca’dos, atrofia muscular). 3.3.1.3. Atrofias totales y relativas a miembros, incompatibles con los servicios propios del Cuerpo. 3.3.1.4. Amputaci—n o pŽrdida de cualquier dedo o parte del mismo en la mano dominante. 3.3.1.5. Amputaci—n o pŽrdida de cualquier dedo o parte del mismo en la mano no dominante, excepto la pŽrdida de una falange en los tres œltimos dedos, siempre que el funcionamiento de Žstos sea normal y compatible con los servicios del Cuerpo. 3.3.1.6. Lesiones de las principales articulaciones y dedos que produzcan limitaci—n de los movimientos de flexi—n y extensi—n. 3.3.1.7. Acortamiento de una extremidad inferior que produzca asimetr’a de las articulaciones coxofemorales en bipedestaci—n. 3.3.1.8. Genu, valgum, varum y recurvatum marcados. 3.3.1.9. Pie equino, varo o talo marcado. 3.3.1.10. Pies aplanados con marcado descenso de la b—veda plantar. 3.3.1.11. Ausencia o pŽrdida de uno de los cuatro œltimos dedos de un pie . 3.3.1.12. Ausencia o pŽrdida de la œltima falange de un dedo gordo de un pie. 3.3.1.13. Ausencia o pŽrdida de la œltima falange de dos dedos de un pie. 3.3.1.14. Otras alteraciones que, a juicio del tribunal mŽdico, limiten o dificulten el desarrollo de la funci—n policial. 3.3.2. Aparato digestivo: Ulcera gastroduodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio del Tribunal mŽdico, dificulte el desempe–o del puesto de trabajo. La Almunia de Do–a Godina, a 12 de abril de 2024. Ñ El alcalde, çngel NoŽ Latorre Casao. SECCIîN SEXTA Nœm. 2742 AYUNTAMIENTO DE LA ALMUNIA DE DO„A GODINA Por decreto nœm. 2024-0683, de fecha 15 de abril de 2024, se ha aprobado el padr—n tributario correspondiente a la tasa por la prestaci—n del servicio de escuela de educaci—n infantil del mes de abril de 2024. Exposici—n pœblica Dicho padr—n se expone al pœblico por un plazo de veinte d’as, contados a partir del siguiente al de inserci—n de este anuncio en el BOPZ, durante el cual estar‡ a disposici—n de los interesados en las oficinas generales del Ayuntamiento. Plazo de ingreso El plazo de ingreso en per’odo voluntario comprender‡ desde el d’a 25 de abril de 2024 hasta el d’a 25 de junio de 2024, pudiendo efectuarse el pago por domiciliaci—n bancaria, transferencia bancaria o bien en las oficinas generales del Ayuntamiento. Transcurrido el per’odo voluntario sin que se haya efectuado el pago, se iniciar‡ el per’odo ejecutivo, que determina el devengo de los recargos e intereses de demora sobre el importe de la deuda no ingresada en los siguientes tŽrminos: En caso de que la deuda se satisfaga con anterioridad a la notificaci—n de la providencia de apremio, el recargo exigible ser‡ del 5% y no habr‡n de satisfacerse intereses de demora. El recargo exigible ser‡ del 10% en caso de que, notificada la providencia de apremio, el importe de deuda no ingresada y recargo se satisfaga dentro de los plazos marcados por el art’culo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y tampoco habr‡n de satisfacerse en este caso intereses de demora. En œltimo tŽrmino, agotadas las dos posibilidades anteriores, proceder‡ un recargo del 20%, con exigencia asimismo de los intereses de demora correspondientes. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los art’culos 26, 28 y 161 de la citada Ley 58/2003. RŽgimen de recursos Contra el acto administrativo de aprobaci—n de los padrones y liquidaciones tributarias en los mismos incorporadas podr‡ formularse recurso de reposici—n ante la Alcald’a en el plazo de un mes, a contar desde el d’a siguiente al de finalizaci—n del per’odo de exposici—n pœblica, el cual deber‡ entenderse desestimado transcurrido el plazo de un mes desde su interposici—n sin que se haya notificado su resoluci—n expresa. En tal caso, podr‡ interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza en el plazo de seis meses, a contar desde el d’a siguiente a aquel en que el recurso de reposici—n haya de entenderse desestimado de forma presunta. La Almunia de Do–a Godina, a 15 de abril de 2024. Ñ El alcalde, çngel NoŽ Latorre Casao. SECCIîN SEXTA Nœm. 2718 AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DE ALFINDƒN Resoluci—n de Alcald’a nœm 2024-0351 de fecha 2 de abril, del Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn, por la que se acuerda dar publicidad al nombramiento de funcionario de carrera. Por resoluci—n de Alcald’a 2024-0351, de 2 de abril, una vez finalizada la tramitaci—n de la convocatoria excepcional del proceso selectivo para la provisi—n mediante el sistema de concurso de una plaza vacante de auxiliar de biblioteca en el Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn, incluida en la oferta de empleo pœblico para la estabilizaci—n de empleo temporal del a–o 2022, al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre y de conformidad con la propuesta realizada por el tribunal calificador, se ha producido el nombramiento como funcionario de carrera de do–a Ana Mar’a Arpa Zumeta. Lo que se hace pœblico a los efectos del art’culo 62.1.b) del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto B‡sico del Empleado Pœblico, y del 25.2 del Real Decreto 364/95 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administraci—n General del Estado y de Provisi—n de Puestos de Trabajo y Promoci—n Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administraci—n General del Estado. La Puebla de AlfindŽn, a 9 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa, Mar’a Pilar Villanueva Campa–a. SECCIîN SEXTA Nœm. 2719 AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DE ALFINDƒN Anuncio de notificaci—n colectiva de liquidaciones y anuncio de cobranza. Por resoluci—n de Alcald’a, de fecha 11 de abril de 2024, se ha aprobado el padr—n del servicios deportivos y recreativos correspondiente al mes de abril el cual permanecer‡ expuesto al pœblico, a efectos de reclamaciones, en las oficinas municipales por tŽrmino de veinte d’as h‡biles contados a partir del siguiente al de la publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ. Plazo de ingreso El plazo para el pago en voluntaria ser‡ de dos meses, contados a partir del d’a siguiente al de la publicaci—n del correspondiente anuncio en el BOPZ. Lugar y forma de pago El pago podr‡ efectuarse a travŽs de cualquier entidad colaboradora autorizada o en las oficinas del Ayuntamiento en horario de atenci—n al pœblico; los contribuyentes que dentro de los primeros veinte d’as del periodo de cobranza no hayan recibido la documentaci—n de pago podr‡n reclamarla en el Ayuntamiento, sin que su falta de recepci—n exima de la obligaci—n de realizar el pago. Los recibos domiciliados ser‡n cargados directamente en las cuentas se–aladas por los contribuyentes. Procedimiento de apremio Transcurrido el periodo voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago, se incurrir‡ en los recargos establecidos en el art’culo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y vencido el plazo de ingreso en v’a de apremio se exigir‡ un recargo del 20 % del importe de la deuda no ingresada m‡s los intereses de demora. RŽgimen de recursos Recurso de reposici—n ante el —rgano que aprob— la liquidaci—n, en el plazo de un mes contado a partir del d’a siguiente al de finalizaci—n de la exposici—n pœblica del padr—n o matr’cula. Contra su desestimaci—n expresa o presunta cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el d’a siguiente al de la notificaci—n de la resoluci—n del recurso de reposici—n si fuese expresa y, si no lo fuese, en el plazo de seis meses desde el d’a siguiente a aquŽl en que se produzca el acto presunto. La Puebla de AlfindŽn, a 11 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa, Mar’a Pilar Villanueva Campa–a. SECCIîN SEXTA Nœm. 2735 AYUNTAMIENTO DE LUESIA ANUNCIO de aprobaci—n definitiva del presupuesto general del Ayuntamiento de Luesia para el ejercicio 2024. Tras no haberse presentado en tiempo y forma alegaciones ni reclamaciones en el per’odo de exposici—n pœblica, queda aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento de Luesia para el ejercicio 2024, mediante acuerdo del Pleno municipal de fecha 15 de marzo de 2024. De conformidad con el art’culo 169 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y art’culo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por cap’tulos: Presupuesto general ejercicio 2024 Estado de gastos Cap’tulo Descripci—n Importe consolidado 1 Gastos de personal 129.500,00 2 Gastos en bienes corrientes y servicios 82.000,00 3 Gastos financieros 7.100,00 4 Transferencias corrientes 40.000,00 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos 0,00 6 Inversiones reales 111.000,00 7 Transferencias de capital 0,00 8 Activos financieros 0,00 9 Pasivos financieros 81.070,00 Total presupuesto 450.670,00 Estado de ingresos Cap’tulo Descripci—n Importe consolidado 1 Impuestos directos 86.100,00 2 Impuestos indirectos 27.000,00 3 Tasas, precios pœblicos y otros ingresos 115.600,00 4 Transferencias corrientes 131.000,00 5 Ingresos patrimoniales 82.300,00 6 Enajenaci—n de inversiones reales 0,00 7 Transferencias de capital 63.000,00 8 Activos financieros 0,00 9 Pasivos financieros 0,00 Total presupuesto 505.000,00 Anexo de plantilla de personal 2024 Cumplimentando lo establecido en el art’culo 168 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el art’culo del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que desarrolla la citada ley y para su incorporaci—n al expediente del presupuesto general de la Corporaci—n para 2014, se presenta anexo de personal funcionario, laboral fijo y laboral de duraci—n determinada: A) Funcionario interino: 1. Secretario-interventor: Una plaza. Nivel 22. B) Persona laboral interino: 1. Administrativo: Una plaza, C1. Nivel 20. 2. Oficial de segunda (alguacil): Una plaza, C2. Nivel 14. 3. Dinamizador sociocultural y tur’stico: Una plaza, C2. Nivel 14. 4. Operario de limpieza. AP. Nivel 12. Dos plazas. C) Personal laboral duraci—n determinada (dos meses): 1. Operario de servicios mœltiples. AP. Nivel 12. Contra la aprobaci—n definitiva del presupuesto podr‡ interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece la normativa vigente, segœn lo dispuesto en el art’culo 171 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Luesia, a 15 de abril de 2024. Ñ El alcalde-presidente, Jaime Lacosta AragŸŽs. SECCIîN SEXTA Nœm. 2771 AYUNTAMIENTO DE MAINAR Correcci—n de error Publicado anuncio en el BOPZ nœm. 86, de fecha 16 de abril de 2024, relativo a resoluci—n de Alcald’a de fecha 10 de abril de 2024, en la que se aprob— la resoluci—n de delegaci—n de funciones en el teniente de alcalde, se ha detectado un error y Donde dice: ÇPrimero. Ñ Delegar en don Francisco Javier L‡zaro PŽrez, teniente de alcalde de este Ayuntamiento, la totalidad de las funciones de la Alcald’a, en los tŽrminos del art’culo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del RŽgimen Local, durante el per’odo comprendido entre el 9 y el 18 de marzo de 2024, por vacaciones de la se–ora alcaldesaÈ. Debe decir: ÇPrimero. Ñ Delegar en don Francisco Javier L‡zaro PŽrez, teniente de alcalde de este Ayuntamiento, la totalidad de las funciones de la Alcald’a, en los tŽrminos del art’culo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del RŽgimen Local, durante el per’odo comprendido entre el 15 y el 27 de mayo de 2024, por vacaciones de la se–ora alcaldesaÈ. Mainar, a 16 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa, Mar’a Lina Hernando Peinado. SECCIîN SEXTA Nœm. 2736 AYUNTAMIENTO DE MALEJçN ANUNCIO de aprobaci—n definitiva del presupuesto general para el ejercicio 2024. Aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento de Malej‡n para el ejercicio 2024, al no haberse presentado reclamaciones en el per’odo de exposici—n pœblica, y comprensivo aquel del presupuesto general de la entidad, bases de ejecuci—n y plantilla de personal, de conformidad con el art’culo 169 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y art’culo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por cap’tulos. Presupuesto general ejercicio 2024 Estado de gastos Cap’tulo Descripci—n Importe consolidado 1 Gastos de personal 91.115,00 2 Gastos en bienes corrientes y servicios 96.689,14 3 Gastos financieros 0,00 4 Transferencias corrientes 16.000,00 5 Fondo de contingencia y otros imprevistos 0,00 6 Inversiones reales 107.809,68 7 Transferencias de capital 300,00 8 Activos financieros 0,00 9 Pasivos financieros 0,00 Total presupuesto 311.913,82 Estado de ingresos Cap’tulo Descripci—n Importe consolidado 1 Impuestos directos 59.456,59 2 Impuestos indirectos 2.000,00 3 Tasas, precios pœblicos y otros ingresos 24.057,00 4 Transferencias corrientes 137.800,23 5 Ingresos patrimoniales 1.500,00 6 Enajenaci—n de inversiones reales 0,00 7 Transferencias de capital 87.100,00 8 Activos financieros 0,00 9 Pasivos financieros 0,00 Total presupuesto 311.913,82 Plantilla de personal A) Funcionarios de carrera: ÑUna plaza de secretario-interventor, grupo A1, agrupada con los municipios de Ag—n y Bisimbre. ÑUna plaza de auxiliar administrativo, agrupada con los municipios de Ag—n y Bisimbre. ÑUna plaza grupo A, subgrupo A1, tŽcnico superior de Administraci—n General. Agrupaci—n con los municipios de Ag—n y Bisimbre. Vacante. B) Personal laboral: ÑUna plaza de operario de servicios mœltiples. ÑUna plaza de auxiliar de biblioteca (tiempo parcial). ÑUna plaza de personal de limpieza (tiempo parcial). Contra la aprobaci—n definitiva del presupuesto podr‡ interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establece la normativa vigente, segœn lo dispuesto en el art’culo 171 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Malej‡n, a 12 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Juan JosŽ Ruiz Lahuerta. SECCIîN SEXTA Nœm. 2733 AYUNTAMIENTO DE MARêA DE HUERVA Por decreto de Alcald’a de fecha 12 de abril de 2024, se ha aprobado el padr—n fiscal correspondiente a las tasas de los servicios de actividades deportivas y bonos de acceso mensual al centro deportivo correspondiente al mes de abril de 2024. El padr—n mencionado se expone al pœblico por un plazo de veinte d’as contados a partir del siguiente al de inserci—n de este anuncio en el BOPZ, durante el cual estar‡ a disposici—n de los interesados en las oficinas generales del Ayuntamiento. Per’odo de ingreso El plazo de ingreso en per’odo voluntario comprender‡ el plazo de dos meses contados desde el d’a siguiente al de la publicaci—n del anuncio en el BOPZ. Los recibos domiciliados se pasar‡n al cargo el d’a 22 de abril de 2024 y el resto de recibos no domiciliados podr‡n ser abonados en efectivo o con tarjeta de crŽdito o dŽbito en las oficinas municipales o en el centro deportivo municipal, o mediante transferencia bancaria o mediante la p‡gina web. Transcurrido el per’odo voluntario sin que se haya efectuado el pago, se iniciar‡ el per’odo ejecutivo, que determina el devengo de los recargos e intereses de demora sobre el importe de la deuda no ingresada, en los tŽrminos legalmente previstos. Recursos Contra el acto administrativo de aprobaci—n del padr—n y liquidaciones tributarias en el mismo incorporadas podr‡ interponer recurso de reposici—n ante la Alcald’a en el plazo de un mes a contar desde el d’a siguiente al de finalizaci—n del per’odo de exposici—n pœblica. El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza que corresponda ser‡ de dos meses a contar desde el d’a siguiente al de la recepci—n de la notificaci—n de la resoluci—n expresa del recurso de reposici—n. Si no hubiera resoluci—n expresa, el plazo ser‡ de seis meses, a contar desde la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposici—n. Mar’a de Huerva, a 15 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Joaqu’n Calleja Romero. SECCIîN SEXTA Nœm. 2720 AYUNTAMIENTO DE MEQUINENZA Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Mequinenza por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificaci—n de crŽditos nœmero 1/2024 del presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de crŽditos, que no afectan a altas y bajas de crŽdito de personal. El Pleno de este Ayuntamiento, en sesi—n extraordinaria celebrada el d’a 11 de abril de 2024 acord— la aprobaci—n inicial del expediente de modificaci—n de crŽdito nœm. 1/2024 que no afectan a bajas y altas de crŽditos de personal. Aprobado inicialmente el expediente de modificaci—n de crŽdito nœm. 1/2024 que no afectan a bajas y altas de crŽditos de personal, por Acuerdo del Pleno de fecha 11 de abril de 2024, en cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 169.1, por remisi—n del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a informaci—n pœblica por el plazo de quince d’as, a contar desde el d’a siguiente al de publicaci—n del presente anuncio en este BOPZ. Durante dicho plazo podr‡ ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estar‡ a disposici—n de los interesados en la sede electr—nica de este Ayuntamiento [http://mequinenza.sedelectronica.es]. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerar‡ aprobado definitivamente dicho acuerdo. Mequinenza, a 12 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Antonio Sanju‡n Soler. SECCIîN SEXTA Nœm. 2721 AYUNTAMIENTO DE PINSEQUE Por este Ayuntamiento se est‡ tramitando autorizaci—n especial para explotaci—n de ganado equino, en la finca rœstica sita en el pol’gono 7, parcela 84, de esta localidad, con referencia catastral 50210A007000840000LQ, calificada como suelo no urbanizable genŽrico. De conformidad con lo establecido en el art’culo 36.1 b) del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Arag—n aprobado por el Decreto-legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Arag—n, la solicitud y su documentaci—n adjunta, incluyendo los informes preceptivos, quedan sometidas a informaci—n pœblica por plazo de veinte d’as a contar desde el d’a siguiente al de publicaci—n del presente anuncio en el bopz, a efectos de que se formulen cuantas observaciones y alegaciones se estimen convenientes. Durante dicho plazo el expediente podr‡ ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estar‡ a disposici—n de los interesados en la sede electr—nica de este Ayuntamiento [direcci—n https://pinseque.sedelectronica.es]. Pinseque, a 12 de abril de 2024. Ñ El alcalde-presidente, JosŽ-Ignacio AndrŽs Ginto. SECCIîN SEXTA Nœm. 2593 AYUNTAMIENTO DE TAUSTE Mediante acuerdo adoptado en la Junta de Gobierno Local de 21 de marzo de 2024 se ha aprobado la relaci—n de ganader’as para los festejos taurinos populares en la modalidad de suelta de reses en recinto tradicional por la calle Germ‡n y plaza de Espa–a, con motivo de las fiestas patronales durante las fiestas de abril de 2024 en Tauste: ÑD’a 23 de abril de 2024: Ganader’a Virgen de Sancho Abarca, en todas sus sesiones ÑD’a 24 de abril de 2024: Ganader’a Francisco Murillo Conde, en todas sus sesiones Tauste, a 9 de abril de 2024. Ñ El alcalde, Miguel çngel FrancŽs Carbonel. SECCIîN SEXTA Nœm. 2754 AYUNTAMIENTO DE TORRES DE BERRELLƒN El Ayuntamiento de Torres de BerrellŽn, por decreto de la Alcald’a de fecha 15 de abril de 2024, ha aprobado el padr—n de la tasa por prestaci—n del servicio de suministro de agua potable correspondiente al primer trimestre de 2024. Dicho padr—n est‡ expuesto al pœblico al objeto de que los interesados puedan examinarlo y formular, en su caso, las oportunas reclamaciones durante el plazo de quince d’as, contados a partir del siguiente al de la publicaci—n de este anuncio en el BOPZ. Contra el acto de aprobaci—n del padr—n podr‡ formularse recurso de reposici—n ante la Alcald’a en el plazo de un mes, a contar desde el d’a siguiente al de finalizaci—n del per’odo de exposici—n pœblica. El per’odo de cobro en voluntaria de los recibos correspondientes a dicho padr—n comienza el 15 de abril de 2024 y finaliza el 15 de junio de 2024 (art. 68 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudaci—n). Las cuotas de los contribuyentes que en a–os anteriores domiciliaron el pago ser‡n cargadas en sus cuentas durante el per’odo de cobro voluntario. Aquellos recibos que no estŽn domiciliados podr‡n hacerlos efectivos en cualquiera de las oficinas bancarias de esta localidad, previa comproba-ci—n del importe en las oficinas municipales. Transcurrido el plazo voluntario, los dŽbitos impagados ser‡n exigidos por el procedimiento de cobro en v’a de apremio y devengar‡n el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan segœn la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Torres de BerrellŽn, a 15 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa, Mercedes TrŽbol Bartos. SECCIîN SEXTA Nœm. 2725 AYUNTAMIENTO DE UNCASTILLO ANUNCIO relativo a convocatoria de licitaci—n para la adjudicaci—n del aprovechamiento de pastos en el monte de utilidad pœblica Picanido, nœmero de cat‡logo Z0229. 1. Objeto del contrato: Aprovechamiento de pastos en el monte de utilidad pœblica Picanido nœmero Z0229. 2. Superficie afectada: 407 hect‡reas. 3. Condiciones del aprovechamiento: ÑGanado lanar: 700 cabezas. ÑGanado cabr’o: 50 cabeza 4. Duraci—n: Desde la adjudicaci—n hasta 31 de diciembre de 2028. 5. Precio: 6477,33 euros. (por anualidad). Los licitadores podr‡n mejorar al alza el precio en su oferta. El importe definitivo de las tasas se notificar‡ al adjudicatario por el Gobierno de Arag—n. 6. Garant’as: No se exigen garant’as. 7. Plazo de presentaci—n instancias: Hasta las 13:00 horas, en que se cumplan quince d’as naturales desde su publicaci—n en el BOPZ, en el Registro General de Ayuntamiento. ¥ Documentaci—n a presentar: ÑOferta econ—mica. ÑCopia DNI o cŽdula de identificaci—n fiscal. ÑCertificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias, incluida la Hacienda Municipal y con la Seguridad Social. 8. Sistema de selecci—n: Procedimiento abierto, a la oferta econ—mica m‡s ventajosa. Uncastillo, a 12 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa, Teresa Pueyo Canales. SECCIîN SEXTA Nœm. 2741 AYUNTAMIENTO DE VALPALMAS Este Ayuntamiento ha aprobado, en sesi—n celebrada el d’a 10 de abril de 2024, el expediente de modificaci—n de crŽditos nœmero 1/2024, en la modalidad de crŽditos extraordinarios y suplementos de crŽdito por importe total de 31.591,25 euros, que se financian con utilizaci—n de remanente de tesorer’a. Lo que se hace pœblico conforme a lo dispuesto en el art’culo 177.2, en relaci—n con el art’culo 169.1, ambos del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, para que los interesados puedan examinar dicho expediente y formular en su caso las reclamaciones que estimen oportunas, durante el plazo de quince d’as h‡biles a contar desde el siguiente a la publicaci—n del presente anuncio, y en caso de no formularse reclamaciones en ese per’odo, dicho expediente quedar‡ definitivamente aprobado de forma autom‡tica. Valpalmas, a 15 de abril de 2024. Ñ El alcalde, JosŽ Lafuente Dieste. SECCIîN SEXTA Nœm. 2737 AYUNTAMIENTO DE VILLAFRANCA DE EBRO RESOLUCIîN de Alcald’a por la que se nombra el tribunal del concurso extraordinario de estabilizaci—n de empleo temporal del Ayuntamiento de Villafranca de Ebro y se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos del citado proceso. Dada la tramitaci—n del procedimiento selectivo excepcional de estabilizaci—n, por el sistema de concurso, para el ingreso de una serie de plazas consistentes en: ¥ Profesor/a de educaci—n infantil. ¥ Auxiliar administrativo/a. ¥ Auxiliar de biblioteca. ¥ Operario de limpieza de edificios (J: 58,67%). ¥ Operario de limpieza de edificios (J: 29,33%). Convocadas mediante la resoluci—n de Alcald’a nœm. 137/2022, publicada en el BOPZ nœm. 262, de 15 de noviembre de 2022, y en el Bolet’n Oficial del Estado nœm. 295, de 9 de diciembre de 2022, procede la publicaci—n de las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, as’ como de las personas que integrar‡n el tribunal del citado proceso. Resuelvo: Primero. Ñ Declarar admitidos en sus respectivos procesos a: Segundo. Ñ Declarar no admitidos, en sus respectivos procesos, por las causas que se se–alan a las siguientes personas aspirantes: a No presentado en fecha. b No aporta DNI. c No aporta titulaci—n de acceso o esta no es suficiente. d No aporta pago de tasa o motivo de exenci—n o este no es suficiente por no adecuarse a los requisitos exigidos en las bases o las normas de aplicaci—n. e No aporta el anexo IV, no est‡ firmado o este presenta alteraciones no permitidas. f No aporta el anexo III, no est‡ firmado o este presenta alteraciones no permitidas. * La no presentaci—n en fecha o el impago de la tasa o carecer de los requisitos para el derecho de exenci—n en la fecha de presentaci—n son causas no subsanables, tal y como disponen las bases del proceso. Tercero. Ñ Las personas aspirantes excluidas, as’ como las omitidas, disponen de un plazo de diez d’as h‡biles, a contar desde el d’a inmediatamente siguiente a la publicaci—n de este anuncio en el BOPZ, a fin de que subsanen las causas de su exclusi—n provisional o acrediten la presentaci—n de su solicitud en plazo. Los aspirantes deber‡n atenerse a lo dispuesto en las normas del procedimiento administrativo comœn, prestando especial atenci—n a las especificidades que rigen los procesos de concurrencia competitiva y el acceso al empleo pœblico en condiciones de igualdad, mŽrito y capacidad de los aspirantes. Lo anterior implica que no se atender‡n consultas sobre la exclusi—n de forma individualizada. En todo caso, los aspirantes acudir‡n a las bases que rigen el proceso y resto de normas que la enmarcan para solventar, en su caso, las causas que dieron lugar en su exclusi—n. Los aspirantes podr‡n solicitar aclaraciones sobre algœn aspecto mediante medios telem‡ticos, pero œnicamente si se detecta un volumen significativo de dudas en la misma l’nea, se considerar‡ que, en efecto, la base no est‡ clara y se dar‡ publicidad a su aclaraci—n. En caso de no presentarse alegaciones contra la lista provisional en el plazo previsto, devengar‡ autom‡ticamente en definitiva. Cuarto. Ñ La composici—n del tribunal œnico que calificar‡ el proceso de estabilizaci—n es la siguiente: ¥ Do–a Mar’a Pilar Gracia Fantoba (jefa del Servicio de Cooperaci—n de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza). Suplente: Do–a Cristina Garc’a Romero (jefa del Servicio de Personal de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza). ¥ Do–a Ver—nica Almau Pelegay (adjunta jefa de Servicio, jefa de la Secci—n Administrativa y Planificaci—n de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza). Suplente: Do–a Mar’a del Carmen Gracia Fantoba (jefa del Servicio Cultura, Juventud y Deporte de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza). ¥ Don Jesœs Rubio Beltr‡n (tŽcnico de Administraci—n General de Gabinete de Presidencia de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza). Suplente: Do–a Ariadna Mu–oz Bamala (jefa de Secci—n de Fomento, Infraestructuras y Empleo de la Diputaci—n Provincial de Zaragoza). ¥ Don Sergio Blasco Laga (coordinador del Servicio Comarcal de Deportes de la Mancomunidad de la Ribera Izquierda del Ebro). Suplente: Don Alberto Barrio Recalde (coordinador del Servicio de Gesti—n Tributaria de la Mancomunidad de la Ribera Izquierda del Ebro). ¥ Do–a Mar’a Pilar Lahoz Esteban (tesorera del Ayuntamiento de La Puebla de AlfindŽn). Suplente: Don Francisco Javier Fuster Gonz‡lez (secretario-interventor de la Comarca Central). Quinto. Ñ Notificar la presente resoluci—n a los miembros del tribunal designados para su conocimiento. Sexto. Ñ Los interesados podr‡n recusar a los miembros del tribunal de calificaci—n cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en el art’culo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RŽgimen Jur’dico del Sector Pœblico, en el plazo de diez d’as contados desde la publicaci—n de este resoluci—n. SŽptimo. Ñ Publicar esta resoluci—n en el BOPZ, en el tabl—n de edictos del Ayuntamiento de Villafranca de Ebro y en la sede electr—nica. Villafranca de Ebro, a 13 de abril de 2024. Ñ La alcaldesa, Volga Francisca Ram’rez Gamiz. SECCIîN SEXTA Nœm. 2755 AYUNTAMIENTO DE VILLARROYA DEL CAMPO NOTIFICACIîN colectiva y anuncio de exposici—n pœblica y per’odo voluntario de cobranza correspondiente al primer semestre de 2024 de la tasa por servicio de suministro de agua potable, servicio de recogida de residuos urbanos y vertido del Ayuntamiento de Villarroya del Campo. Por resoluci—n del se–or alcalde de fecha 15 de abril de 2024 se ha aprobado y dispuesto el sometimiento a exposici—n pœblica del padr—n de la tasa por servicio de suministro de agua potable, recogida de residuos urbanos y vertido correspondiente al primer semestre de 2024 y, de conformidad con lo dispuesto en el art’culo 24 del Reglamento General de Recaudaci—n, se hace pœblica la apertura del per’odo voluntario de cobranza. Exposici—n pœblica El padr—n correspondiente a la tasa por servicio de suministro de agua potable, recogida de residuos urbanos y del vertido correspondiente al primer semestre de 2024 se encuentra expuesto al pœblico por tŽrmino de veinte d’as h‡biles a partir del siguiente al de la publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ. Plazo de ingreso De acuerdo con la Ordenanza fiscal reguladora, el plazo para el pago en voluntaria ser‡ de dos meses, quedando fijado para el presente per’odo de devengo desde el d’a 16 de abril de 2024 hasta el d’a 16 de junio de 2024, ambos inclusive. Lugar y forma de pago El pago podr‡ efectuarse a travŽs de cualquier entidad colaboradora autorizada o en las oficinas del Ayuntamiento de Villarroya del Campo en horario de atenci—n a pœblico; los contribuyentes que dentro de los primeros veinte d’as del per’odo de cobranza no hayan recibido la documentaci—n de pago podr‡n reclamarla en el Ayuntamiento de Villarroya del Campo, sin que su falta de recepci—n exima de la obligaci—n de realizar el pago. Los recibos domiciliados ser‡n cargados directamente en las cuentas se–aladas por los contribuyentes. Procedimiento de apremio Transcurrido el per’odo voluntario de cobranza sin que se haya hecho efectivo el pago, se incurrir‡n en los recargos establecidos en el art’culo 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y, vencido el plazo de ingreso en v’a de apremio, se exigir‡ un recargo del 20% del importe de la deuda no ingresada, m‡s los intereses de demora. RŽgimen de recursos ¥ Tasa por suministro de agua potable y recogida de residuos urbanos (la liquidaci—n no agota la v’a administrativa): ÑRecurso de reposici—n ante el —rgano que aprob— la liquidaci—n en el plazo de un mes contado a partir del d’a siguiente al de finalizaci—n de la exposici—n pœblica del padr—n o matr’cula. Contra su desestimaci—n expresa o presunta cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el d’a siguiente al de la notificaci—n de la resoluci—n del recursos de reposici—n si fuese expresa y, si no lo fuese, en el plazo de seis meses desde el d’a siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto. ¥ Canon de vertido (la liquidaci—n no agota la v’a administrativa): ÑCon car‡cter potestativo, recurso de reposici—n ante el Instituto AragonŽs del Agua, en el plazo de un mes contado a partir d’a siguiente al de finalizaci—n del per’odo voluntario de pago. ÑReclamaci—n econ—mico-administrativa ante la Junta de Reclamaciones Econ—mico-Administrativas de la Comunidad Aut—noma de Arag—n en el plazo de un mes contado a partir del d’a siguiente al de finalizaci—n del per’odo voluntario de pago o, en su caso, al de la notificaci—n expresa o presunta de la resoluci—n del recurso previo de reposici—n. No podr‡n simultanearse la interposici—n del recurso de reposici—n y la reclamaci—n econ—mico-administrativa. Villarroya del Campo, a 15 de abril de 2024. Ñ El alcalde, JosŽ Carlos Franco Sediles. SECCIîN SEXTA Nœm. 2717 COMARCA DE TARAZONA Y EL MONCAYO Mediante resoluci—n nœm. 2024-0132, de fecha 9 de abril de 2024, se ha aprobado por la Presidencia de esta comarca la liquidaci—n y padr—n-lista cobratoria de los recibos relativos al precio pœblico por la prestaci—n del Servicio de Comidas a domicilio de la Comarca de Tarazona y el Moncayo correspondiente al mes de marzo del ejercicio 2024. Dicha documentaci—n se encuentra a disposici—n de los interesados en las oficinas generales de la comarca. Contra la presente resoluci—n, que pone fin a la v’a administrativa, puede interponerse recurso de reposici—n previo al contencioso-administrativo, que se regula en el art’culo 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/04 de 5 de marzo, en relaci—n con el art’culo 108 de la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases de RŽgimen Local, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su notificaci—n/ publicaci—n, ante el mismo —rgano que dict— el acto. Por su parte, contra la desestimaci—n expresa o presunta del recurso de reposici—n referido, podr‡ interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el d’a siguiente al de la notificaci—n de la resoluci—n desestimatoria, cuando esta sea formulada de forma expresa, o en el plazo de seis meses a contar desde el d’a siguiente a la fecha en que el referido recurso de reposici—n deba entenderse desestimado de forma presunta, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza que corresponda, con arreglo a lo se–alado en los art’culos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicci—n Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que los interesados pudieran estimar m‡s conveniente a su derecho. De conformidad con cuanto disponen la Ley General Tributaria y el Reglamento General de Recaudaci—n, se hace pœblica la apertura del per’odo de cobranza, con los siguientes plazos y formas de pago: Plazos de pago a) Per’odo voluntario: 1. El plazo para el pago en per’odo voluntario ser‡ de dos meses contados a partir del d’a siguiente a la publicaci—n del presente anuncio en el BOPZ. b) Per’odo ejecutivo: Vencido el per’odo voluntario de pago sin que resulte satisfecha la deuda se iniciar‡ autom‡ticamente el per’odo ejecutivo de cobro, con devengo de los recargos de los intereses de demora correspondientes y de las costas, en su caso. Una vez efectuado el ingreso, ser‡ diligenciado el Çrecib’È de la carta de pago. Lugares de pago a) Oficinas Generales de la Comarca (sita en Plaza Carmen Viejo, nœm. 14., Tarazona), de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas. b) En las oficinas de Ibercaja. Tarazona, a 9 de abril de 2024. Ñ El presidente, Jacob Ram’rez Mora. SECCIîN SEXTA Nœm. 2726 MANCOMUNIDAD RIBERA BAJO HUERVA Por decreto de Presidencia nœm. 51/2024, de fecha 4 de abril de 2024, se ha aprobado el padr—n fiscal correspondiente a la tasa por la prestaci—n del servicio de transporte adaptado correspondiente a marzo de 2024. En cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y lo estipulado en las ordenanzas fiscales vigentes en la Mancomunidad, se expone al pœblico el padr—n de tasa por la prestaci—n del servicio de transporte adaptado correspondiente a marzo de 2024 durante un plazo de veinte d’as h‡biles, contados a partir del d’a siguiente al de la publicaci—n del presente anuncio en el tabl—n de anuncios de la Mancomunidad. Durante este plazo las personas interesadas podr‡n examinar las liquidaciones correspondientes en el tabl—n de anuncios de esta Mancomunidad y formular las alegaciones que estimen oportunas. Finalizado el plazo citado, los interesados podr‡n presentar: ¥ Recurso de reposici—n ante el presidente en el plazo de un mes, a contar desde el d’a siguiente al de finalizaci—n del per’odo de exposici—n pœblica, de conformidad con lo dispuesto en el art’culo 14.2 c) del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Transcurrido un mes desde la interposici—n del recurso sin que hubiera reca’do resoluci—n expresa, se entender‡ desestimado y quedar‡ expedita la v’a contencioso-administrativa. ¥ Recurso contencioso-administrativo, que podr‡ interponerse ante el Juzgado de dicho orden jurisdiccional en el plazo de dos meses, contados desde el d’a siguiente a la notificaci—n del acuerdo resolutorio del recurso de reposici—n si es expreso. Si no lo fuera, el plazo ser‡ de seis meses, a contar desde el d’a siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto. La interposici—n del recurso de reposici—n no suspender‡ la ejecuci—n del acto impugnado, de acuerdo con lo dispuesto en el art’culo 14.2 i) del Real Decreto legislativo 2/2004. En cumplimiento de lo dispuesto en el art’culo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudaci—n, se pone en conocimiento de todos los contribuyentes que durante el plazo de dos meses contados a partir de la publicaci—n del presente edicto en el BOPZ, ambos inclusive, se pondr‡n al cobro en per’odo voluntario los recibos correspondientes a los recursos referidos pudiŽndose hacer efectivo el pago mediante domiciliaci—n bancaria y mediante el documento de pago (recibo) en el horario de atenci—n al pœblico de cualquier oficina de las entidades colaboradoras que figuran en el mismo. Las domiciliaciones bancarias se cargar‡n en cuenta en fecha 7 de abril de 2024. La Mancomunidad remitir‡ los recibos a los interesados que no hayan domiciliado el pago del tributo. No obstante, si dicho documento de pago no ha sido recibido antes de quince d’as de la finalizaci—n del per’odo voluntario de pago, los interesados deber‡n solicitarlo en las oficinas de recaudaci—n de esta Mancomunidad. El vencimiento del plazo de ingreso en per’odo voluntario sin haber satisfecho la deuda determinar‡ el inicio del per’odo ejecutivo, la exigencia de los intereses de demora y los recargos del per’odo ejecutivo en los tŽrminos de los art’culos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en su caso, de las costas de procedimiento de apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el art’culo 161 de la citada Ley General Tributaria. Lo que se hace pœblico para general conocimiento. Mar’a de Huerva, a 12 de abril de 2024. Ñ El presidente, Joaqu’n Calleja Romero.